El Chocón

Hidroeléctricas Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila, reglas claras para la liquidación de energía y potencia tras la privatización

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La Secretaría de Energía aprobó el régimen aplicable a la participación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de los complejos hidroeléctricos Alicurá, Piedra del Águila, Cerros Colorados y El Chocón, estableciendo reglas precisas para la liquidación de energía, potencia y regalías desde el 9 de enero de 2026. La medida resulta clave para garantizar continuidad operativa, previsibilidad económica y seguridad jurídica tras la transferencia de las concesiones.

Mediante la Resolución 19/2026 (RESOL-2026-19-APN-SE#MEC), dictada el 26 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 28 de enero, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía aprobó el régimen que regula la participación en el MEM de los complejos hidroeléctricos ALICURÁ, PIEDRA DEL ÁGUILA, CERROS COLORADOS y EL CHOCÓN, en el marco del proceso de privatización, adjudicación y transferencia accionaria iniciado en 2025.

La decisión establece un esquema operativo, económico y comercial uniforme que deberá aplicar CAMMESA para la programación, despacho, medición y liquidación de transacciones, con vigencia desde la fecha efectiva de toma de posesión, ocurrida el 9 de enero de 2026, y con contratos de concesión de treinta (30) años de duración.

Privatización, adjudicación y toma de posesión: el marco que da origen al nuevo régimen

El régimen aprobado se inscribe en un proceso iniciado por la Resolución 1.200/2025 del Ministerio de Economía, que dispuso la venta del total del paquete accionario de las sociedades concesionarias de los cuatro complejos hidroeléctricos, bajo un Concurso Público Nacional e Internacional sin base y de etapa múltiple, conforme los Decretos 286/2025 y 590/2025.

Posteriormente, mediante la Resolución 1.569/2025 se incorporó la Circular Modificatoria N° 4 al Pliego de Bases y Condiciones, y por Resolución 2.059/2025 se preadjudicó el proceso. Finalmente, la Resolución 2.124/2025 adjudicó las acciones a EDISON HOLDING S.A., BML ENERGÍA S.A. y CENTRAL PUERTO S.A., y aprobó los contratos de transferencia y concesión correspondientes.

El 22 de diciembre de 2025 se suscribieron los Contratos de Transferencia de Acciones con las provincias de Neuquén y Río Negro y los adjudicatarios, así como los Contratos de Concesión previstos en el Decreto 718/2024. No obstante, la fecha de toma de posesión fue postergada hasta el 9 de enero de 2026 mediante Actas Acuerdo, a fin de asegurar una transición ordenada en el MEM.

En ese contexto, la Secretaría de Energía consideró indispensable dictar un régimen instructivo específico que permitiera a CAMMESA aplicar de manera uniforme las nuevas condiciones contractuales, evitando descalces operativos, comerciales o contables que pudieran afectar la seguridad del abastecimiento eléctrico.

Cómo funcionará el régimen en el MEM: energía regulada, energía liberada y liquidaciones

La Resolución 19/2026 aprueba un régimen que define con precisión la asignación de la producción de cada complejo entre energía y potencia regulada y energía y potencia liberada, de acuerdo con los cronogramas previstos en los contratos de concesión y detallados en el anexo técnico anexo_7559701_1.

La energía y potencia regulada será remunerada conforme los valores base y mecanismos establecidos en cada contrato, mientras que la energía y potencia liberada podrá ser comercializada libremente en el Mercado a Término o en el Mercado Spot, bajo las condiciones vigentes del MEM, incluyendo lo dispuesto por la Resolución 400/2025 de la Secretaría de Energía.

En materia de remuneración, el régimen fija parámetros técnicos y económicos claros:

  • Energía regulada: se liquidará según los precios PreEneGe (Precio por Energía Generada) y PreEneOp (Precio por Energía Operada).
  • Potencia regulada: se reconocerá en función de la Disponibilidad Real de Potencia (DRP), el Precio Base y el factor kFM.
  • Actualización anual: se aplicará una fórmula basada en los índices PPI y CPI de los Estados Unidos de América, según lo previsto en los contratos de concesión.

Asimismo, se establece un criterio de conversión para valores expresados en moneda extranjera: se utilizará el mecanismo previsto en los contratos y, en ausencia de referencia expresa, el tipo de cambio del Banco Central de la República Argentina correspondiente al último día hábil del mes del Documento de Transacciones Económicas (DTE) provisorio.

Regalías, control institucional y efectos sobre el sector eléctrico

Un aspecto central del régimen es el tratamiento de las regalías hidroeléctricas. La resolución dispone que CAMMESA calculará y liquidará las regalías a favor de las provincias titulares de dominio y demás beneficiarios, conforme el artículo 34 de cada contrato de concesión, sobre la base de la remuneración total de la energía producida y la disponibilidad de potencia.

Para asegurar trazabilidad y transparencia, se instruye a CAMMESA a implementar liquidaciones diferenciadas de energía regulada, energía liberada, potencia regulada y regalías, evitando interpretaciones divergentes y facilitando la verificación por parte del ENRE, el ORSEP y la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro.

Desde una perspectiva económica e institucional, la medida:

  • Brinda previsibilidad regulatoria a los nuevos concesionarios, al definir reglas claras de participación en el MEM.
  • Reduce riesgos de litigiosidad derivados de interpretaciones dispares en la liquidación de energía y potencia.
  • Asegura continuidad operativa del sistema eléctrico en una etapa sensible de transición.
  • Refuerza el rol de CAMMESA como agente central de implementación y control.

Para el sector eléctrico en su conjunto, el régimen fija un precedente relevante en materia de articulación entre contratos de concesión de largo plazo y las reglas operativas del MEM, en un contexto de reconfiguración del esquema de generación hidroeléctrica.

Un régimen clave para la estabilidad del sistema eléctrico

La Resolución 19/2026 se presenta como una pieza técnica pero estratégica dentro del proceso de reordenamiento del sector energético. Al fijar reglas precisas desde la toma de posesión y por toda la vigencia de las concesiones, la Secretaría de Energía busca preservar la seguridad del abastecimiento, la coherencia económica del MEM y la confianza de los agentes del mercado.

En un escenario de cambios estructurales en la propiedad y gestión de activos hidroeléctricos, el régimen aprobado funciona como un ancla regulatoria que ordena la transición y proyecta estabilidad institucional para los próximos treinta años.

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El Gobierno adjudicó las concesiones hidroeléctricas clave

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El Ministerio de Economía formalizó la adjudicación de las acciones y concesiones de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, en el marco del Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0001-CPU25. La medida, instrumentada a través de la Resolución 2124/2025, consolida uno de los procesos de privatización energética más relevantes de los últimos años, con un impacto directo en la estructura del mercado eléctrico, las finanzas públicas y la relación entre Nación y provincias productoras de energía.

La resolución fue dictada el 29 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre como suplemento. Establece los adjudicatarios definitivos, los montos de venta de los paquetes accionarios, la aprobación de los contratos de transferencia y concesión, y fija el cronograma de toma de posesión a partir del 8 de enero de 2026.

Un proceso de privatización anclado en la reforma del sector energético

El esquema aprobado por el Ministerio de Economía se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las leyes 15.336, 23.696 y 27.742, además de una serie de decretos que habilitaron la reversión de las concesiones hidroeléctricas y la posterior privatización de las sociedades creadas para administrarlas. En ese marco, la Secretaría de Energía instruyó a Energía Argentina S.A. (ENARSA) y a Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA) a constituir cuatro sociedades anónimas específicas para cada complejo, con una participación accionaria inicial del 98% para ENARSA y del 2% para NASA.

Posteriormente, la Ley 27.742 declaró sujetas a privatización a ambas empresas, habilitando la venta total o parcial de sus activos. El Decreto 286/2025 autorizó la privatización total de ENARSA mediante la separación de unidades de negocio, mientras que el Decreto 695/2025 avanzó con la privatización parcial de NASA. En paralelo, el Decreto 718/2024 dispuso la venta del paquete accionario mayoritario de las nuevas sociedades hidroeléctricas a través de un concurso público competitivo, nacional e internacional.

La Resolución 1200/2025 del Ministerio de Economía dio inicio formal al proceso licitatorio, aprobó el pliego de bases y condiciones y fijó el cronograma, que luego fue ajustado mediante resoluciones complementarias. Tras la evaluación técnica y económica de las ofertas, el Gobierno avanzó primero con la preadjudicación y finalmente con la adjudicación definitiva mediante la Resolución 2124/2025.

Quiénes se quedan con los complejos y por cuánto dinero

La resolución detalla con precisión los adjudicatarios y los montos comprometidos para cada complejo hidroeléctrico, todos expresados en dólares estadounidenses:

  • Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A.: adjudicada al consorcio integrado por Edison Inversiones S.A.U., Energética del Norte S.A.U., el Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. y Edison Holding S.A., por un monto total de USD 162.040.002,17.
  • El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A.: adjudicada al grupo conformado por BML Inversora S.A.U., Energrain S.A., Orazul Energy Generating S.A., Orazul Energy Cerros Colorados S.A., Limabaz S.A.U., BML Generadora S.A., MSU Green Energy S.A. y BML Energía S.A., por USD 235.671.294.
  • Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A.: adjudicada al mismo consorcio que Alicurá, por USD 64.174.002,32.
  • Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A.: adjudicada a Central Puerto S.A., por USD 245.000.000.

En todos los casos, la resolución precisa la distribución de las acciones clase A, B y C, y establece que los adjudicatarios deberán transferir el precio correspondiente antes del 6 de enero de 2026 a la cuenta indicada por la Tesorería General de la Nación. La toma de posesión de los complejos fue fijada para el 8 de enero de 2026 a las 12:00 horas.

Impacto económico, institucional y proyección del mercado eléctrico

Desde el punto de vista fiscal, el proceso apunta a maximizar los ingresos para el Estado nacional, criterio que fue validado a partir de la tasación realizada por el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE). Según los considerandos de la resolución, los precios ofertados superaron incluso los escenarios proyectados en dicha valuación, reforzando el argumento oficial de razonabilidad económica de la operación.

En términos institucionales, la medida consolida el rol del Ministerio de Economía como autoridad de aplicación del proceso de privatización, en coordinación con la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” y la Secretaría de Energía. También implica un reordenamiento en la relación con las provincias de Neuquén y Río Negro, cuyos representantes participaron en la suscripción de los contratos de transferencia.

Para el sector eléctrico, la adjudicación redefine el mapa de operadores privados en generación hidroeléctrica, con efectos potenciales sobre inversiones, mantenimiento de infraestructura y estrategias de largo plazo en un segmento clave del sistema energético argentino. La entrada en vigencia inmediata de la resolución y el cronograma acelerado de traspaso marcan una señal clara de continuidad en la política de reformas estructurales impulsadas por el Ejecutivo.

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Privatización energética: el Gobierno preadjudica centrales hidroeléctricas a Central Puerto, Edison y BML

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El Gobierno preadjudicó las centrales hidroeléctricas Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila por más de USD 700 millones. La firma de contratos será en Cipolletti el 22 de diciembre

El Ministerio de Economía formalizó la preadjudicación del Concurso Público Nacional e Internacional para la venta del 100% del capital accionario de las sociedades concesionarias de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila. La medida, instrumentada a través de la Resolución 2059/2025, consolida uno de los procesos más relevantes de privatización energética del año, con impactos directos sobre el mercado eléctrico, las cuentas públicas y la estrategia de desinversión del Estado nacional.

La resolución, firmada el 18 de diciembre de 2025 en la Ciudad de Buenos Aires por el ministro Luis Andrés Caputo, aprueba lo actuado en la segunda etapa del procedimiento licitatorio y define los oferentes preadjudicatarios, los montos comprometidos, el orden de mérito y la estructura accionaria que regirá tras la transferencia.

Marco normativo y antecedentes: reversión de concesiones y privatización

El proceso se inscribe en un entramado normativo amplio, que combina las leyes 15.336, 23.696 y 27.742, junto con una serie de decretos y resoluciones dictadas entre 1993 y 2025. Las concesiones originales de los complejos hidroeléctricos fueron otorgadas por los decretos 1661/1993 y 2665/1993, mientras que la actual etapa responde a la necesidad de revertir esas concesiones y redefinir su explotación.

Con ese objetivo, la Secretaría de Energía instruyó a Energía Argentina S.A. (ENARSA) y Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA) a constituir sociedades específicas para asumir transitoriamente la generación eléctrica. Así nacieron Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A., El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A., Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. y Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A., con un esquema accionario del 98% en manos de ENARSA y 2% de NASA.

La Ley 27.742 declaró a ambas empresas sujetas a privatización, en línea con la Ley 23.696, y los decretos 286/2025 y 695/2025 habilitaron la privatización total de ENARSA y parcial de NASA. En ese marco, el Decreto 718/2024 dispuso la realización de un Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, para la venta del paquete accionario mayoritario de las sociedades hidroeléctricas.

El concurso, las ofertas y los montos preadjudicados

El procedimiento licitatorio, identificado como Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0001-CPU25, avanzó con la apertura de sobres a través de la plataforma CONTRAT.AR. El 7 de noviembre de 2025 se abrieron las ofertas técnicas (Sobre N°1), y el 28 de noviembre de 2025, las ofertas económicas (Sobre N°2).

Tras la evaluación de la Comisión Evaluadora “ad hoc” y la intervención de organismos de control como la Sindicatura General de la Nación y la Procuración del Tesoro, el Ministerio resolvió preadjudicar:

  • Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°1)
    A Edison Inversiones S.A.U., Energética del Norte S.A.U., Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. y Edison Holding S.A., por USD 162.040.002,17.
  • Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°2)
    A BML Inversora S.A.U., Energrain S.A., Orazul Energy Generating S.A., Orazul Energy Cerros Colorados S.A., Limabaz S.A.U., BML Generadora S.A., MSU Energy Green S.A. y BML Energía S.A., por USD 235.671.294.
  • Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°3)
    A Edison Inversiones S.A.U., Energética del Norte S.A.U., Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. y Edison Holding S.A., por USD 64.174.002,32, luego de una instancia de mejora de precios.
  • Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°4)
    A Central Puerto S.A., por USD 245.000.000.

En conjunto, las preadjudicaciones totalizan más de USD 700 millones, un ingreso relevante para el Tesoro en un contexto de consolidación fiscal y reducción del peso del Estado en la actividad empresaria.

Impacto económico, energético e institucional

La resolución también desestimó ofertas consideradas “precio vil o no serio”, como las presentadas por Hidroeléctrica Futaleufú S.A., Genneia S.A. y Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. para determinados renglones, y fijó con precisión la estructura accionaria que regirá tras la transferencia: en Alicurá y Cerros Colorados, Edison Holding S.A. adquirirá el 100% de las acciones; en El Chocón, BML Energía S.A. concentrará el 99%; y en Piedra del Águila, Central Puerto S.A. controlará la totalidad del capital.

Desde una perspectiva económica, la operación redefine el mapa del mercado eléctrico argentino, al transferir activos estratégicos de generación hidroeléctrica a operadores privados con fuerte presencia en el sector. En términos fiscales, se alinea con la política de privatizaciones impulsada por la Ley 27.742, orientada a reducir el déficit, obtener recursos extraordinarios y disminuir la exposición del Estado a riesgos operativos.

En el plano institucional, el proceso refuerza el rol del Ministerio de Economía como autoridad de aplicación, conforme al Decreto 695/2024, y deja en manos de la Secretaría de Energía la firma de los contratos de concesión y transferencia, prevista para el 22 de diciembre de 2025 en Cipolletti, provincia de Río Negro. Los contratos adquirirán vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

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Hidroeléctricas del Comahue: el Gobierno precalifica oferentes y avanza hacia la venta del 100% del capital accionario

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El Ministerio de Economía avanzó en la privatización hidroeléctrica del Comahue: aprueba la primera etapa del concurso y define la apertura de ofertas económicas para el 28 de noviembre

El Gobierno nacional dio un nuevo paso decisivo en el proceso de privatización de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, al aprobar la primera etapa del Concurso Público Nacional e Internacional para vender el 100% de las acciones de las sociedades creadas para operar esas centrales. La medida, formalizada mediante la Resolución 1910/2025 del Ministerio de Economía, habilita la precalificación de oferentes y fija para el 28 de noviembre, a las 10:00, la apertura de las ofertas económicas.

Un proceso estructural: marco normativo, actores y avances del procedimiento

La resolución —firmada el 26 de noviembre de 2025 por el ministro Luis Caputo— se apoya en un extenso andamiaje normativo que incluye las leyes 15.336, 23.696 y 27.742, y decretos clave como el 718/2024, el 286/2025 y el 590/2025, que ordenaron la reversión, reorganización societaria y posterior privatización de las principales represas del Comahue.

Los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, cuyas concesiones iniciales datan de 1993, fueron incorporados al programa de privatización mediante las instrucciones impartidas por la Secretaría de Energía. Así, ENARSA y Nucleoeléctrica Argentina (NASA) conformaron cuatro sociedades operadoras, con la composición accionaria establecida en 98% ENARSA y 2% NASA, para transitar la etapa de transición previa a la venta.

La Ley 27.742 declaró a ambas compañías sujetas a privatización. Luego, los decretos 286/2025 y 695/2025 autorizaron la privatización total de ENARSA y la privatización parcial de NASA, respectivamente, habilitando así el traspaso de activos estratégicos al sector privado.

El decreto 718/2024 instruyó la realización de un concurso público competitivo y estableció que la adjudicación de las acciones activaría formalmente las nuevas concesiones para generación hidroeléctrica.

En agosto de 2025, la Resolución 1200 del Ministerio de Economía lanzó el concurso, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (PLIEG-2025-91224663-APN-SE#MEC), fijó el llamado internacional y constituyó una Comisión Evaluadora ad hoc. Posteriormente, las resoluciones 1569/2025 y 1649/2025 dictaron ocho circulares de aclaraciones y modificaciones, y redefinieron fechas claves para el proceso.

Oferentes, precalificación y exclusión: cómo quedó el mapa empresarial tras la apertura del Sobre N.º 1

El 7 de noviembre a las 17:00, a través de la plataforma CONTRAT.AR, se realizó la apertura automática del Sobre N.º 1, correspondiente a antecedentes, información jurídica y técnica. Se presentaron nueve ofertas que incluyeron a firmas como Central Puerto, Enel Argentina, Pampa Energía, AES, Hidroeléctrica Futaleufú, y diversos consorcios integrados por empresas nacionales e internacionales.

La Comisión Evaluadora verificó inscripciones en CONTRAT.AR, analizó la documentación, solicitó subsanaciones por errores no esenciales. Y trasladó observaciones a los oferentes el 13 de noviembre, cumpliendo el procedimiento previsto en el Pliego.

Concluido el análisis, recomendó precalificar a las firmas que cumplieron los requisitos para pasar a la segunda etapa. La resolución adopta esa recomendación y detalla, renglón por renglón, los grupos habilitados:

Renglón 1 — Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON INVERSIONES S.A.U., ENERGÉTICA DEL NORTE S.A.U., CONSORCIO DE EMPRESAS MENDOCINAS PARA POTRERILLOS S.A. y EDISON HOLDING S.A.
  • HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ S.A., GENNEIA S.A. y ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
  • BML INVERSORA S.A.U. y empresas asociadas (ENERGRAIN, ORAZUL ENERGY GENERATING, ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS, LIMABAZ S.A.U., BML GENERADORA S.A., MSU ENERGY GREEN S.A. y BML ENERGIA S.A.).
  • CENTRAL COSTANERA S.A. y CENTRAL PUERTO S.A.
  • PAMPA ENERGÍA S.A.
  • ENEL ARGENTINA S.A. y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN S.A.
  • AES ARGENTINA GENERACIÓN S.A.

Renglón 2 — El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se habilitaron los mismos grupos que en el Renglón 1, excepto AES, que no concursó en esta categoría.

Renglón 3 — Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON (en todas sus sociedades vinculadas).
  • HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ, GENNEIA y ALUAR.
  • El consorcio BML y asociadas.
  • ENEL y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN S.A.

Renglón 4 — Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON y empresas asociadas.
  • FUTALEUFÚ–GENNEIA–ALUAR.
  • CENTRAL PUERTO S.A.
  • PAMPA ENERGÍA S.A.
  • ENEL y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN.

Oferta desestimada

La resolución desestima formalmente, para todos los renglones, la oferta de IPS RENEWAL S.A., conforme al Dictamen de Precalificación.

El dictamen no recibió impugnaciones dentro del plazo previsto por el Pliego (art. 1.5.3.7), por lo que quedó firme.

Fecha clave para las ofertas económicas y publicación internacional

El Ministerio fija la apertura del Sobre N.º 2 —ofertas económicas— para el 28 de noviembre de 2025 a las 10:00, mediante la plataforma CONTRAT.AR.

Además, ordena publicar la resolución en: CONTRAT.AR, DGMARKET del Banco Mundial y el sitio web de la Secretaría de Energía

También instruye la notificación electrónica a cada oferente, siguiendo la trazabilidad establecida en el procedimiento.

La medida entra en vigencia desde su firma.

Un proceso de alto volumen regulatorio y horizonte estratégico

La aprobación de la primera etapa consolida el avance de uno de los procesos de privatización más relevantes desde la entrada en vigencia de la Ley 27.742. El paquete accionario en venta —100% de las acciones Clase A, B y C de las cuatro sociedades— representa el traspaso total del control operativo y estratégico de los complejos hidroeléctricos que abastecen una porción significativa del sistema eléctrico argentino.

La magnitud de los grupos precalificados permite anticipar un escenario de fuerte competencia en la etapa económica. Con la participación de generadoras tradicionales, compañías globales, consorcios de capitales mixtos y actores ligados a industrias electrointensivas.

Las decisiones que surjan de la apertura del 28 de noviembre marcarán el rumbo de la nueva etapa concesionada. Incluyendo el esquema de remuneración del período y el marco regulatorio establecido en el decreto 718/2024.

Para las provincias donde operan los complejos, así como para el sistema eléctrico en su conjunto. La adjudicación abrirá interrogantes sobre inversiones, políticas de mantenimiento, gestión de caudales y compromisos de abastecimiento.

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