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Arranca 2026 con subas de servicios públicos: aumentan electricidad, gas y agua en todo el país

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El inicio de 2026 llegará con nuevos aumentos en las tarifas de luz, gas, agua y cloacas en todo el país, tras una serie de resoluciones oficiales que establecen ajustes de entre 2,5% y 4% promedio para los usuarios residenciales. Las subas, que ya fueron formalizadas en el Boletín Oficial y por los entes reguladores, no incluyen aún la eliminación de subsidios energéticos anunciada por el Gobierno nacional, una decisión que podría llevar los incrementos a porcentajes de dos dígitos, especialmente en el gas natural.

La política tarifaria combina actualizaciones mensuales indexadas por inflación, cambios en la segmentación de usuarios, un nuevo esquema de subsidios focalizados y señales de fondo orientadas a reducir el déficit fiscal, garantizar la sustentabilidad económica de los servicios públicos y avanzar en la reorganización regulatoria y empresarial del sector.

Electricidad y gas: subas moderadas en enero, con riesgo de mayores ajustes

En el caso de la energía eléctrica, el Gobierno confirmó que desde enero regirán nuevos cuadros tarifarios con un aumento promedio del 2,5% en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense, áreas bajo concesión de Edenor y Edesur. En términos precisos, el incremento será del 2,31% para Edenor y del 2,24% para Edesur, según lo establecido en las Resoluciones 841 y 842/2025, publicadas en el Boletín Oficial.

Para el resto del país, la actualización del precio mayorista de la electricidad será del 3,2%, aunque el impacto final en las facturas dependerá de las decisiones que adopten provincias y municipios sobre el componente de distribución.

Las normativas explican que los ajustes surgen de la aplicación mensual de la fórmula prevista en el artículo 17 de la Resolución ENRE 304/2025, cuyo objetivo es garantizar que la remuneración de las distribuidoras conserve su valor real durante el período tarifario de cinco años. Para el cálculo se toman las variaciones del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, que en noviembre fueron del 1,59% y 2,47%, respectivamente. La fórmula pondera un 67% el IPIM y un 33% el IPC, lo que arroja un aumento del 1,88% en el Costo Propio de Distribución (CPD) antes de su traslado completo a las tarifas finales.

En cuanto al gas natural por redes, el incremento anunciado para enero oscila entre 2% y 3%. Sin embargo, el principal foco de atención está puesto en la quita de subsidios, ya que la actualización llevará el precio mayorista del gas a 3,79 dólares por millón de BTU, frente a los 2,95 dólares que paga actualmente Metrogas. De concretarse plenamente este ajuste, algunas regiones y categorías de consumo podrían enfrentar subas superiores al 10%.

Nuevo esquema de subsidios y cambios regulatorios desde 2026

A partir del 2 de enero de 2026, el Gobierno reemplazará el esquema de segmentación tarifaria vigente hasta 2025 por una clasificación de solo dos categorías de usuarios residenciales. Además, los bloques de consumo subsidiado variarán según la estación del año, lo que podría modificar de manera significativa la composición de las facturas y el acceso a los beneficios estatales.

En paralelo, comenzará a implementarse el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que establece un tope de ingresos equivalente a tres canastas básicas totales. Los hogares cuyos ingresos totales superen ese umbral perderán el subsidio, en caso de que aún lo estuvieran recibiendo.

El Ejecutivo ratificó que la actualización tarifaria mensual indexada por inflación se mantendrá al menos hasta abril de 2030, con el argumento de preservar la capacidad de inversión de las empresas y evitar nuevos atrasos tarifarios. En ese marco, se prevé que durante el primer trimestre de 2026 se avance en la fusión de los entes reguladores del gas y la electricidad en un único organismo, con directorio y control parlamentario, para unificar la regulación y la supervisión del sector energético.

Agua y cloacas: AySA tendrá aumentos del 4% mensual hasta abril

El servicio de agua y cloacas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) también registrará subas relevantes. La Resolución 53 del ERAS habilitó a AySA a aplicar aumentos de hasta 4% mensual entre enero y abril de 2026, en reemplazo del ajuste del 1% mensual que rigió durante 2025.

El cambio busca compensar un retraso tarifario acumulado del 21,05%, asociado a incrementos que no se aplicaron el año pasado, lo que derivó en una caída de ingresos estimada en 95.000 millones de pesos para la empresa. Ese desfasaje fue absorbido mediante la postergación de gastos e inversiones, en un contexto donde el Gobierno evalúa la privatización de la compañía.

Con la nueva escala, la factura promedio antes de impuestos se ubicará en 30.489 pesos para el valor zonal “alto”, 27.689 pesos para el “medio” y 22.248 pesos para el “bajo”. De mantenerse el ajuste del 4% mensual durante los primeros cuatro meses del año, el incremento acumulado alcanzará aproximadamente el 17%.

Pese a que se esperaba la realización de una audiencia pública en 2025 para definir un criterio uniforme de actualización tarifaria, el proceso no se concretó, dejando pendiente la discusión sobre el mecanismo definitivo que regirá los futuros aumentos.

Un inicio de año con mayor presión sobre los ingresos familiares

Las subas de luz, gas y agua que entran en vigencia desde enero se suman en un contexto de reordenamiento fiscal y reducción de subsidios, con un impacto directo sobre el presupuesto de los hogares y sobre la estructura de costos de comercios e industrias. Aunque los aumentos iniciales son moderados, el verdadero desafío estará en cómo evolucionen las tarifas una vez que se profundice la quita de subsidios y se consolide el nuevo esquema regulatorio.

El Gobierno sostiene que estas decisiones son necesarias para asegurar la sustentabilidad de los servicios públicos, reducir el déficit y avanzar con la desregulación de los mercados, pero el efecto social y político de los ajustes marcará buena parte de la agenda económica del primer tramo de 2026.

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AySA: Milei oficializó el nuevo marco legal que habilita su privatización

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El Gobierno aprobó el nuevo marco regulatorio del agua y saneamiento, paso clave en la privatización de AySA. Con la entrada en vigencia del nuevo Marco Regulatorio, el Ejecutivo avanza un paso más en la reconfiguración del sistema de agua y saneamiento del Área Metropolitana de Buenos Aires.

El Decreto 805/2025, publicado este miércoles 12 de noviembre en el Boletín Oficial, aprueba el texto ordenado del Marco Regulatorio de la Ley 26.221. La medida da sustento jurídico al proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), y redefine los parámetros técnicos, económicos y ambientales del servicio público de agua potable y cloacas en el AMBA.

El DNU 805/2025 no sólo ordena un entramado normativo disperso, sino que sienta las bases legales para la transición de AySA hacia un esquema de gestión privada, bajo principios de eficiencia, transparencia y rentabilidad, en un sector clave para la infraestructura y la salud pública.

Un nuevo marco legal para la prestación del servicio

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 805/2025, aprobó el texto ordenado del “Marco Regulatorio” de la Ley 26.221, que regula la concesión y el control del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense.

La decisión se enmarca en el proceso de privatización de AySA, declarado por la Ley 27.742 —Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos—, que habilitó al Poder Ejecutivo a transferir al sector privado empresas estatales, bajo los principios de transparencia, competencia y eficiencia.

Según el decreto, el nuevo texto “brinda certeza jurídica al contexto normativo que rige la prestación del servicio público a cargo de esa sociedad”, un paso considerado indispensable para avanzar con la licitación prevista en un plazo de ocho meses desde el inicio formal del proceso (agosto de 2025, según la Resolución 1198/25 del Ministerio de Economía).

Redefinición institucional y corrección técnica del régimen tarifario

El Anexo I del decreto —de más de 120 artículos y cinco anexos complementarios— actualiza la estructura normativa que define el funcionamiento del sistema, los derechos y obligaciones de la concesionaria, y el rol de los organismos de control.

El texto reafirma que el acceso al agua es un “derecho humano esencial”, aunque subraya que la prestación deberá garantizarse bajo criterios de eficiencia, equidad y sostenibilidad económica. Establece además un régimen tarifario basado en el equilibrio económico-financiero de la concesión, con revisiones periódicas, incentivos a la inversión y un sistema de subsidios focalizados para sectores vulnerables.

Una de las modificaciones técnicas más relevantes recae sobre el Artículo 20 del Anexo E (Cargo por Construcción), donde se corrige un error material del Decreto 493/25 que había invertido los criterios de cálculo para usuarios con medidor y sin medidor. La nueva redacción restituye la fórmula anterior, que establece que el monto a facturar será “equivalente al valor del cargo fijo más el cargo variable en régimen no medido, y sólo al cargo fijo en régimen medido, calculado en ambos casos para 180 días”.

El objetivo, según la Secretaría de Obras Públicas, es “restablecer la coherencia técnica del esquema tarifario previo” y evitar “criterios contrarios al espíritu de la norma que distorsionen los costos reales del servicio”.

Hacia un nuevo modelo de concesión

El nuevo marco consolida el rol de tres entidades clave:

  • El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS): encargado del control tarifario, la calidad del servicio y la atención de reclamos de usuarios.
  • La Agencia de Planificación (APLA): responsable de los planes de expansión, inversiones y planificación estratégica.
  • El Ministerio de Economía: autoridad concedente y órgano rector del proceso de privatización.

En su preámbulo, el texto establece que “la eficiencia deberá entenderse de forma complementaria con la equidad”, y que las tarifas “deben ser justas y razonables, permitiendo a la concesionaria cubrir costos operativos e inversiones con una rentabilidad comparable a otras actividades de riesgo similar”.

La reglamentación también delimita con precisión el ámbito territorial de la concesión —Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano—, aunque habilita futuras ampliaciones mediante convenios con municipios que adhieran al régimen.

En términos ambientales, el decreto reafirma las obligaciones de la concesionaria en materia de tratamiento de efluentes, control de vertidos industriales y protección de las fuentes de agua cruda, con la intervención de la Subsecretaría de Recursos Hídricos y la Subsecretaría de Ambiente.

Contexto político y proyecciones del proceso de privatización

El DNU 805/2025 se dicta en un momento clave del plan de transformación de empresas públicas impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que ya avanzó con la venta o reestructuración de más de una decena de sociedades estatales. AySA, por su magnitud —con más de 15 millones de usuarios y un presupuesto anual superior a 300 mil millones de pesos—, constituye una de las operaciones más sensibles en términos económicos, políticos y sociales.

La Unidad Ejecutora Especial “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, dependiente del Ministerio de Economía, deberá concretar la venta de AySA antes de abril de 2026. El proceso contempla distintas modalidades, incluyendo la posibilidad de participación mixta con capital privado nacional o extranjero, bajo licitación internacional.

Desde el punto de vista institucional, la aprobación del marco regulatorio ordenado era condición previa para la valuación y el diseño del nuevo contrato de concesión.
El Gobierno sostiene que la medida “fortalece la seguridad jurídica y la previsibilidad regulatoria”, mientras que fuentes del sector sindical y técnico advierten que el traspaso al sector privado podría implicar “ajustes tarifarios significativos” y redefinición de planteles laborales.

La decisión, en última instancia, será evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá pronunciarse sobre la validez del decreto conforme a la Ley 26.122, en un plazo de diez días hábiles.

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