El Gobierno flexibiliza los tiempos de vuelo y descanso en la aviación comercial
El Gobierno flexibiliza los límites de servicio en la aviación comercial y da marcha atrás con el régimen 2021
Con la publicación del Decreto 378/2025, el Poder Ejecutivo aprobó una nueva reglamentación del Título V del Código Aeronáutico, modificando el marco normativo sobre los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones para las tripulaciones de la aviación civil aerocomercial. Esta decisión reemplaza al régimen instaurado en 2021 por el Decreto 877, al que el Gobierno calificó como “resultado de una negociación privada impuesta a todo el sector” y que generaba, según argumenta, asimetrías operativas entre empresas.
La nueva normativa —cuyo texto completo está contenido en el Anexo I del decreto— establece un marco flexible en el cual los operadores de aviación comercial podrán definir sus propios esquemas de servicio y descanso, siempre que no excedan los máximos permitidos y no comprometan la seguridad operacional.
Según lo dispuesto, se instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a adecuar las regulaciones técnicas en línea con los nuevos criterios y conforme a las recomendaciones internacionales contenidas en el Anexo 6 del Convenio de la OACI.
Revisión técnica y alineamiento con estándares internacionales
El Gobierno justificó el cambio en la necesidad de garantizar la seguridad operacional sin interferencias de carácter político o sindical y en dar mayor previsibilidad a las compañías aéreas. “El Estado debe limitarse a garantizar el cumplimiento de acuerdos internacionales, sin injerencia en las condiciones operativas que puedan pactar trabajadores y empresas”, sostiene el decreto firmado por el presidente Javier Milei.
La desregulación se enmarca dentro del proceso de apertura económica que impulsa la administración nacional, en busca de incrementar la competitividad del sector aerocomercial argentino y fomentar la inversión y la entrada de nuevos operadores.
Qué cambia para las tripulaciones y las aerolíneas
- Se eliminan las limitaciones uniformes obligatorias de tiempos de vuelo y descanso impuestas por decreto, pasando a un modelo de máximos referenciales.
- Las aerolíneas pueden fijar sus propios criterios de rotación y descanso, siempre que respeten los techos regulatorios definidos por ANAC.
- Se deroga expresamente el Decreto 877/2021, que había sido resistido por algunas cámaras empresarias del sector.
- El nuevo marco comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial (es decir, desde el 4 de julio de 2025).
Esta modificación representa un nuevo paso en el camino desregulatorio que el Gobierno nacional promueve en sectores clave. En el caso del transporte aéreo, busca liberar la planificación operativa de las aerolíneas, en un contexto de competencia creciente y reorganización del mercado regional.
La implementación efectiva de este nuevo régimen estará en manos de ANAC, que deberá ajustar sus regulaciones técnicas a la nueva norma. En paralelo, se espera una reacción del sector sindical, que históricamente ha defendido límites estrictos para preservar condiciones laborales y de seguridad.
