IPC INDEC

Continúa el bono de $70.000 para las Jubilaciones, busca compensar la pérdida de ingresos

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El Poder Ejecutivo Nacional dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000, que será abonado en febrero de 2026 a jubilados y pensionados que perciben haberes bajos, mediante el Decreto 65/2026, publicado el 29 de enero de 2026. La medida apunta a compensar los efectos adversos que dejó la anterior fórmula de movilidad jubilatoria y a sostener el poder adquisitivo de las prestaciones, en el marco del esquema de actualización mensual por inflación vigente desde julio de 2024.

El marco normativo y los fundamentos económicos de la medida

El decreto se apoya en un extenso entramado normativo del sistema previsional argentino. Recuerda que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) fue instituido por la Ley N° 24.241 y luego unificado en un régimen público de reparto mediante la Ley N° 26.425, que dio origen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). También incorpora a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley N° 27.260, y a las pensiones no contributivas y graciables a cargo de la ANSES.

En los considerandos, el Ejecutivo realiza una evaluación crítica de la Ley N° 27.609, que estableció la fórmula de movilidad jubilatoria vigente desde marzo de 2021. Según el decreto, esa fórmula presentó “graves y serios inconvenientes” al no contemplar adecuadamente la inflación, generando un desfasaje entre la evolución de los precios y el traslado a los haberes. Ese esquema, señala el texto, tuvo “efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados”, pero impactó con mayor intensidad en los sectores de menores ingresos.

Como respuesta a esa situación, el Gobierno recuerda que desde enero de 2024 hasta enero de 2026 se otorgaron ayudas económicas y bonos previsionales mensuales, y que mediante el Decreto N° 274/24 se modificó la movilidad jubilatoria, estableciendo la actualización mensual de los haberes según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, a partir de julio de 2024. El bono de febrero de 2026 se presenta así como una compensación puntual por los efectos acumulados del régimen anterior.

A quiénes alcanza el bono y cómo se determina el monto

El Bono Extraordinario Previsional será liquidado por titular y alcanzará a un universo amplio de beneficiarios del sistema de seguridad social administrado por la ANSES. Incluye a:

  • Titulares de prestaciones contributivas previsionales otorgadas bajo la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, regímenes especiales derogados y ex cajas provinciales o municipales transferidas a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241, así como las prestaciones del régimen del Decreto N° 160/05.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago esté a cargo de la ANSES.

El decreto fija dos criterios centrales para el cálculo del monto. Para quienes perciban, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un ingreso menor o igual al haber mínimo previsional garantizado —establecido en el artículo 125 de la Ley N° 24.241—, el bono será pagado en su totalidad, hasta el tope máximo de $70.000. En cambio, para quienes superen el haber mínimo, el bono será variable y se ajustará al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma del haber mínimo más el bono máximo previsto.

La norma aclara que los beneficios deben encontrarse vigentes en el mes de la liquidación, que en el caso de pensiones con copartícipes se considerará un único titular, y que el bono tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos ni computable para ningún otro concepto.

Impacto fiscal, rol de ANSES

Desde el punto de vista institucional, el decreto faculta a la ANSES a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación, control y eventual recupero de percepciones indebidas. A su vez, la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para garantizar el financiamiento del bono.

En términos económicos y sociales, la medida refuerza la estrategia de sostener ingresos reales de los jubilados de menores recursos, en un contexto en el que la movilidad atada al IPC busca evitar nuevas pérdidas frente a la inflación. Los principales sectores alcanzados son los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo y las prestaciones no contributivas, históricamente más expuestos a la erosión inflacionaria.

El bono de febrero de 2026 aparece así como una señal de cierre de ciclo respecto del esquema de compensaciones transitorias iniciado en 2024, mientras el Gobierno sostiene que la actualización mensual por inflación constituye el nuevo ancla para la previsibilidad del sistema previsional.

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ANSES oficializó un aumento del 2,85% en las Asignaciones Familiares desde febrero y actualizó el tope de ingresos

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó un incremento del 2,85% en los montos y límites de ingresos de las Asignaciones Familiares que regirá a partir de febrero de 2026. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, se enmarca en la fórmula de movilidad mensual atada a la inflación y redefine el umbral de ingresos a partir del cual se pierde el beneficio, fijado ahora en $2.646.379 por integrante del grupo familiar.

La actualización quedó formalizada mediante la Resolución 23/2026, firmada por el director ejecutivo del organismo, Fernando Omar Bearzi, y se aplica a las prestaciones previstas en la Ley 24.714, que regula el Régimen de Asignaciones Familiares. El ajuste responde a la movilidad establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24, que dispuso actualizaciones mensuales según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, con dos meses de rezago.

Ajuste por inflación y nuevo tope para cobrar el salario familiar

El eje central de la resolución es la aplicación de un incremento del 2,85% sobre los montos de las asignaciones y sobre los límites y rangos de ingresos del grupo familiar, con excepción de la Ayuda Escolar Anual y otras prestaciones específicas contempladas en los incisos d) y e) del artículo 6° de la Ley 24.714.

Uno de los puntos más sensibles de la normativa está detallado en el Artículo 4°, que establece que si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $2.646.379, todo el grupo queda excluido del cobro de las asignaciones familiares, aunque la suma total de ingresos no supere el tope máximo global. Este criterio, ya vigente en el esquema del salario familiar, vuelve a cobrar relevancia en un contexto de actualización nominal de salarios e ingresos.

La resolución también aclara que, en caso de que los nuevos montos o límites resulten con decimales tras la aplicación de la movilidad, se aplicará redondeo al valor entero siguiente, un aspecto técnico que impacta directamente en la liquidación mensual de los beneficios.

A quiénes alcanza el aumento y qué prestaciones se actualizan

El incremento del 2,85% alcanza a un universo amplio de beneficiarios del sistema de seguridad social. Según lo establecido por ANSES, el ajuste impactará en:

  • Trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector público como privado.
  • Monotributistas, de acuerdo con las categorías definidas en función de los ingresos brutos anuales.
  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE), cuyos montos también se actualizan por la misma fórmula de movilidad.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

La normativa se apoya en un entramado legal amplio, que incluye, entre otras, las Leyes 24.714, 27.160 y 27.743, el Decreto 514/21, el Decreto 63/25 y resoluciones conjuntas que garantizan que determinados trabajadores, como los contratados bajo modalidades temporarias o discontinuas en el sector agropecuario, perciban asignaciones no inferiores al 100% del valor de la AUH.

Ayuda Escolar Anual

La resolución también ratifica el criterio de actualización de la Asignación por Ayuda Escolar Anual, que se paga de manera masiva en marzo. Según el Decreto 63/25, este beneficio se actualiza una sola vez al año, en el momento de su pago, aplicando la fórmula de movilidad vigente. De este modo, si bien acompaña la inflación, su ajuste no es mensual como el resto de las asignaciones.

Desde el punto de vista institucional y fiscal, la actualización automática de las Asignaciones Familiares consolida el esquema de indexación mensual basado en el IPC, lo que otorga previsibilidad a los beneficiarios, pero también implica un seguimiento permanente del impacto presupuestario en un contexto de alta nominalidad. Al mismo tiempo, el endurecimiento del tope individual de ingresos refuerza el criterio de focalización del gasto social, excluyendo a grupos familiares cuando uno de sus integrantes supera el umbral establecido.

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Defensa de la competencia subió la Unidad Móvil a $1.450,05 y ajusta multas y umbrales

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La Autoridad Nacional de la Competencia (ANC), a través del Tribunal de Defensa de la Competencia, actualizó el valor de la Unidad Móvil prevista en el artículo 85 de la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442, que pasará a ser de $1.450,05 a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial. La decisión, formalizada mediante la Resolución 6/2026, tiene un impacto directo sobre los umbrales de notificación de concentraciones económicas, el cálculo de multas y otros parámetros clave del régimen antimonopolio argentino, en un contexto de alta inflación y reordenamiento institucional del sistema de control de mercados.

La actualización se basa en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a 2025, publicado por el INDEC, y reemplaza el valor vigente en 2025, que era de $1.102,28, fijado por la Resolución 21/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio. En términos prácticos, el nuevo valor redefine el alcance económico de las sanciones y obligaciones previstas en la normativa de competencia para todo 2026.

Qué es la Unidad Móvil y por qué es clave en la Ley 27.442

La Unidad Móvil es la unidad de cuenta creada por el artículo 85 de la Ley N° 27.442 para indexar automáticamente los principales montos del régimen de defensa de la competencia. Su función es evitar que la inflación licúe el efecto disuasivo de las sanciones y distorsione los umbrales regulatorios.

Según la propia resolución, la Unidad Móvil se utiliza para determinar, entre otros aspectos, los valores previstos en los artículos 9, 11, 33, 55, 59 y 84 de la ley, que incluyen:

  • Umbrales de notificación obligatoria de concentraciones económicas.
  • Montos máximos de multas por conductas anticompetitivas.
  • Otros parámetros económicos relevantes del sistema sancionatorio.

El valor inicial de la Unidad Móvil fue fijado en $20, con actualización anual automática en función del IPC. Para 2025, el monto había ascendido a $1.102,28, y ahora, tras la variación acumulada del IPC de 2025, se eleva a $1.450,05 para 2026.

Fundamentos normativos y rol del Tribunal de Defensa de la Competencia

La resolución se apoya en un entramado normativo que busca poner plenamente en funcionamiento la Autoridad Nacional de la Competencia. La Ley N° 27.442 creó a la ANC como organismo descentralizado y autárquico, y estableció al Tribunal de Defensa de la Competencia como su órgano decisor.

La operatividad efectiva del sistema se consolidó mediante:

  • El Decreto N° 480/2018, que reglamentó la ley.
  • El Decreto N° 803/2025, que introdujo modificaciones para habilitar su aplicación inmediata.
  • El Decreto N° 810/2025, que designó a los miembros de la ANC y constituyó formalmente el Tribunal.

En este marco, el Tribunal —integrado por Marcelo D’Amore, Lucas Trevisani Vespa y Eduardo Rodolfo Montamat— ejerce las facultades para actualizar la Unidad Móvil y garantizar la coherencia económica del régimen. La resolución aclara que el nuevo valor regirá desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y que, hasta tanto se produzca una nueva actualización anual, se mantendrá vigente ese monto.

Impacto económico y posibles efectos en empresas y mercados

El aumento de la Unidad Móvil tiene consecuencias inmediatas para empresas, estudios jurídicos y áreas de compliance, ya que eleva en términos nominales los montos de multas potenciales y ajusta los umbrales de notificación de operaciones de concentración. En un escenario de mayor fiscalización, el cambio refuerza el poder disuasivo del régimen sancionatorio y busca preservar la efectividad real de la política de competencia.

Desde el punto de vista institucional, la actualización también funciona como una señal de normalización del sistema de defensa de la competencia, con reglas previsibles y mecanismos automáticos de ajuste. Para los mercados, implica un marco regulatorio más consistente, alineado con la evolución de precios y con mayor capacidad de intervención efectiva frente a conductas anticompetitivas.

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El IPC aceleró en noviembre, pero el pass-through cambiario volvió a ser limitado

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La inflación de noviembre se ubicó en 2,5% mensual, según el IPC Nacional del INDEC, con una aceleración de 0,2 puntos porcentuales respecto a octubre y cuatro meses consecutivos de subas. El dato, analizado por la consultora Ecolatina, confirmó una dinámica inflacionaria aún contenida, pero con señales de tensión en algunos precios clave, especialmente alimentos regulados por la estacionalidad y el impacto tarifario. En términos acumulados, el índice alcanzó 27,9% en los primeros once meses del año, mientras que la variación interanual se ubicó en 31,4%.

El registro de noviembre resulta relevante porque se produce en un contexto de corrección del tipo de cambio real, actualización de tarifas y menor nivel de actividad, factores que históricamente presionan sobre los precios. Sin embargo, el pass-through cambiario volvió a mostrarse acotado, reforzando la expectativa de que el proceso de desinflación continúe, aunque con una velocidad menor hacia 2026.

Tarifas, carne y alimentos: los principales motores del mes

Desde el punto de vista de las categorías, el IPC Regulados encabezó las subas con un aumento de 2,9% mensual, acumulando 29,9% hasta noviembre, impulsado principalmente por la actualización de tarifas de electricidad y gas, que registraron un incremento promedio de 4,4% a nivel nacional.

El IPC Núcleo, que excluye precios regulados y estacionales, avanzó 2,6% en noviembre, mostrando una desaceleración de 0,4 p.p. respecto a octubre y acumulando 29,2% en el año. No obstante, al interior del núcleo sobresalió la fuerte aceleración del precio de la carne vacuna (+6,2%), que tuvo un peso determinante en el resultado general. Según el análisis de Ecolatina, sin el aumento de la carne el IPC general habría sido de 2,3% y el IPC Núcleo de 2,1%, lo que evidencia el carácter puntual del shock.

En contraste, el IPC Estacionales subió apenas 0,4% en el mes, con un acumulado de 16,1%, ubicándose 11,7 puntos porcentuales por debajo del nivel general. Dentro de este grupo se destacó la caída de las verduras (-5,2%), mientras que prendas de vestir y calzado mostraron un incremento mínimo de 0,3%, explicado por factores estacionales. De este modo, el IPC general sin estacionales se ubicó en 2,7% en noviembre.

En términos de bienes y servicios, la brecha se mantuvo, aunque más acotada que en meses previos: los bienes subieron 2,3%, mientras que los servicios avanzaron 2,9%, reflejando el impacto tarifario y la inercia de algunos costos regulados.

Divisiones, tipo de cambio y señales de desinflación

Por divisiones, el mayor incremento se observó en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (+3,4%), como consecuencia directa del ajuste tarifario. Le siguió Transporte (+3,0%), impulsado por la suba en adquisición de vehículos (+3,9%) y combustibles (+3,6%). Alimentos y bebidas no alcohólicas (+2,8%) también mostraron una aceleración, explicada por el aumento de carnes y derivados (+6,2%) y frutas (+8,5%), parcialmente compensado por la baja en verduras. En el extremo opuesto, Prendas de vestir y calzado (+0,5%) fue la división de menor variación mensual.

A once meses del año, Ecolatina destacó el limitado pass-through de la corrección del tipo de cambio real durante 2025. Entre abril y noviembre —período posterior a la implementación del esquema de bandas— el tipo de cambio registró una variación promedio de 4,3%, mientras que los precios de los bienes aumentaron en promedio 1,8% y el IPC Núcleo 2,2%, confirmando un traslado acotado a precios.

La consultora explicó este comportamiento por tres factores centrales: una política fiscal y monetaria más restrictiva que alineó expectativas, la apertura comercial que redujo márgenes al incrementar la competencia con productos importados, y la debilidad del consumo, que limitó la capacidad de las empresas para trasladar costos a precios finales, aun resignando márgenes de rentabilidad.

Perspectivas para diciembre y el arrastre hacia 2026

De cara al cierre del año, Ecolatina advirtió que en diciembre será clave monitorear el impacto del aumento en la carne vacuna y en las frutas cítricas, en un contexto de mayor demanda estacional por las fiestas. No obstante, señaló que, de registrarse una leve aceleración inflacionaria, respondería a factores puntuales y transitorios, lo que permitiría iniciar el próximo año con un sendero de desinflación aún vigente.

En ese marco, la consultora proyectó que la desinflación continuaría durante 2026, aunque de manera más lenta, con registros que podrían arrancar en torno al 2% mensual en el corto plazo y difícilmente perforar el 1% mensual a lo largo del año. El desafío central será compatibilizar el objetivo de acumulación de reservas internacionales con la reducción de la inflación, una tensión que podría moderar la velocidad del proceso. Aun así, el equilibrio fiscal y monetario, sumado a un ancla salarial y a una mayor estabilidad cambiaria vía ingreso de dólares financieros, podría contribuir a contener expectativas e inercia inflacionaria.

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