Jefatura de Gabinete

Adorni reactiva la mesa política y acelera la reforma laboral

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El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, volverá a reunir este martes a la mesa política que encabeza para encarar las negociaciones parlamentarias de la reforma laboral, que se convirtió en la prioridad legislativa del Ejecutivo para las próximas semanas. En paralelo, durante febrero, deberá avanzar en una reducción del 20% de la estructura administrativa y del 20% del personal de la Jefatura de Gabinete, un ajuste que forma parte del rediseño interno del Gobierno.

La reactivación de la mesa política será el segundo encuentro del año y se da en un contexto de reorganización del poder interno, con Adorni consolidado como una figura clave del esquema libertario, respaldado de manera directa por el presidente Javier Milei y por Karina Milei, un aval que resulta central para la negociación con el Congreso y la coordinación de la gestión.

Reforma laboral, negociación política y nuevo esquema de poder interno

El eje de la agenda inmediata del jefe de Gabinete está puesto en un triángulo estratégico que combina negociación política, seguimiento de la gestión ministerial y monitoreo de la reforma laboral, que comenzará a tratarse en febrero en el Congreso. Desde el oficialismo admiten que este proceso demandará varias semanas de conversaciones parlamentarias.

La mesa política se intercala con una intensa agenda de reuniones bilaterales que Adorni mantiene con los ministros del Gabinete, en una dinámica que busca reforzar la coordinación interna. Según reconstruyó LA NACION, estos encuentros funcionan como reuniones de seguimiento, donde se evalúa lo realizado y se definen las prioridades del Presidente en cada cartera, con una mirada proyectada hacia adelante.

En ese marco, Adorni mantiene un respaldo político que, dentro de la Casa Rosada, sintetizan con una frase elocuente: “Manuel es Karina”, en alusión a la confianza directa de la hermana presidencial. Ese aval es considerado determinante para lograr acuerdos parlamentarios más estables que en la etapa anterior, encabezada por Guillermo Francos, tras la salida de Nicolás Posse, primer jefe de Gabinete del actual gobierno.

Ajuste en la Jefatura y mayor control de la gestión

Además de la agenda legislativa, febrero estará marcado por el recorte de la estructura de la Jefatura de Gabinete, que actualmente cuenta con más de 2.400 empleados. Según reconocieron fuentes oficiales, el objetivo es concretar una reducción del 20% tanto en la estructura como en el personal, en línea con la política de ajuste administrativo del Gobierno.

Desde los ministerios señalan que, tras el cambio de conducción, existe un mayor seguimiento de la gestión y una mejora en la articulación entre carteras, un aspecto que era señalado como una debilidad en la etapa anterior. “Ahora hay más seguimiento de lo que se hace y de lo que se necesita”, reconocen en distintas áreas.

Aunque no se expresan críticas directas a Francos, dentro del oficialismo predomina la percepción de que su gestión estaba más enfocada en el diálogo político que en la dinámica cotidiana de la administración, una lógica que Adorni busca revertir con controles más frecuentes y definición clara de prioridades.

Agenda internacional y reformas en reserva para el Congreso

En paralelo, el jefe de Gabinete participará de la Argentina Week en Nueva York, en una agenda que incluye el discurso del Presidente ante bancos y fondos internacionales, en un esquema organizado por el embajador argentino en Estados Unidos, Alex Oxenford.

Mientras tanto, en la Casa Rosada mantienen bajo estricta reserva los proyectos de ley que cada ministerio prepara, con el objetivo de no interferir en las negociaciones parlamentarias actuales. No obstante, admiten que el Ejecutivo proyecta enviar más de una treintena de iniciativas al Congreso durante 2026, una vez superada la etapa inicial de la reforma laboral.

“Hay que avanzar con las reformas y, en los próximos dos años, seguir avanzando con las cosas prioritarias que tienen que suceder en cada ministerio”, sintetizan en Balcarce 50. Por ahora, la mayoría de las carteras está abocada a asegurar la aprobación de la reforma laboral, mientras se pone en marcha el ajuste interno de la Jefatura de Gabinete.

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El Gobierno reglamentó la ejecución del Presupuesto 2026, créditos, cargos y límites al gasto

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Con la Decisión Administrativa 1/2026, publicada el 20 de enero, la Jefatura de Gabinete avanzó en la distribución detallada del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026. La norma asigna créditos, cargos y recursos a todas las jurisdicciones y organismos, define qué partidas serán indicativas, refuerza los mecanismos de control y establece límites precisos para las modificaciones presupuestarias, la obra pública y la asistencia a empresas estatales.

La medida, firmada por el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Economía, se dicta en el marco de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026, promulgada por el Decreto 932/2025, y constituye el instrumento central que habilita la ejecución efectiva del gasto público durante el ejercicio en curso.

Distribución de créditos, cargos y recursos: el andamiaje operativo del Presupuesto 2026

La Decisión Administrativa 1/2026 dispone la distribución de los gastos corrientes y de capital, gastos figurativos, aplicaciones financieras, recursos, contribuciones figurativas, fuentes financieras, cargos y horas de cátedra previstos en la Ley 27.798, conforme al detalle de las planillas anexas que integran la norma.

La asignación se realiza teniendo en cuenta las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional introducidas por el Decreto 50/2019 y sus modificatorios, así como por los Decretos 866/2025 y 942/2025. En este último caso, se incorpora formalmente la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, transfiriendo a esa cartera los créditos, bienes, personal y obligaciones de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), con garantía de continuidad en la prestación de servicios.

Además, la decisión administrativa reglamenta aspectos operativos centrales del presupuesto:

  • La distribución de cargos y horas de cátedra en toda la Administración Pública Nacional.
  • La obligación de que las jurisdicciones y entidades informen trimestralmente la evolución de sus plantas de personal y contrataciones, cualquiera sea su modalidad o fuente de financiamiento.
  • La exigencia de certificar vacantes y su financiamiento para cubrir cargos, según lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 27.798.

En materia de aportes al Tesoro, se fija un cronograma de contribuciones en cuatro cuotas iguales con vencimientos el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 15 de diciembre de 2026, y se establece que los remanentes de recursos del ejercicio 2025 deberán ingresar a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo excepción legal.

Partidas indicativas, control del gasto y límites a las reestructuraciones

Uno de los ejes centrales de la norma es la definición del carácter indicativo o limitativo de las partidas presupuestarias, una herramienta clave para el manejo del gasto en un contexto de administración estricta de los recursos públicos.

La decisión establece como montos presupuestarios indicativos a la totalidad de las partidas de:

  • Bienes de consumo (Inciso 2).
  • Servicios no personales, con excepción de los gastos reservados (Inciso 3).
  • Bienes de uso (Inciso 4).
  • Transferencias (Inciso 5).
  • Incremento de activos financieros (Inciso 6).
  • Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos (Inciso 7).
  • Otros gastos (Inciso 8).

También tendrán carácter indicativo las asignaciones correspondientes a actividades específicas, programas, subprogramas, proyectos de obra y la clasificación geográfica del gasto, lo que otorga flexibilidad operativa, aunque bajo un esquema reforzado de control ex post.

En paralelo, se determinan con precisión las facultades para realizar modificaciones presupuestarias, delimitando qué tipo de reestructuraciones pueden efectuar ministros, secretarios, titulares de organismos, la Secretaría de Hacienda y la Oficina Nacional de Presupuesto. Se prohíben, entre otras cuestiones, los cambios que impliquen alterar la distribución de finalidades o incrementar gastos corrientes en detrimento de gastos de capital, en línea con el artículo 37 de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Las modificaciones deberán ser notificadas a la Oficina Nacional de Presupuesto dentro de los cinco días hábiles, y ese organismo contará con ocho días hábiles para expedirse sobre su razonabilidad. Vencido ese plazo sin observaciones, la modificación quedará automáticamente vigente.

Inversión pública, empresas estatales y mayor centralización financiera

La decisión administrativa refuerza los mecanismos de control sobre la obra pública y las inversiones. Las jurisdicciones y entidades no podrán contratar obras ni adquirir bienes de uso sin contar previamente con la calificación de “Formulación y evaluación satisfactoria” emitida por la Dirección Nacional de Inversión Pública, y deberán ajustarse a los montos máximos vigentes establecidos por la normativa específica.

En cuanto a las empresas públicas no financieras, se dispone que toda asistencia financiera, transferencias o aportes de capital con recursos del Tesoro Nacional se asignen exclusivamente en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, evitando la dispersión de créditos y facilitando el seguimiento de la ejecución presupuestaria. Estas transferencias quedarán condicionadas al cumplimiento estricto de lo dispuesto por la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto.

Asimismo, las jurisdicciones con partidas destinadas a Gastos de Inteligencia y Gastos Reservados deberán contar con la conformidad previa de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) antes de solicitar modificaciones presupuestarias o reprogramaciones de ejecución.

Impacto institucional y proyección

La Decisión Administrativa 1/2026 consolida un esquema de centralización financiera, mayor control del gasto y reglas más estrictas para la ejecución presupuestaria, en línea con las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete por la Constitución Nacional y la Ley de Administración Financiera.

Decisión Administrativa 1/2026 by CristianMilciades

Para las jurisdicciones y organismos, el impacto es inmediato: mayor exigencia en la programación física de los programas, límites claros a la reasignación de créditos y una supervisión reforzada sobre personal, inversión y transferencias. Para el Tesoro Nacional, la norma apunta a mejorar la previsibilidad de ingresos, reducir remanentes ociosos y ordenar la asistencia al sector público empresarial.

anexo 1 D A 1/2026 by CristianMilciades

En términos políticos e institucionales, la decisión administrativa funciona como la pieza operativa central del Presupuesto 2026, traduciendo la ley sancionada por el Congreso en reglas concretas de ejecución que condicionarán el margen de maniobra de toda la Administración Pública durante el año.

anexo 2 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 3 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 4 D A 1/2026 by CristianMilciades

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El Gobierno prorrogó las pautas salariales para el sector público nacional

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El Poder Ejecutivo Nacional resolvió extender durante todo 2026 los lineamientos de negociación salarial para el Sector Público Nacional, mediante la Decisión Administrativa 43/2025, firmada el 31 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La medida prorroga la vigencia de la Decisión Administrativa 28/2024, que fija pautas uniformes para las negociaciones colectivas, con el objetivo explícito de optimizar los recursos del Estado, reducir el gasto público y mantener criterios homogéneos en materia salarial.

La decisión se inscribe en la política de administración del gasto y ordenamiento fiscal impulsada por el Gobierno y alcanza a las jurisdicciones, entidades y organismos del Poder Ejecutivo Nacional comprendidos en el artículo 8°, incisos a) y c), de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Antecedentes normativos y objetivos de la prórroga

Los lineamientos salariales que ahora se extienden hasta el 31 de diciembre de 2026 fueron establecidos originalmente por la Decisión Administrativa 28 del 1° de febrero de 2024, en el marco de las facultades conferidas por la Ley 18.753, que asigna a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público la responsabilidad de estudiar y coordinar una política salarial armónica en el ámbito estatal.

Posteriormente, la Decisión Administrativa 1 del 6 de enero de 2025 prorrogó esas pautas durante todo el ejercicio presupuestario 2025, con el argumento de avanzar en la reducción del gasto público y la eficiencia en la administración estatal. Según se desprende de los considerandos de la nueva norma, desde su implementación “se ha logrado avanzar de manera ininterrumpida hacia el logro de los objetivos señalados, manteniendo durante el Ejercicio Presupuestario 2025 parámetros homogéneos para la negociación de salarios”.

La Decisión Administrativa 43/2025 sostiene que, en virtud de esos resultados, resulta “pertinente prorrogar los lineamientos oportunamente establecidos […] para el Ejercicio Presupuestario 2026”, reforzando la continuidad de un esquema centralizado de pautas salariales para todo el sector público nacional.

Impacto en las negociaciones colectivas y el gasto público

La medida tiene incidencia directa sobre las negociaciones colectivas de trabajo en el ámbito estatal, reguladas por la Ley 14.250 (t.o. 2004), y sobre el funcionamiento de las comisiones negociadoras definidas por los Decretos 183/1988 y 322/2017. En particular, reafirma la representación del sector empleador del Estado nacional en las discusiones paritarias y la aplicación de criterios comunes en organismos centralizados, descentralizados, instituciones de seguridad social y entes estatales comprendidos en la Ley 24.156.

Desde el punto de vista fiscal, la prórroga busca preservar previsibilidad presupuestaria y consolidar un esquema de control del gasto salarial, uno de los componentes más relevantes del gasto corriente del Estado. En ese sentido, la norma aclara que todas las referencias previas a la Ley de Presupuesto 27.701 y al Decreto 88/2023 deberán entenderse realizadas al instrumento que apruebe el Presupuesto 2026, alineando las pautas salariales con el marco presupuestario vigente.

Alcance institucional y continuidad de la política salarial

La decisión fue adoptada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1, 2 y 7 de la Constitución Nacional, y contó con la intervención de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, así como de los servicios jurídicos competentes.

En términos institucionales, la prórroga consolida una política salarial coordinada y centralizada dentro del Sector Público Nacional, reforzando el rol de los organismos rectores en la definición de pautas comunes y limitando la dispersión de criterios entre jurisdicciones. La continuidad de este esquema durante 2026 anticipa un escenario de negociaciones salariales condicionadas por parámetros fiscales y presupuestarios uniformes, en línea con la estrategia general de ordenamiento del gasto público.

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El Gobierno extiende hasta junio de 2026 la transición para eliminar contratos preferenciales del Estado

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Mediante el Decreto 928/2025, publicado el 31 de diciembre en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional extendió hasta el 30 de junio de 2026 el plazo para rescindir y reordenar los contratos del Sector Público Nacional que otorgaban ventajas o preferencias a empresas con participación estatal. La decisión impacta de lleno en los esquemas de contratación de combustibles, seguros y pasajes aéreos, y se inscribe en la política de desregulación, competencia y neutralidad del Estado impulsada desde diciembre de 2023.

La medida prorroga los plazos establecidos originalmente en el Decreto 747/2024 —ya extendidos una vez por el Decreto 591/2025— ante la persistencia de procesos licitatorios inconclusos o fallidos, varios de ellos bajo la modalidad de “Acuerdo Marco”, considerados estratégicos para el funcionamiento operativo de la administración pública.

El marco normativo: fin de las prerrogativas y contratos preferenciales

El nuevo decreto se apoya en el artículo 50 del Decreto 70/2023, que fijó un principio central de la actual política económica: “las empresas en las que el Estado Nacional sea parte accionista no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público”, ni podrán recibir ventajas en la contratación de bienes y servicios.

En esa línea, el Decreto 747/2024 derogó un conjunto de normas que imponían contrataciones obligatorias con empresas estatales. Entre ellas, el Decreto 1189/2012, que obligaba a contratar con YPF S.A. el suministro de combustibles y lubricantes; el Decreto 1191/2012, que establecía la obligación de utilizar Aerolíneas Argentinas, Austral y Optar S.A. para la compra de pasajes aéreos; y el Decreto 823/2021, que imponía la contratación de pólizas a través de Nación Seguros S.A.

Además, ese decreto dispuso que las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y b), de la Ley 24.156 debían rescindir, en un plazo máximo de un año, todos los contratos que otorgaran beneficios o preferencias, e impulsar procedimientos de selección competitivos y transparentes.

El plazo original, que vencía en agosto de 2025, ya había sido extendido por el Decreto 591/2025. Ahora, el Decreto 928/2025 lo prorroga nuevamente hasta el 30 de junio de 2026.

Licitaciones en marcha, procesos fallidos y cuellos operativos

En los considerandos, el Poder Ejecutivo justifica la nueva prórroga en el estado de avance —y en algunos casos, de estancamiento— de varios procesos licitatorios clave.

Entre los avances concretados, se menciona la Licitación Pública N° 999-0011-LPU24 para la apertura y gestión de cuentas sueldo, adjudicada por la Decisión Administrativa N° 9 del 23 de abril de 2025, que dio lugar al Acuerdo Marco N° 999-2-AM25, vigente por tres años con opción a uno adicional.

También se destaca la Licitación Pública N° 999-0002-LPU25, correspondiente al seguro de riesgos del trabajo, adjudicada mediante la Decisión Administrativa N° 13 del 30 de mayo de 2025, con un acuerdo marco de dos años, prorrogable por uno más. A esto se suma la contratación de seguros integrales, automotor y técnico, formalizada a través del Acuerdo Marco N° 999-7-AM25, perfeccionado el 6 de octubre de 2025.

Sin embargo, el decreto reconoce que persisten contrataciones críticas sin resolver, especialmente en materia de combustibles y pasajes aéreos. En el caso de la Licitación Pública N° 999-0006-LPU25, destinada a la provisión de combustibles y gestión de flota, el procedimiento fue dejado sin efecto en octubre de 2025 tras recibir una única oferta para un renglón y quedar desiertos los restantes.

Algo similar ocurrió con la Licitación Pública N° 999-0008-LPU25, para combustibles a granel destinados a automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales, donde se proyecta declarar fracasados ocho renglones y desiertos otros cuatro.

En paralelo, la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Jefatura de Gabinete, se encuentra elaborando un anteproyecto de pliego para una futura licitación de pasajes aéreos bajo la modalidad de Acuerdo Marco, aún sin fecha de convocatoria definitiva.

Alcance de la prórroga y efectos sobre la gestión pública

Frente a este escenario, el decreto no solo extiende hasta el 30 de junio de 2026 el plazo máximo previsto en el artículo 6° del Decreto 747/2024, sino que también faculta a cada jurisdicción competente a ampliar o prorrogar los contratos vigentes, celebrados bajo los decretos ahora derogados, hasta esa misma fecha.

En la práctica, esto implica que los contratos con YPF, Aerolíneas Argentinas, Nación Seguros y otras empresas alcanzadas podrán mantenerse de manera transitoria, evitando vacíos operativos mientras se completan los nuevos esquemas de contratación competitiva.

Desde el punto de vista institucional, la medida refleja las tensiones entre el objetivo político de desarmar privilegios y la complejidad técnica de reemplazar contratos estructurales en áreas sensibles para el funcionamiento cotidiano del Estado. Para los proveedores privados, la prórroga extiende un período de incertidumbre, pero también confirma que el Gobierno mantiene el rumbo hacia un sistema de compras públicas sin preferencias, basado en licitaciones abiertas y transparentes.

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El Gobierno refuerza el presupuesto del RENAPER con más de $44.800 millones para 2025

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La Jefatura de Gabinete de Ministros dispuso una modificación del Presupuesto 2025 para reforzar los créditos de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), con el objetivo de afrontar gastos impostergables de funcionamiento y financiar inversiones en bienes de uso. La medida, formalizada mediante la Decisión Administrativa 39/2025, implica una reasignación de partidas por más de $44.845 millones y se apoya en recursos propios del organismo y en financiamiento externo, en un contexto de prórroga presupuestaria y restricciones fiscales.

Adecuación presupuestaria en un esquema de prórroga

La Decisión Administrativa 39/2025, firmada por el jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, fue dictada el 29 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre. La norma modifica el Presupuesto General de la Administración Nacional correspondiente al ejercicio 2025, que se rige por la Ley N° 27.701 de Presupuesto 2023, prorrogada conforme al artículo 27 de la Ley N° 24.156 y al Decreto N° 1.131 del 27 de diciembre de 2024.

Según se desprende de los considerandos, la adecuación presupuestaria responde a la necesidad de cubrir “gastos impostergables para su normal funcionamiento” del RENAPER, organismo descentralizado que depende de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior. La decisión se encuadra en las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que habilita modificaciones presupuestarias para garantizar la continuidad operativa de los organismos del Estado.

Más de $44.845 millones para gastos corrientes y de capital

El detalle de las planillas anexas que integran la decisión administrativa muestra que el refuerzo presupuestario total para el RENAPER asciende a $44.845.288.142. De ese monto, $38.487.990.542 corresponden a gastos corrientes financiados con recursos propios, mientras que $6.357.297.600 se destinan a gastos de capital financiados mediante crédito externo.

En el rubro de gastos corrientes, la mayor parte se concentra en servicios no personales, con partidas relevantes para servicios básicos, correos y telégrafos, mantenimiento, limpieza, servicios técnicos y profesionales, informática, servicios comerciales y financieros, suscripciones a internet, viáticos, impuestos y otros servicios. Entre los conceptos destacados figuran $8.667.990.542 para servicios básicos vinculados a correos y telégrafos, $6.540 millones para mantenimiento y limpieza, y $7.400 millones para suscripciones adicionales a internet.

Por el lado de las inversiones, los $6.357.297.600 de gastos de capital se asignan íntegramente a bienes de uso, en particular a la adquisición de maquinaria y equipos, lo que apunta a sostener y actualizar la infraestructura tecnológica del organismo.

Recursos propios y financiamiento externo

En cuanto a las fuentes de financiamiento, el esquema aprobado combina ingresos propios del RENAPER con aportes de la Administración Central y crédito externo. Los recursos corrientes del organismo alcanzan los $38.487.990.542, provenientes mayormente de ingresos no impositivos. Dentro de ese rubro se destacan las tasas vinculadas a la expedición de pasaportes, en el marco del Decreto N° 261/2011, que suman $15.743.807.164, y otros ingresos varios por $19.174.370.070.

A ello se agregan $3.569.813.308 por venta de bienes y servicios de la administración pública. Para el financiamiento de las inversiones, la modificación presupuestaria contempla la obtención de préstamos del sector externo a largo plazo por $6.357.297.600, identificados como provenientes del Banco Centroamericano de Integración Económica, junto con contribuciones figurativas de la Administración Central por el mismo monto.

Impacto institucional y operativo

La modificación presupuestaria tiene un impacto directo en la capacidad operativa del RENAPER, un organismo clave para la identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional. El refuerzo de partidas permite garantizar la continuidad de servicios esenciales como la emisión de documentos y pasaportes, en un contexto de alta demanda y costos crecientes asociados a tecnología, conectividad y logística.

Desde el punto de vista institucional, la medida refleja el uso de herramientas de gestión presupuestaria para sostener el funcionamiento de organismos descentralizados en un escenario de prórroga del presupuesto y de restricciones fiscales. Al mismo tiempo, la incorporación de financiamiento externo para inversiones en equipamiento plantea un esquema mixto de sostenimiento operativo y modernización, con impacto en la eficiencia administrativa y en la calidad del servicio al ciudadano.

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