Jefatura de Gabinete

Actualizan los montos del plan nacional de Inversiones Públicas desde 2026

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La Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la Dirección Nacional de Inversión Pública (DNIP), actualizó los montos máximos de los programas y proyectos de inversión pública que pueden ser aprobados directamente por los organismos ejecutores para su incorporación al Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP). La medida quedó formalizada mediante la Disposición 1/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025 y con vigencia a partir del 1° de enero de 2026.

La norma redefine los umbrales de aprobación en función de la variación del presupuesto anual de inversión pública nacional, con impacto directo sobre la planificación, evaluación y priorización de proyectos financiados con recursos del Sector Público Nacional. En concreto, se elevó a $3.045 millones el monto máximo para la aprobación directa por parte del organismo iniciador y se fijó en $30.459 millones el umbral a partir del cual será obligatorio presentar un Documento Analítico Complementario ante la DNIP.

El encuadre normativo del Sistema Nacional de Inversiones Públicas

La disposición se inscribe en el marco de la Ley N° 24.354, que creó el Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP), cuyo objetivo central es mantener un inventario actualizado de proyectos de inversión pública y formular y gestionar el Plan Nacional de Inversiones Públicas. El SNIP establece criterios técnicos para asegurar la consistencia, eficiencia y racionalidad del gasto de capital del Estado nacional.

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 24.354, el monto máximo de un programa o proyecto que puede ser aprobado directamente por el organismo iniciador no puede superar el UNO POR MIL (1‰) del presupuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al ejercicio inmediato anterior. Ese criterio fue operacionalizado por la Resolución N° 1/2021 de la entonces Secretaría de Evaluación Presupuestaria, Inversión Pública y Participación Público Privada, que fijó como base de cálculo los gastos de capital del Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional.

En ese marco, la DNIP, como órgano responsable del SNIP, tiene la función de comunicar periódicamente los montos máximos actualizados y de proponer modificaciones a las normas que regulan el sistema, tal como lo estableció el Decreto N° 1.103/2024.

Nuevos umbrales y exigencias técnicas para los proyectos

La Disposición 1/2025 fija dos valores clave para la gestión de inversiones públicas a partir de 2026. Por un lado, establece en $3.045.000.000 el monto máximo de los programas o proyectos que podrán ser aprobados directamente por el organismo o ente iniciador para su inclusión en el PNIP, sin necesidad de instancias adicionales de evaluación centralizada.

Por otro lado, determina que los proyectos cuyo monto supere los $30.459.000.000 deberán presentar obligatoriamente un Documento Analítico Complementario ante la Dirección Nacional de Inversión Pública, conforme a los requisitos previstos en el Anexo 2 de la Resolución 1/2021. Ese documento deberá ser presentado antes del 15 de junio de 2026, respetando los plazos fijados por el artículo 7° del Decreto N° 720/95, que establece como fecha límite el 15 de junio del año anterior al ejercicio presupuestario en el que se pretende incorporar el proyecto.

Para calcular estos montos, la DNIP solicitó a la Oficina Nacional de Presupuesto el dato actualizado de los gastos de capital del Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional. Dicha oficina informó que, en virtud de la prórroga del Presupuesto 2023 dispuesta por el Decreto N° 1.131/2024, se consideraron las proyecciones incluidas en el Mensaje de Elevación del Proyecto de Ley de Presupuesto 2026, que estiman los gastos de capital de 2025 en $3.045.964,5 millones.

Impacto institucional y en la planificación de la obra pública

La actualización de estos umbrales tiene implicancias directas sobre la dinámica de aprobación y evaluación de la inversión pública nacional. Al redefinir los montos máximos, la norma ajusta los mecanismos de control técnico a la nueva escala presupuestaria, evitando que la inflación o la expansión nominal del gasto de capital distorsionen los criterios de aprobación establecidos por el SNIP.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el rol de la Dirección Nacional de Inversión Pública como órgano rector del sistema y ordena el proceso de incorporación de proyectos al PNIP, al tiempo que deroga la Disposición DNIP N° 1/2024, que había fijado los montos vigentes hasta el cierre de 2025.

Para los organismos ejecutores, el nuevo esquema redefine los márgenes de autonomía en la aprobación de proyectos y eleva las exigencias técnicas para las iniciativas de mayor envergadura, lo que anticipa un mayor énfasis en la evaluación económica y financiera de los grandes proyectos de inversión pública a partir del ejercicio 2026.

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Milei ratificó a Scioli al frente de Turismo y Ambiente

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El Gobierno ratificó a Daniel Scioli como secretario de Turismo y Ambiente y formalizó su designación “ad honorem”

El presidente Javier Milei oficializó la designación de Daniel Scioli como secretario de Turismo y Ambiente mediante el Decreto 872/2025, consolidando la continuidad de uno de los funcionarios con mayor trayectoria política dentro del gabinete libertario. La resolución, que establece que ejercerá el cargo “ad honorem” desde el 6 de diciembre, refleja la estrategia del Gobierno de fortalecer un área clave para la competitividad económica, las inversiones y la proyección internacional del país.

Designación formal y alcance institucional de la medida

El Decreto 872/2025, publicado el 11 de diciembre en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, dispone en su artículo 1°:

“Desígnase con carácter ‘ad honorem’, a partir del 6 de diciembre de 2025, en el cargo de Secretario de Turismo y Ambiente (…) al licenciado Daniel Osvaldo Scioli.”

La designación se realiza en el marco del artículo 99, inciso 7, de la Constitución Nacional, que faculta al Presidente a nombrar y remover a los ministros y secretarios del Poder Ejecutivo.

La decisión ratifica en funciones a Scioli, quien ya venía desempeñándose en el área y que, tras la reorganización del gabinete, mantendrá la conducción de una secretaría estratégica bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Un movimiento que combina continuidad política y objetivos estratégicos

La permanencia de Daniel Scioli en el Gobierno tiene una doble lectura:

Continuidad técnica y política: Scioli es uno de los pocos dirigentes con trayectoria transversal que el Gobierno libertario decidió retener. Su experiencia en comercio exterior, relaciones internacionales y promoción turística —sumada a su paso por Brasil como embajador— es vista como un activo para un área que combina desarrollo económico y posicionamiento país.

Fortalecimiento del frente externo y del sector turístico: La secretaría que conduce Scioli integra dos ejes relevantes para la estrategia macroeconómica: Turismo, uno de los sectores que puede aportar divisas de rápida generación. Ambiente, clave para la agenda regulatoria, la aprobación de proyectos de inversión y el cumplimiento de estándares internacionales.

El carácter ad honorem de la designación refuerza, además, el discurso oficial orientado a la austeridad y la reducción del gasto político.

Expectativas para la gestión

La confirmación de Scioli llega en un momento donde el Gobierno busca ampliar mercados, atraer inversiones y ordenar la regulación ambiental. En ese marco, se esperan tres impactos directos. Mayor previsibilidad para el sector turístico y hotelero, que venía reclamando continuidad en políticas y promoción internacional. Ordenamiento regulatorio para proyectos productivos y energéticos, especialmente aquellos que requieren evaluaciones ambientales en provincias y Nación. Refuerzo del vínculo con organismos internacionales, especialmente en materia de sustentabilidad, transición energética y turismo sostenible.

Dentro del oficialismo destacan que la Secretaría de Turismo y Ambiente será un actor relevante en la agenda 2026, en especial por la necesidad de aumentar el ingreso de divisas no tradicionales y mejorar la competitividad territorial de provincias con alto potencial turístico.

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Otro misionero en el Gabinete de Milei, Javier Lanari fue designado secretario de Comunicación y Prensa

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Milei reorganiza su esquema comunicacional, Javier Lanari fue designado secretario de Comunicación y Prensa

El Gobierno nacional formalizó la designación de Javier Lanari como nuevo secretario de Comunicación y Prensa, un movimiento estratégico en la arquitectura comunicacional del presidente Javier Milei. El nombramiento, publicado en el Boletín Oficial mediante el Decreto 871/2025, implica un refuerzo de la estructura encargada de la estrategia y coordinación informativa del Poder Ejecutivo, en un momento de alta sensibilidad política y de reformas estructurales en curso.

Un cambio clave en el gabinete: nueva conducción para la política comunicacional

El Decreto 871/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, oficializa dos movimientos centrales: la aceptación de la renuncia de Javier Lanari al cargo de subsecretario de Prensa —función que ocupó hasta el 5 de diciembre— y su designación, desde el 6 de diciembre, como secretario de Comunicación y Prensa de la Jefatura de Gabinete.

El artículo 1° del decreto establece:
“Acéptase, a partir del 5 de diciembre de 2025, la renuncia presentada por el licenciado Javier Lanari al cargo de Subsecretario de Prensa…”

Mientras que el artículo 2° dispone:
“Desígnase, a partir del 6 de diciembre de 2025, en el cargo de Secretario de Comunicación y Prensa… al licenciado Javier Lanari.”

La formalización se realizó en los términos del artículo 99, inciso 7, de la Constitución Nacional, referido a las facultades del Presidente para designar y remover funcionarios.

El propio jefe de Gabinete, Manuel Adorni, anunció públicamente el ascenso durante la cena anual de ADEPA, afirmando: “Lanari es el flamante secretario de Comunicación y Prensa”. Adorni dejó esa misma área al asumir como jefe de Gabinete, aunque se espera que continúe teniendo un rol activo en la comunicación oficial.

Reorganización estratégica: continuidad dentro de la lógica comunicacional libertaria

El nombramiento de Lanari se inscribe en una reorganización más amplia del esquema comunicacional, una de las áreas centrales del proyecto gubernamental desde el inicio de la gestión. La comunicación ha sido definida por Milei como una herramienta clave tanto para sostener el relato económico —en el marco de reformas de shock y políticas de desregulación— como para disputar sentido político frente a actores opositores.

La Secretaría de Comunicación y Prensa concentra funciones estratégicas: coordinación de mensajes oficiales, relación con medios, definición de lineamientos discursivos y gestión de plataformas digitales. Con la designación, el Gobierno apuesta por un perfil experimentado dentro de la estructura, manteniendo coherencia interna mientras redefine roles y responsabilidades.

Funcionarios cercanos a la Jefatura de Gabinete señalan que la nueva estructura permitirá “ordenar flujos de información, unificar criterios y reforzar la estrategia narrativa” en un contexto de elevada exposición pública del presidente.

Impacto institucional y político del movimiento

La designación tiene varias implicancias:

Consolidación del esquema comunicacional libertario: Lanari es considerado parte del núcleo duro del dispositivo comunicacional del oficialismo, con experiencia en gestión de crisis, redes sociales y seguimiento mediático.

Relación con medios y gremios periodísticos: su ascenso será observado atentamente por ADEPA, FOPEA y las redacciones nacionales, en un clima signado por tensiones discursivas y debates sobre libertad de prensa.

Reconfiguración interna: al asumir Adorni la Jefatura de Gabinete, queda abierta la expectativa sobre cuánto retendrá del rol de vocero presidencial y cómo se articulará su función con la nueva secretaría.

Estrategia legislativa y económica: la comunicación se vuelve especialmente crítica mientras el Gobierno impulsa reformas como la laboral, la educativa y la fiscal.

Lanari asume, así, en un momento de alta demanda institucional, donde el Gobierno apuesta por profesionalizar y fortalecer su estrategia de comunicación centralizada.

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El Gobierno reordena la estructura del Estado, claves del Decreto 866/2025

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El Gobierno redefinió la estructura del Estado, fuerte reordenamiento de ministerios, organismos y competencias

En un decreto de amplia alcance, el Poder Ejecutivo dispuso una profunda reconfiguración de la administración pública nacional. El Decreto 866/2025, firmado el 6 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial, modifica el esquema organizativo del Estado, suprime áreas completas, crea nuevas dependencias e introduce cambios en los objetivos, la dependencia jerárquica y el ámbito de actuación de múltiples organismos clave.
La medida entra en vigencia desde el día de su dictado, un dato institucional central porque habilita su aplicación inmediata.

Reordenamiento estructural: ajustes en Jefatura de Gabinete, Interior, Economía y Salud

El Gobierno justificó los cambios en la necesidad de “optimizar la gestión de gobierno”, según el texto oficial. Para ello readecua el organigrama aprobado originalmente por el Decreto 50/2019, incorporando las modificaciones de una serie de decretos previos (658/25, 793/25 y 825/25).

Supresión y reconfiguración de áreas

El decreto elimina la Secretaría de Comunicación y Medios, cuya supresión aparece en los artículos 1 y 7, impactando tanto en el organigrama como en los objetivos de la administración pública.

En paralelo, la Jefatura de Gabinete recibe una reorganización completa de sus áreas. La nueva estructura incorpora: Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa. Secretaría de Asuntos Estratégicos. La Secretaría Ejecutiva. Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. También la Secretaría de Turismo y Ambiente. Y la Secretaría de Comunicación y Prensa

Cada una de ellas con sus respectivas subsecretarías, incluidas áreas de análisis, planificación, innovación, turismo, ambiente y medios públicos.

Los anexos oficiales precisan además que la Jefatura de Gabinete tendrá bajo su órbita organismos descentralizados como la Agencia de Acceso a la Información Pública, AABE, CONICET, CONAE, el ENACOM y el Banco Nacional de Datos Genéticos, entre otros.

Ingreso del Ministerio del Interior al nuevo organigrama

El decreto incorpora en el organigrama central el Ministerio del Interior como Apartado VI. Entre sus dependencias se destacan: Secretaría de Interior, con áreas de asuntos políticos, deportes, enlace legislativo y la Subsecretaría del INAI. Y Secretaría de Provincias y Municipios, con subsecretarías específicas para provincias y municipios.

En los organismos descentralizados bajo Interior se incorporan el RENAPER, la Comisión Nacional Antidopaje y el ENARD, según la planilla del Anexo III.

Cambios profundos en el Ministerio de Economía

El Ministerio de Economía es uno de los que recibe la mayor reorganización interna. Se redefinen:

  • Secretaría Legal y Administrativa
  • Secretaría de Política Económica
  • Secretaría de Hacienda
  • Secretaría de Finanzas
  • Secretaría de Energía
  • Secretaría de Minería
  • Secretaría de Coordinación de Producción
  • Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
  • Secretaría de Obras Públicas
  • Secretaría de Transporte
  • Secretaría de Asuntos Nucleares

El anexo precisa decenas de organismos que pasarán a actuar bajo su órbita, entre ellos:

  • INDEC, CNV, SENASA, INASE, INTA, INV, ARCA, ANPYN, ENRE, ENARGAS, INTI, INPI, INIDEP, INA, ORSEP, TTN, DNV, ANAC, CNRT, ANSV, ORSNA, CNEA, entre muchos otros.
  • Además, empresas estratégicas como Energía Argentina S.A., Entidad Binacional Yacyretá, Aerolíneas Argentinas, Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina S.A. e YPF S.A. (en el marco del art. 15 de la Ley 26.741) quedan incluidas en la estructura jurisdiccional del ministerio.

Reestructuración del Ministerio de Salud

El decreto también redefine la estructura del Ministerio de Salud, reorganizando: La Secretaría de Gestión Administrativa. La Secretaría de Gestión Sanitaria. Y la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina

Se detallan nuevas subsecretarías vinculadas a planificación sanitaria, vigilancia epidemiológica, fiscalización y prevención de consumo de drogas.

Impacto administrativo, político y presupuestario: el alcance de la reorganización

Transferencias, vigencia inmediata y adecuaciones en curso

El artículo 21 del decreto establece un movimiento significativo:
se transfieren de Interior a la Jefatura de Gabinete todas las unidades, bienes, personal y créditos presupuestarios de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, con excepción de Deportes.

Además, se mantienen transitoriamente las estructuras de nivel inferior a Subsecretaría (art. 22). Las erogaciones se atenderán con los créditos vigentes hasta que se formalicen las adecuaciones presupuestarias (art. 23). La vigencia es inmediata desde el 6 de diciembre de 2025 (art. 24).

Motivación institucional

El Ejecutivo sostiene que la reorganización busca adecuar el funcionamiento del Estado a las reformas de la Ley de Ministerios y a procesos previos de transformación administrativa. Incluyendo la incorporación del INAI a la Jefatura de Gabinete (Decreto 438/25). La adecuación del organigrama y los objetivos estratégicos de gobierno. La intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y de la Oficina Nacional de Presupuesto en la estructuración final del decreto.

Proyecciones y efectos sectoriales

La reorganización afecta a:

Organismos regulatorios clave (ENACOM, ENRE, ENARGAS, CNV, ANAC, CNRT).

Empresas públicas estratégicas (Energía Argentina, Yacyretá, Aerolíneas Argentinas, AySA, ARSAT).

Institutos científicos y tecnológicos (CONICET, CNEA, INTA, INTI, INIDEP).

Áreas críticas del Estado nacional: transporte, energía, minería, agricultura, estadísticas, obras públicas, seguridad nuclear, ambientes y comunicación.

Los cambios podrían reconfigurar la coordinación entre sectores, modificar la gobernanza de empresas públicas y ajustar el papel de los reguladores nacionales.

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El Gobierno redefine la segmentación audiovisual y actualiza el esquema de espacios electorales gratuitos

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La Jefatura de Gabinete aprobó una reconfiguración integral del esquema que determina cómo los servicios de comunicación audiovisual ceden tiempo de programación para fines electorales. La medida, formalizada mediante la Resolución 160/2025, reemplaza el anexo de la Resolución 675/2023 y redefine los porcentajes que cada segmento de prestadores deberá aplicar como pago a cuenta de impuestos nacionales. La decisión actualiza el marco regulatorio tras los cambios normativos introducidos por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y la derogación del Reglamento General de los Servicios de TV por Suscripción.

Un nuevo esquema de segmentación para un sistema audiovisual en transformación

La resolución, fechada el 28 de noviembre de 2025, sustituye el anexo que establecía la segmentación entre licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual. El cambio se sustenta en el artículo 2 del Decreto 342/2023, que delegó en la Jefatura de Gabinete la responsabilidad de definir los parámetros para distribuir el monto previsto como pago a cuenta de impuestos nacionales.

La norma recuerda que la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos obliga a los servicios de comunicación y televisión por suscripción a “ceder en forma gratuita el CINCO POR CIENTO (5%) del tiempo total de programación para fines electorales”, y que desde 2020 la mitad de ese porcentaje puede imputarse al pago de tributos nacionales.

El nuevo anexo —identificado como ACTO-2025-124252227-APN-ENACOM#JGM— actualiza la clasificación de segmentos y porcentajes, con una estructura que abarca:

  • Segmento A (AMBA):
    • TV de media y alta potencia: 35 %
    • AM de media y alta potencia: 9 %
    • FM de media y alta potencia: 9 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 3 %
  • Segmento B (ciudades > 600.000 habitantes):
    • TV media y alta potencia: 10 %
    • AM media y alta potencia: 3 %
    • FM media y alta potencia: 2 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento C (ciudades entre 100.000 y 599.999 habitantes):
    • TV media y alta potencia: 9 %
    • AM media y alta potencia: 2 %
    • FM media y alta potencia: 2 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento D (ciudades < 100.000 habitantes):
    • TV, AM y FM de media y alta potencia: 1 %
    • Servicios de baja potencia y no categorizados: 1 %
  • Segmento E (señales inscriptas en el Registro del art. 58 de la Ley 26.522): 10 %

La distribución será “igualitaria dentro de cada segmento”, según establece el artículo 2º de la resolución.

Decreto 70/2023, impacto normativo y redefinición del mapa regulatorio

El Gobierno fundamenta la nueva estructura en el profundo cambio regulatorio provocado por el DNU 70/2023, que declaró la emergencia pública en materia económica, administrativa, fiscal y tarifaria hasta el 31 de diciembre de 2025.

En particular, el artículo 329 del decreto modificó la Ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para incorporar como servicio TIC a la “radiodifusión por suscripción mediante cualquier vínculo”, exceptuándola de las disposiciones de la Ley 26.522. Ese cambio implicó desregular la estructura histórica del sector audiovisual y habilitar la revisión de reglamentos previos.

Como consecuencia, el ENACOM derogó en 2024 el Reglamento General de los Servicios de Televisión por Suscripción (Resolución 1491/2020), lo que tornó necesario adecuar toda la arquitectura de segmentación definida en 2023.

La resolución 160/2025 señala que este rediseño responde a la necesidad de “adaptar el marco regulatorio de los servicios de televisión por suscripción” a un ecosistema que, según el propio DNU, debe contar con “mayor libertad para su desarrollo” a fin de eliminar “barreras y restricciones estatales”.

Financiamiento político, medios y federalismo regulatorio

El rediseño del esquema impacta de manera directa en tres frentes:

Financiamiento electoral y acceso equitativo a los medios

La cesión del 5% del tiempo de programación es uno de los pilares del sistema de comunicación electoral argentino. La redefinición de segmentos puede alterar los niveles de exposición de los partidos políticos en distintas regiones y plataformas, especialmente en provincias con gran dispersión geográfica.

Competencia en el sistema de medios

La distribución igualitaria dentro de cada segmento, sumada a la reclasificación de potencias y localizaciones, puede cambiar el equilibrio entre prestadores de AMBA y del interior. El nuevo esquema reduce brechas históricas en la asignación entre servicios de mayor alcance y emisoras locales.

Federalismo comunicacional

Al incorporar ciudades según rangos poblacionales (más de 600.000 habitantes, entre 100.000 y 599.999, y menos de 100.000), el modelo funcionará como una matriz federal que distingue realidades muy heterogéneas. Esto puede derivar en pedidos de revisión por parte de cámaras, grupos regionales y operadores independientes.

Reacciones esperadas y próximos pasos

La norma obliga a los prestadores a ajustar sus declaraciones de pago a cuenta de impuestos según los nuevos porcentajes. El proceso podría activar consultas ante el ENACOM, especialmente por parte de operadores medianos y pequeños.

La resolución será publicada en el Boletín Oficial, con el anexo técnico disponible para descarga, y deberá ser tomada como referencia para el próximo ciclo electoral.

Al tratarse de una disposición basada en un DNU vigente hasta diciembre de 2025, el esquema podría ser revisado si hubiera modificaciones legislativas o reformas integrales en materia de telecomunicaciones y servicios audiovisuales.

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