juicio oral

Comenzó el juicio por el ARA San Juan: cuatro exjefes de la Armada enfrentan cargos por la muerte de 44 tripulantes

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Este martes comenzó en Río Gallegos el juicio oral por el hundimiento del ARA San Juan, ocurrido el 15 de noviembre de 2017. El debate, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Río Gallegos, busca determinar responsabilidades penales por la muerte de los 44 tripulantes y coloca bajo escrutinio a cuatro exjefes de la Armada Argentina.

En el banquillo están Luis Enrique López Mazzeo, Claudio Villamide, Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa, procesados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte. Las penas previstas van de uno a cinco años de prisión.

El inicio del juicio no solo reactiva una causa judicial largamente esperada por las familias. También reabre un capítulo institucional sensible: el funcionamiento de la cadena de mando militar, los controles internos del Estado y la responsabilidad política sobre el material estratégico de defensa. La pregunta de fondo es si el hundimiento fue una fatalidad técnica o la consecuencia de decisiones evitables.

Acusación, pruebas y secreto militar

Durante la primera audiencia se leyó el requerimiento de elevación a juicio formulado por la Fiscalía. Luego, el tribunal abrió la instancia para planteos preliminares de las partes antes de avanzar con la producción de prueba.

El proceso contará con más de 100 testigos, material fílmico encriptado del hallazgo del submarino por parte del buque Ocean Infinity, documentación bajo secreto militar y el testimonio de un experto de la firma alemana Thyssen-Krupp, fabricante de la nave.

Uno de los puntos críticos será la definición del Ministerio de Defensa sobre el levantamiento del secreto militar. Sin esa decisión, planos y fotografías técnicas del submarino no podrán exhibirse públicamente. El alcance de esa autorización impactará directamente en la transparencia del debate y en la posibilidad de reconstruir técnicamente lo ocurrido.

Las advertencias previas y la hipótesis fiscal

La acusación sostiene que existieron múltiples alertas internas sobre deficiencias en el mantenimiento del submarino que no fueron atendidas por la cadena de mando.

Entre los puntos señalados figuran tareas pendientes tras la reparación de “media vida”, advertencias de la SIGEN por emanaciones de fluidos de baterías, falta de ingreso a dique seco pese a haber superado los plazos recomendados y problemas en válvulas, periscopios y sistemas de propulsión.

También se mencionan reportes de ingreso de agua de mar al compartimiento de baterías, cartuchos de purificación de aire vencidos y fallas en interruptores críticos.

Para la Fiscalía y la querella, el submarino no se encontraba en condiciones óptimas de navegación. La hipótesis central indica que un fallo en una válvula permitió el ingreso de agua al sector de baterías, lo que habría generado un incendio inicial, seguido de explosión e implosión a más de 900 metros de profundidad.

La última comunicación oficial del ARA San Juan fue el 15 de noviembre de 2017 a las 7.20, cuando reportó un desperfecto eléctrico y principio de incendio. Un año después, el 16 de noviembre de 2018, los restos fueron hallados a unos 500 kilómetros de la costa de Santa Cruz.

Correlación institucional y memoria pública

El juicio se extenderá, en principio, hasta principios de julio, con audiencias de lunes a jueves, semana por medio. El tribunal prevé escuchar entre seis y ocho testigos por jornada.

En términos institucionales, el proceso delimita responsabilidades individuales dentro de la estructura militar, pero también proyecta efectos sobre el Ministerio de Defensa y el sistema de control estatal. La causa por presunto espionaje ilegal a familiares, que fue cerrada por la Corte Suprema, quedó fuera de este debate, lo que acota el foco exclusivamente a la cadena de mando operativa.

Para las familias, representadas entre otros por Luis Tagliapietra, el juicio representa una instancia de verdad judicial tras años de reclamos. Para el Estado, implica rendir cuentas sobre la gestión de recursos estratégicos y protocolos de seguridad.

Un proceso que excede lo penal

Más allá de las posibles condenas —de uno a cinco años de prisión—, el juicio interpela el modo en que se toman decisiones en estructuras jerárquicas cerradas y cómo se gestionan advertencias técnicas dentro del ámbito militar.

Si el tribunal acredita que existieron omisiones determinantes, el fallo podría marcar un precedente sobre responsabilidad en la conducción de fuerzas armadas. Si, en cambio, las pruebas no logran establecer nexo causal suficiente, el caso dejará abierta la discusión sobre límites probatorios en tragedias complejas.

A más de ocho años del hundimiento, el debate oral coloca nuevamente en el centro una de las mayores tragedias navales del país. El veredicto se conocería a mediados de julio, pero el impacto institucional dependerá de cómo el tribunal logre reconstruir la cadena de decisiones que precedió al último mensaje emitido desde el submarino.

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Delitos contra el Estado: Casanello negó un acuerdo económico y avanza la causa contra el Polo Obrero

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El juez federal Sebastián Casanello rechazó una propuesta de reparación económica por 87,9 millones de pesos presentada por Leandro Gastón Kebleris, procesado como partícipe necesario en el presunto desvío de fondos del programa Potenciar Trabajo, al sostener que los delitos contra la administración pública no pueden resolverse mediante acuerdos privados que pretendan extinguir la acción penal.

La decisión tiene impacto directo en el avance de una de las investigaciones más sensibles sobre el uso de recursos de programas sociales y deja a la causa en condiciones de ser elevada a juicio, con derivaciones institucionales y políticas relevantes.

Una oferta sin reconocimiento de hechos y sin aval del Estado

Según la resolución judicial, la propuesta de Kebleris buscaba cerrar el proceso penal sin reconocimiento de hechos ni derechos, lo que fue considerado inadmisible en el marco de delitos que afectan al Estado. La iniciativa contemplaba el giro inmediato de más de 14 millones de pesos ya embargados y el pago del monto restante en 12 cuotas, hasta completar los $87,9 millones ofrecidos como reparación.

Kebleris se encuentra procesado junto con Anahí Rivero, acusados de haber puesto a disposición del Polo Obrero y de la Cooperativa El Resplandor la firma Coxtex S.A., señalada por la fiscalía como una “usina de facturación apócrifa”, sin capacidad operativa real.
La investigación sostiene que en octubre de 2021, Coxtex emitió dos facturas por un total de 5,46 millones de pesos, que habrían sido utilizadas para desviar recursos del programa Potenciar Trabajo hacia actividades de prensa, militancia y campaña electoral.

El magistrado también rechazó convocar a una audiencia para analizar la propuesta, al advertir que no existía un acuerdo previo con el Estado como parte damnificada, condición central para cualquier eventual discusión de reparación.

Rechazo unánime de los querellantes y advertencias de la fiscalía

La propuesta fue objetada no solo por la fiscalía, sino también por la Oficina Anticorrupción, el Ministerio de Capital Humano y la Unidad de Información Financiera, los tres en carácter de querellantes.
El Ministerio Público Fiscal advirtió que la causa involucra múltiples actores y líneas de investigación aún abiertas, por lo que fragmentar una eventual reparación del daño podría afectar la coherencia y solidez de la acusación.

Casanello coincidió con ese planteo y subrayó que homologar el acuerdo podría entorpecer el trámite ante el Tribunal Oral Federal N°8, que deberá juzgar al líder del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, y a otras 15 personas imputadas en el expediente.

En ese marco, el juez quedó en condiciones de resolver el pedido de elevación a juicio, mientras la fiscalía continúa señalando a Kebleris y Rivero como piezas clave de un entramado que habría operado durante casi cuatro años dentro del Polo Obrero y sus unidades de gestión.

Un entramado bajo la lupa judicial

De acuerdo con la acusación, el esquema investigado se habría sostenido mediante empresas como Coxtex S.A., Ediciones e Impresiones Rumbos, Urban Graphics, Ricoprint y Miniso Trade, señaladas por emitir documentación falsa para simular compras y encubrir el desvío de fondos públicos provenientes de un programa social de alcance nacional.

El rechazo de la reparación económica marca un precedente institucional: refuerza la posición de que los delitos contra la administración pública no admiten salidas negociadas individuales y consolida el camino hacia un juicio oral que podría tener impacto político y judicial en torno al control y la transparencia en la gestión de programas sociales.

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Comenzó el juicio contra los dirigentes sindicales Gurina y Sánchez por el acampe docente de 2024

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El Juzgado Correccional y de Menores Nº 1 de Posadas inició el juicio oral contra los dirigentes docentes Mónica Gurina y Leandro Javier Sánchez, imputados por Desobediencia Judicial y Entorpecimiento del Normal Funcionamiento de los Medios de Transporte a raíz del acampe realizado en la avenida Uruguay durante el conflicto salarial de 2024. La causa fue impulsada tras denuncias de comerciantes de la zona, que aseguraron haber sufrido perjuicios económicos durante la protesta.

El proceso, dirigido por la jueza Marcela Leiva, marca un precedente institucional clave para el debate sobre los límites del derecho a la protesta, el impacto económico de las manifestaciones y el rol de los sindicatos en un contexto social atravesado por reclamos salariales y deterioro del poder adquisitivo.

El origen de la causa y la acusación: protestas, cortes y denuncias comerciales

La investigación fue iniciada por la fiscal de Instrucción Nº 7, Patricia Inés Clerici, quien imputó a Gurina y Sánchez por los delitos de Desobediencia Judicial y Entorpecimiento del Normal Funcionamiento de los Medios de Transporte, luego de que el acampe docente instalara 15 carpas y concentrara a más de 500 manifestantes en la avenida Uruguay durante varios días.

Comerciantes del corredor denunciaron baja de ventas, afectación del tránsito y dificultades operativas para el transporte urbano. En ese marco, la fiscalía solicitó agregar el testimonio del gerente de la empresa Tipoka como prueba. La defensa se opuso y planteó que “el Ministerio Público incumplió con los plazos en el ofrecimiento de pruebas”.

En la audiencia inicial de este lunes se leyó el requerimiento de elevación a juicio y se acordó incorporar parte de la prueba testimonial por lectura, citando únicamente a cuatro testigos, entre ellos dos policías de Misiones.

Previo al inicio formal del debate, la fiscal María Laura Álvarez propuso conceder una probation, medida que ambos dirigentes rechazaron. Por ello el juicio continúa. Los imputados están representados por Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga.

Gurina negó responsabilidad penal: “No somos culpables de nada, sólo pedíamos salario digno. Se juzga a una sindicalista en una época donde se mira mal a los sindicalistas”.

Sánchez, con 20 años de docencia, sostuvo que las acciones fueron colectivas: “El derecho a la protesta es constitucional”.

Ambos optaron por no responder preguntas.

Primeros testigos: crisis docente, asambleas y la continuidad de un conflicto que se escaló tras el 1 de junio

Los primeros testimonios evidenciaron el trasfondo económico y sindical del conflicto.

Carlos Lezcano: “La desesperación hacía imposible pensar en términos de ilegalidad”

El docente Carlos Lezcano afirmó que el deterioro salarial fue el detonante: Desde octubre de 2023 “empezó el ajuste al sector docente”. Señaló una “transferencia de recursos de las escuelas públicas al sector privado”. Aseguró que una maestra de grado cobra 618 mil pesos y tiene una obra social “que no funciona”. Describió que en la inscripción para la Policía se anotaron 5.000 jóvenes, mientras que “los profesorados están vacíos”.

Sobre la protesta, precisó que la asamblea del puente Garupá decidió movilizarse hacia la avenida Uruguay y acompañar la protesta policial que ya cortaba el tránsito.

Consultado sobre la ilegalidad del corte, sostuvo: “Había docentes que no podían comprarle un yogur a un hijo. La desesperación hacía imposible pensar en esos términos”.

Lezcano también recordó que el conflicto se agravó tras la fallida reunión con el Ministerio de Hacienda el 1 de junio, y que el acta firmada el 7 de junio “no compensó la inflación”.

Estela Genesini: “Nunca se consiguió nada sin protestar”

En segundo término declaró Estela Genesini, secretaria general de UDNAM.

Sostuvo que la protesta tenía objetivos salariales y también de denuncia institucional: “Nunca se consiguió nada sin protestar”.

Recordó que antes del conflicto cobraban 250 mil pesos con FONID, frente a los 450 mil posteriores a las medidas.

Describió el clima social del acampe: Docentes con décadas sin adherirse a paros se sumaron. La comunidad llevó alimentos. Muchos maestros comían allí y cargaban viandas para sus familias. Las decisiones se tomaban “siempre en asambleas”, no en mesas con el Gobierno.

Además, mencionó que presentó denuncias administrativas contra Miguel Sedoff y Gilson Berger, por supuestas irregularidades vinculadas al ámbito educativo.

Un juicio que reabre el debate sobre protesta, economía y legitimidad sindical

El avance del juicio se da en un momento donde el rol de los sindicatos es objeto de controversias políticas y donde los conflictos salariales del sector docente se profundizaron por pérdida del poder adquisitivo, inflación y tensiones con el Ministerio de Hacienda.

La jueza Marcela Leiva dispuso un cuarto intermedio hasta el miércoles a las 7.30, cuando declararán cuatro testigos —entre ellos dos policías— y luego se escucharán los alegatos.

Gurina y Sánchez pidieron su sobreseimiento y reiteraron que las acciones fueron colectivas y decididas en asambleas.

El proceso podría sentar criterio sobre la responsabilidad penal de dirigentes sindicales en protestas masivas, un tema central para la regulación de la conflictividad laboral y para la futura relación entre sindicatos, Estado y poder judicial.

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