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Economía avanzó con un canje de LELINK y estiró vencimientos hasta junio de 2026

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El Ministerio de Economía formalizó un canje de deuda pública que permitió postergar vencimientos concentrados a fines de enero de 2026, mediante la conversión de la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense cero cupón con vencimiento el 30 de enero de 2026 (LELINK D30E6) por nuevos instrumentos con vencimientos en febrero, abril y junio del mismo año.

La operación, oficializada a través de la Resolución Conjunta 4/2026 de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial del viernes 23 de enero, permitió reprogramar el 59,50% del valor nominal original en circulación de ese instrumento, de acuerdo con los resultados informados por la Secretaría de Finanzas tras la licitación realizada el jueves 22 de enero.

El canje se inscribe dentro de las facultades otorgadas por el artículo 45 de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026 y apunta a ordenar el perfil de vencimientos en moneda vinculada al dólar, reduciendo tensiones financieras de corto plazo dentro del programa financiero del Tesoro.

Reprogramación de vencimientos y ampliación de emisiones autorizadas

La operación tuvo como objetivo central diferir los pagos de la LELINK D30E6, originalmente emitida mediante la Resolución Conjunta 51/2025, habilitando a sus tenedores a optar por uno o una combinación de los siguientes instrumentos:

  • LELINK D27F6, con vencimiento el 27 de febrero de 2026
  • LELINK D30A6, con vencimiento el 30 de abril de 2026
  • BONAD TZV26, con vencimiento el 30 de junio de 2026

Para viabilizar el canje, el Poder Ejecutivo autorizó la ampliación de la emisión de las letras dólar linked con vencimiento en febrero y abril por hasta USD 4.500 millones de valor nominal original cada una. En el caso del BONAD TZV26, se dispuso la afectación de un saldo emitido y no colocado por USD 4.094.357.417, junto con una ampliación adicional de hasta USD 410 millones.

Según establece la norma, estas emisiones se realizan bajo las normas de procedimiento de la Resolución Conjunta 9/2019, y en el marco del artículo 11 del Decreto 331/2022, modificado por el DNU 846/2024, que habilita suscripciones de instrumentos de deuda con títulos públicos independientemente de su moneda de denominación, quedando excluidas de las restricciones del artículo 65 de la Ley 24.156.

Resultados de la licitación y comportamiento de los inversores

De acuerdo con la información oficial, en la licitación del 22 de enero se recibieron 170 ofertas, logrando adjudicar un monto equivalente al 59,50% del VNO en circulación de la LELINK D30E6.

Los resultados por instrumento fueron los siguientes:

  • LELINK D27F6 (febrero 2026)
    • VNO ofertado: USD 2.816 millones
    • VNO adjudicado: USD 2.266 millones
    • Precio de corte: USD 995 por cada VNO USD 1.000
    • VNO rescatado de la LELINK D30E6: USD 2.456 millones
  • LELINK D30A6 (abril 2026)
    • VNO ofertado: USD 202 millones
    • VNO adjudicado: USD 179 millones
    • Precio de corte: USD 987,50
  • BONAD TZV26 (junio 2026)
    • VNO ofertado: USD 28 millones
    • VNO adjudicado: USD 22 millones
    • Precio de corte: USD 986

Todos los montos están expresados en millones de dólares de valor nominal original. La liquidación de las operaciones fue fijada para el martes 27 de enero de 2026 (T+3), mientras que la transferencia de los títulos elegibles debía realizarse antes de las 17 horas del lunes 26 de enero (T+2) a la cuenta de la Secretaría de Finanzas en la CRYL del BCRA.

Marco legal, condiciones técnicas y efectos financieros

La resolución detalla las fórmulas de conversión, los mecanismos de redondeo y las condiciones de penalización en caso de incumplimiento en la entrega de los títulos elegibles. En ese caso, la liquidación se efectúa mediante un débito en pesos, calculado sobre el valor del nuevo instrumento, con un factor de penalidad del 20% y el tipo de cambio de referencia del BCRA conforme a la Comunicación “A” 3500.

Desde el punto de vista financiero, la operación permite al Tesoro aliviar la carga de vencimientos inmediatos en instrumentos dólar linked, desplazándolos hacia meses posteriores del primer semestre de 2026, sin incrementar el stock total autorizado más allá de los límites presupuestarios vigentes.

El canje impacta directamente sobre inversores institucionales y tenedores de deuda pública en dólares vinculados al tipo de cambio, al tiempo que refuerza la estrategia oficial de administración activa de pasivos, en un contexto de estricta coordinación entre la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, que actúan conjuntamente como órgano responsable de la administración financiera del Estado nacional.

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El Tesoro busca extender vencimientos con una conversión de deuda dólar linked

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La Secretaría de Finanzas lanzó una operación de conversión voluntaria de la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar con vencimiento el 30 de enero de 2026 (LELINK D30E6), en el marco del artículo 2° del Decreto 846/24. La medida busca administrar el perfil de vencimientos de deuda en moneda vinculada al tipo de cambio y ofrecer a los inversores alternativas de reinversión a plazos más largos, en un contexto de normalización del mercado de deuda y ordenamiento financiero.

La conversión estará disponible para los tenedores de la LELINK D30E6 y se instrumentará a través de una licitación con tres opciones de nuevos instrumentos dólar linked, todos a precio y sin pago de comisiones. La recepción de ofertas comenzará a las 11:30 y finalizará a las 15:00 del jueves 22 de enero de 2026, mientras que la liquidación se realizará el martes 27 de enero de 2026 (T+3).

Detalles de la conversión y los instrumentos ofrecidos

La operación se enmarca formalmente en el artículo 2° del Decreto 846/2024, que habilita la suscripción en especie, y está dirigida exclusivamente a los tenedores de la LELINK D30E6, una letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento el 30 de enero de 2026.

Los participantes podrán optar por una o más de las siguientes alternativas:

  • Opción 1:
    Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 27 de febrero de 2026 (reapertura).
    Especie: LELINK – Código: D27F6.
  • Opción 2:
    Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 30 de abril de 2026 (reapertura).
    Especie: LELINK – Código: D30A6.
  • Opción 3:
    Bono del Tesoro Nacional vinculado al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 30 de junio de 2026 (reapertura).
    Especie: Bono dólar linked – Código: TZV26.

En todos los casos, el parámetro de licitación será el precio, expresado en dólares estadounidenses por cada VNO USD 1.000, con dos decimales. El monto máximo a colocar estará limitado por el autorizado por la normativa vigente.

La oferta mínima será de VNO USD 10.000, y los montos superiores deberán ser múltiplos de VNO USD 1. El precio de mercado ajustado de la LELINK D30E6 para una liquidación T+3 será anunciado el día de la licitación, previo a su apertura.

Mecanismo de liquidación y garantías operativas

Para determinar la cantidad de valor nominal original (VNO) de la LELINK D30E6 que cada participante deberá transferir, se aplicará la siguiente fórmula:

VNO LELINK D30E6 = VNO Nuevo Instrumento × Precio de corte del Nuevo Instrumento / Precio de la LELINK D30E6

Los VNO resultantes se redondearán al entero más cercano según la denominación mínima del instrumento.

Antes de las 17 horas del lunes 26 de enero de 2026 (T+2), los participantes con ofertas aceptadas deberán realizar una única transferencia del título elegible desde su cuenta en la CRYL del BCRA a la cuenta de la Secretaría de Finanzas N° 99990-01 en esa entidad. En caso de que los títulos se encuentren depositados en Caja de Valores S.A., los oferentes deberán gestionar previamente su traslado a la CRYL para cumplir con los plazos establecidos.

La normativa prevé un esquema específico ante eventuales incumplimientos. Al tratarse de una suscripción en especie, si no se entregara la LELINK D30E6 comprometida, la liquidación se realizará mediante el débito en pesos del valor efectivo en la cuenta CRYL de la entidad oferente, según la siguiente fórmula:

Monto efectivo = VNO Nuevo Instrumento × Precio de corte del Nuevo Instrumento / 1000 × 1,20 × TCR

El TCR será el tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA conforme a la Comunicación “A” 3500, correspondiente al 26 de enero de 2026 (T+2) o al día hábil previo a la fecha de liquidación, según el caso.

El 27 de enero de 2026 (T+3), la CRYL acreditará los nuevos instrumentos en la cuenta de cada participante y, en situaciones de incumplimiento, primero debitará el monto efectivo correspondiente y luego procederá a la entrega del instrumento adjudicado.

Marco normativo e impacto en el mercado de deuda

La licitación se realizará de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda N° 9/2019, con las salvedades específicas aplicables a la conversión de activos no contenidos en esa norma.

Desde el punto de vista financiero, la operación apunta a descomprimir vencimientos concentrados a fines de enero de 2026, ofreciendo a los inversores la posibilidad de extender plazos hasta febrero, abril o junio del mismo año, sin salir del universo de instrumentos dólar linked. Para el Tesoro, la conversión contribuye a ordenar el cronograma de pagos, mejorar la previsibilidad y sostener la estrategia de financiamiento en instrumentos atados al tipo de cambio oficial.

En términos de mercado, la iniciativa podría ser bien recibida por los inversores institucionales que buscan cobertura cambiaria de corto y mediano plazo, aunque la adhesión dependerá de los precios de corte y de las expectativas sobre el tipo de cambio y la política monetaria hacia 2026.

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Deuda en pesos: Economía canjea Letras dólar linked y estira vencimientos de enero

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El Ministerio de Economía avanzó con una operación de conversión de deuda de corto plazo para administrar el perfil de vencimientos del Tesoro en enero. Mediante la Resolución Conjunta 1/2026 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, dictada el 7 de enero de 2026, se dispuso la ampliación de la Letra del Tesoro dólar linked con vencimiento el 30 de enero de 2026 (LELINK D30E6) por hasta USD 4.000 millones, con el objetivo de canjear la LELINK D16E6, que vence el 16 de enero. La medida se encuadra en las facultades otorgadas por la Ley de Presupuesto 2026 y busca ordenar el programa financiero del inicio del año.

Conversión de deuda y marco normativo

La operación se apoya en el artículo 45 de la Ley 27.798, que autoriza al Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a emitir Letras del Tesoro para cumplir con el programa financiero, siempre que sean reembolsadas en el mismo ejercicio. En paralelo, el artículo 11 del Decreto 331/2022, incorporado a la Ley 11.672 y sustituido por el Decreto 846/2024, habilita a realizar suscripciones de instrumentos de deuda pública con otros títulos, independientemente de la moneda de pago, por fuera de las restricciones del artículo 65 de la Ley 24.156.

En ese marco, Finanzas y Hacienda —que ejercen en forma conjunta la coordinación de la Administración Financiera, conforme al Decreto 1344/2007 y su modificatorio— resolvieron convertir la LELINK D16E6 (emitida en febrero de 2025) por la LELINK D30E6 (emitida en octubre de 2025). Para concretar la operación, se autorizó la ampliación del monto en circulación de esta última, dentro de los límites presupuestarios vigentes.

Detalles operativos de la licitación

La conversión se instrumentó mediante una licitación con un único pliego competitivo. La recepción de ofertas se fijó para el miércoles 7 de enero de 2026, entre las 11:30 y las 15:00, mientras que la liquidación se estableció para el lunes 12 de enero de 2026 (T+3).

Los participantes debieron indicar cantidad de valor nominal en dólares y el precio por cada VNO USD 1.000, con dos decimales, al cual suscribirían la LELINK D30E6. La cantidad de LELINK D16E6 a entregar se determinó mediante una fórmula prevista en la resolución, con redondeo al múltiplo entero más cercano de la denominación mínima.

La normativa también detalló el procedimiento de transferencia de los títulos elegibles a la cuenta de la Secretaría de Finanzas en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos (CRYL) del Banco Central. En caso de incumplimiento en la entrega de la LELINK D16E6, la liquidación se prevé mediante débito en pesos, calculado al tipo de cambio de referencia del BCRA conforme a la Comunicación “A” 3500.

Señales al mercado

Desde el punto de vista financiero, la conversión permite descomprimir el vencimiento inmediato del 16 de enero y trasladarlo al 30 de enero, sin aumentar el stock neto de deuda más allá del tope autorizado. La operatoria se inscribe en una estrategia de administración activa de pasivos, habitual en los primeros meses del año, cuando la Tesorería enfrenta picos de vencimientos en instrumentos de corto plazo.

Para los tenedores, el canje ofrece continuidad en un instrumento dólar linked, manteniendo la cobertura frente a la evolución del tipo de cambio oficial. En términos institucionales, la resolución reafirma el uso de los mecanismos habilitados por los DNU vigentes para flexibilizar la gestión de la deuda, en un contexto de restricciones fiscales y necesidad de previsibilidad en el programa financiero.

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Finanzas adjudicó $3,4 billones y renovó el 64% de la LELINK con un nuevo esquema dólar-link

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La Secretaría de Finanzas adjudicó $3,417 billones en una licitación de deuda con suscripción en especie, en la que renovó el 64,19% de los vencimientos en circulación. La operación, que recibió ofertas por $3,678 billones, activó un nuevo mecanismo destinado a facilitar la reinversión de los inversores en instrumentos vinculados al dólar y a eliminar el riesgo de fijación del tipo de cambio previo a las licitaciones regulares.

La colocación se realizó mediante la conversión de la LELINK con vencimiento el 16 de enero de 2026 (D16E6), en el marco de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 846/24, y marcó un test relevante para el esquema de financiamiento del Tesoro en moneda local con cobertura cambiaria.

Resultados de la licitación y nivel de rollover

Según informó la Secretaría de Finanzas, la operación recibió 134 ofertas y el monto total adjudicado representó el 64,19% del Valor Nominal Original (VNO) en circulación de la LELINK D16E6. En términos nominales, se adjudicaron $3,417 billones, sobre un total ofertado de $3,678 billones, lo que refleja una renovación parcial de los vencimientos.

El instrumento suscripto fue la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense cero cupón con vencimiento el 30 de enero de 2026 (D30E6), en una reapertura. Para esta letra, el VNO ofertado fue de USD 2.528 millones, mientras que el VNO adjudicado alcanzó USD 2.356 millones.

El precio de corte se fijó en USD 988,60 por cada VNO USD 1.000, y el VNO a ser rescatado de la LELINK D16E6 fue de USD 2.338 millones.

El valor efectivo equivalente de la operación ascendió a $3.417.872 millones, calculado al tipo de cambio de referencia del 6 de enero de 2026, según la Comunicación “A” 3.500 del BCRA, que estableció una paridad de $1.467,6208 por dólar.

El nuevo mecanismo para instrumentos dólar-link

Desde Finanzas destacaron que, con esta licitación, se puso en funcionamiento un nuevo mecanismo para facilitar la reinversión en instrumentos dólar-link, orientado a reducir distorsiones operativas para los inversores. En particular, el objetivo es eliminar el riesgo asociado a la fijación del tipo de cambio previo a las licitaciones regulares, una variable clave en un contexto de alta sensibilidad cambiaria.

La suscripción en especie permitió convertir posiciones existentes en LELINK hacia un nuevo instrumento vinculado al dólar, sin necesidad de pasar por una etapa intermedia de liquidación en pesos, lo que apunta a mejorar la eficiencia del rollover y la previsibilidad financiera.

Lectura del mercado e implicancias fiscales

El resultado dejó una señal mixta: por un lado, una adhesión mayoritaria, pero por otro, una renovación incompleta, que obligó al Tesoro a absorber el remanente de vencimientos no refinanciados. La tasa de aceptación del 64,19% refleja el interés por la cobertura cambiaria, aunque también evidencia cautela por parte de los inversores.

En términos institucionales, la implementación del nuevo mecanismo busca fortalecer el menú de financiamiento del Tesoro, en un escenario donde la gestión de la deuda en pesos y la indexación al dólar resultan centrales para la estrategia fiscal y financiera.

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El Gobierno amplía un bono por $100.000 millones para convertir deuda del BCRA y extender vencimientos a 2026

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El Gobierno amplió un bono en pesos por hasta $100.000 millones para convertir deuda del BCRA y extender vencimientos al primer trimestre de 2026

La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas dispusieron la ampliación del Bono del Tesoro Nacional capitalizable en pesos con vencimiento en enero de 2026 (BONCAP T30E6) por un monto máximo de $100.000 millones para ejecutar una operación de conversión con el Banco Central. La medida busca administrar los próximos vencimientos de corto plazo y reorganizar el perfil de deuda dentro de los límites autorizados por el Presupuesto vigente.

Reordenamiento de vencimientos: el objetivo central de la Resolución Conjunta 59/2025

La Resolución Conjunta 59/2025, firmada por los secretarios de Hacienda y de Finanzas el 13 de noviembre de 2025, habilita una operación de conversión clave para el ordenamiento financiero del Estado nacional: el canje de instrumentos en manos del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

El Tesoro ofrecerá al organismo monetario dos activos:

  • BONCAP T30E6 (bono capitalizable en pesos, vencimiento 30/01/2026)
  • LELINK D16E6 (letra vinculada al dólar, cero cupón, vencimiento 16/01/2026)

A cambio de:

  • LECAP S28N5 (letra capitalizable en pesos, vencimiento 28/11/2025)
  • LELINK D28N5 (letra vinculada al dólar, cero cupón, vencimiento 28/11/2025)

El movimiento traslada vencimientos de noviembre de 2025 hacia enero de 2026, un paso central para evitar concentraciones de pagos en el último tramo del año y reforzar la sostenibilidad del programa financiero, según lo habilitado por el artículo 37 de la Ley 27.701 —presupuesto vigente por prórroga— y su planilla anexa.

La resolución recuerda que la operación se desarrolla bajo el marco del artículo 11 del Decreto 331/2022, incorporado a la Ley 11.672 y actualizado por el Decreto 846/2024, que permite suscribir nueva deuda mediante la entrega de instrumentos públicos preexistentes.

Cómo funciona el canje: precios, metodología y tope financiero

El artículo 1 fija la ampliación del BONCAP T30E6 por hasta $100.000 millones de valor nominal original, solo para concretar el intercambio con el BCRA y exclusivamente bajo las normas de procedimiento de la Resolución Conjunta 9/2019.

El artículo 2 define el mecanismo técnico del canje:

Fecha de realización: 13 de noviembre de 2025

Fecha de liquidación: 14 de noviembre de 2025

Determinación de precios: valores de mercado publicados en BYMA inmediatamente antes de las 13:30, con liquidación 24 horas

Todos los precios se tomarán en pesos, aun para letras vinculadas al dólar

Conversión mediante fórmula matemática que iguala el valor de mercado entregado y recibido, con redondeo a la denominación mínima de cada instrumento

La fórmula incluida en la resolución asegura transparencia contable y equivalencia económica en la operación: VNO BONCAP T30E6 = VNO LECAP S28N5 × (Precio LECAP S28N5 / Precio BONCAP T30E6). VNO LELINK D16E6 = VNO LELINK D28N5 × (Precio en pesos LELINK D28N5 / Precio en pesos LELINK D16E6)

El artículo 3 faculta a las áreas técnicas del Ministerio de Economía a emitir toda la documentación operativa necesaria.

Contexto normativo: un soporte legal construido desde 2022

La Resolución Conjunta 59/2025 opera sobre un marco jurídico amplio. Ley 24.156 (Administración Financiera): regula el sistema de crédito público y exige que toda operación esté prevista en el Presupuesto o en una ley específica. Ley 27.701 (Presupuesto 2023 prorrogado para 2025): autoriza el monto y destino de las operaciones de crédito para el ejercicio. Decretos 436/2023, 56/2023, 23/2024, 280/2024, 594/2024 y 1104/2024: modifican las autorizaciones del artículo 37. Decreto 331/2022 modificado por 846/2024: habilita utilizar deuda pública para suscribir nueva deuda, independientemente de la moneda. Decreto 1344/2007 y Decreto 820/2020: establecen que Hacienda y Finanzas actúan como órganos responsables del sistema de administración financiera.

Este entramado normativo respalda que el Tesoro pueda refinanciar obligaciones de corto plazo mediante conversión voluntaria y sin afectaciones al artículo 65 de la Ley 24.156, que regula renegociaciones compulsivas.

Estabilización del programa financiero y menor presión de corto plazo

El intercambio con el BCRA implica:

Descomprimir vencimientos concentrados en noviembre de 2025, un mes sensible por su proximidad al cierre fiscal.

Extender la vida media de la deuda del Tesoro sin emisión neta significativa, dado que el Estado intercambia títulos con otro ente público.

Sostener la estrategia de normalización financiera basada en instrumentos capitalizables en pesos y letras vinculadas al dólar.

Preservar capacidad de intervención del BCRA, que actualiza su stock de instrumentos sin pérdida patrimonial por diferencias de precio.

Para el sector privado, el mensaje clave es que el Gobierno ordena su curva de vencimientos mientras mantiene un marco operativo alineado con precios de mercado.

El impacto fiscal es acotado y se inscribe dentro de las autorizaciones vigentes, lo cual refuerza la consistencia del programa financiero 2025–2026.

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