Ley 17.520

Transporte eléctrico: el Gobierno habilita concesiones privadas para ampliar la red nacional

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El Poder Ejecutivo nacional avanzó con un cambio estructural en la política de infraestructura energética al disponer que las obras prioritarias de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesiones privadas de obra pública previsto en la Ley N° 17.520, mediante licitaciones públicas nacionales e internacionales y sin erogaciones directas del Estado. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 921/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y se inscribe en el marco de la emergencia del sector energético nacional, prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

La norma redefine el esquema de ejecución de inversiones clave en transmisión eléctrica, con el objetivo de atraer capital privado, mejorar la confiabilidad del sistema y reducir restricciones estructurales que afectan la operación del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en un contexto de crecimiento de la demanda y limitaciones históricas en la red de alta tensión.

Marco normativo y emergencia energética: la base del nuevo esquema

El decreto se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las Leyes N° 15.336, 17.520 y 24.065, y una serie de decretos y resoluciones dictados desde 1992 hasta 2025. En particular, retoma los objetivos fijados por el artículo 2° del Texto Ordenado de la Ley N° 24.065, que establece como ejes de la política eléctrica la protección de los usuarios, la confiabilidad y libre acceso al sistema, la eficiencia tarifaria y el fomento de inversiones privadas en generación, transporte y distribución.

El contexto inmediato es la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada originalmente por el Decreto N° 55/2023 y prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025. Ese marco habilitó a la Secretaría de Energía a diseñar un programa de acciones para garantizar inversiones indispensables en transporte y distribución eléctrica, asegurando la prestación continua del servicio en condiciones técnicas y económicas adecuadas.

En ese sentido, la Resolución del Ministerio de Economía N° 715/2025 declaró prioritarias determinadas obras de ampliación del sistema de transporte, identificadas en su Anexo, y dispuso que se ejecuten bajo el esquema concesional de la Ley N° 17.520, abriendo la puerta a un modelo donde el sector privado asume la construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura.

Concesiones, inversión privada y rol de la Secretaría de Energía

El Decreto 921/2025 establece que las obras prioritarias de ampliación del sistema de transporte eléctrico se realizarán a título gratuito para el Estado, mediante concesiones de obra pública y bajo el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional. De este modo, el financiamiento, la ejecución y la operación quedarán en manos de concesionarios privados, con un esquema contractual que, según destaca la norma, preserva el equilibrio económico-financiero y brinda previsibilidad a inversores y financiadores.

El texto subraya que el régimen de la Ley N° 17.520 ofrece garantías en materia de remuneración, variación de condiciones contractuales y mitigación de riesgos, incluso frente a eventuales terminaciones anticipadas. Esto permite estructurar proyectos de largo plazo sin comprometer recursos públicos de manera directa, en línea con la estrategia oficial de reducción del gasto público y optimización del rol del Estado.

En este marco, el decreto delegó amplias facultades en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que tendrá a su cargo:

  • Aprobar los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y técnicas, así como el modelo de contrato de concesión.
  • Convocar a las licitaciones públicas nacionales e internacionales.
  • Organizar y coordinar la Comisión Evaluadora.
  • Calificar oferentes y resolver impugnaciones.
  • Dictar el acto administrativo de adjudicación y suscribir los contratos de concesión.

El Ministerio de Economía quedará, a su vez, como Autoridad de Aplicación de los contratos, ejerciendo la supervisión y el control general, mientras que la Secretaría de Energía podrá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para la implementación del régimen.

Impacto esperado y proyección del sistema eléctrico

Desde una perspectiva institucional y económica, la medida busca destrabar inversiones largamente postergadas en la red de transmisión eléctrica, un cuello de botella crítico para el desarrollo energético y productivo. La ampliación del sistema de transporte resulta clave para mejorar la confiabilidad del suministro, reducir riesgos de saturación y acompañar el crecimiento de la demanda en distintas regiones del país.

El esquema concesional también implica un cambio relevante en la relación entre el Estado y el sector privado en materia de infraestructura eléctrica, trasladando riesgos y responsabilidades operativas a los concesionarios, pero bajo reglas contractuales definidas y supervisión estatal.

En términos políticos, el decreto consolida una orientación que prioriza la participación privada en obras estratégicas, apoyada en un marco legal existente pero poco utilizado en el sector eléctrico durante las últimas décadas. En ese sentido, la implementación efectiva de las licitaciones y la respuesta del mercado serán determinantes para evaluar el alcance real de esta política en el mediano y largo plazo.

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Corredores Viales: Economía habilitó la Etapa II del nuevo sistema de concesiones bajo la Ley 17.520

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Economía avanza con la privatización de Corredores Viales y lanza la licitación internacional de la Red Federal de Concesiones – Etapa II

El Ministerio de Economía autorizó el llamado a la Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 504-0013-LPU25 para concesionar los tramos Sur, Atlántico, Acceso Sur y Pampa de la Red Federal de Concesiones. La medida, formalizada mediante la Resolución 1843/2025, constituye un paso central en el proceso de privatización de Corredores Viales S.A., declarado por la Ley 27.742 y habilitado por el Decreto 97/2025.

Un paso clave en la privatización de Corredores Viales S.A.

La Resolución 1843/2025, firmada el 19 de noviembre de 2025, profundiza la reconfiguración del esquema vial nacional al autorizar formalmente la licitación para concesionar bajo el régimen de la Ley 17.520 los tramos definidos en la Etapa II del proyecto “Red Federal de Concesiones”.

El proceso se inscribe en la estructura de privatizaciones previstas por la Ley 27.742, que declaró “sujeta a privatización” a Corredores Viales S.A., empresa constituida por Decreto 794/2017 y actualmente operadora de corredores nacionales asignados sucesivamente mediante los Decretos 1010/2017, 659/2019, 779/2020 y 1036/2020.

El Decreto 97/2025 habilitó la privatización total de la compañía mediante concesión de obra pública por peaje, a la vez que designó al Ministerio de Economía como autoridad encargada del proceso, con asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”.

En ese marco, la cartera económica dictó la Resolución 1284/2025 que dio inicio al procedimiento privatizador y encargó a la Secretaría de Transporte la propuesta de tramos, el relevamiento del estado de la infraestructura y la elaboración de la documentación licitatoria.

Cómo será la Etapa II: tramos, audiencias públicas y documentación licitatoria

La Etapa II incorpora cuatro tramos estratégicos —Sur, Atlántico, Acceso Sur y Pampa— integrados por sectores de las rutas nacionales 3, 205, 226, A-005, así como de las autopistas Ezeiza–Cañuelas, Jorge Newbery y Riccheri.

Para avanzar con esta etapa, la Dirección Nacional de Vialidad convocó audiencias públicas mediante la Resolución 827/2025, en cumplimiento del Decreto 1172/2003. Las audiencias se realizaron el 11 y 12 de junio de 2025, y sus Informes de Cierre fueron aprobados por la Resolución 1136/2025.

En paralelo, Vialidad presentó la tasación previa exigida por el artículo 19 de la Ley 23.696, paso indispensable para cualquier proceso de privatización.

La resolución firmada por Economía aprueba un extenso cuerpo documental compuesto por:

  • Pliego de Bases y Condiciones Generales (IF-2025-127089568-APN-DNV#MEC)
  • Pliego de Bases y Condiciones Particulares
  • Formularios de Cotización
  • Modelo de Contrato
  • Pliego de Especificaciones Técnicas Generales
  • Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares de cada tramo
  • Reglamento de Explotación
  • Reglamento de Infracciones y Sanciones

Toda la documentación estará disponible en el portal CONTRAT.AR, de acuerdo con el Decreto 416/2025.

Fechas clave del proceso licitatorio y creación de la comisión evaluadora

La Resolución 1843/2025 establece un cronograma preciso para el procedimiento: Consultas a los pliegos: hasta el 21 de enero de 2026 a las 13:00. Presentación de ofertas: hasta el 6 de febrero de 2026 a las 12:00. Apertura de ofertas: 6 de febrero de 2026 a las 13:00, mediante acto público electrónico en CONTRAT.AR

Además, el Ministerio ordena publicar el llamado: 7 días en el Boletín Oficial y la web del Ministerio, 3 días corridos en el sitio internacional DGMARKET del Banco Mundial

Para garantizar la evaluación técnica y económica, se crea una Comisión Evaluadora ad hoc, integrada por:

Titulares: Marcelo Roberto Saenz Urquiza, José Manuel Urdiroz, Luciano Lissi. Suplentes: Martha Karina Dipp, Marcelo Guillermo Bianchi, Micaela Renée Lapuente.

La Secretaría de Transporte queda facultada para emitir circulares aclaratorias durante el proceso.

Impacto institucional: un cambio estructural en la gestión vial nacional

La Etapa II de la Red Federal de Concesiones representa una transformación profunda del esquema de operación y mantenimiento de rutas nacionales. La resolución señala que el objetivo es permitir que el sector privado gestione tramos críticos para: construcción y ampliación de infraestructura, mantenimiento y conservación, prestación de servicios al usuario, y la generación de nuevas explotaciones complementarias.

El Ministerio de Economía subraya que el nuevo sistema apunta a “eliminar el déficit y equilibrar las cuentas del Estado Nacional”, en línea con las metas generales de reducción del gasto y reordenamiento del sector público.

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Autovía y el consorcio ObrIng se quedan con los primeros tramos de la Red Federal de Concesiones

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Economía adjudica la primera etapa de la Red Federal de Concesiones y desestima dos ofertas por incumplimientos formales

La Secretaría de Transporte aprobó la segunda etapa del proceso licitatorio para la concesión por peaje del Tramo Oriental y del Tramo Conexión de la “Red Federal de Concesiones – Etapa N° 1”, adjudicando ambos segmentos a empresas privadas y rechazando dos ofertas por apartamientos del pliego. La medida se formalizó mediante la Resolución 80/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Un proceso enmarcado en la Ley 17.520 y en la reorganización iniciada por la Ley 27.742

La resolución se dicta en el marco del esquema regulatorio definido por la Ley 17.520 —modificada por la Ley 27.742—, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar concesiones de obras e infraestructuras públicas bajo la modalidad de peaje. Asimismo, retoma los lineamientos del Decreto 713/2024, que designó al Ministerio de Economía como autoridad de aplicación, y del Decreto 28/2025, que dispuso la licitación de los tramos de la Red Vial Nacional incluidos en el Anexo IF-2025-00934117-APN-DNV#MEC.

La Secretaría de Transporte había convocado al proceso licitatorio mediante la Resolución 29/2025, posteriormente complementada con la Resolución 71/2025, que precalificó ofertas y abrió el segundo sobre el 4 de noviembre. La licitación 504-0007-LPU25 comprendió dos unidades: el Tramo Oriental y el Tramo Conexión, ambos pertenecientes a la etapa inicial del proyecto “Red Federal de Concesiones”.

Conforme lo establece el artículo 5° de la Resolución 29/2025, las publicaciones del llamado se realizaron en el Boletín Oficial, el sitio DG Market, el portal oficial de la Secretaría de Transporte y el sistema CONTRAT.AR. La apertura del segundo sobre quedó registrada en el Acta de 4 de noviembre, en la que participaron seis grupos de empresas oferentes.

Ofertas desestimadas y adjudicación final de los tramos licitados

La Dirección de Contrataciones de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Infraestructura informó el cumplimiento de los plazos de vista y observaciones previstos en el artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Los oferentes Benito Roggio S.A., JCR S.A.–Rovella Carranza S.A.–Losi S.A. y Panedile S.A. tomaron vista de las actuaciones.

Tras el análisis técnico-económico, la Comisión de Concesiones observó que dos ofertas incorporaban “condicionamientos ajenos al modelo de Formulario de Cotización” dispuesto en los pliegos: las de ELEPRINT S.A.–SUPERCEMENTO S.A.I.C.–PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.E.I. y JOSÉ J. CHEDIACK S.A.I.C.A.–BENITO ROGGIO E HIJOS S.A..

La resolución señala que estos agregados representan “un apartamiento sustancial” de los requisitos del pliego, afectan la comparabilidad y vulneran el principio de igualdad entre oferentes. En consecuencia, ambas propuestas fueron desestimadas conforme a los artículos 7.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y 17.1 del Pliego de Bases Generales.

En cuanto a las ofertas admisibles, la Comisión concluyó que: AUTOVÍA Construcciones y Servicios S.A. presentó la propuesta más conveniente para el Tramo Oriental, cumpliendo con todas las exigencias técnicas y económicas. El consorcio integrado por OBRING S.A. – ROVIAL S.A. – EDECA S.A. – PITÓN S.A. – PIETROBONI S.A. resultó adjudicatario del Tramo Conexión, ajustándose plenamente a los pliegos.

El dictamen de la comisión, publicado en el portal CONTRAT.AR según el artículo 15.7 del Pliego General, no recibió impugnaciones. De este modo, la Resolución 80/2025 formaliza la adjudicación y notifica a todas las empresas oferentes listadas en el procedimiento.

Próximos pasos

La Secretaría de Transporte resolvió aprobar lo actuado en esta segunda etapa, adjudicar los tramos mencionados y desestimar las ofertas que no se ajustaron al pliego. La resolución instruye, además, la notificación a todas las compañías participantes y dispone la publicación correspondiente en el Boletín Oficial.

El acto administrativo se dicta en ejercicio de las facultades delegadas al Ministerio de Economía por el artículo 2°, inciso c) del Decreto 28/2025.

Con esta medida, el Gobierno completa una instancia clave del proceso licitatorio para la Etapa N° 1 de la Red Federal de Concesiones, en un marco normativo que busca reorganizar la gestión y el financiamiento de obras viales bajo esquemas de peaje administrados por operadores privados.

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