Ley 27.742

Licitación internacional para concesionar rutas: el tramo de Misiones aparece en la oferta

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El Ministerio de Economía autorizó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504-0001-LPU26 para concesionar por peaje ocho tramos estratégicos de la Red Vial Nacional, en el marco de la privatización total de Corredores Viales SA. La medida, formalizada mediante la Resolución 174/2026, publicada el 23 de febrero de 2026, constituye un paso operativo clave en la implementación del Decreto 97/2025 y profundiza el rediseño del esquema de infraestructura vial bajo el régimen de la Ley 17.520.

La decisión impacta de lleno en la estructura del sistema de concesiones, en la política de financiamiento de obras viales y en el equilibrio fiscal, dado que el nuevo esquema busca transferir al sector privado la operación, mantenimiento y explotación de corredores actualmente bajo la órbita estatal.

Marco normativo y avance del proceso de privatización

El proceso se inscribe en una secuencia normativa iniciada con el Decreto 794/2017, que dispuso la constitución de Corredores Viales SA bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Posteriormente, los Decretos 1010/2017, 659/2019, 779/2020 y 1036/2020 le otorgaron concesiones de obra pública por peaje sobre diversos corredores nacionales.

El punto de inflexión se produjo con el artículo 7° de la Ley 27.742, que declaró a Corredores Viales SA “sujeta a privatización” en los términos de los Capítulos II y III de la Ley 23.696. Luego, el Decreto 97 del 14 de febrero de 2025 autorizó el procedimiento de privatización total bajo la modalidad de concesión de obra pública por peaje, conforme la Ley 17.520.

En ese marco, el artículo 2° del Decreto 97/2025 encomendó al Ministerio de Economía —con asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”— adoptar las medidas necesarias para concretar la privatización. Además, el artículo 3° lo facultó a efectuar el llamado y adjudicación de la licitación y a modificar la conformación de los tramos.

La Resolución 1284/2025 del Ministerio de Economía dio inicio formal al procedimiento. Luego, mediante el Proyecto “Red Federal de Concesiones”, se diseñó un nuevo esquema de gestión privada orientado —según se consigna en los considerandos— a “eliminar el déficit y equilibrar las cuentas del Estado Nacional”.

Etapa III: tramos, pliegos y cronograma

La Etapa III comprende los tramos denominados Cuyo, Centro Norte, Noroeste, Chaco Santa Fe, Litoral, Noreste, Centro y Mesopotámico, que incluyen parte de los corredores actualmente concesionados a Corredores Viales SA y abarcan tramos de las Rutas Nacionales Nros. 7, 9, 11, 12, 16, 18, 19, 34, 66, 105, 1V-66, A-012 y A016.

La Resolución 174/2026:

  • Autoriza el llamado a la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0001-LPU26.
  • Aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los Formularios de Cotización, el Modelo de Contrato, el Reglamento de Explotación y el Régimen de Infracciones y Sanciones.
  • Establece que la documentación podrá descargarse del portal CONTRAT.AR, conforme al Decreto 416/2025.

El cronograma es preciso:

  • Consultas a los pliegos: hasta el 4 de mayo de 2026 a las 13:00 horas.
  • Presentación de ofertas: hasta el 18 de mayo de 2026 a las 12:00 horas.
  • Apertura de ofertas: 18 de mayo de 2026 a las 13:00 horas, mediante acto público electrónico en CONTRAT.AR.

Además, el llamado será publicado durante siete días en el Boletín Oficial y en el sitio web del Ministerio de Economía, y durante tres días en el portal del Banco Mundial “DGMARKET”, lo que refuerza el carácter internacional del proceso.

En paralelo, se creó una Comisión Evaluadora ad hoc integrada por tres miembros titulares y tres suplentes, formalizando la instancia técnica de análisis de ofertas.

Audiencias públicas, tasación previa y control institucional

El proceso incluyó audiencias públicas convocadas por la Dirección Nacional de Vialidad mediante la Resolución 924/2025, en el marco del Decreto 1172/2003. Los informes de cierre fueron aprobados por la Resolución 1244/2025, correspondientes a las audiencias celebradas el 30 de junio, 2, 4 y 7 de julio de 2025.

Asimismo, en cumplimiento del artículo 19 de la Ley 23.696, la Dirección Nacional de Vialidad presentó la tasación previa exigida para procesos de privatización.

La medida cuenta con intervención de la Secretaría de Transporte, la Secretaría de Coordinación de Infraestructura, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, la Sindicatura General de la Nación y el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía, lo que evidencia un encuadre institucional amplio.

Impacto económico y sectores involucrados

La licitación de la Etapa III redefine el mapa de concesiones viales nacionales. El nuevo esquema delega en operadores privados la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación y mantenimiento de los corredores, junto con la posibilidad de desarrollar “explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales”.

En términos económicos, la decisión: Reconfigura la estructura de financiamiento de la red vial nacional. Transfiere riesgos operativos al sector privado. Busca reducir el déficit asociado a la gestión estatal directa.

Para el mercado, la convocatoria internacional amplía el universo potencial de oferentes y podría generar competencia en condiciones técnicas y económicas.

Desde el plano político e institucional, la medida consolida la hoja de ruta trazada por el Decreto 97/2025 y materializa la declaración de privatización dispuesta por la Ley 27.742. El avance hacia la adjudicación marcará un hito en la transformación del modelo de gestión vial.

Nueva arquitectura concesional

La Etapa III completa el despliegue progresivo del proyecto “Red Federal de Concesiones”. Con las Etapas I, II y II-B ya iniciadas mediante las licitaciones 504-0007-LPU25, 504-0013-LPU25 y 504-0015-LPU25, el proceso entra en una fase decisiva.

Si la adjudicación avanza según el cronograma previsto, el Estado habrá dado un paso estructural en la reorganización del sistema vial bajo concesión, alineando el marco normativo con un esquema de gestión privada orientado a la eficiencia operativa y el equilibrio fiscal.

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Economía dio luz verde a la inversión minera “Carbonatos Profundos” bajo el RIGI

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El Ministerio de Economía aprobó la adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) del Proyecto Único “Carbonatos Profundos (DCP)”, presentado por MINAS ARGENTINAS SA SUCURSAL DEDICADA RIGI I–NUEVO GUALCAMAYO (MASA-SD), con una inversión total declarada de USD 519.647.635. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 6/2026, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo el 13 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 15 de enero de 2026.

La medida otorga al proyecto minero, localizado en la provincia de San Juan, los beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios previstos en el Título VII de la Ley 27.742, y marca uno de los primeros avales formales del Estado nacional a una iniciativa minera de gran escala en el marco del nuevo régimen de incentivos, diseñado para atraer inversiones estratégicas de largo plazo.

Un proyecto minero estratégico dentro del esquema RIGI

El proyecto aprobado se encuadra en el sector “Minería”, subsector “Minerales de primera y segunda categoría del Código de Minería de la Nación (excluidos potasio y litio)”, conforme a lo dispuesto por el Decreto 749/2024, reglamentario del RIGI. Su objeto consiste en la exploración de las concesiones mineras Gualcamayo 1 y Gualcamayo 2, la determinación de la factibilidad del yacimiento de oro y plata denominado “Carbonatos Profundos”, y la construcción, puesta en marcha y operación de una planta de tratamiento.

El emprendimiento se ubica en la región de Gualcamayo, a 270 kilómetros al norte de la ciudad de San Juan y a 1.100 kilómetros en línea recta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El acceso principal se realiza desde la Ruta Nacional 40, a través de un camino minero de aproximadamente 15 kilómetros hasta el valle del río Gualcamayo.

La empresa solicitante declaró que el proyecto supera holgadamente el monto mínimo de inversión exigido por el RIGI, y que el 69 % del gasto destinado a proveedores, bienes y obras de infraestructura durante las etapas de construcción y operación corresponderá a proveedores locales, un porcentaje significativamente superior al 20 % mínimo requerido por la normativa vigente.

Inversión, plazos y compromisos asumidos

De acuerdo con la documentación presentada ante el Ministerio de Economía, el plan prevé una inversión inicial en activos computables de USD 46.741.254 durante el primer año y USD 43.858.696 durante el segundo, totalizando USD 90.599.950 en los primeros dos años desde la adhesión al régimen. Ese monto supera el 40 % de la inversión mínima exigida por los artículos 172 y 173 de la Ley 27.742.

La resolución fija como fecha límite para cumplir con el monto total de inversión mínima el 31 de diciembre de 2028, en los términos del artículo 177 de la ley. Asimismo, se determinó que la fecha de adhesión al RIGI y de adquisición de derechos es el 27 de noviembre de 2025, momento en el cual la empresa completó la carga de la información requerida por el área técnica.

El acto administrativo también aprobó el listado de mercaderías que podrán importarse bajo franquicia aduanera, conforme al artículo 190 de la Ley 27.742, y aceptó la manifestación de la empresa de resolver eventuales controversias mediante los mecanismos previstos en el artículo 221 de la ley, incluido el Panel RIGI y el Reglamento de Arbitraje (Mecanismo Complementario) del CIADI.

Evaluación técnica, control estatal y efectos económicos

La solicitud de adhesión fue evaluada por la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, a través de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras, que emitió un informe técnico concluyendo que el proyecto y su plan de inversión cumplen con los requisitos y objetivos del RIGI. Posteriormente, el Comité Evaluador de Proyectos RIGI, reunido el 23 de diciembre de 2025, recomendó su aprobación mediante el Acta 13/2025.

En materia cambiaria, el proyecto fue puesto en conocimiento del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que concluyó que no existen observaciones que formular, al considerar que la iniciativa no presenta elementos susceptibles de generar distorsiones en el mercado cambiario local.

La resolución encomienda a la Secretaría de Minería la fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones asumidas bajo el régimen, y ordena la inscripción del proyecto en el Registro de Vehículos de Proyecto Único. Además, instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para la generación de una CUIT especial y la aplicación de los incentivos tributarios y aduaneros, y al BCRA para la implementación de los beneficios cambiarios previstos por la ley.

Desde una perspectiva institucional, la aprobación del proyecto “Carbonatos Profundos” consolida el funcionamiento operativo del RIGI como herramienta central de la política económica para promover grandes inversiones, incrementar exportaciones, fortalecer la competitividad sectorial y generar previsibilidad normativa en proyectos de largo plazo, particularmente en el sector minero.

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El Gobierno aprobó una mega inversión logística en Timbúes bajo el régimen RIGI

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Economía aprobó la adhesión al régimen RIGI del proyecto portuario de Terminal Timbúes por USD 276,9 millones

El Ministerio de Economía oficializó la incorporación de Terminal Timbúes S.A. al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), habilitando un proyecto de USD 276.900.000 para construir una terminal portuaria multipropósito sobre la Vía Navegable Troncal. La medida, publicada el 19 de noviembre de 2025, busca acelerar inversiones estratégicas en infraestructura logística y profundizar la competitividad exportadora.

Un proyecto estratégico en la Vía Navegable Troncal

La Resolución 1842/2025 del Ministerio de Economía aprobó la solicitud de adhesión al RIGI presentada por Terminal Timbúes S.A. (TTSA), en el marco de un Proyecto Único denominado “Proyecto Terminal Multipropósito Timbúes”.

La obra se desarrollará en 186 hectáreas ubicadas en la Comuna de Timbúes, provincia de Santa Fe, sobre el Río Coronda, a la altura de los kilómetros 467,350/468,250 de la Vía Navegable Troncal.

Según la empresa, la inversión total en activos computables asciende a USD 276.900.000, cifra que supera los requisitos mínimos previstos por los artículos 172 y 173 de la Ley 27.742.
Solo la adquisición del terreno —computable al 15%— alcanzó USD 6.200.000, cumpliendo con el límite normativo.

La resolución precisa que la fecha formal de adhesión al RIGI es el 23 de octubre de 2025.

Entre los hitos declarados por la compañía:

  • USD 91.702.446,49 de inversión en el primer año.
  • USD 74.200.000 en el segundo.
  • Total en los dos primeros años: USD 165.902.446,49, superando el 40% mínimo exigido para mantener los beneficios del régimen.

El cronograma de obras fue presentado el 24 de junio de 2025, y la fecha límite para alcanzar la inversión mínima total quedó fijada para el 1° de abril de 2027.

Además, según el plan de desarrollo de proveedores, el 87% del monto destinado a bienes, servicios e infraestructura será cubierto por proveedores locales, muy por encima del piso del 20% que exige la normativa.

Avales institucionales y control regulatorio: CNDC, BCRA y Puertos dieron luz verde

El procedimiento de evaluación del RIGI, regulado por la Ley 27.742 y el Decreto 749/2024, activó múltiples instancias técnicas.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación analizó el proyecto, solicitó información aclaratoria y pidió la intervención de organismos claves.

Competencia y oferta de servicios portuarios

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) dictaminó que: “la adhesión al RIGI de Terminal Timbúes S.A (…) resultaría en una ampliación de la oferta de servicios portuarios a terceros” y que “una mayor oferta (…) podría redundar en menores costos operativos y así generar una disminución en los precios de los servicios portuarios”.

Por ello, la CNDC no presentó objeciones a la adhesión del proyecto.

Aspectos cambiarios y financiamiento

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) también informó que no posee observaciones, dado que TTSA:

  • No solicitará el beneficio de libre disponibilidad de divisas del artículo 198 de la Ley 27.742.
  • Prevé cubrir la demanda de divisas mediante un préstamo de una empresa vinculada del exterior.

Cláusula arbitral y seguridad jurídica

La Procuración del Tesoro de la Nación confirmó que la cláusula arbitral propuesta por TTSA se ajusta al artículo 221 de la Ley 27.742 y al Decreto 749/2024, consolidando así el marco jurídico de resolución de controversias.

El proyecto fue finalmente elevado al Comité Evaluador de Proyectos RIGI, que en su Acta 12 del 4 de noviembre de 2025 recomendó la aprobación.

Más inversión logística en el corredor agroexportador

El proyecto se enmarca en el sector “Infraestructura” del RIGI y contempla la construcción de tres unidades de gestión logístico-portuaria destinadas a optimizar operaciones de carga, descarga, almacenamiento y despacho.

Se trata de un eslabón estratégico para la logística del corredor agroexportador y para la eficiencia del comercio exterior, al ubicarse en uno de los puntos de mayor flujo de la Hidrovía Paraná–Paraguay.

El Ministerio de Economía remarcó que el régimen apunta a: “favorecer la creación de empleo y generar de inmediato las condiciones de previsibilidad y estabilidad para las grandes inversiones”.

Con la aprobación de la adhesión, el proyecto accede a los beneficios tributarios, aduaneros y cambiarios de la Ley 27.742, y queda bajo control de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, encargada de fiscalizar su cumplimiento.

Finalmente, se instruyó a la Unidad de Coordinación RIGI a inscribir a TTSA en el Registro de Vehículos de Proyecto Único y se dispuso la comunicación de la medida a ARCA y al BCRA para aplicar los incentivos específicos del régimen.

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