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El Gobierno reestableció organismos y normas derogadas por decretos de desregulación

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La Casa Rosada debió retroceder en varias reformas administrativas tras el rechazo legislativo. Con los Decretos 627/2025 y 628/2025, el Ejecutivo restituyó estructuras, facultades y organismos públicos que habían sido eliminados o fusionados. El trasfondo refleja la tensión entre la estrategia de ajuste del Gobierno y los límites políticos que impone el Congreso.

El 21 de agosto, el Senado rechazó un paquete de decretos que habían impulsado profundas desregulaciones y modificaciones institucionales en organismos estatales clave. Las medidas formaban parte del programa de racionalización y reducción del gasto público que el presidente Javier Milei intentaba consolidar vía decretos delegados, sin pasar por la sanción de leyes.

Entre las reformas caídas estaban la disolución de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y de Vialidad Nacional, la eliminación de la ARICCAME (Agencia Regulatoria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal) y la fusión de institutos históricos. También se había avanzado en cambios a las funciones del INTA, al Teatro Nacional Cervantes y a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.

El rechazo parlamentario obligó al Ejecutivo a publicar en el Boletín Oficial del 2 de septiembre de 2025 los Decretos 627/2025 y 628/2025, mediante los cuales se restituye la vigencia de todas las normas derogadas. En palabras oficiales: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas (…) y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos”.

Los organismos restituidos y las medidas alcanzadas

Con la entrada en vigor del Decreto 627/2025, se reactivaron:

  • Instituto Nacional Yrigoyeano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas, cuya fusión había sido ordenada por el Decreto 345/25.
  • El Banco Nacional de Datos Genéticos, que había pasado a depender de la Secretaría de Innovación (Decreto 351/25).
  • La Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), organismos disueltos por el Decreto 461/25.
  • La ARICCAME, eliminada por el Decreto 462/25.

Asimismo, el mismo decreto restituyó las funciones originales de:

  • El Teatro Nacional Cervantes (Decreto 531/25).
  • El INTA en su estructura organizativa previa (Decreto 571/25).
  • La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 583/25).
  • La Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Decreto 584/25).
  • Las atribuciones de la Secretaría de Hacienda (Decreto 585/25).

El Decreto 628/2025, por su parte, revirtió el nuevo Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional aprobado por el Decreto 340/25. Con ello, se dejó sin efecto la declaración de la navegación marítima y fluvial como “servicio esencial” y la obligación de garantizar el 75% de los servicios durante conflictos colectivos, además de otras flexibilizaciones laborales.

La decisión representa un golpe político para el Gobierno, que había intentado avanzar en la reducción de estructuras estatales sin necesidad de acuerdos legislativos. El Congreso —con apoyo mayoritario de la oposición— no solo rechazó las medidas, sino que obligó al Ejecutivo a reestablecer íntegramente las normas previas.

Desde el oficialismo, el senador libertario Ezequiel Atauche defendió los decretos al señalar que “la Ley Bases no habla de cierres, sino de reorganizaciones”, y justificó la iniciativa en la necesidad de desplazar “a los militantes que no trabajan”. Sin embargo, la oposición subrayó la falta de justificación técnica y jurídica para eliminar organismos estratégicos, como Vialidad Nacional, cuya disolución había sido cuestionada por el impacto en la obra pública y el control de concesiones.

En lo inmediato, la Jefatura de Gabinete, la Secretaría General de la Presidencia y el Ministerio de Economía deberán cubrir de manera transitoria los servicios administrativos, financieros y jurídicos hasta que los organismos retomen plenamente sus funciones.

El retroceso del Ejecutivo abre un interrogante sobre la viabilidad política de profundizar las reformas del Estado en un año atravesado por la incertidumbre electoral. Con la vista puesta en octubre, la Casa Rosada enfrenta el dilema de negociar en el Congreso o insistir con mecanismos administrativos que pueden volver a naufragar en la arena legislativa.

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Marina Mercante: el Gobierno flexibiliza el cabotaje y habilita buques con bandera extranjera

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El Gobierno nacional aprobó por Decreto 340/2025 un Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional, que desregula el sector fluvial y marítimo con el objetivo de aumentar la competitividad y evitar la extinción de la flota de bandera argentina. La medida incluye la flexibilización del cabotaje, incentivos a la inversión privada y un nuevo marco para la contratación de personal embarcado.

El Gobierno desregula la Marina Mercante para evitar su desaparición y atraer inversión. Régimen de Excepción: nueva estrategia para reactivar la flota nacional

En un movimiento que redefine el marco regulatorio de la Marina Mercante Argentina, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó el Decreto 340/2025, que establece un Régimen de Excepción destinado a revertir el colapso del sector. La norma permite el cese temporal de bandera para buques nacionales, habilita a armadores argentinos a operar con registros extranjeros por hasta 10 años y flexibiliza las condiciones de contratación y operación.

La medida surge en respuesta a la pérdida de competitividad del sector: en los últimos 34 años, la flota mercante nacional se redujo en más del 80 %, según cifras oficiales. El Ejecutivo argumenta que los altos costos operativos y la excesiva regulación empujaron a empresas a migrar hacia pabellones más flexibles, agravando el deterioro de la logística nacional.

Cabotaje más flexible y apertura a buques extranjeros

Una de las principales reformas es la apertura parcial del cabotaje. Si no hay embarcaciones nacionales disponibles, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) podrá autorizar buques extranjeros por períodos de hasta 180 días. Si superan los 60 días, deberán estar tripulados por personal argentino o residentes permanentes.

Asimismo, se habilita el tratamiento de bandera nacional para buques extranjeros arrendados a casco desnudo con hasta 20 años de antigüedad, ampliando el alcance de la Ley 27.419, que también fue modificada para simplificar trámites y reducir plazos de inscripción.

Reforma laboral y eliminación de restricciones sindicales

Otro punto clave es la libertad de contratación para los armadores, quienes podrán elegir libremente al personal embarcado, ya sea de las bolsas gremiales o del mercado abierto, siempre que esté habilitado. Se derogan todas las normas que limiten esta potestad.

Además, se redefine la determinación de dotación mínima: ya no la fijarán los sindicatos, sino el propio armador, de acuerdo con los estándares internacionales. La Prefectura Naval Argentina mantendrá su rol en establecer la dotación mínima de seguridad.

Declaración de servicio esencial y nuevas condiciones para operar

El decreto también declara servicio esencial a la navegación marítima y fluvial, lo que implica que deberá mantenerse al menos un 75 % de operación en caso de conflicto gremial. Esta cláusula busca evitar interrupciones en la logística, fundamentales para el comercio exterior y las economías regionales.

Se eliminan trabas como la necesidad de contratar en astilleros nacionales y se deroga la Comisión Asesora de la Industria Naval. La inscripción y eliminación de buques del registro nacional no podrá demorar más de 10 días hábiles, aplicando el principio de “silencio positivo” si no hay respuesta de la administración.

La aprobación del Régimen se da en el marco de la emergencia económica y administrativa establecida por la Ley 27.742 y el Decreto 70/2023, que facultan al Ejecutivo a reformar estructuras estatales para promover la inversión privada. Desde el Gobierno sostienen que la iniciativa “evitará la extinción de la Marina Mercante” y generará “un beneficio inmediato en el costo logístico y en la balanza de pagos”.

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