MEDICINA

La Ucami abrió las inscripciones al curso de ingreso extensivo para las carreras de Medicina y licenciatura en Obstetricia

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Este año el Curso de Ingreso se dictará en las ciudades de Posadas, Oberá y Montecarlo.
En la Universidad Católica de las Misiones se puede realizar el Curso de Ingreso Extensivo, para estas carreras, de mayo a diciembre de 2018, para comenzar la carrera en el 2019.
Este Curso está destinado a estudiantes del último año de la secundaria.
Las inscripciones para Medicina y Licenciatura en Obstetricia estarán abiertas hasta el 11 de mayo.
Oberá:
-INSTITUTO SAN JUAN PABLO II – Av. Sarmiento 799 – Teléfono: 3755  341096

  • Viernes de 8:00 a 12:00 h
  • Sábados de 8:00 a 12:00 h

Montecarlo:
-INSTITUTO CARLOS CULMEY – Av. el Libertador 3066 – Teléfono: 03751 48-0092
Posadas:
-CAMPUS MONSEÑOR  JORGE KEMERER – Av. Jauretche Nº 1036 esq. Urquiza – Teléfono: (376) 4463718

  • Lunes a viernes de 8 a 12 y de 15 a 19 h

Para conocer los requisitos de inscripción y obtener más información sobre la propuesta académica de la Universidad se puede consultar en http://www.ucami.edu.ar/ingreso.php
Para informes, inscripciones y solicitudes de entrevistas personales con los referentes de las carreras: inscripciones@ucami.edu.ar
 

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Sandra Giménez destacó que la ley de Cannabis Medicinal cambiará la vida de muchas personas enfermas

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El Senado convirtió en ley este miércoles, por votación unánime, el proyecto que habilita el uso de Cannabis medicinal, impulsado por familiares de pacientes que se convocaron en los salones linderos al recinto para celebrar lo que consideraron un avance histórico.

La iniciativa -cuyo debate tuvo su fuerte en la Cámara de Diputados- fue aprobada sin debate tras el tratamiento de la ley de emprendedores, y recibió apoyo de todos los bloques políticos, más allá de la puja de algunos senadores por despenalizar el autocultivo de Cannabis.

En paralelo, también por unanimidad, el Senado aprobó un proyecto de comunicación de la salteña María Cristina Fiore para pedirle al Poder Ejecutivo que promulgue y reglamente la norma cuanto antes –el límite fijado en la flamante ley es de 60 días-.

Si bien el texto avalado este miércoles no habilita el cultivo personal, sí garantiza el acceso al aceite de Cannabis a pacientes que acrediten tener las enfermedades que fijará la reglamentación, entre ellas la epilepsia refractaria.

La norma autoriza la importación del aceite hasta que el Estado se encuentre en condiciones de producirlo, con prioridad para los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP, y también permite el cultivo de Cannabis por parte del Conicet y el INTA con fines investigativos.

Desde el año pasado, cuando se instaló el debate en el Congreso, el proyecto fue defendido tanto en Diputados como en el Senado por especialistas y organizaciones de la sociedad civil, como Mamá Cultiva y CAMEDA.

Entre las patologías específicas para las que más se utiliza el cannabis, podemos encontrar: encefalopatías epilépticas, cáncer, dolor crónico no oncológico, VIH/SIDA, esclerosis múltiple, parkinson, alzheimer y demencia, lesión medular, ELA, enfermedad inflamatoria intestinal, glaucoma y estrés postraumático.

La iniciativa promueve la creación del Programa Nacional de Investigación del Uso Medicinal de la Planta Cannabis. Este programa funcionará en la órbita del ministerio de Salud, que decidirá cuál será la autoridad de aplicación. El proyecto deja abierta la posibilidad de utilizar cannabis para distintas dolencias, según se compruebe científicamente.

Por otra parte, la autoridad de aplicación podrá importar los insumos o incluso autorizar el cultivo de cannabis por parte del Conicet y del INTA. La producción, en este caso, queda siempre en manos del Estado Nacional, y los derivados se producirán a través de los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP (Agencia Nacional de Laboratorios Públicos).

Además, la ley establece la creación de un registro nacional voluntario para autorizar la inscripción de pacientes y familiares de pacientes que, presentando las patologías incluidas en la reglamentación o prescriptas por médicos de hospitales públicos, sean usuarios de aceite de cáñamo. Este registro resguardará la protección de confidencialidad de datos personales.

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