Parques Nacionales prohíbe el fuego hasta abril de 2026 en cinco parques patagónicos por riesgo extremo
La Administración de Parques Nacionales (APN) dispuso una prohibición estricta del uso del fuego en los parques Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces hasta el 30 de abril de 2026. La medida, establecida mediante la Resolución 390/2025, responde al agravamiento de las condiciones meteorológicas en la Patagonia y parte de la región centro, donde se proyecta un nivel alto de riesgo ígneo para la temporada estival, según los informes técnicos incorporados al expediente.
La decisión se enmarca en un contexto de emergencias declaradas por las provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, y refuerza el esquema nacional de prevención ante la escalada de incendios forestales.
Emergencias provinciales, riesgo ígneo extremo y revisión de normas vigentes
La resolución cita como antecedente inmediato el análisis técnico contenido en el documento IF-2025-132612063-APN-DLIFYE#APNAC, elaborado por la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, que advierte que “la región patagónica presenta un nivel alto de riesgo de incendios” para los próximos meses.
En paralelo, las provincias atravesadas por los focos más críticos —Neuquén, Río Negro y Chubut— declararon la emergencia ígnea mediante los Decretos Provinciales 198/2025, 1.004/2025 y 1.392/2025, respectivamente.
Frente a ese escenario, la APN resolvió dejar sin efecto la Resolución 126/2025, que regulaba el uso del fuego bajo autorizaciones específicas. La nueva norma señala que dicha estructura “corresponde ser reemplazada a efectos de adoptar medidas preventivas de carácter urgente”.
El Directorio fundamentó esta revisión en la necesidad de “distinguir las situaciones de acuerdo con cada Área Protegida tomando como base la situación ígnea, la evolución del Índice de Peligro de Incendios y condiciones particulares del entorno”.
Asimismo, la APN reafirmó la vigencia del marco normativo establecido por la Resolución 210/2006 respecto del procedimiento obligatorio para quemas prescriptas.
Medidas adoptadas: prohibición total, excepciones limitadas y refuerzo de controles
Prohibición del uso del fuego en zonas críticas
El artículo 2 de la resolución establece: “Prohíbase el uso del fuego en los Parques Nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces, a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de abril de 2026”.
La única excepción aplica a instalaciones específicas para cocción de alimentos dentro de campamentos organizados administrados por prestadores turísticos habilitados.
En el caso del Parque Nacional Los Arrayanes, la APN aclara que, al no contar con Intendente propio, las instrucciones administrativas recaen en la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi.
Regulación en el resto de las áreas protegidas
En todas las demás áreas de APN, cualquier solicitud de quema deberá contar con intervención favorable de la Dirección de Lucha contra Incendios Forestales y Emergencias, siguiendo lo establecido en la Resolución 210/2006.
Régimen sancionatorio y denuncias penales
La resolución refuerza el marco contravencional derivado de la Ley 22.351 y del Decreto 300/2022. El artículo 4 es explícito:
“Acreditada la responsabilidad en la producción de tales desastres, se aplicará la sanción máxima establecida por la normativa vigente, además de la denuncia penal pertinente.”
Se trata de un mensaje institucional fuerte frente a prácticas que derivan en incendios de origen antrópico, históricamente predominantes en la región.
Instrucciones operativas y comunicación a prestadores turísticos
El Directorio instruyó a las intendencias de los parques afectados y a la Dirección Regional Sur a “comunicar a los prestadores turísticos habilitados la situación meteorológica y a maximizar los controles correspondientes” (artículo 5).
La estacionalidad del turismo en la Patagonia aumenta la necesidad de alertas preventivas dirigidas a concesionarios y visitantes.
Presión sobre el turismo, riesgos ambientales y coordinación federal
La decisión tendrá impacto en:
Actividad turística estival. La restricción afecta a algunos de los destinos más visitados del país durante el verano, donde el uso del fuego —particularmente en fogones y áreas de acampe— forma parte de la experiencia del visitante.
La APN preserva la operatividad turística bajo concesionarios autorizados, pero eleva la carga de control y responsabilidad para los prestadores.
Operación de concesiones y permisos. Las concesiones dentro de parques deberán adecuar sus protocolos diarios, reforzar señalización y garantizar infraestructura segura para fogones habilitados.
Coordinación interjurisdiccional. La medida se integra con los decretos provinciales de emergencia ígnea y los procedimientos nacionales de prevención. Aumenta la presión sobre los sistemas de respuesta locales, especialmente en parques con estructuras descentralizadas.
Responsabilidad penal y administrativa. El refuerzo en sanciones y en la obligación de denunciar penalmente apunta a desincentivar la causal humana, principal origen de incendios en temporadas previas.
