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Observadores internacionales destacaron proyectos de protección de derechos en Misiones

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El Observatorio Internacional de Prisiones avaló los proyectos de creación de Juzgados de Ejecución y de Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes. Gabriela Dubrez, presidenta del OIP, acompañada por Jorge Guzmán, directivo de la Sección Argentina, fueron recibidos en la comisión de Legislación Penal para analizar las iniciativas presentadas por la diputada María Losada, del interbloque Avancemos.
Dubrez y Guzmán, junto a Rita Núñez, presidenta de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura, recorrieron varias unidades penitenciarias además de reunirse con los legisladores.
En la comisión que preside Claudia Gauto, Dubrez consideró un paso adelante la creación de juzgados de ejecución penal como una medida positiva que puede mejorar las condiciones de vida dentro de las cárceles y opinar sobre pedidos de excarcelación o libertades condicionales. “El juez de ejecución debe opinar para que el juez de condena determine”, consideró la funcionaria. Propuso algunas reformas al proyecto de ley que está en estudio para dejar claro que no se trata de una intervención de un magistrado sobre otro y que el juez de condena tenga la última palabra. Sin embargo, sostuvo que el juez de Ejecución puede ser muy útil para custodiar derechos y respaldar pedidos de libertad condicional o en casos de enfermedades crónicas.
En cuanto a los juzgados con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes, Dubrez no tuvo observaciones y felicitó a la Provincia por contar con un Defensor de la Niñez, una figura que todavía no está en plena vigencia en la Nación. “Misiones se pone a la vanguardia en derechos y garantías que no están custodiados en gran parte del país”, afirmó.
Por su parte, Rita Núñez valoró la voluntad política de la Provincia en avanzar en la protección de los derechos de los detenidos e incluso reformar unidades penitenciarias para que haya un real proceso de reinserción de los condenados. “Todavía falta mucho”, reconoció.
Los proyectos en análisis fueron presentados por Losada. Se trata de una batería de leyes para la protección de los derechos del niño y los adolescentes y de seguimiento de las penas a condenados a través de jueces de ejecución penal que deberán velar por que se cumplan condiciones dignas y se logre la reinserción social de los detenidos.


En primera instancia, la legisladora de Vanguardia Radical, integrante del bloque Avancemos, propuso la creación de cinco Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dos juzgados serían distribuidos en la capital, uno en Oberá, otro en Puerto Rico y el último en Eldorado, con sus respectivas defensorías y secretarías letradas.
De acuerdo a la iniciativa, los Defensores de Niños, Niñas y Adolescentes intervendrán aun cuando existiere representación legal y efectuaran sus dictámenes antes del dictado de Resoluciones y Sentencias Judiciales.
Los Juzgados deberán entender y decidir sobre todas las cuestiones relativas a los derechos y garantías establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en los casos que sea necesaria la intervención judicial. En las causas sobre cuestiones conexas con la competencia material de los Juzgados de Familia y Violencia Familiar, prevalecerá la competencia de estos últimos.
Deberán atender acciones de estado relativas a la filiación de menores de 18 años de edad; adopción, nulidad y revocación de menores de 18 años de edad; suspensión, privación de la responsabilidad parental y toda cuestión relativa a su ejercicio y tenencia y guarda de niños, niñas y adolescentes y régimen de comunicación de los mismos con su familia, además de acciones relativas a la asistencia alimentaria cuando sean iniciadas hasta los 18 años de los niños niñas y adolescentes comprendidos; entre otros.
La legisladora sostiene que la creación de estos juzgados permitirá cumplir con lo dispuesto por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que consagra el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea debidamente tenida en cuenta en los procesos judiciales.
La creación de los juzgados va de la mano con un protocolo de actuación en casos que involucren a niños. El protocolo apunta a personal de la Policía de Misiones, el Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, juzgados en lo Correccional y de Menores, Juzgados de Instrucción, el ministerio público fiscal y el Centro de Reintegro De Niños Niñas y Adolescentes (Unidad Penal IV).
El protocolo establece que en los casos de privación de libertad de un niño niña o adolescente deberá existir siempre y bajo pena de nulidad, orden de autoridad competente, salvo los casos de flagrancia donde se le deberá comunicar en forma inmediata y expedita al Juez Correccional y de Menores, al Defensor Penal interviniente y a los Profesionales de la Defensoría de los derechos del niño, niña y adolescentes de Misiones.
En todos los casos, deberá priorizarse la libertad del niño/a o adolescente y el alojamiento o detención de un niño deberá decidirse únicamente por orden judicial, cuando sea perseguido por la supuesta comisión de delitos graves, exista riesgo en su integridad, su grupo familiar o de terceros por el periodo mínimo necesario y como “última ratio”.
El protocolo establece que desde el primer contacto de las autoridades con el niño/a o adolescente, se le darán a conocer los motivos de la retención y la imputación que se le atribuye, reconociéndosele el derecho a ser oído y a contar con un abogado de su confianza y para el caso de no contar con uno, el Estado deberá proveérselo de manera gratuita e inmediata.
También prohíbe la utilización de armas en los lugares destinados a la detención y alojamiento de niños, niñas y adolescentes y en caso de que se determine la restricción de libertad, deberán fijarse y fomentarse las acciones necesarias que le permitan, al niño, niña y adolescente, su desarrollo personal permanente, su reintegración a la familia y la sociedad, así como el desarrollo de sus capacidades y sentido de responsabilidad.
Asimismo, propone la creación de un Centro de Reintegro de Niños y Adolescentes.
Por último, Losada planteó la creación de cuatro Juzgados de Ejecución Penal, en Posadas, Oberá y Eldorado, cuyos jueces tendrán que resolver todas las cuestiones e incidentes que se susciten durante la ejecución de la pena y medidas de seguridad para garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales, los tratados internacionales ratificados por la Argentina, en el trato otorgado a los condenados que se encuentran bajo jurisdicción del Servicio Penitenciario Provincial, y a las personas sometidas a medidas de seguridad personal. También tendrán que controlar el cumplimiento de las condiciones impuestas al imputado en los casos de suspensión del proceso a prueba, libertad condicional o condena de ejecución condicional e intervenir en la concesión, denegación o revocación de la libertad condicional.
“Es conveniente que el control de la ejecución esté a cargo de una justicia especializada y no del tribunal que impuso la sentencia, lo cual permitirá visualizar cuál es el presente y el futuro del interno, conocimiento fundamental para un efectivo proceso de reinserción social”, argumentó Losada.

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Losada presentó una batería de proyectos para la protección de derechos del niño y custodiar garantías constitucionales

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La diputada María Losada presentó una batería de leyes para la protección de los derechos del niño y los adolescentes y de seguimiento de las penas a condenados a través de jueces de ejecución penal que deberán velar por que se cumplan condiciones dignas y se logre la reinserción social de los detenidos.

En primera instancia, la legisladora de Vanguardia Radical, integrante del bloque Avancemos, propuso la creación de cinco Juzgados de Primera Instancia con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño. Los juzgados serían distribuidos dos en la Capital, uno en Oberá, otro en Puerto Rico y el último en Eldorado, con sus respectivas defensorías y secretarías letradas.

De acuerdo a la iniciativa, los Defensores de Niños, Niñas y Adolescentes intervendrán aun cuando existiere representación legal y efectuarán sus dictámenes antes del dictado de Resoluciones y Sentencias Judiciales.

Los Juzgados deberán entender y decidir sobre todas las cuestiones relativas a los derechos y garantías establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en los casos que sea necesaria la intervención judicial. En las causas sobre cuestiones conexas con la competencia material de los Juzgados de Familia y Violencia Familiar, prevalecerá la competencia de estos últimos.

Deberán atender acciones de estado relativas a la filiación de menores de 18 años de edad; adopción, nulidad y revocación de menores de 18 años de edad; suspensión, privación de la responsabilidad parental y toda cuestión relativa a su ejercicio y tenencia y guarda de niños, niñas y adolescentes y régimen de comunicación de los mismos con su familia, además de acciones relativas a la asistencia alimentaria cuando sean iniciadas hasta los 18 años de los niños niñas y adolescentes comprendidos; entre otros.

La legisladora sostiene que la creación de estos juzgados permitirá cumplir con lo dispuesto por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que consagra el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea debidamente tenida en cuenta en los procesos judiciales.

La creación de los juzgados va de la mano con un protocolo de actuación en casos que involucren a niños. El protocolo apunta a personal de la Policía de Misiones, el Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, juzgados en lo Correccional y de Menores, Juzgados de Instrucción, el ministerio público fiscal y el Centro de Reintegro De Niños Niñas y Adolescentes (Unidad Penal IV).

El protocolo establece que en los casos de privación de libertad de un niño niña o adolescente deberá existir siempre y bajo pena de nulidad, orden de autoridad competente, salvo los casos de flagrancia donde se le deberá comunicar en forma inmediata y expedita al Juez Correccional y de Menores, al Defensor Penal interviniente y a los Profesionales de la  Defensoría de los derechos del niño, niña y adolescentes de Misiones.

En todos los casos, deberá priorizarse la libertad del niño/a o adolescente y el alojamiento o detención de un niño deberá decidirse únicamente por orden judicial, cuando sea perseguido por la supuesta comisión de delitos graves, exista riesgo en su integridad, su grupo familiar o de terceros por el periodo mínimo necesario y como “última ratio”.

El protocolo establece que desde el primer contacto de las autoridades con el niño/a o adolescente, se le darán a conocer los motivos de la retención y la imputación que se le atribuye, reconociéndosele el derecho a ser oído y a contar con un abogado de su confianza y para el caso de no contar con uno, el Estado deberá proveérselo de manera gratuita e inmediata.

También prohíbe la utilización de armas en los lugares destinados a la detención y alojamiento de niños, niñas y adolescentes y en caso de que se determine la restricción de libertad, deberán fijarse y fomentarse las acciones necesarias que le permitan, al niño, niña y adolescente, su desarrollo personal permanente, su reintegración a la familia y la sociedad, así como el desarrollo de sus capacidades y sentido de responsabilidad.

Asimismo, propone la creación de un Centro de Reintegro de Niños y Adolescentes.

Por último, Losada planteó la creación de cuatro Juzgados de Ejecución Penal, en Posadas, Oberá y Eldorado, cuyos jueces tendrán que resolver todas las cuestiones e incidentes que se susciten durante la ejecución de la pena y medidas de seguridad para garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales, los tratados internacionales ratificados por la Argentina, en el trato otorgado a los condenados que se encuentran bajo jurisdicción del Servicio Penitenciario Provincial, y a las personas sometidas a medidas de seguridad personal. También tendrán que controlar el cumplimiento de las condiciones impuestas al imputado en los casos de suspensión del proceso a prueba, libertad condicional o condena de ejecución condicional e intervenir en la concesión, denegación o revocación de la libertad condicional.

“Es conveniente que el control de la ejecución esté a cargo de una justicia especializada y no del tribunal que impuso la sentencia, lo cual permitirá visualizar cuál es el presente y el futuro del interno, conocimiento fundamental para un efectivo proceso de reinserción social”, argumentó Losada. 

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Gripe: un riesgo para los niños pequeños

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Las epidemias anuales de gripe pueden afectar gravemente a todas las personas y en particular a los niños pequeños que son un grupo de riesgo.[1]

 

La gripe o influenza es una enfermedad viral respiratoria, contagiosa que se presenta en los meses más fríos del año, se transmite principalmente al toser, estornudar o mediante el contacto cercano con una persona enferma.

En los niños, la gripe es más peligrosa que el resfriado común. Cada año millones de niños contraen gripe estacional; algunos de estos casos derivan en hospitalización y otros niños incluso mueren por esta enfermedad. [2]

Habitualmente, los niños necesitan atención médica a causa de la gripe, especialmente antes de que cumplan los 5 años. Los menores de 2 años, corren un riesgo alto de sufrir complicaciones graves y aquellos con problemas de saludcrónicos tales como asma, diabetes y trastornos del sistema nervioso también corren un alto riesgo de tener complicaciones graves por la gripe. [3]

La forma más eficaz de prevenir la gripe y sus consecuencias graves es la vacunación.[4] Todas las personas de 6 meses de edad o más deberían vacunarse contra la gripe cada temporada.[5] El Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización (ACIP) de los Centros para el Control y la prevención de Enfermedades (CDC), votó el 24 de febrero del 2010 a favor de la vacunación “universal” contra la gripe en los Estados Unidos para que más personas estén protegidas contra la enfermedad.

 

Los niños son uno de los grupos más vulnerables. Los mayores de 6 meses y menores de 9 años que no han sido vacunados contra la gripe previamente, deberán recibir una segunda dosis con un intervalo de 4 semanas. Todos los niños que hayan recibido anteriormente dos dosis de la vacuna (en cualquier momento) solo necesitan una dosis de la vacuna esta temporada. La primera dosis debe administrarse tan pronto como la vacuna esté disponible para garantizar la protección antes de que la gripe comience a circular en la comunidad.[6]

La segunda dosis debe administrarse al menos 28 días después de la primera dosis. La primera dosis “prepara” al sistema inmunitario y la segunda, ofrece protección inmunitaria. Los niños que sólo reciben una dosis de la vacuna cuando necesitan dos pueden tener protección reducida o ninguna protección con sólo una dosis de la vacuna contra la influenza.[7]

Es importante tener en cuenta que la vacunación contra la gripe debe realizarse todos los años ya que los virus cambian rápidamente. En el caso de los niños, es importante completar el esquema de vacunación, ya que se requieren dos dosis para que estén bien protegidos”, señaló el Dr. Eduardo Vainstein, Jefe de la unidad 5 del Hospital de Niños.

La mayoría de los adultos sanos que contraen la gripe quizás puedan infectar a otros desde un día antes de manifestar síntomas y hasta 5 a 7 días después. Algunas personas, en particular los niños y quienes tienen debilitado el sistema inmunológico, quizá puedan contagiar a otros durante un periodo más largo.

Además de la prevención mediante la vacunación, buenos hábitos de higiene pueden ayudar a detener la propagación de los microbios y prevenir la gripe, al igual que otras enfermedades respiratorias:

  • Al toser o estornudar, cubrirse la boca y la nariz con el brazo.
  • Lavarse las manos de forma frecuente.
  • No llevarse las manos a la nariz, los ojos o la boca luego de tocar otras superficies.
  • Mantener los ambientes limpios y ventilados.

Los niños menores de 6 meses son demasiado pequeños para ser vacunados. La mejor manera de protegerlos es asegurarse que las personas que los rodean reciban la vacuna para evitar contagiarlos. Mientras más personas se vacunen, menos podrá propagarse el virus a través de esa comunidad.

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Más de 25 millones de niños no van a la escuela por vivir en zonas de conflicto, alertó Unicef

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Se trata de chicos que tienen entre 6 y 15 años. La cifra representa el 22% del total mundial de niños de ese grupo etario.

Las edades van de 6 a 15 años y la cifra representa el 22% del total mundial de niños de ese grupo etario, por lo que UNICEF advirtió que “sin educación es muy difícil que los niños desarrollen todo su potencial para contribuir en el futuro a la estabilidad de sus familias y comunidades”, según se publicó en la web de Naciones Unidas.

La activista Muzoon Almellehan, una joven refugiada siria de 19 años, viajó a Chad para crear conciencia sobre los obstáculos que enfrentan los menores afectados o desplazados por conflictos para acceder a la educación.

“La educación nos da todo: nos da poder, nos da oportunidades, nos abre muchas puertas frente a nosotros. Con educación podemos alcanzar nuestras metas y nuestros sueños. También podemos reconstruir nuestros países”, aseveró Muzzon en declaraciones a Noticias ONU tras su visita a Chad.

Muzzon, conocida como “la Malala siria”, afirmó que los conflictos privan a las personas de sus amigos, sus familias, sus medios de vida y sus hogares, al igual que su dignidad, identidad, orgullo y esperanza.

A nivel de educación primaria, Sudán del Sur es el país con mayor cantidad de niños fuera de la escuela con 72%, seguido por Chad con 50%, y Afganistán, con 46%. Esos países son también los que registran la tasa más alta de niñas sin escuela, donde Sudán del Sur encabeza el ranking con el 76%.

En cuanto a la educación secundaria, Níger encabeza la lista con 68% de adolescentes sin acceso a esas escuelas, Sudán del Sur registra 60% y la República Centroafricana 55%.

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