normalización del MEM

Energía eléctrica: el Gobierno redefine los precios mayoristas y subsidios para el verano 2026

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La actualización de los precios se apoya en la Programación Estacional de Verano Definitiva aprobada por la Resolución 434/2025, que abarca el período entre el 1° de noviembre de 2025 y el 30 de abril de 2026, y se enmarca en el proceso de normalización progresiva del MEM dispuesto por la Resolución 400/2025.

Ese esquema prevé una transición “ordenada, gradual y transparente”, orientada a que los precios mayoristas reflejen de manera creciente los costos económicos reales de abastecimiento. En ese sentido, la Secretaría de Energía recordó que la sanción del Precio Estacional cumple con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 24.065, que exige que los valores del mercado eléctrico sean representativos de los costos incurridos en el MEM y el MEMSTDF y que, en última instancia, se reflejen en las tarifas que pagan los usuarios finales.

La decisión también se vincula con las emergencias energética y económica declaradas por los Decretos 55/2023, 1.023/2024 y 370/2025, que habilitan al Poder Ejecutivo a redefinir precios y tarifas como parte de la política económica general.

Nuevos precios de energía, potencia y transporte: qué cambia desde enero

Para el período enero–abril de 2026, la resolución establece que los agentes distribuidores del MEM deberán aplicar los valores definidos en el Anexo I, que fija los POTREF, el PEE y el PES según tipo de demanda.

En el caso de la demanda residencial, el Precio de Referencia de la Potencia se ubicó en $8.181.808 por MW-mes, mientras que el Precio Estabilizado de la Energía alcanza $62.519 por MWh en horas pico, $61.186 en horas resto y $60.133 en horas valle, con un PES de $4.927 por MWh. Para la demanda no residencial y los grandes usuarios (GUDI), los valores del PEE resultan inferiores, manteniendo el mismo POTREF y PES.

Para el MEMSTDF, los precios fueron fijados en el Anexo II. En el caso de la Dirección Provincial de Energía de Ushuaia, el POTREF asciende a $8.039.918 por MW-mes, con precios de energía de $64.159 por MWh en horas pico, $61.847 en horas resto y $63.735 en horas valle. Para la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, el POTREF se fijó en $9.297.542 por MW-mes, con precios de energía de $66.834, $66.738 y $66.176 por MWh, respectivamente.

Además, la resolución establece los valores correspondientes al Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y Distribución Troncal, que deberán ser reconocidos a cada agente distribuidor del MEM, conforme al Anexo III, y mantiene vigentes los artículos 5° y 6° de la Resolución 54/2023.

Subsidios focalizados y control de volúmenes: impacto institucional y económico

Uno de los ejes centrales de la medida es el direccionamiento más preciso de los subsidios. Según se detalla en los considerandos, para los usuarios residenciales Nivel 2 y Nivel 3 se aplicarán las bonificaciones previstas sobre el precio mayorista correspondiente a los usuarios Nivel 1, conforme al Decreto 465/2024, prorrogado por el Decreto 370/2025, y a las resoluciones complementarias de la Secretaría de Energía.

La normativa también refuerza los mecanismos de control: los volúmenes de energía adquiridos por las distribuidoras deberán estar respaldados por los entes reguladores o autoridades locales competentes, lo que introduce un mayor control institucional sobre el uso de los subsidios y la información declarada.

Desde el punto de vista económico, el ajuste de los precios mayoristas impactará directamente en los cuadros tarifarios provinciales y cooperativos, condicionando la evolución de las tarifas finales durante el verano. Al mismo tiempo, el Gobierno busca compatibilizar el proceso de desinflación con la necesidad de evitar un deterioro que “comprometa la sustentabilidad del sector e incluso su continuidad”, según se expresa en la nota elevada por el Ministerio de Economía el 23 de diciembre de 2025.

La resolución fue notificada a CAMMESA, a los entes reguladores provinciales, a las distribuidoras eléctricas y al ENRE, consolidando así el marco institucional para la implementación de los nuevos precios desde enero.

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Energía: el Gobierno redefine la remuneración del MEM y fija un nuevo Precio Spot desde diciembre

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía avanzó con una nueva etapa del proceso de normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) al actualizar los esquemas de remuneración para la generación eléctrica no contractualizada y fijar un nuevo Precio Spot para la valorización de regalías hidroeléctricas y servicios de reserva. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 602/2025, publicada el 29 de diciembre en el Boletín Oficial, y rige para las transacciones económicas correspondientes a diciembre de 2025, en un contexto de emergencia energética prorrogada hasta julio de 2026.

La decisión tiene impacto directo sobre los generadores térmicos e hidroeléctricos bajo jurisdicción nacional, sobre CAMMESA y, de manera indirecta, sobre la estructura de costos del sistema eléctrico y las tarifas finales. Además, introduce definiciones clave para centrales en proceso de privatización, preservando la neutralidad regulatoria durante la transición.

Normalización del MEM y nueva señal de precios para la generación

La resolución se inscribe en el marco del proceso de normalización progresiva del MEM dispuesto por la Resolución 400/2025, que estableció las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”. Ese esquema redefine el funcionamiento del mercado, separando la Generación Asignada —destinada a abastecer la demanda estacionalizada— de la Generación al Spot, correspondiente a unidades sin contratos vigentes.

En este contexto, la Secretaría de Energía sustituyó los Anexos I, II y III de la Resolución 483/2025, actualizando los valores de remuneración aplicables a la generación térmica e hidroeléctrica no contractualizada. El objetivo explícito es asegurar la confiabilidad y sustentabilidad del sistema eléctrico, manteniendo incentivos económicos razonables y eficientes, en línea con los principios de las Leyes 15.336 y 24.065.

Para la generación térmica, se establecen precios de potencia garantizada que, a partir de diciembre de 2025, alcanzan los $7.401.699 por MW-mes en los períodos de verano (diciembre a febrero) e invierno (junio a agosto), y $5.551.277 por MW-mes en los meses restantes. En el caso de la generación hidroeléctrica nacional, los valores varían según tecnología y escala, con precios que oscilan entre $2.035.473 y $8.745.746 por MW-mes, mientras que para la central binacional Salto Grande se fija un valor de $5.649.602 por MW-mes.

En materia de energía generada, la resolución reconoce precios específicos por tecnología y combustible. Para la generación hidráulica nacional, el precio de la energía generada se fija en $4.317 por MWh, mientras que para Salto Grande asciende a $7.099 por MWh. Estos valores se complementan con pagos por energía operada y, en determinados períodos, con una remuneración adicional por generación en horas pico.

Centrales en privatización y resguardo de la neutralidad regulatoria

Un capítulo central de la resolución está dedicado a los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón–Arroyito, Cerros Colorados y Piedra del Águila, actualmente alcanzados por el proceso de privatización dispuesto por los Decretos 718/2024 y 590/2025, y por la Resolución 1200/2025 del Ministerio de Economía.

Para estas centrales, la Secretaría de Energía resolvió mantener vigente el esquema de remuneración establecido en la Resolución 331/2025, sin aplicar el ajuste general previsto para el resto de la generación no contractualizada. La decisión busca garantizar la continuidad operativa y evitar distorsiones regulatorias durante el proceso de transición hacia la gestión privada.

Desde el punto de vista institucional, esta definición apunta a preservar previsibilidad para los actores involucrados en los procesos de privatización y para el propio sistema eléctrico, en un momento en el que el Gobierno impulsa una redefinición estructural del rol del Estado en el sector energético.

Nuevo Precio Spot y efectos sobre regalías y reservas del sistema

La Resolución 602/2025 también fija un nuevo Precio Spot del MEM para la valorización de las regalías hidroeléctricas y de los Servicios de la Reserva de Corto Plazo. A partir del 1° de diciembre de 2025, ese valor se establece en $14.381 por MWh, reemplazando el esquema anterior definido por la Resolución 483/2025.

Este precio cumple una función clave dentro del MEM, ya que impacta en la liquidación de regalías a las provincias hidroeléctricas y en la remuneración de servicios esenciales para la estabilidad del sistema. En términos económicos, la actualización busca reflejar de manera más realista los costos del abastecimiento eléctrico en un escenario de emergencia energética y de transición hacia precios más eficientes.

La medida alcanza a CAMMESA, a los agentes generadores del MEM y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF), y se integra a un conjunto de decisiones regulatorias orientadas a recomponer señales de mercado, sostener la inversión y evitar riesgos sobre la continuidad del suministro.

Impacto y proyección

Con esta resolución, el Gobierno profundiza la estrategia de ordenamiento económico del sector eléctrico, en un contexto de emergencia prorrogada hasta el 9 de julio de 2026. Para los generadores, la actualización de precios mejora la previsibilidad de ingresos reales; para el sistema, refuerza los incentivos a la disponibilidad y confiabilidad; y para las provincias hidroeléctricas, redefine la base de cálculo de las regalías.

A mediano plazo, estas decisiones anticipan un escenario de mayor convergencia de precios mayoristas hacia niveles compatibles con los costos reales del sistema, un proceso que será determinante para la futura estructura tarifaria y para la sostenibilidad fiscal del esquema de subsidios energéticos.

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