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CNV posterga a noviembre el pago de la tasa de fiscalización para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó los plazos de pago de la tasa anual de fiscalización y control para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). La medida, publicada en el Boletín Oficial bajo la Resolución General 1086/2025, establece que las obligaciones correspondientes al año 2025 deberán cumplirse en noviembre, con un cronograma diferenciado según la fecha de inscripción en el Registro.

La Resolución General 1086/2025, publicada el 24 de septiembre de 2025, modifica el artículo 8° de la Sección IV del Capítulo XV del Título XVIII de las Normas de la CNV (t.o. 2013 y mod.), y establece un nuevo esquema para el pago de la tasa de fiscalización y control que deben afrontar los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

De acuerdo con el texto oficial, los PSAV cuya inscripción en el Registro no haya sido cancelada al 15 de octubre de 2025 deberán realizar el pago correspondiente entre el 3 y el 7 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

Por otra parte, aquellos PSAV inscriptos con posterioridad al 15 de octubre de 2025 deberán cumplir con el pago dentro de los cinco días hábiles posteriores a su inscripción, en línea con lo establecido en la Resolución General 1058/2025, que fijó los principios y parámetros iniciales para la prestación de servicios en este sector.

La norma responde a la necesidad de “garantizar un adecuado ordenamiento en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los PSAV”, en el marco de la implementación gradual de la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 y la Ley N° 27.739, que regula los servicios de activos virtuales.

El ajuste se inscribe en un proceso de regulación progresiva del ecosistema de activos virtuales en Argentina, que comenzó con la Resolución General 994/2024, donde la CNV abrió el Registro de PSAV. Posteriormente, con la Resolución General 1040/2024, se definió la oportunidad del pago de la tasa y se dispuso la suspensión transitoria de la percepción durante 2025 hasta el 30 de septiembre.

En marzo de 2025, la CNV emitió la Resolución General 1058/2025, que reglamentó los parámetros iniciales para los PSAV en cumplimiento del artículo 38 de la Ley 27.739. Dicha norma otorgó plazos de adecuación a los proveedores ya inscriptos y fijó obligaciones en materia de registro y supervisión.

La nueva resolución alinea los plazos de cumplimiento tributario con los tiempos de regularización administrativa, buscando evitar superposiciones y otorgar previsibilidad al sector en un contexto de mayor escrutinio regulatorio.

Impacto en el sector de activos virtuales

La medida afecta directamente a las personas humanas y jurídicas registradas como PSAV, incluyendo exchanges, billeteras virtuales, custodios y plataformas de servicios relacionados con criptomonedas y activos tokenizados.

El sector atraviesa un momento de formalización institucional, donde el cumplimiento de requisitos regulatorios es condición indispensable para operar en el mercado argentino. El ajuste de fechas y modalidades de pago busca facilitar el proceso de adecuación sin dejar de asegurar recursos para la CNV, que se financia en parte con estas tasas.

Si bien el impacto financiero inmediato es acotado, la disposición refuerza el mensaje de que el Estado nacional avanza en el control del sector de activos virtuales, en línea con estándares internacionales de supervisión de riesgos financieros y prevención de lavado de activos.

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CNV refuerza controles sobre la valuación de activos y liquidez en Fondos Comunes de Inversión

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1085/2025, publicada en el Boletín Oficial, que introduce modificaciones sustanciales en las Normas (N.T. 2013 y sus modificatorias) con el objetivo de fortalecer la transparencia, la gestión de riesgos y la protección de los inversores en el mercado de capitales argentino.

La medida ajusta los criterios de valuación de activos, amplía las exigencias de liquidez mínima en Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCI) y redefine las obligaciones de información periódica de las sociedades gerentes y depositarias.

La CNV fundamentó la resolución en la necesidad de alinear la regulación argentina con los estándares internacionales en materia de supervisión de fondos, en un escenario financiero marcado por la alta volatilidad cambiaria y la creciente sofisticación de productos de inversión.

El organismo remarcó que los cambios buscan “dotar de mayor previsibilidad y seguridad al sistema financiero, garantizando que los vehículos de inversión colectiva cuenten con mecanismos de valuación homogéneos y políticas claras de administración de riesgos de liquidez”.

El ajuste normativo se enmarca en la política de fortalecimiento del mercado de capitales impulsada desde 2024, cuando se establecieron lineamientos más estrictos para la supervisión de carteras y se promovió la digitalización de reportes regulatorios.

La normativa introduce tres ejes centrales:

  1. Valuación de activos
    • Se actualizan los criterios para la determinación del valor de los instrumentos financieros dentro de los FCI.
    • Se incorporan lineamientos específicos para activos con menor liquidez o valuación compleja, con el fin de reducir arbitrajes y discrecionalidades.
  2. Requisitos de liquidez
    • Los Fondos Comunes de Inversión Abiertos deberán mantener un porcentaje mínimo de activos líquidos de disponibilidad inmediata, ampliando la exigencia ya prevista en resoluciones anteriores.
    • Esta medida apunta a garantizar la atención de rescates de cuotapartistas en escenarios de estrés de mercado.
  3. Obligaciones de información
    • Las sociedades gerentes y depositarias deberán reportar con mayor frecuencia y detalle las valuaciones, la composición de cartera y los riesgos de liquidez.
    • Se incorpora un esquema de presentaciones periódicas electrónicas para agilizar la supervisión de la CNV.

La resolución también deroga disposiciones previas que habían quedado desactualizadas y refuerza el marco sancionatorio en caso de incumplimiento.

Impacto esperado y repercusiones en el mercado

La modificación normativa tendrá un impacto directo en la industria de Fondos Comunes de Inversión, un sector que administra más de $25 billones en activos bajo gestión en la Argentina.

Fuentes del mercado señalaron que las medidas implicarán costos de adecuación operativa para las sociedades gerentes, pero al mismo tiempo aumentarán la confianza de los inversores minoristas e institucionales.

Analistas consideran que la decisión de la CNV es también una señal política hacia los organismos multilaterales y calificadoras internacionales, en línea con el objetivo del Gobierno de profundizar la integración financiera y mejorar el acceso al crédito externo.

La Resolución General 1085/2025 ya está en vigencia desde su publicación, aunque se establecen plazos de transición de entre 60 y 180 días para que las sociedades gerentes y depositarias adapten sus sistemas internos a las nuevas exigencias.

Se prevé que en el próximo trimestre la CNV emita disposiciones complementarias y guías técnicas para la implementación práctica de los cambios, con el objetivo de evitar interpretaciones dispares entre los distintos actores del mercado.

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