pagos electrónicos

Fondos Rotatorios: el Gobierno habilita ampliaciones y refuerza el control del gasto público

Compartí esta noticia !

Mediante el Decreto 926/2025, el Poder Ejecutivo modificó el régimen de Fondos Rotatorios previsto en el Decreto 1344/2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera. La medida introduce cambios clave para permitir ampliaciones de fondos ante transferencias presupuestarias entre organismos, refuerza criterios de eficiencia para evitar saldos inmovilizados y avanza en la simplificación operativa mediante un mayor uso de medios electrónicos. El impacto es directo sobre la ejecución diaria del gasto público y la capacidad de respuesta administrativa del Estado.

Adecuaciones en el uso de Fondos Rotatorios ante cambios presupuestarios

El Decreto 926/2025, firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, fue dictado el 29 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre. La norma modifica disposiciones centrales del Decreto N° 1344/2007, reglamentario de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

El eje de la medida se concentra en el artículo 81 del reglamento, que regula el funcionamiento de los Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Según el texto oficial, la modificación responde a una problemática recurrente en la administración pública: las transferencias de programas presupuestarios entre Servicios Administrativos Financieros (S.A.F.) durante el ejercicio fiscal, que pueden dejar descalzado el nivel de fondos disponibles para atender gastos inmediatos.

Hasta ahora, los Fondos Rotatorios podían constituirse hasta un límite del 3% de los créditos presupuestarios originales del ejercicio. El nuevo esquema mantiene ese tope, pero introduce una precisión clave: cuando se produzcan transferencias de programas entre jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional, el S.A.F. receptor podrá ampliar su Fondo Rotatorio por un importe adicional de hasta el 3% de los créditos transferidos, siempre excluyendo la Partida Parcial 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas y Asignaciones Familiares”.

De manera complementaria, el S.A.F. cedente deberá adecuar su Fondo Rotatorio en función de la reducción de créditos, ajustándolo al nuevo nivel presupuestario. El objetivo explícito es evitar que los organismos que asumen nuevas funciones queden sin capacidad operativa para afrontar gastos corrientes de ejecución inmediata.

Más control sobre los montos y menos fondos inmovilizados

La reforma también refuerza el rol de la Secretaría de Hacienda en la administración del régimen. El nuevo texto del inciso f) del artículo 81 habilita a esa dependencia a restringir los montos de constitución de Fondos Rotatorios por debajo del límite máximo del 3%, cuando detecte una desproporción entre los fondos constituidos y los efectivamente ejecutados en el ejercicio inmediato anterior.

Según el decreto, esta facultad apunta a “minimizar la existencia de fondos inmovilizados en las cuentas corrientes asociadas a este régimen”, una situación que afecta la eficiencia en el uso de recursos públicos y distorsiona la gestión financiera. El criterio de evaluación será la relación entre el monto total ejecutado por el régimen y el total constituido, introduciendo así un parámetro de desempeño para la asignación de liquidez.

Este enfoque se alinea con los principios de la Ley 24.156, que promueve una administración financiera basada en la eficiencia, la economicidad y el control del gasto, en un contexto de restricción fiscal y revisión integral de los mecanismos de ejecución presupuestaria.

Simplificación operativa y avance de los medios electrónicos

Otro cambio relevante del Decreto 926/2025 se vincula con la operatoria de los Fondos Rotatorios Internos. En particular, se sustituye el inciso j) del artículo 81 del Anexo al Decreto 1344/07, eliminando la exigencia de asignación de cuentas bancarias específicas para fondos constituidos por montos iguales o inferiores a ochenta módulos (80 M).

La decisión se fundamenta en la “evolución y amplia aceptación de los medios de pago electrónicos” dentro del régimen, impulsada por las Resoluciones N° 101/2017 y 276/2018 de la Secretaría de Hacienda, que promovieron el uso de tarjetas de compra corporativas y la reducción del efectivo y los cheques. En ese marco, el decreto considera innecesario mantener exigencias operativas pensadas para un esquema financiero más tradicional.

Además, la modificación es consistente con lo dispuesto en el artículo 78, punto 8.1 del Anexo al Decreto 1344/07, que establece que los organismos del Sector Público Nacional deben operar con el menor número posible de cuentas bancarias, simplificando la gestión y fortaleciendo los controles.

Impacto institucional y posibles repercusiones

La actualización del régimen de Fondos Rotatorios tiene impacto transversal sobre toda la Administración Nacional. En términos prácticos, otorga mayor flexibilidad a los organismos que reciben nuevas competencias durante el ejercicio presupuestario, permitiéndoles sostener la ejecución cotidiana sin depender de trámites excepcionales o demoras administrativas.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el control centralizado de la liquidez, al mismo tiempo que profundiza la digitalización de los pagos y la reducción de circuitos financieros tradicionales. En un escenario de ajuste fiscal y revisión del gasto público, el decreto introduce herramientas para compatibilizar austeridad con operatividad.

Para los servicios administrativos financieros, el nuevo esquema implica una mayor responsabilidad en la gestión de fondos, con incentivos claros para evitar la acumulación de saldos ociosos. A la vez, la posibilidad de adecuar fondos ante transferencias presupuestarias reduce tensiones internas y mejora la previsibilidad en la ejecución de programas.

Compartí esta noticia !

Estafa digital en Misiones: compras por WhatsApp, pagos falsos y entregas por Uber

Compartí esta noticia !

Estafa digital en Garupá: una investigación encubierta desbarató una maniobra con tarjetas sin fondos y entregas por Uber

Una estafa digital sofisticada, basada en compras por WhatsApp, pagos con tarjetas sin fondos y retiros inmediatos mediante servicios de mensajería, fue desarticulada por la Policía de Misiones tras una investigación encubierta. La maniobra, que generó un perjuicio cercano a los $2 millones a una farmacia de Garupá, derivó en dos detenidos y el secuestro de una gran cantidad de mercadería y dispositivos clave para la causa.

El caso expone una modalidad delictiva en expansión, que combina herramientas digitales, plataformas de pago y servicios de transporte urbano para concretar estafas en lapsos muy breves, antes de que los sistemas bancarios confirmen o rechacen las operaciones.

La mecánica de la estafa: pagos aparentes y retiros exprés

Según la investigación, los autores realizaban compras virtuales a través de WhatsApp, solicitando el envío de enlaces de pago. Utilizaban distintas tarjetas de crédito sin fondos, que inicialmente aparecían como válidas, lo que inducía al comerciante a liberar la mercadería antes de la confirmación definitiva del pago.

Horas después, los bancos emisores notificaban el rechazo de las transacciones por falta de fondos, cuando los productos ya habían sido retirados. De acuerdo con la denuncia, esta operatoria se repitió en varias oportunidades, acumulando un perjuicio económico cercano a los dos millones de pesos.

Para reducir el riesgo de detección, los estafadores variaban identidades, números telefónicos y tarjetas, y utilizaban servicios de Uber y Moto Uber para el retiro de los pedidos, cambiando de vehículos en cada operación. Cada uno de estos movimientos, diseñados para despistar, terminó convirtiéndose en un elemento central para el trabajo investigativo.

Inteligencia policial, allanamiento y secuestro de mercadería

A partir de tareas de inteligencia, vigilancia discreta y seguimiento encubierto, la Policía logró reconstruir el recorrido de los envíos y establecer que la mercadería retiradas convergía en un domicilio del barrio Santa Clara de Garupá.

Con intervención del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Posadas, y en un operativo realizado este jueves por la tarde junto con la S.A.I.C., se concretó un allanamiento que arrojó resultado positivo.

Durante el procedimiento se secuestró una importante cantidad de bienes, entre ellos productos del rubro farmacéutico —perfumes, medicamentos y artículos de higiene—, además de teléfonos celulares, chips de distintas compañías, facturas, prendas nuevas, electrodomésticos, carteras, valijas y otros elementos de dudosa procedencia. El volumen y la diversidad de los objetos refuerzan la hipótesis de que la operatoria podría haber afectado a otros comercios.

Detenciones y continuidad de la causa

Como resultado del operativo, fueron detenidos una mujer de 18 años y un hombre de 31, quienes quedaron a disposición de la Justicia. Personal especializado avanzó con pericias sobre los dispositivos electrónicos secuestrados, considerados piezas clave para profundizar la investigación.

La causa continúa en etapa de análisis: se investiga la procedencia de la mercadería incautada, el alcance total del perjuicio económico y la posible existencia de otras víctimas comerciales de la misma modalidad delictiva, basada en el uso de tarjetas sin respaldo y pagos digitales simulados.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin