PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

Continúa el bono de $70.000 para las Jubilaciones, busca compensar la pérdida de ingresos

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El Poder Ejecutivo Nacional dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000, que será abonado en febrero de 2026 a jubilados y pensionados que perciben haberes bajos, mediante el Decreto 65/2026, publicado el 29 de enero de 2026. La medida apunta a compensar los efectos adversos que dejó la anterior fórmula de movilidad jubilatoria y a sostener el poder adquisitivo de las prestaciones, en el marco del esquema de actualización mensual por inflación vigente desde julio de 2024.

El marco normativo y los fundamentos económicos de la medida

El decreto se apoya en un extenso entramado normativo del sistema previsional argentino. Recuerda que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) fue instituido por la Ley N° 24.241 y luego unificado en un régimen público de reparto mediante la Ley N° 26.425, que dio origen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). También incorpora a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley N° 27.260, y a las pensiones no contributivas y graciables a cargo de la ANSES.

En los considerandos, el Ejecutivo realiza una evaluación crítica de la Ley N° 27.609, que estableció la fórmula de movilidad jubilatoria vigente desde marzo de 2021. Según el decreto, esa fórmula presentó “graves y serios inconvenientes” al no contemplar adecuadamente la inflación, generando un desfasaje entre la evolución de los precios y el traslado a los haberes. Ese esquema, señala el texto, tuvo “efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados”, pero impactó con mayor intensidad en los sectores de menores ingresos.

Como respuesta a esa situación, el Gobierno recuerda que desde enero de 2024 hasta enero de 2026 se otorgaron ayudas económicas y bonos previsionales mensuales, y que mediante el Decreto N° 274/24 se modificó la movilidad jubilatoria, estableciendo la actualización mensual de los haberes según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, a partir de julio de 2024. El bono de febrero de 2026 se presenta así como una compensación puntual por los efectos acumulados del régimen anterior.

A quiénes alcanza el bono y cómo se determina el monto

El Bono Extraordinario Previsional será liquidado por titular y alcanzará a un universo amplio de beneficiarios del sistema de seguridad social administrado por la ANSES. Incluye a:

  • Titulares de prestaciones contributivas previsionales otorgadas bajo la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, regímenes especiales derogados y ex cajas provinciales o municipales transferidas a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241, así como las prestaciones del régimen del Decreto N° 160/05.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago esté a cargo de la ANSES.

El decreto fija dos criterios centrales para el cálculo del monto. Para quienes perciban, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un ingreso menor o igual al haber mínimo previsional garantizado —establecido en el artículo 125 de la Ley N° 24.241—, el bono será pagado en su totalidad, hasta el tope máximo de $70.000. En cambio, para quienes superen el haber mínimo, el bono será variable y se ajustará al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma del haber mínimo más el bono máximo previsto.

La norma aclara que los beneficios deben encontrarse vigentes en el mes de la liquidación, que en el caso de pensiones con copartícipes se considerará un único titular, y que el bono tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos ni computable para ningún otro concepto.

Impacto fiscal, rol de ANSES

Desde el punto de vista institucional, el decreto faculta a la ANSES a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación, control y eventual recupero de percepciones indebidas. A su vez, la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para garantizar el financiamiento del bono.

En términos económicos y sociales, la medida refuerza la estrategia de sostener ingresos reales de los jubilados de menores recursos, en un contexto en el que la movilidad atada al IPC busca evitar nuevas pérdidas frente a la inflación. Los principales sectores alcanzados son los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo y las prestaciones no contributivas, históricamente más expuestos a la erosión inflacionaria.

El bono de febrero de 2026 aparece así como una señal de cierre de ciclo respecto del esquema de compensaciones transitorias iniciado en 2024, mientras el Gobierno sostiene que la actualización mensual por inflación constituye el nuevo ancla para la previsibilidad del sistema previsional.

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Oficializan bono extraordinario previsional de $70.000

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Gobierno oficializó un bono extraordinario de $70.000 para jubilados y pensionados en octubre

El Poder Ejecutivo dispuso mediante el Decreto 700/2025 la entrega de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000, que se abonará en octubre a jubilados, pensionados, beneficiarios de la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM) y titulares de pensiones no contributivas. La medida busca compensar la pérdida del poder adquisitivo acumulada durante la vigencia de la Ley de Movilidad 27.609, vigente hasta mediados de 2024.

Un refuerzo clave frente a la inflación

El decreto, firmado el 30 de septiembre de 2025, establece que el beneficio alcanzará a todas las prestaciones contributivas a cargo de ANSES, incluidas las derivadas de regímenes especiales ya derogados y de cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación. También se incluye a los beneficiarios de la PUAM y a quienes perciben pensiones por invalidez, por vejez, para madres de siete hijos o más y otras no contributivas.

El monto máximo será de $70.000, aunque variará según el nivel de ingresos de cada beneficiario:

  • Para quienes cobren el haber mínimo previsional (artículo 125 de la Ley 24.241), se otorgará el bono completo.
  • Para quienes superen ese umbral, el refuerzo cubrirá hasta alcanzar la suma del haber mínimo más el bono extraordinario.
  • En el caso de pensiones con varios copartícipes, el bono se reconocerá como si se tratara de un único titular.

El decreto aclara que el bono será no remunerativo, no sujeto a descuentos ni computable para ningún otro concepto.

Contexto y motivaciones de la medida

El Gobierno fundamentó la decisión en los efectos negativos de la Ley 27.609 de Movilidad Jubilatoria, que comenzó a regir en 2021 y que, según el texto oficial, “no resguardaba el riesgo inflacionario” y generó un desfasaje entre la evolución de los precios y los haberes. Esto impactó principalmente en los jubilados y pensionados de menores ingresos.

En 2024, mediante el Decreto 274/24, se modificó la fórmula y se dispuso la actualización mensual de los haberes según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. No obstante, el Gobierno admitió que fue necesario instrumentar bonos extraordinarios desde enero de 2024 hasta septiembre de 2025, que funcionaron como amortiguadores frente a la inflación.

El nuevo refuerzo se presenta como una compensación puntual, en un contexto donde el Ejecutivo insiste en la necesidad de garantizar que los adultos mayores no continúen perdiendo capacidad de compra.

La ANSES será la encargada de dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas para implementar el bono, administrar su pago y supervisar recuperos en caso de percepciones indebidas. Por su parte, la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.

El bono previsional tiene un doble efecto: aliviar los ingresos de un sector vulnerable y, al mismo tiempo, implicar un esfuerzo fiscal significativo en un contexto de fuerte ajuste del gasto público. La medida podría generar expectativas positivas en los beneficiarios, pero también presiona sobre el debate político y legislativo en torno a la sostenibilidad del sistema previsional.

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La Justicia ordenó al Gobierno nacional restituir pensiones por invalidez dadas de baja en Misiones

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La Justicia falló a favor del planteo hecho por la Provincia en defensa de los derechos cercenados con la eliminación arbitraria de pensiones por invalidez por parte del Gobierno nacional: la jueza civil y comercial de Posadas, Carmen Helena Carbone, resolvió que el Gobierno Nacional y la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deben restituir en un plazo de 48 horas las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido suspendidas de manera arbitraria a cuatro misioneros. La notificación al Estado Nacional y a la ANDIS se concretó el 17 de septiembre, con lo cual el plazo comenzó a correr formalmente desde esa fecha.

El caso fue promovido por Emilio Mauro (Apóstoles), Wilson Toniolo (Candelaria), Marcos Javier Pereira Duarte (Garupá) y Claudia Belén Romero (San José), quienes iniciaron una acción de amparo patrocinados por el abogado Luis Adrián Oudin, con el acompañamiento del Consejo Provincial de Discapacidad.

La jueza Carbone calificó la baja de las pensiones como un acto “arbitrario y violatorio de garantías constitucionales básicas”, al no existir resolución administrativa, notificación previa ni derecho de defensa. En consecuencia, ordenó: La restitución inmediata de los pagos interrumpidos y la prohibición de nuevas suspensiones mientras dure el proceso judicial. Además, advirtió con la aplicación de multas en caso de incumplimiento por parte del Estado.

El fallo se ampara en la ley 26.854, que faculta a los jueces a dictar medidas cautelares urgentes en favor de sectores vulnerables cuando se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria o sanitaria.

Carbone remarcó que las pensiones por invalidez tienen carácter alimentario, por lo que su interrupción afecta directamente derechos reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros tratados internacionales de jerarquía constitucional.

En su resolución, citó expresamente el principio de no regresividad en materia de derechos sociales, que prohíbe retrocesos en beneficios ya adquiridos. También se apoyó en las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad, reforzando la necesidad de una tutela judicial efectiva e inmediata.

Respaldo institucional de Misiones

El vicegobernador Lucas Romero Spinelli destacó el valor del fallo como precedente nacional: “No se trata de un tecnicismo judicial, hablamos de alimentos, de medicamentos, de techo y de vida digna. Con esta sentencia se devuelve tranquilidad a cuatro familias misioneras y se marca un límite claro: ningún gobierno puede atropellar derechos adquiridos sin consecuencias”, señaló en una rueda de prensa.

Spinelli estuvo acompañado por la presidenta del Consejo Provincial de Discapacidad, Tatiana Antúnez, y el abogado Oudin, en un gesto de respaldo institucional. El vicegobernador remarcó que Misiones “no concibe un Estado que abandone a los más vulnerables, sino uno que acompañe y proteja”.

La medida judicial se suma a la acción de amparo colectivo presentada por la Fiscalía de Estado de Misiones ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras detectar cientos de bajas arbitrarias en los municipios desde abril, como resultado de auditorías de la ANDIS cuestionadas por la provincia.

El fallo no solo restituye las pensiones de cuatro personas, sino que sienta un precedente clave para cientos de beneficiarios en Misiones y en otras provincias que atraviesan situaciones similares.

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Francos confirmó que el Gobierno promulgará la ley de discapacidad, pero demorará su aplicación

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Tras el rechazo del Congreso al veto presidencial, el Ejecutivo confirmó que promulgará la ley de emergencia en discapacidad. Sin embargo, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, advirtió que su reglamentación quedará supeditada a la definición de los recursos fiscales necesarios, en un contexto de fuerte impacto presupuestario.

El Congreso Nacional aprobó con amplio respaldo opositor y de sectores aliados la ley de emergencia en discapacidad, pese al veto del presidente Javier Milei. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado lograron superar los dos tercios requeridos para insistir con la sanción original, dejando al Ejecutivo sin margen político para bloquear la norma.

En este escenario, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, anunció el 15 de septiembre que el Gobierno promulgará la ley, aunque no la aplicará hasta resolver cómo financiarla. “El Poder Ejecutivo la va a promulgar. Después tiene que dictar un decreto reglamentario para ver cómo se aplica la ley y eso tiene distintos aspectos”, afirmó.

Francos también lanzó una advertencia: “El Congreso, cuando sanciona una ley, debe establecer de dónde salen los recursos. No me pueden endilgar que vea las partidas cómo se reacomodan; eso es una mentira. Que me digan sino a quién le sacamos, ¿a los jubilados y lo pasamos a discapacidad?”.

Nuevas pensiones, aranceles actualizados y fortalecimiento de la ANDIS

La ley establece un régimen de Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social, con cobertura para quienes posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), ingresos inferiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, y sin acceso a otros planes similares. El beneficio será equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio y compatible con empleo registrado dentro de los topes definidos.

Además:

  • Se prevé la transformación automática de pensiones previas sin necesidad de trámites adicionales.
  • Se refuerza el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad (Ley 24.901), con actualización automática mensual de aranceles ajustada al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Se crea un régimen de regularización de deudas fiscales y de seguridad social para entidades del sector, con condonación de intereses y facilidades de pago.
  • Se fortalecen las competencias y el financiamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), la implementación podría implicar un gasto adicional de entre $1,89 billones y $3,62 billones (0,22% a 0,42% del PBI), por nuevas altas de entre 493 mil y 946 mil beneficiarios. A esto se sumarían $278.323 millones por compensación de emergencia a prestadores y $7.160 millones para talleres de producción.

La sanción de la ley respondió a una crisis estructural del sistema de atención a la discapacidad, generada por el congelamiento de recursos y la reducción de beneficiarios tras una auditoría cuestionada en la ANDIS. El caso cobró mayor relevancia tras la destitución de Diego Spagnuolo, ex titular del organismo, involucrado en un escándalo por supuestas coimas con droguerías.

La oposición aprovechó este escenario para impulsar la iniciativa, que terminó obteniendo apoyo transversal en ambas cámaras. El oficialismo, en cambio, advirtió sobre la inconsistencia fiscal de la norma.

Presión fiscal y expectativas del sector

El anuncio de Francos implica que, si bien la ley entrará en vigencia formalmente, su aplicación efectiva dependerá de un acuerdo político sobre la reasignación de partidas o nuevas fuentes de financiamiento.

Para los prestadores de servicios y familias de personas con discapacidad, la demora genera incertidumbre. El sector esperaba una respuesta inmediata tras las movilizaciones masivas que impulsaron la sanción.

Desde el plano macroeconómico, el nuevo gasto plantea un dilema: absorber recursos que hoy se destinan a jubilaciones u otros programas, o ampliar el déficit en un momento en que el Gobierno busca mantener disciplina fiscal.

Negociación con el Congreso y escenario judicial latente

El Poder Ejecutivo podría convocar a las comisiones parlamentarias para discutir alternativas de financiamiento. Una opción sería reasignar partidas presupuestarias, mientras que otra, más polémica, podría implicar un esquema de financiamiento compartido con provincias.

Si no se logra un consenso, no se descarta que resurjan los planteos judiciales sobre la aplicación inmediata de la ley, dado que el derecho a la asistencia de las personas con discapacidad tiene reconocimiento constitucional y convencional.

En cualquier escenario, la reglamentación será clave: determinará tanto la velocidad de incorporación de beneficiarios como el impacto fiscal real de la medida.

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Pensiones por discapacidad: el Gobierno suspende las bajas y revisará 128 mil casos ya eliminados

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La decisión se produce tras el escándalo en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y en paralelo al rechazo legislativo del veto presidencial a la ley de emergencia en el sector. El Ejecutivo evalúa judicializar la norma votada por amplia mayoría en el Congreso.

El Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, resolvió poner en pausa la auditoría sobre las pensiones por discapacidad que había derivado en la baja de 128.667 beneficiarios en todo el país. La medida llega en medio de la intervención de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), luego de la filtración de audios de su exdirector, Diego Spagnuolo, en los que se reconocía una presunta trama de corrupción vinculada a la compra de medicamentos.

Según confirmaron fuentes oficiales, no se avanzará con nuevas citaciones ni controles presenciales sobre los 1.013.400 beneficiarios actuales, mientras se revisan las bajas efectuadas y se auditan las compras y la estructura administrativa del organismo.

Del escándalo en la ANDIS a la presión política

Durante la gestión de Spagnuolo, la ANDIS había impulsado un proceso de depuración del padrón que derivó en la eliminación de 110.522 pensiones mal otorgadas, 8.107 otorgadas a personas fallecidas y 10.038 renunciadas voluntariamente. El propio vocero presidencial, Manuel Adorni, había defendido el procedimiento en conferencias de prensa, asegurando que se trataba de un “proceso progresivo” que abarcaría más de un millón de casos.

Sin embargo, tras la difusión de los audios que revelaban posibles sobreprecios y manejos discrecionales, el Gobierno decidió intervenir la ANDIS, suspender las bajas y reabrir la revisión de los expedientes ya dados de baja. “Las bajas están pausadas hasta que se termine la auditoría, que continúa con foco en tres cuestiones: pensiones, compras y estructura”, indicaron fuentes cercanas al ministro Lugones.

En paralelo, el Ejecutivo había evaluado convertir a la ANDIS en una dependencia directa del Ministerio de Salud para centralizar el control presupuestario, pero las facultades delegadas de la Ley Bases ya no están vigentes, lo que obligaría a enviar la iniciativa al Congreso.

La emergencia en discapacidad y el choque con el Ejecutivo

La suspensión de la auditoría coincide con un hecho político inédito: el Congreso rechazó el veto presidencial y sancionó nuevamente la ley que declara la emergencia en discapacidad hasta diciembre de 2026, prorrogable por un año más. La norma establece la reformulación de las pensiones no contributivas, la actualización de aranceles y compensaciones económicas y refuerza la asistencia en el sector.

La votación en el Senado fue contundente: 63 votos a favor y solo 7 en contra, con el apoyo de kirchneristas, radicales, macristas y bloques provinciales. Se trata de la primera vez en más de dos décadas que el Congreso revierte un veto presidencial.

Desde la Casa Rosada, el presidente Javier Milei sostuvo que la norma “afecta el equilibrio fiscal” y anticipó que podría judicializar la cuestión para evitar la aplicación de los incrementos previstos. El oficialismo interpreta que el costo fiscal de la ley compromete el programa de ajuste, mientras que la oposición alega que la medida responde a una situación de emergencia social crítica.

La decisión de suspender las bajas genera alivio entre organizaciones de personas con discapacidad, que habían denunciado arbitrariedades en los procesos de revisión. No obstante, la revisión de las 128 mil bajas ya ejecutadas abre un frente sensible: si se detectan errores, el Estado deberá restituir beneficios, con impacto directo en las cuentas públicas.

En el plano político, el fallo legislativo refuerza la tensión entre el Ejecutivo y el Congreso, en un contexto donde la gobernabilidad de Milei depende de la negociación con bloques opositores. Una judicialización del caso podría escalar el conflicto institucional.

En perspectiva, el Gobierno enfrenta un dilema: avanzar con la depuración del sistema para preservar el ajuste, o ceder ante la presión social y legislativa en un tema de alta sensibilidad, como es el acceso a las pensiones por discapacidad.

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