política energética argentina

Shell y QP se retiran de CAN_107 y el Gobierno recupera un bloque offshore

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El Gobierno nacional decidió dar por terminado el permiso de exploración hidrocarburífera en el área offshore CAN_107 y recuperar su control directo, tras la renuncia de las empresas adjudicatarias. La medida quedó formalizada el 18 de marzo de 2026 a través de la Resolución 73/2026 de la Secretaría de Energía, que declara extinguida la concesión otorgada en 2019 a SHELL ARGENTINA S.A. y QP OIL AND GAS S.A.U.

El dato central no es solo administrativo. La decisión implica que el Estado vuelve a tener disponibilidad plena sobre un bloque adjudicado en la primera ronda offshore, luego de que las compañías resolvieran no avanzar al segundo período exploratorio. En un contexto donde la política energética busca maximizar renta y actividad, la salida abre una incógnita: ¿se trata de una retirada puntual o de una señal más amplia sobre los riesgos y tiempos del offshore argentino?

De la adjudicación al repliegue: un ciclo completo en CAN_107

El área CAN_107 forma parte del paquete de bloques licitados en el marco del Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1 (Ronda 1), convocado en 2018 bajo el régimen de la Ley 17.319. En 2019, el Gobierno adjudicó ese bloque a un consorcio integrado por SHELL ARGENTINA y QP OIL AND GAS.

Desde entonces, el proyecto atravesó distintas etapas. El primer período exploratorio fue extendido en dos oportunidades: primero por dos años en 2022 y luego por doce meses en 2025. Esa secuencia ya reflejaba que los plazos originales no alcanzaban para completar las tareas previstas.

Finalmente, el 4 de diciembre de 2025, las empresas notificaron su decisión de no avanzar al segundo período exploratorio y renunciar al permiso. La Secretaría de Energía evaluó el cumplimiento de las obligaciones asumidas y confirmó que: Se realizaron la totalidad de las inversiones comprometidas. Se abonó el canon de exploración 2025 por $383.036.825,91. Y no se registraron observaciones ambientales

Con esos elementos, el Gobierno aplicó los artículos 81 y 85 de la Ley 17.319, que habilitan la extinción del permiso y la reversión del área al Estado.

Un retiro ordenado, pero con impacto en la política energética

La resolución describe un proceso sin incumplimientos. No hubo sanción ni conflicto contractual: las empresas cumplieron con sus compromisos y decidieron no continuar.

Sin embargo, el dato político es otro. CAN_107 era parte del núcleo de la estrategia offshore lanzada en 2018, que buscaba posicionar a la Argentina en la exploración en aguas profundas.

La salida de dos actores relevantes del proyecto —tras completar la primera fase— introduce una señal que no pasa desapercibida: el desarrollo offshore sigue enfrentando incertidumbres operativas, económicas o estratégicas que condicionan las decisiones de inversión.

Al mismo tiempo, el Estado recupera un activo que puede volver a licitar, reasignar o mantener bajo evaluación. Esa capacidad de decisión reabre el juego, pero también obliga a redefinir los próximos pasos.

Reconfiguración de actores y margen de decisión estatal

La reversión del área CAN_107 fortalece la posición del Estado en un punto específico del mapa energético: recupera control directo sin conflicto y con cumplimiento previo de obligaciones por parte de los privados.

En términos institucionales, la Secretaría de Energía reafirma su rol como autoridad de aplicación, ejecutando el marco previsto en la ley de hidrocarburos y cerrando el ciclo administrativo del permiso.

Pero la salida también reordena el tablero. Sin adjudicatarios en ese bloque, el Gobierno queda frente a varias alternativas: Relanzar el área en futuras rondas offshore. Redefinir condiciones de exploración. Y reconfigurar el esquema de incentivos

Cada opción tiene implicancias distintas en términos de atracción de inversiones, tiempos de desarrollo y perfil del sector.

Un punto de inflexión en el offshore argentino

El caso CAN_107 no es aislado dentro de la dinámica de proyectos exploratorios, donde es habitual que las empresas evalúen resultados antes de avanzar a etapas más costosas. Pero sí funciona como un indicador.

La política energética argentina, según la Ley 17.319 y la Ley 26.741, busca maximizar la renta de los recursos y garantizar el abastecimiento. En ese equilibrio, el offshore aparece como una apuesta de largo plazo, con altos niveles de inversión y riesgo.

La decisión de las empresas de no continuar —pese a haber cumplido con las obligaciones— sugiere que ese equilibrio todavía está en construcción.

Mientras tanto, el Gobierno recupera el área y mantiene la potestad de decidir su destino. Lo que ocurra con CAN_107 en los próximos meses será una señal relevante para el mercado: no solo por el activo en sí, sino por lo que refleje sobre las condiciones reales del offshore argentino.

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Energía redefine el control del mercado de garrafas y elimina un sistema de información vigente desde 2003

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El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la reorganización del mercado de combustibles al aprobar un nuevo sistema de información para los operadores de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y eliminar un régimen vigente desde hace más de dos décadas. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 64/2026 de la Secretaría de Energía, firmada el 12 de marzo y publicada el 16 de marzo, que redefine la forma en que el Estado monitorea el mercado de garrafas y la cadena de abastecimiento.

La medida se inscribe dentro del proceso de reconfiguración regulatoria del sector energético impulsado por el Gobierno, que en los últimos meses avanzó en la desregulación de precios y en la reducción de intervenciones administrativas en distintos segmentos del mercado. En este caso, la Secretaría de Energía apunta a reordenar los mecanismos de información y control del sector del GLP, una industria sensible por su impacto directo en el consumo doméstico, especialmente en zonas donde no existe acceso a redes de gas natural.

La resolución introduce una tensión clásica de la política energética argentina: cómo reducir la burocracia estatal sin perder capacidad de control sobre un mercado clave para el abastecimiento interno.

Un nuevo sistema de información para operadores de GLP

El núcleo de la resolución consiste en la creación de un Sistema de Información para los operadores inscriptos en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo (RNIGLP), que deberán reportar datos sobre su actividad bajo un nuevo esquema regulatorio.

Este sistema reemplaza al que regía desde 2003, cuando la Secretaría de Energía había establecido un modelo de declaraciones periódicas para los actores del sector. Aquella estructura había sido diseñada en un contexto de fuerte intervención estatal en el mercado energético.

La nueva normativa elimina ese régimen histórico al derogar la Resolución 375/2003, uno de los pilares administrativos del sistema de control del mercado de GLP durante más de veinte años.

El Gobierno sostiene que el nuevo esquema busca mejorar la calidad de los datos, reducir errores en los procesos administrativos y simplificar la carga de información para los operadores, concentrando las obligaciones declarativas en datos considerados esenciales para monitorear el mercado.

Al mismo tiempo, la Secretaría de Energía mantendrá la facultad de requerir información adicional cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus funciones regulatorias.

La información reportada por las empresas será publicada en el sitio web oficial del organismo, lo que introduce un componente de transparencia pública en el seguimiento del sector.

Control de stock y límites de compra

La resolución también introduce un elemento operativo relevante: la aprobación de una metodología de cálculo para los Volúmenes Máximos Permitidos (VMP) de compra de GLP para los operadores del mercado.

El objetivo declarado es garantizar condiciones de seguridad y abastecimiento, evitando distorsiones en la cadena de suministro.

En la práctica, el sistema funcionará como un mecanismo de control indirecto sobre el manejo de stock y el volumen de operaciones de cada actor de la industria, un aspecto clave en un mercado donde los problemas de distribución pueden derivar rápidamente en tensiones de abastecimiento.

La aplicación técnica de este sistema quedará en manos de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos, que recibió la delegación de facultades para implementar los mecanismos previstos en los anexos de la resolución.

Cambios en el control de garrafas y cilindros

Otro punto central de la medida es la modificación del régimen de control sobre los envases de GLP, que incluye garrafas y cilindros utilizados en la distribución.

Las empresas fraccionadoras deberán mantener un registro detallado de fabricación, reacondicionamiento, transformación, baja o destrucción de envases, así como de las certificaciones correspondientes.

La información deberá presentarse ante la autoridad de aplicación con carácter de declaración jurada y periodicidad semestral, un cambio respecto al esquema anterior que exigía reportes mensuales.

La Secretaría de Energía podrá requerir información adicional o realizar verificaciones presenciales para controlar el cumplimiento de estas obligaciones.

El sistema busca mantener la trazabilidad del parque de envases, un elemento clave para garantizar condiciones de seguridad en la cadena de distribución de GLP.

Un cambio en línea con la nueva arquitectura regulatoria

La resolución se apoya en el nuevo marco institucional que el Gobierno viene construyendo para el sector energético.

Entre los antecedentes citados se encuentran:

  • El Decreto 70/2023, que estableció el principio de funcionamiento de la economía bajo reglas de libre competencia.
  • La Ley 27.742, orientada a promover la iniciativa privada y limitar intervenciones estatales innecesarias.
  • El Decreto 446/2025, que modificó el marco regulatorio del GLP para eliminar interferencias en precios, oferta y demanda.
  • El Decreto 943/2025, que creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y dispuso la futura migración de los beneficiarios del Programa Hogar a ese esquema.

Ese contexto explica por qué el Gobierno decidió revisar los sistemas administrativos heredados de etapas regulatorias anteriores.

La Secretaría de Energía plantea que el nuevo esquema permitirá reducir la carga operativa para los operadores del sector, al mismo tiempo que mejorará las herramientas estatales de monitoreo del abastecimiento interno.

Un mercado sensible en plena transición regulatoria

El mercado de GLP ocupa un lugar particular dentro de la política energética argentina. A diferencia del gas natural por redes, las garrafas siguen siendo la principal fuente de energía para millones de hogares, especialmente en regiones donde la infraestructura de gasoductos no llega.

Por esa razón, cualquier cambio en la regulación del sector tiene impacto directo en la política social y energética del Gobierno.

La resolución no modifica precios ni subsidios de forma directa, pero reordena los mecanismos administrativos que sostienen el control del mercado, en un momento en que el Estado intenta reducir su intervención sin abandonar la supervisión del abastecimiento.

La pregunta de fondo es cómo evolucionará ese equilibrio.

La implementación del nuevo sistema de información y del cálculo de volúmenes máximos marcará el verdadero alcance de la reforma administrativa. En las próximas semanas será clave observar cómo se adaptan los operadores del sector y qué capacidad mantiene el Estado para monitorear un mercado que el propio Gobierno busca desregular.

Por ahora, la resolución funciona como una pieza más dentro de un rediseño regulatorio más amplio que todavía está en desarrollo.

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Energía ordena una reconfiguración estructural del sistema gasífero en plena emergencia energética

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El Gobierno avanzó con una decisión de alto impacto en la arquitectura del sistema energético argentino. A través de la Resolución 66/2026 de la Secretaría de Energía, publicada el 12 de marzo, el Ministerio de Economía dispuso una reconfiguración integral del sistema de transporte de gas natural, que incluye la rescisión de contratos vigentes vinculados al Gasoducto Perito Pascasio Moreno, la eliminación del programa estatal Transport.Ar y un nuevo esquema de asignación de capacidad mediante concursos abiertos.

La medida no es meramente técnica. Se inscribe en el marco de la emergencia energética vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 y apunta a rediseñar el funcionamiento de la red gasífera a partir de un cambio estructural: el desplazamiento del abastecimiento hacia Vaca Muerta y el agotamiento del modelo histórico basado en el suministro desde el norte del país y las importaciones desde Bolivia.

En términos políticos, la resolución refleja una estrategia más amplia del Gobierno: reordenar el sistema energético bajo criterios de mercado, reducir el peso operativo del Estado y abrir espacio a inversiones privadas en infraestructura. El interrogante que queda abierto es si este rediseño logrará traducirse en mayor eficiencia y expansión del sistema o si abrirá nuevas tensiones contractuales en una red históricamente atravesada por acuerdos de largo plazo.

El cambio estructural detrás de la decisión

El corazón de la resolución es un diagnóstico técnico que ya circulaba en el sector energético: la red de gas argentina fue diseñada para flujos que hoy ya no existen.

Durante décadas, el sistema funcionó con un flujo predominante norte–sur, con gas proveniente de la Cuenca Noroeste y complementado por importaciones desde Bolivia. Ese esquema comenzó a deteriorarse por dos factores que ahora el Gobierno considera permanentes: la declinación productiva del norte y la reducción del suministro boliviano.

En paralelo, el desarrollo de Vaca Muerta cambió el mapa energético del país. La Cuenca Neuquina pasó a concentrar el crecimiento de la oferta y empuja flujos crecientes hacia los centros de consumo del centro y el área metropolitana.

Ese desplazamiento generó distorsiones en el uso real de los gasoductos. Según informes técnicos del ente regulador citados en la resolución, muchos contratos vigentes no reflejan los flujos actuales ni el uso efectivo de la infraestructura.

A eso se suma un tercer elemento: la incorporación del Gas Natural Licuado (GNL) para cubrir picos de demanda invernal, lo que introdujo nuevas rutas de abastecimiento dentro del sistema.

El resultado es un sistema de transporte que opera con contratos, rutas y asignaciones de capacidad pensadas para otra geografía energética.

La decisión del Gobierno busca corregir ese desajuste.

Fin del programa estatal Transport.Ar y rescisión de contratos clave

El rediseño incluye una decisión simbólica y operativa: dejar sin efecto el Programa Sistema de Gasoductos Transport.Ar Producción Nacional, creado en 2022 para expandir la infraestructura con intervención estatal.

La Secretaría de Energía sostuvo que las obras previstas no se ejecutaron en su totalidad y que la gestión de los activos estatales no alcanzó los resultados esperados.

La resolución también ordena rescindir en un plazo de diez días el contrato de transporte firme del Gasoducto Perito Pascasio Moreno (GPM) —ex Gasoducto Presidente Néstor Kirchner— celebrado entre ENARSA y CAMMESA.

Ese contrato había sido concebido para transportar gas de Vaca Muerta destinado principalmente a la generación eléctrica. Sin embargo, informes oficiales indican que la utilización efectiva de esa capacidad no cumplió plenamente con el objetivo de reemplazar combustibles líquidos en las centrales térmicas.

El Gobierno también ordenó rescindir o modificar otros contratos que obstaculicen el uso eficiente de la infraestructura, incluyendo acuerdos vinculados con Transportadora de Gas del Sur (TGS) relacionados con ampliaciones del sistema.

En la práctica, el Ejecutivo busca liberar capacidad en el sistema y reorganizar su asignación bajo nuevas reglas.

Nuevas rutas de gas y concursos abiertos

La resolución introduce una reorganización profunda del sistema.

El nuevo esquema contempla: Reasignación de capacidad de transporte existente. Definición de nuevas rutas de transporte de gas. Modificación del sentido de algunos flujos históricos. Eliminación de rutas que ya no responden al esquema de abastecimiento actual.

La capacidad disponible se asignará mediante concursos abiertos, bajo principios de acceso no discriminatorio y libre utilización de la red, tal como establece el marco regulatorio del gas natural.

El ente regulador —actualmente el ENARGAS o el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, una vez que esté plenamente operativo— deberá implementar la reasignación y adaptar los reglamentos de transporte y distribución.

Ese proceso también implicará nuevos cuadros tarifarios provisorios, que deberán aprobarse mediante procedimientos de participación ciudadana.

Un sistema integrado que diluye fronteras entre activos estatales y privados

Otro punto clave del rediseño es la integración operativa del sistema.

El Gobierno plantea que el transporte de gas debe funcionar como una cadena unificada desde el punto de producción hasta el punto de entrega, independientemente de quién sea el titular de los activos.

En esa lógica, las capacidades de ENARSA se integrarán a las rutas operadas por las licenciatarias privadas, garantizando continuidad en el servicio y evitando fragmentaciones contractuales.

La medida también instruye a la Subsecretaría de Hidrocarburos a propiciar la derogación del Decreto 689/2002, que establecía un régimen excepcional para contratos vinculados a exportaciones de gas pactados originalmente en moneda extranjera.

Según la resolución, ese tratamiento diferencial ya no tiene justificación en el contexto regulatorio actual y genera distorsiones tarifarias dentro del sistema.

Un rediseño con impacto en el mercado energético

La reconfiguración del sistema llega en un momento en que el Gobierno busca reactivar la inversión privada en infraestructura energética.

En ese marco, la expansión del Gasoducto Perito Pascasio Moreno avanza mediante una iniciativa privada presentada por Transportadora de Gas del Sur, que dio lugar a un proceso licitatorio adjudicado en octubre de 2025.

El nuevo esquema de transporte también se articula con la licitación para importar GNL a través de un comercializador privado, convocada en febrero de 2026, destinada a garantizar el abastecimiento en los próximos inviernos.

El objetivo implícito es que la red de gas acompañe la expansión de Vaca Muerta. La propia resolución reconoce que la producción podrá crecer hasta donde lo permita la capacidad de transporte.

En otras palabras, la infraestructura se convierte en el cuello de botella de la próxima etapa del desarrollo gasífero.

El escenario que se abre

La resolución no agota el proceso. Para que la reconfiguración entre plenamente en vigencia, el ente regulador deberá dictar las medidas operativas y avanzar con la reasignación de capacidades y la adecuación tarifaria.

Ese proceso implicará negociaciones contractuales, revisiones regulatorias y eventuales disputas entre actores del sistema.

Lo que sí queda claro es que el Gobierno decidió reordenar el sistema gasífero sobre una nueva geografía energética, donde Vaca Muerta marca el eje del abastecimiento y la infraestructura deberá adaptarse a ese cambio.

Si ese rediseño logra traducirse en mayor eficiencia operativa y nuevas inversiones privadas será una de las variables clave para el futuro energético del país. Pero la reconfiguración recién comienza, y sus efectos reales dependerán de cómo se implementen las nuevas reglas dentro de una red compleja donde contratos, intereses y flujos físicos se entrelazan desde hace décadas.

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Transporte eléctrico: el Gobierno habilita concesiones privadas para ampliar la red nacional

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El Poder Ejecutivo nacional avanzó con un cambio estructural en la política de infraestructura energética al disponer que las obras prioritarias de ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica se ejecuten bajo el régimen de concesiones privadas de obra pública previsto en la Ley N° 17.520, mediante licitaciones públicas nacionales e internacionales y sin erogaciones directas del Estado. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 921/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y se inscribe en el marco de la emergencia del sector energético nacional, prorrogada hasta el 9 de julio de 2026.

La norma redefine el esquema de ejecución de inversiones clave en transmisión eléctrica, con el objetivo de atraer capital privado, mejorar la confiabilidad del sistema y reducir restricciones estructurales que afectan la operación del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en un contexto de crecimiento de la demanda y limitaciones históricas en la red de alta tensión.

Marco normativo y emergencia energética: la base del nuevo esquema

El decreto se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las Leyes N° 15.336, 17.520 y 24.065, y una serie de decretos y resoluciones dictados desde 1992 hasta 2025. En particular, retoma los objetivos fijados por el artículo 2° del Texto Ordenado de la Ley N° 24.065, que establece como ejes de la política eléctrica la protección de los usuarios, la confiabilidad y libre acceso al sistema, la eficiencia tarifaria y el fomento de inversiones privadas en generación, transporte y distribución.

El contexto inmediato es la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada originalmente por el Decreto N° 55/2023 y prorrogada sucesivamente por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025. Ese marco habilitó a la Secretaría de Energía a diseñar un programa de acciones para garantizar inversiones indispensables en transporte y distribución eléctrica, asegurando la prestación continua del servicio en condiciones técnicas y económicas adecuadas.

En ese sentido, la Resolución del Ministerio de Economía N° 715/2025 declaró prioritarias determinadas obras de ampliación del sistema de transporte, identificadas en su Anexo, y dispuso que se ejecuten bajo el esquema concesional de la Ley N° 17.520, abriendo la puerta a un modelo donde el sector privado asume la construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura.

Concesiones, inversión privada y rol de la Secretaría de Energía

El Decreto 921/2025 establece que las obras prioritarias de ampliación del sistema de transporte eléctrico se realizarán a título gratuito para el Estado, mediante concesiones de obra pública y bajo el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional. De este modo, el financiamiento, la ejecución y la operación quedarán en manos de concesionarios privados, con un esquema contractual que, según destaca la norma, preserva el equilibrio económico-financiero y brinda previsibilidad a inversores y financiadores.

El texto subraya que el régimen de la Ley N° 17.520 ofrece garantías en materia de remuneración, variación de condiciones contractuales y mitigación de riesgos, incluso frente a eventuales terminaciones anticipadas. Esto permite estructurar proyectos de largo plazo sin comprometer recursos públicos de manera directa, en línea con la estrategia oficial de reducción del gasto público y optimización del rol del Estado.

En este marco, el decreto delegó amplias facultades en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que tendrá a su cargo:

  • Aprobar los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y técnicas, así como el modelo de contrato de concesión.
  • Convocar a las licitaciones públicas nacionales e internacionales.
  • Organizar y coordinar la Comisión Evaluadora.
  • Calificar oferentes y resolver impugnaciones.
  • Dictar el acto administrativo de adjudicación y suscribir los contratos de concesión.

El Ministerio de Economía quedará, a su vez, como Autoridad de Aplicación de los contratos, ejerciendo la supervisión y el control general, mientras que la Secretaría de Energía podrá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para la implementación del régimen.

Impacto esperado y proyección del sistema eléctrico

Desde una perspectiva institucional y económica, la medida busca destrabar inversiones largamente postergadas en la red de transmisión eléctrica, un cuello de botella crítico para el desarrollo energético y productivo. La ampliación del sistema de transporte resulta clave para mejorar la confiabilidad del suministro, reducir riesgos de saturación y acompañar el crecimiento de la demanda en distintas regiones del país.

El esquema concesional también implica un cambio relevante en la relación entre el Estado y el sector privado en materia de infraestructura eléctrica, trasladando riesgos y responsabilidades operativas a los concesionarios, pero bajo reglas contractuales definidas y supervisión estatal.

En términos políticos, el decreto consolida una orientación que prioriza la participación privada en obras estratégicas, apoyada en un marco legal existente pero poco utilizado en el sector eléctrico durante las últimas décadas. En ese sentido, la implementación efectiva de las licitaciones y la respuesta del mercado serán determinantes para evaluar el alcance real de esta política en el mediano y largo plazo.

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