Política Migratoria

EE.UU. negocia con Milei un acuerdo para deportar migrantes de terceros países a la Argentina

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Revelado por The New York Times, el entendimiento en análisis permitiría a la administración de Donald Trump enviar a la Argentina migrantes de otras nacionalidades detenidos en la frontera estadounidense. La iniciativa expone la profundidad del alineamiento político de Javier Milei y abre interrogantes económicos, institucionales y de seguridad.

Un acuerdo sensible en negociación y su relevancia estratégica

Los gobiernos de Estados Unidos y la Argentina mantienen negociaciones avanzadas para firmar un acuerdo bilateral de deportaciones que habilitaría a la administración de Donald Trump a enviar a la Argentina inmigrantes de otras nacionalidades latinoamericanas, detenidos tras ingresar de manera ilegal a territorio estadounidense. La información fue revelada este 30 de enero de 2026 por The New York Times, que citó dos personas familiarizadas con las tratativas y documentos oficiales del gobierno norteamericano.

El eventual acuerdo, aún no confirmado formalmente por la Casa Rosada, se inscribe en la campaña masiva de deportaciones impulsada por Trump desde el inicio de su segundo mandato y refleja el alineamiento político y estratégico del gobierno de Javier Milei con Washington. Al mismo tiempo, plantea implicancias institucionales, operativas y políticas para la Argentina, que podría convertirse en un “tercer país receptor” de migrantes expulsados de Estados Unidos.

Deportaciones, alineamiento político y negociaciones reservadas

Según el reporte del diario neoyorquino, las conversaciones se desarrollan bajo estricto hermetismo y forman parte de una estrategia más amplia de la Casa Blanca para acelerar las expulsiones de migrantes ilegales, una de las principales promesas de campaña de Trump. El plan incluye el despliegue de miles de agentes de inmigración de distintas agencias federales y la firma de acuerdos con países aliados, como ya ocurrió con El Salvador, cuyo presidente Nayib Bukele mantiene una estrecha relación con el mandatario republicano.

Fuentes del oficialismo argentino reconocieron a LA NACION que la subsecretaría de Defensa de Estados Unidos realizó sondeos al Ministerio de Seguridad, aunque durante la gestión de Patricia Bullrich esos contactos no derivaron en un acuerdo concreto ni en su instrumentación. En ese momento, las dudas giraron en torno a las posibles reacciones internas frente a la llegada de detenidos de otras nacionalidades, en un país con una idiosincrasia diferente a la de otros Estados que aceptaron este tipo de pactos.

De acuerdo con The New York Times, la iniciativa habría sido un pedido de Estados Unidos, y no una propuesta surgida desde Buenos Aires. Desde la embajada norteamericana en la Argentina y el Departamento de Estado, las respuestas oficiales fueron idénticas: “No haremos comentarios sobre los detalles de nuestras comunicaciones diplomáticas con otros gobiernos”.

Un vocero del Departamento de Estado agregó que “Implementar las políticas de inmigración de la administración Trump es una prioridad principal (…) mantenemos nuestro firme compromiso de poner fin a la inmigración ilegal y masiva y reforzar la seguridad fronteriza de Estados Unidos”.

Migrantes de terceros países y rol de la Cancillería

Según los documentos del gobierno estadounidense citados por el medio, el subsecretario de Política Exterior argentino, Juan Manuel Navarro, presentó a principios de este mes una propuesta para concretar un acuerdo de deportación con un tercer país. El artículo añade que el canciller Pablo Quirno se habría comprometido ante autoridades estadounidenses a firmar dicho acuerdo.

El esquema bajo análisis prevé que la Argentina acepte personas detenidas cerca de la frontera estadounidense poco después de ingresar ilegalmente, según indicó un funcionario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) citado por The New York Times. Posteriormente, a esos migrantes se les ofrecerían vuelos para regresar a sus países de origen, utilizando a la Argentina como escala administrativa y logística.

Desde la Cancillería, la respuesta oficial fue cauta. “Por política institucional, la Cancillería no realiza comentarios sobre conversaciones o eventuales negociaciones diplomáticas”.

Quirno, además, tiene previsto viajar a Washington la próxima semana para participar el 4 de febrero de una reunión sobre minerales críticos, convocada por el secretario de Estado Marco Rubio, lo que refuerza la intensidad del vínculo bilateral en múltiples agendas estratégicas.

Seguridad, migración y señales al electorado

La revelación del posible acuerdo se produce cuatro días después de que el Gobierno argentino anunciara un incremento significativo en las inadmisiones y expulsiones de extranjeros en los pasos fronterizos. Según el Ministerio de Seguridad Nacional, entre diciembre y enerocasi 5000 personas no pudieron ingresar al país o fueron expulsadas”. La ministra Alejandra Monteoliva atribuyó el dato al refuerzo de controles en aeropuertos, puertos y corredores fronterizos.

En ese marco, el eventual entendimiento con Estados Unidos podría leerse como una señal de coherencia discursiva con la política de endurecimiento migratorio que impulsa el gobierno de Milei, aunque también expone tensiones internas: aceptar deportados de terceros países podría generar costos políticos, administrativos y de seguridad, además de debates jurídicos y operativos.

Para Washington, en cambio, estos acuerdos cumplen una doble función. Por un lado, buscan enviar un “mensaje disuasorio” a potenciales migrantes. Trump sostiene que, gracias a esta estrategia, los cruces ilegales alcanzaron un mínimo histórico durante el primer año de su segundo mandato. Por otro, permiten deportar ciudadanos de países con los que EE.UU. enfrenta dificultades diplomáticas o documentales para concretar expulsiones directas.

El alcance de la política migratoria de Trump

Según un análisis de datos federales realizado por The New York Times, durante el último año Estados Unidos deportó aproximadamente 230.000 personas arrestadas dentro del país, 270.000 detenidas en la frontera y otras 40.000 que optaron por la “autodeportación”. Aunque el total quedó por debajo de la promesa de Trump de alcanzar un millón de expulsados en un año, la cifra supera todo lo registrado durante los cuatro años de la administración de Joe Biden.

En paralelo, la Argentina ya fue destino de vuelos de deportación desde Estados Unidos durante el año pasado, aunque en esos casos solo con migrantes de origen argentino. La diferencia central del acuerdo en negociación es que ampliaría el rol del país como receptor transitorio de migrantes de otras nacionalidades, una decisión con impacto regional y potencial escrutinio legal.

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EE.UU. congela visas de inmigrante para 75 países y enfrenta un aluvión de demandas

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Desde este miércoles entra en vigor una suspensión por tiempo indefinido del procesamiento de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, una de las medidas más recientes del Gobierno de Donald Trump en su ofensiva migratoria. La decisión, adoptada por el Departamento de Estado, deja en suspenso trámites por empleo y reunificación familiar y ya genera fuertes cuestionamientos técnicos y legales, además de advertencias sobre impactos económicos y sociales en Estados Unidos.

La pausa afecta a visas de inmigrante —incluidas las basadas en empleo y en peticiones familiares— y coloca “en el limbo” tanto a solicitantes futuros como a quienes ya se encontraban en instancias avanzadas del proceso. Según informó el Departamento de Estado, la medida se adopta para realizar “una revisión exhaustiva de todas las políticas, regulaciones y directrices” con el objetivo de evitar que inmigrantes de “países de alto riesgo” utilicen programas de asistencia social o se conviertan en una “carga pública”.

El argumento de “carga pública” y los cuestionamientos legales

Especialistas en derecho migratorio advierten que el fundamento central de la medida ya se encuentra regulado en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). El abogado de inmigración Carlos Colombo señaló que el concepto de “carga pública” está claramente definido y se evalúa caso por caso, lo que vuelve innecesaria —y jurídicamente cuestionable— una suspensión generalizada por nacionalidad.

No tiene sentido”, afirmó Colombo, al explicar que cada solicitante de una visa de inmigrante ya es sometido a un análisis discrecional por parte de los funcionarios consulares. “Existe ya esa ley, existe el formato de cómo se analiza”, indicó, y agregó que ese examen se realiza “en todos los casos para una visa de inmigrante”.

La INA establece que, para determinar si un extranjero puede convertirse en una carga pública, las autoridades deben considerar factores individuales como edad, salud, estatus familiar, activos, recursos, situación financiera, educación y habilidades, sin mencionar la ciudadanía o la nacionalidad como criterio de inadmisibilidad. En ese sentido, Colombo subrayó que el carácter colectivo de la medida —al abarcar a 75 países— contradice el espíritu de la norma.

El abogado Héctor Quiroga coincidió en el diagnóstico y recordó que la evaluación individualizada de la carga pública es una regla vigente “desde hace más de un siglo”. “La INA dice claramente que la inadmisibilidad se evalúa caso por caso”, afirmó, y destacó que incluso los intentos previos de endurecer esta regla, como ocurrió en 2019, se instrumentaron mediante regulaciones formales, con períodos de comentarios públicos y estudios de impacto. “En este caso no estamos viendo ese proceso”, advirtió.

Alcance de la suspensión y efectos económicos potenciales

El Departamento de Estado no detalló los criterios utilizados para seleccionar a los 75 países alcanzados por la pausa y se limitó a calificarlos como “países de alto riesgo”. Ante consultas, un portavoz indicó que el listado se definió por “indicios de que los inmigrantes de estos países tienen un mayor riesgo de recibir beneficios públicos en Estados Unidos”, y que la suspensión busca “evaluar y mejorar los procedimientos y las directrices de selección y verificación”.

La medida no prohíbe iniciar trámites ni asistir a entrevistas consulares, pero impide la emisión efectiva de visas de inmigrante durante el período de revisión. Solo se contempló una excepción: las personas con doble nacionalidad cuya otra ciudadanía no esté incluida en la lista quedan exentas de la suspensión. Tampoco se fijó un plazo: el Departamento de Estado afirmó que “se tomará el tiempo necesario para realizar una revisión completa y exhaustiva”.

En términos económicos, Colombo alertó que la pausa puede generar efectos negativos, especialmente en sectores que dependen de inmigración calificada permanente. “Representamos a muchos profesionales médicos que hacen tratamiento para cáncer, que cuidan a niños enfermos en Estados Unidos, que son de interés nacional para este país”, explicó, y advirtió que esos trabajadores no podrán ingresar ni continuar sus tareas hasta que se aclaren los parámetros de la suspensión.

Quiroga, en cambio, señaló que la medida no alcanza a las visas temporales de trabajo, lo que podría amortiguar el impacto macroeconómico. “Se restringe la inmigración permanente sin frenar la inmigración temporal que sostiene varias industrias estadounidenses”, afirmó, marcando una diferencia clave para el mercado laboral.

Reunificación familiar, incertidumbre y un escenario de demandas

Más allá del plano económico, los abogados remarcan un fuerte impacto social, en particular sobre los procesos de reunificación familiar. Colombo describió situaciones en las que ciudadanos estadounidenses, casados con extranjeros de los países alcanzados, quedan detenidos en la etapa final del trámite. “Esa pareja no va a poder tomar ese paso final y obtener su residencia permanente”, señaló, y advirtió que las demoras “afectan directamente a muchas familias” dentro de Estados Unidos.

En el plano institucional, ambos especialistas prevén impugnaciones judiciales inmediatas. Quiroga anticipó al menos tres líneas de ataque legal: discriminación por país de origen, violaciones a la Ley de Procedimiento Administrativo por falta de un proceso razonado y evidencia pública, y extralimitación de autoridad, al imponer bloqueos por nacionalidad cuando la INA exige evaluaciones individuales.

Colombo fue aún más categórico y calificó la medida como un “ataque a la inmigración legal basado en nacionalidad”. “No tienen el poder legal para tomar una medida tan drástica”, afirmó, y sostuvo que discriminar por nacionalidad es “claramente ilegal bajo la ley de inmigración”.

Un frente abierto para la política migratoria

Con la entrada en vigor de la suspensión, el Gobierno de Estados Unidos abre un nuevo frente de tensión en su política migratoria. La combinación de incertidumbre regulatoria, riesgo de litigios y posibles impactos sectoriales anticipa un escenario complejo, tanto para los solicitantes de visas como para las instituciones y empresas que dependen de la inmigración permanente. Mientras el Departamento de Estado avanza con su revisión sin plazos definidos, el debate jurídico y político ya se trasladó a los tribunales y al centro de la discusión pública.

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Estados Unidos congela la tramitación de visas de inmigrante para 75 países y endurece su política migratoria

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El gobierno de Estados Unidos anunció la suspensión de la tramitación de visas de inmigrante para solicitantes de 75 nacionalidades, una medida que profundiza el giro restrictivo de la política migratoria impulsada por la administración de Donald Trump. La decisión, comunicada oficialmente por el Departamento de Estado, se fundamenta en criterios económicos y refuerza el objetivo de limitar el ingreso de extranjeros que busquen radicarse en el país.

El anuncio fue realizado el miércoles por un portavoz del Departamento de Estado, que confirmó que la medida alcanza exclusivamente a visas de inmigrante, es decir, aquellas destinadas a quienes buscan establecerse de manera permanente en Estados Unidos. Según precisó la cartera diplomática a través de su cuenta oficial en X, la suspensión responde a que los inmigrantes provenientes de esos países “reciben prestaciones sociales del gobierno estadounidense a niveles inaceptables”.

Argumentos oficiales y alcance de la suspensión

De acuerdo con la explicación brindada por el Departamento de Estado, la restricción se mantendrá vigente “hasta que Estados Unidos pueda garantizar que los nuevos inmigrantes no supongan una carga económica para el pueblo estadounidense”. El énfasis en el impacto fiscal y social de la inmigración se inscribe en una línea discursiva sostenida por el presidente Donald Trump desde su regreso a la Casa Blanca.

La secretaria de prensa de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, confirmó públicamente el alcance de la decisión y señaló que entre los países afectados se encuentran Rusia, Irán y Somalia. En el caso de Somalia, Leavitt remarcó que sus ciudadanos fueron objeto de críticas directas por parte del presidente tras un escándalo vinculado al presunto uso irregular de fondos federales en Minnesota, en el que estuvieron involucrados inmigrantes somalíes.

Además, la funcionaria compartió un artículo de Fox News que amplía el listado de países alcanzados por la suspensión, entre los que figuran Brasil, Egipto y Tailandia, naciones que mantienen relaciones diplomáticas consideradas amistosas con Estados Unidos. El Departamento de Estado mencionó también a Haití y Eritrea entre los países incluidos en la medida.

Antecedentes y endurecimiento de la política migratoria

La congelación de la tramitación de visas de inmigrante se suma a una serie de decisiones adoptadas por la administración Trump desde su retorno al poder, orientadas a reducir de manera drástica la inmigración permanente. El propio presidente no ha ocultado su preferencia por limitar el ingreso de personas que no sean de ascendencia europea, una postura que ha generado fuertes controversias a nivel interno e internacional.

Trump ha realizado declaraciones especialmente duras hacia la comunidad somalí, a cuyos integrantes calificó como “basura” y a quienes instó a “regresar al país de donde vinieron”. En contraposición, el mandatario expresó su disposición a facilitar la inmigración desde países escandinavos.

En este contexto, el Departamento de Estado informó el lunes previo al anuncio que, desde el regreso de Trump a la presidencia, se revocaron más de 100.000 visas, una cifra récord en un solo año. A su vez, el Departamento de Seguridad Nacional comunicó el mes pasado que la administración ya deportó a más de 605.000 personas, mientras que otras 2,5 millones abandonaron el país de manera voluntaria.

Impacto y reacciones esperadas

La medida no afecta a las visas de turismo ni de negocios, aunque la Casa Blanca ratificó que avanzará con una revisión exhaustiva del historial en redes sociales de todos los solicitantes, un requisito que amplía los controles migratorios incluso para ingresos temporales.

El congelamiento de las visas de inmigrante para 75 países anticipa posibles tensiones diplomáticas, en especial con naciones que no mantienen conflictos abiertos con Washington y cuyos ciudadanos se verán impedidos de iniciar procesos de radicación permanente. Al mismo tiempo, la decisión refuerza el mensaje político interno de la administración Trump, centrado en el control del gasto público y la reducción del impacto fiscal de la inmigración.

En términos económicos y sociales, la suspensión podría impactar en sectores productivos que históricamente se nutren de mano de obra inmigrante, aunque el gobierno estadounidense prioriza el argumento de la sostenibilidad del sistema de asistencia social y la protección del empleo local.

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Cambios en la Ley de Ministerios y ampliación del poder operativo de Interior y Seguridad

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El Gobierno modificó por DNU la Ley de Ministerios y amplió las competencias del Ministerio del Interior y del Ministerio de Seguridad Nacional

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 825/2025, una reestructuración de la Ley de Ministerios N.º 22.520. La norma redefine atribuciones clave del Ministerio del Interior —que absorberá funciones de registro de identidad, relaciones legislativas y políticas deportivas— y fortalece el rol del Ministerio de Seguridad Nacional en materia de seguridad interior, política migratoria y control fronterizo. La decisión, que entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, deberá ser evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Reforma institucional: más atribuciones para Interior y reorganización del esquema de competencias

El DNU 825/2025, fechado el 19 de noviembre de 2025, introduce cambios estructurales en la Ley de Ministerios N.º 22.520 (t.o. por Decreto 438/92). Según los considerandos, el Gobierno argumenta que las modificaciones son “impostergables para la gestión” y se encuadran en las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional.

El decreto redefine funciones dentro del Ministerio del Interior. En particular, otorga:

  • El contralor del registro y certificación de identidad, incorporando formalmente la conducción del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
  • Las relaciones con el Poder Legislativo Nacional, integrando esta área dentro del esquema del Ministerio.
  • La política deportiva nacional, abarcando deporte de alto rendimiento, amateur y recreativo.

Asimismo, el DNU modifica los incisos 35 y 40 del artículo 16 para redefinir competencias en materia de turismo y su representación internacional. También suprime los incisos 38 y 46 al 51, eliminando funciones previas del esquema ministerial.

La medida incluye una sustitución integral del artículo 17, ampliando el alcance del Ministerio del Interior a 33 funciones específicas: desde el régimen electoral, los actos patrióticos y la política federal de frontera, hasta la creación de condiciones para el desarrollo territorial, la definición de políticas de deporte, la asignación de becas deportivas y la representación internacional vinculada al deporte.

Nueva estructura del Ministerio de Seguridad Nacional y alcance de la reforma

El DNU también reemplaza por completo el artículo 22 bis, redefiniendo las atribuciones del Ministerio de Seguridad Nacional, que ahora concentra:

  • La planificación y ejecución integral de la seguridad interior.
  • La dirección y coordinación de Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales, Provinciales y de CABA.
  • La política criminal y el funcionamiento del sistema penitenciario.
  • Las políticas migratorias, incluyendo el otorgamiento de condición de refugiado y el derecho de asilo.
  • La producción de inteligencia penal correspondiente a las fuerzas de seguridad.
  • La supervisión de la seguridad aeroportuaria, el régimen de armas, explosivos y afines, y la aplicación de la Ley de Manejo del Fuego N.º 26.815.
  • El control fronterizo en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado, en coordinación con países limítrofes.
  • La planificación de infraestructura para seguridad y control de fronteras.

El decreto también incorpora la coordinación de estadísticas criminales federales, la intervención en zonas de frontera (Ley 22.352) y la articulación con el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Ley 27.287).

Con este rediseño, el Ministerio de Seguridad asume un rol más amplio que abarca desde migraciones hasta la tutela del sistema penitenciario, consolidando un esquema de centralización operativa.

Proceso legislativo, efectos institucionales y próximos pasos

El decreto instruye a dar cuenta inmediata a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26.122, que regula la intervención parlamentaria en los Decretos de Necesidad y Urgencia. La Bicameral tiene un plazo de 10 días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez, y cada Cámara deberá pronunciarse mediante resolución expresa conforme al artículo 82 de la Constitución Nacional.

La entrada en vigencia del DNU se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, según el artículo 5°, y lleva las firmas de Javier Milei y los ministros miembros del Gabinete.

La reforma reorganiza áreas sensibles para la administración estatal: identidad, relaciones federales, política deportiva, seguridad interior y migraciones. También reconfigura la distribución de responsabilidades entre Interior y Seguridad, con efectos operativos para provincias, municipios, organismos descentralizados y fuerzas de seguridad.

De cara al debate legislativo, se prevén repercusiones en sectores vinculados a la política federal, la administración electoral, el sistema deportivo nacional, el régimen migratorio y la articulación con gobiernos provinciales.

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La CONARE agiliza el reconocimiento de refugiados: delega nuevas funciones a su Secretaría Ejecutiva

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La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) aprobó la Resolución 491/2025, que otorga a su Secretaría Ejecutiva la facultad de determinar la viabilidad de las solicitudes de asilo y el tipo de procedimiento aplicable. La medida busca reducir demoras y garantizar mayor celeridad en los procesos de reconocimiento de la condición de refugiado.

La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE), organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, emitió la Resolución 491/2025, publicada el 16 de octubre en el Boletín Oficial, mediante la cual se delega en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión la competencia para evaluar la viabilidad o improcedencia de las solicitudes de estatuto de refugiado.

La decisión se enmarca en el Decreto 646/2025, que aprobó la nueva Reglamentación de la Ley N° 26.165 de Reconocimiento y Protección al Refugiado, norma que regula los procedimientos de solicitud, evaluación y cesación de la condición de refugiado en Argentina.

El cambio normativo responde a la necesidad de “agilizar la tramitación de las solicitudes” y de evitar las demoras derivadas de la ausencia de procedimientos uniformes, tal como se expresa en los considerandos del decreto:

“La falta de procedimientos específicos ocasiona serias demoras en la obtención de respuestas expeditas e incertidumbre jurídica tanto para los solicitantes como para la propia Administración Pública Nacional.”

De acuerdo con la nueva estructura, la Secretaría Ejecutiva de la CONARE será la encargada de realizar la evaluación preliminar de cada solicitud, determinando si corresponde tramitarla por el procedimiento ordinario, sumario, excepcional por extradición o el rechazo “in limine” en caso de manifiesta improcedencia.

La CONARE, integrada por representantes del Estado nacional y organismos especializados, conservará la decisión final sobre los casos de rechazo, que deberán resolverse mediante resolución de firma conjunta.

Procedimientos y plazos bajo el nuevo régimen

La reglamentación aprobada por el Decreto 646/2025 establece cuatro modalidades de tramitación que la Secretaría Ejecutiva deberá aplicar conforme a los artículos 3° y 41 de la norma:

  1. Procedimiento ordinario, cuando la solicitud requiera una evaluación completa;
  2. Procedimiento sumario, para casos de tramitación simplificada;
  3. Procedimiento excepcional por extradición, aplicable a personas con procesos judiciales internacionales;
  4. Rechazo “in limine”, cuando la solicitud resulte manifiestamente improcedente.

La Secretaría Ejecutiva deberá pronunciarse sobre la viabilidad del pedido en un plazo máximo de diez (10) días desde que el solicitante manifieste su voluntad de ser reconocido como refugiado. Si se propone el rechazo “in limine”, la recomendación deberá elevarse a la CONARE mediante providencia fundada o medio electrónico.

En los casos en que el organismo requiera información adicional, los plazos se reiniciarán desde la celebración de una nueva entrevista personal o desde la presentación de un nuevo informe técnico.

Asimismo, la resolución dispone que la cesación de la condición de refugiado de alcance general deberá resolverse en un plazo no mayor a 60 días, una vez notificada la persona afectada y evaluadas las posibles razones de excepción previstas en la ley.

Participación institucional y alineamiento con estándares internacionales

Durante la redacción y aprobación de la medida, participaron representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y de la Fundación Comisión Católica Argentina de Migraciones, quienes integran habitualmente las sesiones de la CONARE como asesores técnicos y observadores internacionales.

La resolución reafirma el principio de obligatoriedad en el ejercicio de las competencias administrativas, conforme al artículo 3° de la Ley N° 19.549 de Procedimiento Administrativo, que prohíbe delegaciones no autorizadas. En este caso, la delegación fue expresamente conferida por la propia Comisión para dotar de mayor eficacia a la Secretaría Ejecutiva.

El nuevo esquema administrativo permitirá reducir los tiempos de instrucción de los expedientes y fortalecer la capacidad de respuesta del Estado argentino ante el aumento de solicitudes de refugio, en consonancia con los estándares internacionales de protección humanitaria y derecho de asilo.

Con esta reforma, la Argentina moderniza su política de refugio, garantizando un equilibrio entre celeridad procesal y control institucional, y reafirmando su compromiso con los principios del Derecho Internacional de los Refugiados.

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