Registro Nacional de las Personas

El Gobierno lanzó el nuevo DNI y modificó el pasaporte para alinearlos con estándares internacionales

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El Gobierno nacional oficializó la implementación de un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI) y una serie de modificaciones en el pasaporte argentino, con cambios en el formato, los materiales y los sistemas de seguridad. Las medidas fueron formalizadas mediante las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas este jueves en el Boletín Oficial, y entrarán en vigencia el 1° de febrero de 2026. Según aclararon desde el Registro Nacional de las Personas, los documentos actuales seguirán siendo válidos hasta su vencimiento.

La actualización apunta a adecuar los documentos de identidad y viaje a los estándares internacionales de seguridad y tecnología, en línea con la normativa de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), particularmente la norma 9303/2015/2021, que regula los documentos de lectura mecánica y promueve la incorporación de nuevas tecnologías.

Un DNI electrónico con chip y mayor seguridad de datos

El nuevo DNI será una tarjeta de policarbonato multicapa, con grabados láser, impresión por chorro de tinta y un chip sin contacto, un conjunto de características técnicas destinadas a mejorar la durabilidad del documento y reforzar la protección de los datos personales.

Para los ciudadanos argentinos mayores de 14 años, el documento incluirá el escudo nacional, la inscripción “República Argentina – Mercosur. Registro Nacional de las Personas. Ministerio del Interior”, la leyenda “Documento Nacional de Identidad” y una fotografía a color de frente. También contendrá nombre y apellido, sexo, número de DNI, fecha de emisión y vencimiento, nacionalidad, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, código CAN, imagen fantasma y firma del titular. En los casos en que la persona no sepa o no pueda firmar, ese campo permanecerá en blanco.

La normativa ratifica, además, que los excombatientes de Malvinas mantendrán la leyenda que los identifica como “Héroe” o “Heroína de la Guerra de las Islas Malvinas”. En el caso de los DNI para personas extranjeras, el formato y los elementos serán los mismos que los previstos para ciudadanos argentinos.

Para los menores de 14 años, el DNI conservará las mismas características técnicas. En los niños menores de 5 años, la firma corresponderá al padre, madre, tutor o representante legal, mientras que a partir de los 5 años se registrará la firma del propio menor. Asimismo, se prevé la emisión de un DNI “0 Año” provisorio para recién nacidos que no puedan ser trasladados por razones de salud certificadas, válido únicamente dentro del territorio nacional y con datos biográficos y filiatorios.

En el dorso del DNI se incorporarán el domicilio, lugar de nacimiento, CUIL, número de trámite, código QR, zona de lectura mecánica e imagen fantasma. Para ciudadanos extranjeros, se añadirá país de nacimiento, juzgado y fecha de naturalización.

Nuevo pasaporte: más páginas y hoja de policarbonato

En paralelo, el Gobierno dispuso un nuevo diseño del pasaporte argentino, que pasará a contar con 34 páginas y una hoja de policarbonato personalizada con grabado láser, en línea con los estándares internacionales de seguridad y resistencia física.

Desde el organismo señalaron que la modificación busca reforzar la protección de los datos personales y elevar la confiabilidad del documento, tanto para ciudadanos argentinos como para extranjeros que lo utilicen como documento de viaje. El rediseño responde al mismo criterio normativo que el DNI electrónico, en el marco de la adecuación a las exigencias de la OACI.

Vigencia, transición y validez de los documentos actuales

La Dirección Nacional del Registro de las Personas aclaró que los pasaportes y DNI emitidos antes de la entrada en vigencia de las disposiciones seguirán siendo plenamente válidos hasta su fecha de vencimiento, salvo que una futura norma establezca lo contrario.

Durante el período de transición, se continuará utilizando el stock de insumos disponibles, por lo que los pasaportes confeccionados con materiales actuales mantendrán su validez. La decisión apunta a optimizar recursos públicos y evitar el desperdicio de insumos del Estado, sin afectar la validez jurídica ni operativa de los documentos en circulación.

Con estas medidas, el Gobierno avanza en una actualización integral del sistema de identificación y documentación de viaje, con impacto directo en la seguridad documental, la interoperabilidad internacional y los procedimientos administrativos, sin modificar la vigencia de los documentos actualmente en uso.

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Cambios en la Ley de Ministerios y ampliación del poder operativo de Interior y Seguridad

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El Gobierno modificó por DNU la Ley de Ministerios y amplió las competencias del Ministerio del Interior y del Ministerio de Seguridad Nacional

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 825/2025, una reestructuración de la Ley de Ministerios N.º 22.520. La norma redefine atribuciones clave del Ministerio del Interior —que absorberá funciones de registro de identidad, relaciones legislativas y políticas deportivas— y fortalece el rol del Ministerio de Seguridad Nacional en materia de seguridad interior, política migratoria y control fronterizo. La decisión, que entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, deberá ser evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Reforma institucional: más atribuciones para Interior y reorganización del esquema de competencias

El DNU 825/2025, fechado el 19 de noviembre de 2025, introduce cambios estructurales en la Ley de Ministerios N.º 22.520 (t.o. por Decreto 438/92). Según los considerandos, el Gobierno argumenta que las modificaciones son “impostergables para la gestión” y se encuadran en las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional.

El decreto redefine funciones dentro del Ministerio del Interior. En particular, otorga:

  • El contralor del registro y certificación de identidad, incorporando formalmente la conducción del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
  • Las relaciones con el Poder Legislativo Nacional, integrando esta área dentro del esquema del Ministerio.
  • La política deportiva nacional, abarcando deporte de alto rendimiento, amateur y recreativo.

Asimismo, el DNU modifica los incisos 35 y 40 del artículo 16 para redefinir competencias en materia de turismo y su representación internacional. También suprime los incisos 38 y 46 al 51, eliminando funciones previas del esquema ministerial.

La medida incluye una sustitución integral del artículo 17, ampliando el alcance del Ministerio del Interior a 33 funciones específicas: desde el régimen electoral, los actos patrióticos y la política federal de frontera, hasta la creación de condiciones para el desarrollo territorial, la definición de políticas de deporte, la asignación de becas deportivas y la representación internacional vinculada al deporte.

Nueva estructura del Ministerio de Seguridad Nacional y alcance de la reforma

El DNU también reemplaza por completo el artículo 22 bis, redefiniendo las atribuciones del Ministerio de Seguridad Nacional, que ahora concentra:

  • La planificación y ejecución integral de la seguridad interior.
  • La dirección y coordinación de Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales, Provinciales y de CABA.
  • La política criminal y el funcionamiento del sistema penitenciario.
  • Las políticas migratorias, incluyendo el otorgamiento de condición de refugiado y el derecho de asilo.
  • La producción de inteligencia penal correspondiente a las fuerzas de seguridad.
  • La supervisión de la seguridad aeroportuaria, el régimen de armas, explosivos y afines, y la aplicación de la Ley de Manejo del Fuego N.º 26.815.
  • El control fronterizo en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado, en coordinación con países limítrofes.
  • La planificación de infraestructura para seguridad y control de fronteras.

El decreto también incorpora la coordinación de estadísticas criminales federales, la intervención en zonas de frontera (Ley 22.352) y la articulación con el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Ley 27.287).

Con este rediseño, el Ministerio de Seguridad asume un rol más amplio que abarca desde migraciones hasta la tutela del sistema penitenciario, consolidando un esquema de centralización operativa.

Proceso legislativo, efectos institucionales y próximos pasos

El decreto instruye a dar cuenta inmediata a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26.122, que regula la intervención parlamentaria en los Decretos de Necesidad y Urgencia. La Bicameral tiene un plazo de 10 días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez, y cada Cámara deberá pronunciarse mediante resolución expresa conforme al artículo 82 de la Constitución Nacional.

La entrada en vigencia del DNU se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, según el artículo 5°, y lleva las firmas de Javier Milei y los ministros miembros del Gabinete.

La reforma reorganiza áreas sensibles para la administración estatal: identidad, relaciones federales, política deportiva, seguridad interior y migraciones. También reconfigura la distribución de responsabilidades entre Interior y Seguridad, con efectos operativos para provincias, municipios, organismos descentralizados y fuerzas de seguridad.

De cara al debate legislativo, se prevén repercusiones en sectores vinculados a la política federal, la administración electoral, el sistema deportivo nacional, el régimen migratorio y la articulación con gobiernos provinciales.

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