Regulación Energética

Misiones extiende la Tarifa Eléctrica Social hasta abril de 2026 para proteger a familias vulnerables

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El gobernador Hugo Passalacqua anunció la prórroga de la Tarifa Eléctrica Social Provincial hasta el 30 de abril de 2026, con el objetivo de mantener la asistencia a los hogares más vulnerables de la provincia. La medida aplica tanto a los usuarios de Energía de Misiones (EDM) como a quienes reciben el servicio a través de cooperativas eléctricas locales, y garantiza una tarifa bonificada para consumos mensuales de hasta 450 kilovatios hora (kWh).

En palabras del mandatario provincial, la prórroga se implementa para “seguir cuidando el bolsillo de las familias misioneras”, un esquema que busca equilibrar la necesidad de proteger a los sectores más sensibles frente a los costos energéticos sin afectar la sustentabilidad del servicio público.

Contexto y antecedentes de la medida

La Tarifa Eléctrica Social Provincial se creó como parte de un programa de subsidio eléctrico destinado a los hogares de menores ingresos, con el objetivo de asegurar la continuidad del suministro eléctrico a precios accesibles. La política busca mitigar el impacto de aumentos de tarifas en los hogares vulnerables y fomentar el acceso universal a la electricidad, especialmente en localidades rurales y semiurbanas donde las cooperativas desempeñan un rol central.

El esquema contempla que los consumos de hasta 450 kWh por mes reciban un descuento significativo, mientras que los excedentes se facturan a tarifa regular. Según datos de Energía de Misiones, este beneficio alcanza actualmente a más de 120.000 hogares en toda la provincia, y se calcula que representa un ahorro mensual promedio de $3.500 por familia, dependiendo del consumo y la localidad.

El gobernador Passalacqua ya había implementado prórrogas similares en 2024 y 2025, en un contexto de incrementos tarifarios nacionales y presiones inflacionarias que afectaron la economía doméstica. Esta continuidad refleja la intención del gobierno provincial de mantener estabilidad en los servicios básicos y evitar impactos directos sobre los ingresos de los hogares más vulnerables.

Impacto económico y social de la prórroga

La extensión del beneficio tiene repercusiones directas en la economía familiar, especialmente en los sectores con menor capacidad de pago. Mantener la tarifa bonificada hasta abril de 2026 permite a las familias planificar sus gastos energéticos y destinar recursos a alimentación, salud y educación.

Por otro lado, el programa implica un esfuerzo fiscal significativo para la provincia, ya que la bonificación se financia a través de recursos de la Administración Provincial de Energía, en coordinación con las cooperativas eléctricas locales. Esta medida también tiene un efecto institucional, fortaleciendo la percepción del gobierno como garante del acceso a servicios públicos esenciales y como actor comprometido con la equidad social.

Analistas locales anticipan que, de mantenerse las condiciones económicas actuales, la continuidad del beneficio hasta abril permitirá evaluar la necesidad de ajustes tarifarios progresivos a partir del segundo trimestre de 2026, asegurando la sustentabilidad financiera del sistema eléctrico provincial.

Proyección y actores involucrados

El beneficio alcanza a los usuarios residenciales de EDM y a los afiliados de cooperativas en toda la provincia, involucrando directamente a los ministerios provinciales de Economía y de Desarrollo Social, además de las autoridades regulatorias de energía. La prórroga es también un mensaje político: apunta a sostener la legitimidad social del gobierno en un contexto de creciente debate sobre la tarificación de servicios públicos en Argentina.

Sectores afectados positivamente incluyen familias de bajos ingresos, barrios rurales y cooperativas de menor escala, mientras que los efectos en los grandes consumidores son indirectos, dado que la bonificación está acotada al límite de 450 kWh. En términos de política energética, la medida refuerza el rol del Estado provincial como garante del acceso equitativo a servicios esenciales frente a dinámicas inflacionarias y tarifarias nacionales.

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El ENRE avaló la cesión de INTESAR a Transener y consolidó la operación de la interconexión Choele Choel–Puerto Madryn

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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó formalmente la cesión de derechos y obligaciones de Integración Eléctrica Sur Argentina S.A. (INTESAR) a favor de la Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener S.A., vinculada a la ampliación Interconexión Choele Choel – Puerto Madryn, una línea de 500 kV y 354 kilómetros, mediante la Resolución 811/2025, firmada el 23 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 24 de diciembre.

La decisión del regulador no solo regulariza una situación contractual iniciada hace casi dos décadas, sino que también ratifica la responsabilidad exclusiva de Transener como concesionaria del servicio público de transporte de energía eléctrica en alta tensión, ordena a CAMMESA que la remunere por la operación y mantenimiento de la obra y le impone el cumplimiento del Plan de Inversiones 2025–2030 por $7.333.701.683, en pesos de mayo de 2025.

Antecedentes contractuales y una cesión pendiente de aval regulatorio

La interconexión Choele Choel–Puerto Madryn fue aprobada por el ENRE en agosto de 2001 mediante el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (Resolución ENRE N° 474/2001). Posteriormente, en 2003 y 2004, el organismo aprobó la documentación licitatoria y la adjudicación de la obra a INTESAR, que quedó constituida como Transportista Independiente (TI) conforme al Contrato COM, firmado el 22 de abril de 2004 con el comitente integrado por Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C., Hidroeléctrica Futaleufú S.A. y el Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (CAF).

De acuerdo con ese contrato, INTESAR debía operar y mantener la interconexión MEM–MEMSP, aunque bajo la Licencia Técnica otorgada por Transener, que conservaba la responsabilidad última frente a los agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), CAMMESA y el propio ENRE. El esquema contemplaba, además, un período de amortización de 15 años y el pago a Transener de un cargo del 2,5% de la remuneración mensual por tareas de supervisión.

Sin embargo, entre 2006 y 2025, INTESAR y Transener celebraron diversos acuerdos de cesión de derechos, obligaciones, instalaciones y canon de operación y mantenimiento, algunos instrumentados mediante escrituras públicas, que no contaron oportunamente con el consentimiento expreso del ENRE, requisito exigido por el artículo 47.1.2 del Contrato COM. Esa situación derivó en que Transener asumiera la operación y mantenimiento de la línea desde el 1 de marzo de 2006, bajo un esquema que el organismo caracterizó como una “actividad no regulada”, pese a tratarse de instalaciones integrantes del sistema concesionado.

Ratificación del rol exclusivo de Transener y ordenamiento regulatorio

En la resolución, el ENRE fundamenta su decisión en el Contrato de Concesión de Transener, en la Ley N° 24.065, su texto ordenado 2025, y en el Reglamento de Conexión y Uso del Sistema de Transporte aprobado por el Decreto 2743/92. Allí se establece de manera expresa el principio de exclusividad del concesionario del servicio público de transporte en alta tensión, que comprende tanto el sistema existente como sus ampliaciones.

El organismo subraya que, aun cuando Transener haya otorgado licencias técnicas a terceros, las instalaciones de la interconexión forman parte del Sistema de Transporte en Alta Tensión concesionado, y que la transportista es la única responsable frente al Poder Concedente y los usuarios. En ese marco, el ENRE concluye que la facultad y la obligación de operar y mantener la ampliación no derivan de los acuerdos privados con INTESAR, sino de su carácter de concesionaria del servicio público.

Por ello, el artículo 1° de la resolución aprueba la cesión de derechos y obligaciones instrumentada mediante el Acta Acuerdo del 30 de octubre de 2025, mientras que el artículo 2° instruye a CAMMESA a remunerar a Transener conforme los valores horarios aplicables a su equipamiento regulado, a partir de la notificación del acto administrativo.

Impacto económico e inversiones obligatorias hasta 2030

Uno de los puntos centrales de la resolución es la instrucción expresa a Transener para que asuma como propia la ejecución del Plan de Inversiones 2025–2030, aprobado por el ENRE mediante nota del 12 de noviembre de 2025, por un monto total de $7.333.701.683, en pesos de mayo de 2025. El plan forma parte del régimen uniforme de remuneración, calidad del servicio y sanciones que rige para todo el sistema de transporte bajo concesión.

Desde el punto de vista institucional, la medida ordena el encuadre regulatorio de una ampliación estratégica del sistema eléctrico patagónico, asegura la continuidad operativa bajo reglas homogéneas y refuerza la centralidad del concesionario en la gestión del transporte de alta tensión. Para el mercado eléctrico, la decisión despeja incertidumbres contractuales y consolida la remuneración regulada de una infraestructura clave para la interconexión MEM–MEMSP.

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El ENARGAS habilita consulta pública para modernizar el régimen de estaciones de GNC

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El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) abre consulta pública para actualizar el régimen de estaciones de GNC: nuevo marco regulatorio para el sector

ENARGAS dispuso la apertura de una consulta pública de 20 días para actualizar el régimen de estaciones de carga de GNC vehicular y las pautas del seguro de caución obligatorio. La medida, publicada el 26 de noviembre de 2025, apunta a modernizar reglas, reforzar la seguridad operativa y mejorar la fiscalización en un segmento clave de la matriz energética argentina.

Un nuevo marco regulatorio para el GNC: modernización y supervisión reforzada

El ENARGAS oficializó, mediante la Resolución 900/2025 (RESOL-2025-900-APN-DIRECTORIO#ENARGAS), la apertura de un proceso de consulta pública destinado a actualizar el “Régimen para Estaciones de Carga de GNC Vehicular” y las “Pautas Mínimas del Seguro de Caución Obligatorio para Estaciones de Carga de GNC Vehicular”, incorporados como Anexo I e II.

La iniciativa se sustenta en el Informe IF-2025-128790965-APN-GIYN#ENARGAS, elaborado por la Gerencia de Innovación y Normalización. El organismo técnico sostuvo allí que: “…la reforma configura un marco regulatorio mucho más claro, riguroso y moderno, que no solo mejora la transparencia y la fiscalización del sistema, sino que también fortalece la seguridad operacional, y la capacidad de respuesta del ENARGAS y de los actores del sector frente a los desafíos actuales de la industria del GNC vehicular”.

La consulta pública tendrá una duración de 20 días hábiles administrativos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, período en el cual los interesados podrán presentar comentarios formales sin carácter vinculante.

El expediente completo (EX-2025-126509897-APN-GIYN#ENARGAS) queda disponible en la sede central del organismo, ubicada en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en sus delegaciones regionales

Ejes de la actualización: seguridad, responsabilidad y trazabilidad digital

El nuevo régimen propone adecuaciones sustantivas sobre el funcionamiento, control y obligaciones de las estaciones de GNC, los habilitadores, los representantes técnicos y los responsables de mantenimiento.

Entre los aspectos centrales incluidos en los Anexos se destacan:

Refuerzo del sistema de habilitación y control

El régimen actualizado exige: Inspecciones trimestrales obligatorias por parte del habilitador. Actas en duplicado, numeradas y cargadas en el Registro Informático Centralizado (RIC). Envío mensual de todos los registros al ENARGAS dentro de los primeros 10 días hábiles. Se mantiene la posibilidad de auditorías programadas o sorpresivas por parte del ente regulador.

Escala de sanciones claras y graduadas

Las estaciones, representantes técnicos y responsables de mantenimiento podrán recibir: Apercibimiento. Multa. Suspensión de habilitación (1 a 90 días). Inhabilitación definitiva.

Las sanciones se graduarán según gravedad, reiteración, afectación a usuarios y al interés público, y posibles intentos de ocultamiento.

Seguro obligatorio y caución reforzada

Según el Anexo II, todas las estaciones deberán contar con: Seguro de responsabilidad civil con evaluación de riesgo previa a la renovación. Seguro de caución obligatorio, destinado a garantizar el cumplimiento continuo de requisitos técnicos y de funcionamiento durante toda la habilitación.

Control operativo sobre vehículos abastecidos

El régimen especial establece que cada estación debe verificar, previo a cada carga, la vigencia de las obleas obligatorias: Equipo completo para GNC (Res. ENARGAS 3442/2006). VPGN NAG-451. VPGN NAG-452.

El incumplimiento determina prohibición de carga. Las infracciones generan sanciones progresivas que van desde cortes de suministro de 24 horas, 2 días, 5 días, hasta suspensión o inhabilitación definitiva.

Transición hacia el nuevo Ente Regulador de Gas y Electricidad

La resolución cita el Decreto 452/2025, que constituyó el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, previsto por la Ley 27.742. Aunque aún se encuentra en etapa de conformación, el decreto estableció que: “…mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENARGAS (…) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente”.

En este marco de transición institucional, el ENARGAS ejerce plenamente sus facultades bajo el Artículo 51 de la Ley 24.076 (T.O. 2025), que lo habilita a dictar reglas de seguridad, normas técnicas y procedimientos para el gas natural comprimido.

Además, se destaca la obligación de asegurar la publicidad de las decisiones, incluyendo sus antecedentes, reforzando el principio de transparencia administrativa.

Qué implica la consulta pública para el mercado del GNC

El segmento del GNC vehicular representa un mercado estratégico para el transporte liviano y comercial, con impacto directo en: Inversión en estaciones y mejoras de infraestructura. Costos operativos asociados a inspecciones, seguros y mantenimiento. Niveles de cumplimiento regulatorio y eventuales sanciones. Trazabilidad de equipamiento y certificaciones técnicas.

La actualización normativa tiende a homogeneizar estándares, reducir riesgos operativos y mejorar la capacidad de fiscalización. Para los operadores, el nuevo esquema podría implicar: Mayores costos iniciales por seguros, procesos y controles. Mayor previsibilidad regulatoria y reducción de contingencias sancionatorias. Requerimientos administrativos reforzados (carga digital en el RIC, actas, auditorías).

Las cámaras y actores del sector prevén analizar en detalle los Anexos técnicos para presentar propuestas durante la consulta pública, especialmente en aspectos vinculados a: Plazos de inspecciones. Exigencias documentales. Rangos de sanciones. Requerimientos de almacenamiento y compresión. Esquemas de responsabilidad operativa.

Qué puede cambiar tras la consulta pública

Aunque los aportes no serán vinculantes, el ENARGAS destacó que la participación de los sujetos interesados: “…contribuye a dotar de mayor eficacia al procedimiento, permitiendo evaluar las modificaciones concretas a ser introducidas en la normativa”.

Tras los 20 días hábiles, el organismo deberá: Evaluar las sugerencias recibidas. Ajustar los Anexos I y II en caso de considerarlo pertinente. Publicar —o no— la versión definitiva del marco actualizado.

La resolución marca un punto de inflexión en la regulación del GNC vehicular, en un contexto de modernización institucional y de exigencias crecientes de seguridad en la industria energética.

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Energía actualizó el valor del biodiesel y fijó plazos de pago de hasta siete días

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El Gobierno actualizó el precio del biodiesel, $1.590.832 por tonelada para mezcla obligatoria con gasoil.

La Secretaría de Energía fijó un nuevo valor de referencia para las operaciones de biodiesel, en el marco de la Ley 27.640. El ajuste responde a la evolución de costos del sector y busca garantizar la rentabilidad de los productores.

Nuevo precio de referencia para el biodiesel

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, estableció mediante la Resolución 422/2025 un nuevo precio de adquisición del biodiesel destinado a la mezcla obligatoria con gasoil, fijado en $1.590.832 por tonelada, con vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y hasta que un nuevo valor lo reemplace.

La medida se enmarca en lo dispuesto por la Ley N.º 27.640, que regula la producción, comercialización y mezcla de biocombustibles en la Argentina. Según el texto oficial, el nuevo valor “se determina conforme al procedimiento establecido por la Resolución 963/2023”, que fija la metodología de cálculo de precios del biodiesel considerando costos de elaboración, transporte y rentabilidad razonable para los productores.

Asimismo, la norma dispone que el plazo máximo de pago por las operaciones no podrá exceder los siete días corridos desde la fecha de la factura, una disposición que busca asegurar liquidez y previsibilidad a las empresas elaboradoras.

La actualización llega menos de un mes después de la Resolución 385/2025, que había fijado el precio para octubre. Sin embargo, el contexto de volatilidad de costos y precios internacionales del aceite de soja —principal insumo para el biodiesel— impulsó la revisión de los valores locales.

Un marco regulatorio con foco en previsibilidad y sostenibilidad

El marco regulatorio de biocombustibles, establecido por la Ley 27.640, asigna a la Secretaría de Energía la función de determinar y publicar periódicamente los precios de comercialización de los biocombustibles destinados a mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

Los artículos 13 y 14 de dicha norma establecen que el precio debe garantizar una rentabilidad adecuada al sector, considerando los costos de producción y el transporte, así como el valor final del producto puesto en planta. De este modo, la política de precios busca preservar la sustentabilidad económica de las pymes productoras que abastecen el mercado nacional de biodiesel.

La Secretaría, encabezada por María Carmen Tettamanti, fundamentó la medida en la necesidad de “adecuar el precio del biodiesel a las actuales condiciones del mercado”, manteniendo la metodología de cálculo basada en criterios objetivos y verificables.

El procedimiento para la determinación de precios fue aprobado en 2023 a través de la Resolución 963/23, que introdujo un esquema técnico de ajuste con fórmulas de actualización periódica, contemplando variables como el precio del aceite de soja, el tipo de cambio oficial y los costos industriales.

Implicancias para el mercado energético y la cadena productiva

La fijación del nuevo valor impacta de manera directa sobre las mezclas obligatorias con gasoil, que según la normativa vigente mantienen un porcentaje mínimo del 7,5% de biodiesel en el combustible final. Este componente es abastecido principalmente por pymes radicadas en provincias como Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires, que forman parte del entramado industrial del sector oleaginoso.

Con el nuevo precio de $1.590.832 por tonelada, el Gobierno busca dar previsibilidad al abastecimiento interno, en un contexto de tensión entre los costos industriales y los valores internacionales de exportación. La medida también refuerza la política de transición energética impulsada desde la Secretaría, que considera a los biocombustibles un instrumento clave para la descarbonización del transporte y la reducción de emisiones.

La Ley 27.640, sancionada en 2021, sustituyó los regímenes previos (Leyes 26.093 y 26.334) y estableció un esquema integral de regulación que abarca la elaboración, almacenamiento, comercialización y mezcla de biocombustibles, con el objetivo de promover la diversificación energética y reducir la dependencia de los combustibles fósiles.

Desde el punto de vista económico, la actualización de precios del biodiesel tiene un impacto transversal: afecta a las refinerías que realizan las mezclas, a las pymes productoras, y al mismo tiempo, incide en los costos logísticos del transporte y la agroindustria.

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