regulación institucional

La CNV refuerza el control sobre futuros y opciones con un nuevo régimen informativo semanal

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El mercado de derivados argentino entra en una etapa de mayor supervisión y trazabilidad de riesgos. La Resolución General 1113/2026, publicada el 27 de febrero en el Boletín Oficial y con vigencia desde el día siguiente, obliga a los mercados autorizados a reportar en forma sistemática y estandarizada las posiciones abiertas en contratos de futuros y opciones. El cambio no es menor: la Comisión Nacional de Valores (CNV) busca contar con información detallada, periódica y comparable para detectar concentraciones, anticipar tensiones y evaluar riesgos sistémicos en un segmento cada vez más relevante del mercado de capitales.

El dato clave es el alcance y la frecuencia. Desde febrero de 2026, los mercados deberán enviar información semanal con detalle diario sobre las posiciones abiertas de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), con un esquema transitorio que obliga además a reconstruir datos desde agosto de 2025. En un contexto de volatilidad financiera y creciente uso de derivados como cobertura o herramienta especulativa, el refuerzo regulatorio llega en un momento sensible.

Qué cambia en la práctica para el mercado

La norma incorpora un nuevo artículo 56 BIS a las Normas de la CNV y crea un Anexo IX con el detalle técnico de la información a remitir. En términos operativos, los mercados deberán reportar: Posiciones abiertas en futuros y opciones desagregadas por ALyC. Información actualizada con periodicidad semanal. Detalle diario de las posiciones a partir del 1° de febrero de 2026.

Quedan excluidos de esta obligación los Participantes Directos, las entidades financieras reguladas por la Ley de Entidades Financieras y las personas comprendidas dentro del concepto de cartera propia ampliada de los ALyC.

La consecuencia concreta es un salto en la capacidad de monitoreo del regulador: la CNV podrá observar no solo el interés abierto total, sino también cómo se distribuye entre los distintos jugadores, algo clave para identificar exposiciones dominantes o riesgos de contagio.

Contexto y antecedentes regulatorios

La resolución no surge en el vacío. La CNV fundamenta la medida en el crecimiento y la mayor complejidad de los instrumentos derivados, un fenómeno que también se observa a nivel internacional. En ese marco, el organismo alinea su normativa con estándares regulatorios globales, que priorizan el acceso permanente a datos detallados como insumo central para la supervisión.

Hasta ahora, la información disponible era más fragmentada. Con este cambio, la CNV complementa el esquema vigente sin modificar las reglas de operatoria de los derivados, pero sí elevando el umbral de transparencia. El objetivo explícito es mejorar la detección temprana de concentraciones de posiciones y fortalecer la prevención de riesgos sistémicos.

Impacto económico: más control, más costos operativos

Desde el punto de vista económico, la medida tiene efectos diferenciados. Para el sistema financiero y los grandes operadores, implica un mayor escrutinio regulatorio, lo que reduce el margen para estrategias altamente concentradas o poco visibles. Para los mercados y plataformas, supone costos operativos adicionales asociados al procesamiento, estandarización y envío de información.

Sin embargo, en términos sistémicos, el impacto apunta a mejorar la estabilidad y la confianza. Un mercado de derivados más transparente tiende a reducir riesgos extremos y a fortalecer la credibilidad del sistema, un factor relevante para la inversión institucional y para el desarrollo de instrumentos de cobertura en el mercado local.

No hay efectos directos sobre empleo o recaudación, pero sí una señal indirecta hacia la calidad institucional del mercado de capitales, un elemento que pesa en las decisiones de inversión de mediano plazo.

Señales políticas y regulatorias

La resolución marca una continuidad en la línea de fortalecimiento regulatorio del mercado de capitales, sin introducir prohibiciones ni límites cuantitativos. No es una desregulación ni un giro restrictivo, sino una centralización de información clave en manos del regulador.

El mensaje es claro: la CNV busca anticiparse a los riesgos antes que reaccionar frente a crisis. Para el mercado, la señal es doble. Por un lado, más control y menos opacidad. Por otro, una apuesta a estándares internacionales que podrían facilitar, en el tiempo, una mayor integración con flujos financieros más sofisticados.

El verdadero impacto se medirá en los próximos meses, cuando empiece a operar el régimen informativo completo. Allí habrá que observar si la mayor disponibilidad de datos se traduce en mejor prevención de riesgos, ajustes en las estrategias de los grandes operadores y un mercado de derivados más ordenado y previsible.

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El Gobierno elevó la Marca País Argentina a la categoría de emblema oficial del Estado

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El Poder Ejecutivo nacional aprobó, mediante el Decreto 899/2025, el reconocimiento de la Marca País Argentina como emblema oficial del Estado, otorgándole protección internacional en los términos del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. La medida refuerza su jerarquía institucional y consolida a la marca como herramienta estratégica para el posicionamiento económico, productivo y cultural del país en el exterior.

El decreto fue firmado en la Ciudad de Buenos Aires el 18 de diciembre de 2025 por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y publicado en el Boletín Oficial el 19 de diciembre de 2025, con entrada en vigencia al día siguiente de su difusión oficial.

De política de promoción a emblema de Estado

La norma dispone, en primer lugar, la sustitución del Anexo del Decreto N° 460/2021, que había establecido a la “Marca País Argentina” como marca oficial de la República Argentina, incorporando un nuevo isologotipo que pasa a formar parte integrante del decreto actual. En segundo término, aprueba formalmente a la Marca País Argentina (Isotipo–Isologotipo) como Emblema de Estado, en los términos del artículo 6 ter del Convenio de París, aprobado por la Ley N° 17.011.

Este reconocimiento implica que la Marca País queda equiparada, desde el punto de vista jurídico y heráldico, a otros símbolos oficiales del Estado, como escudos o banderas, lo que fortalece su protección frente a usos indebidos o imitaciones, especialmente en el ámbito internacional.

Según los considerandos del decreto, la decisión responde a la necesidad de “consolidar una imagen nacional sólida, coherente y reconocible globalmente”, entendiendo a la Marca País como un instrumento estratégico para el posicionamiento competitivo de la Argentina en los mercados extranjeros.

Marco normativo, gestión y protección internacional

La Marca País Argentina fue concebida como una política de Estado interdisciplinaria y multisectorial, orientada a la promoción de las exportaciones, el turismo, el talento nacional, la captación de inversiones y la difusión de la cultura argentina. Su impulso y coordinación corresponden, de acuerdo con el Decreto N° 50/2019, a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, que además tiene a su cargo la gestión técnica, administrativa y operativa del programa.

En ese marco, la Resolución N° 55/2025 de la Secretaría General aprobó el Reglamento de la Marca País Argentina, que incluye el Manual de Uso, los Certificados de Marca País y el Sistema de Submarcas, estableciendo criterios uniformes para su utilización por parte de actores públicos y privados.

El decreto destaca además que la Marca País se encuentra debidamente inscripta como marca en distintas clases registrales ante la Dirección Nacional de Marcas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), mediante una serie de disposiciones dictadas entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. Este recorrido previo resulta clave para el paso actual, que eleva la protección desde el plano marcario al nivel de emblema oficial del Estado, con alcance internacional.

Impacto institucional, económico y simbólico

Desde el punto de vista institucional, la decisión implica un salto cualitativo en la jerarquía jurídica de la Marca País, al integrarla explícitamente al conjunto de signos distintivos protegidos por el derecho internacional. En términos económicos y productivos, el reconocimiento busca otorgar mayor previsibilidad y respaldo institucional a la utilización de la Marca País en estrategias de exportación, promoción turística e inserción internacional.

El fortalecimiento de su protección legal también apunta a evitar la dilución del signo y a garantizar un uso consistente, alineado con los objetivos de política pública definidos por el Estado nacional. En este sentido, la medida puede generar repercusiones positivas en sectores vinculados al comercio exterior, la industria cultural, el turismo y la atracción de inversiones, al dotar a la Marca País de un estatus institucional más robusto y reconocible.

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