sentencia

Histórico juicio por caza de yaguareté: el fallo se conocerá este jueves en Formosa

Compartí esta noticia !

En la sala de audiencias del Juzgado Federal N° 1 de Formosa se desarrolló este miércoles el primer juicio oral del país por la caza y faenado de un yaguareté en la localidad de Estanislao del Campo. El caso constituye un hecho inédito en la historia judicial argentina y se resolvió mediante un juicio abreviado acordado entre el Ministerio Público Fiscal (MPF), las querellas y las defensas de los cuatro acusados.

El entendimiento contempla penas de prisión efectiva de dos años para tres imputados y la misma pena, pero de ejecución condicional, para el cuarto, quien deberá cumplir reglas de conducta. Además, se dispuso el decomiso definitivo de los elementos utilizados en el delito.

No obstante, la sentencia definitiva será dictada este jueves, luego de la evaluación final del tribunal, y podrían introducirse modificaciones al acuerdo. La defensa pedirá que las condenas sean condicionales para todos, al tratarse de penas menores a tres años. El tiempo que los acusados llevan en prisión preventiva —tanto efectiva como domiciliaria— se computará para el eventual cumplimiento de la pena.

El proceso judicial contó con la participación de la Fiscalía de Estado de Formosa, la Administración de Parques Nacionales y la organización ambiental Red Yaguareté, cuyo presidente, Nicolás Lodeiro Ocampo, intervino de manera remota. El magistrado destacó la cooperación interinstitucional y la relevancia de este tipo de respuestas frente a delitos ambientales en zonas de frontera, donde convergen amenazas como la caza furtiva, el tráfico de fauna y la pérdida de biodiversidad.

Lodeiro Ocampo subrayó: “Es un hecho histórico, la primera condena de prisión efectiva por matar un yaguareté, y también la primera vez que se llega a juicio”. Asimismo, reclamó la actualización de la Ley 22.421, vigente desde hace 50 años: “Es totalmente vieja y obsoleta; hay que establecer penas más altas y de cumplimiento siempre efectivo”.

El caso
El hecho ocurrió a fines de julio de 2024 en un campo de Ibarreta, departamento Patiño, tras la desaparición de una vaca lechera, recurso clave para varias familias de la zona. Su propietario, Máximo Cisneros (61), pidió ayuda a Walter Hugo Ponce De León (45), Viterman Ponce De León (38) y Claudio Cisneros (30) para encontrar el animal. Durante la búsqueda, con perros, hallaron a la vaca muerta y, cerca de los restos, a un yaguareté.

Según relataron, el felino atacó a los perros y mató a dos de ellos. De acuerdo con la investigación, Claudio Cisneros le disparó con una escopeta, pero todos fueron considerados responsables. Vecinos fotografiaron a los hombres junto al animal colgado y despellejado, imágenes que el 27 de julio llegaron a Ana Magdalena Gutiérrez, representante de la Subcomisión Chaqueña para la Conservación del Yaguareté y del Plan Nacional de Conservación del Monumento Natural Yaguareté, quien radicó la denuncia.

El caso se convirtió en un antecedente judicial sin precedentes en materia de protección de fauna silvestre en Argentina.

Compartí esta noticia !

Córdoba: Esposa responsable de deuda alimentaria de su hijastra

Compartí esta noticia !

En un caso sin precedentes, la justicia cordobesa aplicó el principio de solidaridad familiar, responsabilizando a la esposa de un padre incumplidor del pago de la cuota alimentaria de su hijastra, con quien no posee vínculo.

En un fallo sin precedentes, la Justicia de Córdoba ha ordenado que la esposa de un padre que sistemáticamente incumplió con la cuota alimentaria de su hija adolescente sea considerada “responsable solidaria” y deba responder con su patrimonio. La decisión, tomada por el Juzgado de Familia de 6° de la capital provincial, busca garantizar el derecho alimentario de la joven, cuyo padre no realiza los pagos desde 2016.

Detalles del caso:

El padre, sin trabajo formal ni bienes a su nombre, dejó de cumplir con sus obligaciones económicas hace ocho años, cuando se había separado. La Justicia determinó que su actual pareja, con quien se casó en 2023, debe asumir la responsabilidad de la cuota alimentaria hasta que la adolescente alcance la mayoría de edad.

A diferencia de casos anteriores, la demandada no ejerce el rol de “madre afín” ni convive con la joven. Su relación se limita al respeto mutuo. “La particularidad que tiene el fallo, además de ser novedoso, es que la demandada no ejerce el rol de madre afín. No existe socioafectividad. Se conocen, sí. Pero no conviven y nunca compartieron nada”, indicó Gastón González, abogado de la demandante.

La jueza Marcela Alejandra Menta basó su decisión en el principio de solidaridad familiar y el deber de contribución entre cónyuges, establecido en el Código Civil y Comercial. El fallo prioriza el interés superior de la adolescente y su derecho a recibir alimentos, por encima de las restricciones patrimoniales de la nueva esposa del padre.

“La demandada sabía de la existencia de esta hija. Ella se casó con el padre y, en el matrimonio, los cónyuges asumen la responsabilidad de mantener al hijo propio y a los hijos de las parejas anteriores”, sitúa González, y profundiza: “El fallo puso en relieve el deber de contribución, que es el régimen primario que tienen ambos cónyuges de ser sostenes de sí mismos, del hogar y de los hijos comunes”.

La madre de la adolescente, que la cría sola, tiene un trabajo inestable, mientras que el padre mantiene un vínculo prácticamente inexistente con su hija.

En su defensa, la cónyuge del padre adujo que los deberes de asistencia familiar debían recaer principalmente sobre los parientes biológicos, dado que su esposo tiene cinco hermanos. Sin embargo, la jueza rechazó este argumento debido a que los tíos paternos de la adolescente sufren dificultares económicas e, incluso, algunos tienen a cargo a otros familiares.

En conjunto con el principio de solidaridad familiar, el deber de contribución y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, el tribunal hizo pesar el artículo 553 del Código Civil, que establece que la Justicia “puede imponer al responsable del incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia”.

“Los juzgados de familia pueden crear sanciones que no estén explicitadas en el Código Civil para garantizar que la cuota alimentaria se cumpla”, acota González.

Algunas de las medidas al alcance de los jueces son, por ejemplo, embargos de sueldo o bienes, y prohibición para salir del país. Pero hay más: hace cinco meses, en Rosario, la Justicia le prohibió a un padre incumplidor asistir a espectáculos deportivos, renovar la licencia de conductor y hasta le bloqueó las redes sociales. También en Córdoba, en junio del año pasado, un tribunal le prohibió a otro deudor jugar al fútbol con sus amigos en un torneo amateur.

“Este hombre -el padre de la adolescente- no tiene ni licencia de conducir. Todos los bienes están nombre de su esposa. Él no esperó que vayamos contra ella”, remarcó González.

La Justicia entendió que la mejor vía para garantizar los derechos de la adolescente era hacer responsable solidaria a la cónyuge de su padre. Y consideró que la resolución podría impulsar al progenitor, que es el principal obligado, a cumplir.

“Es un remedio disuasivo que durará hasta que se verifique un cumplimiento en tiempo y forma por parte del principal obligado”, mencionó Menta en el fallo.

“El interés superior del niño y el derecho alimentario están por encima de cualquier restricción patrimonial. Eso entendió la jueza. Por lo demás, el Estado tiene la obligación de garantizar la tutela judicial”, resumió el abogado de la demandante, y aclaró que, por ahora, no hay lugar para incluir en el reclamo la deuda de años anteriores: “Eso será posible si alguna vez el padre tiene trabajo en blanco o bienes a su nombre”.

Compartí esta noticia !

ChatGPT dicta sentencia: Un juez colombiano utilizó la aplicación para realizar un veredicto tutelar

Compartí esta noticia !

Juan Manuel Padilla García, el juez colombiano que utilizó la herramienta de inteligencia artificial para dictar sentencia, señaló que esto “no lo hace perezoso”, además que su decisión “sigue siendo autónoma”.

Un juez de la ciudad de Cartagena, Colombia, causó un escándalo al anunciar que utilizó el chatbot de ChatGPT para resolver una acción de tutela, siendo la primera sentencia emitida con apoyo de inteligencia artificial en el país.

Esta sentencia resolvió el pedido de una familia que exigía que Salvador, un menor de edad que padece del trastorno del espectro autista, fuera exonerado del pago de consultas, terapias y transporte hacia los centros médicos, ya que los padres no cuentan con los recursos económicos para asumir esos gastos, advierte el portal Cambio.

En esta instancia, Juan Manuel padilla García, falló a favor del niño y antes de dictar sentencia interrogó al robot conversacional de ChatGPT para motivar su decisión.

¿Menor autista está exonerado de pagar cuotas moderadoras en sus terapias? Preguntó a chatbot. “Sí es correcto. De acuerdo con la normativa en Colombia, los menores con diagnóstico de autismo están exonerados de pagar cuotas moderadoras en sus terapias. Este beneficio está regulado por la Ley 1753 de 2015 y se aplica a todas las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas que reciban recursos del sistema general de seguridad social en salud”, fue la respuesta del robot.

Además, la herramienta de IA, contestó afirmativamente sobre el cobro de esta cuota como una barrera de acceso al servicio de salud, y si ya se habían tomado decisiones favorables en casos similares.

El juez, a su vez afirmó: “el hecho de utilizar esta y demás herramientas no hacen a un juez perezoso; la decisión sigue siendo autónoma y propia”. “Mi decisión es completamente personal, privada y autónoma, pero la inteligencia artificial ayuda a construir una cadena de textos que ayuda a sacar sentencia y a tomar la decisión”, frente a los cuestionamientos que recibió a la hora de emitir la sentencia y al utilizar esta herramienta.

Uno de los principales objetores del uso de esta herramienta fue Juan David Gutierrez, profesor de la Universidad del Rosario de Colombia, quien afirmó que la aplicación tiene problemas de verificación de datos, que “no distingue la realidad de la ficción”, por lo que puede “arrojar resultados incorrectos, imprecisos y falsos”. Como ejemplo, el profesor, citó la respuesta del robot sobre si el presidente Gustavo Petro fue alguna vez encarcelado, donde la herramienta respondió afirmativamente, añadiendo que fue detenido por saqueos e inventando las fuentes de soporte de estos datos.

Compartí esta noticia !

Caso Rocío Santa Cruz: el mensaje es la condena

Compartí esta noticia !

Cuatro años de prisión efectiva e inhabilitación por diez años para manejar, por un delito que prevé una pena máxima de cinco años. Con esa condena se levantó Rocío Santa Cruz, ex miss Argentina y abogada posadeña del banquillo por haber chocado y matado a Ramón “Topo” Cabrera en 2016.
Así son las leyes, muchas veces injustas ante tanta ausencia que dejan las muertes evitables por alcohol al volante.
Pero cuando esas condenas dejan ese sabor a poco, la sociedad se vuelca a exigir a quienes imparten justicia, que a través de sus fallos respeten el dolor ajeno y rechacen la sensación de impunidad que sobrevuela en estos casos. Eso fue lo que dejó la sentencia del juez César Jiménez en la familia de la víctima. Una mezcla de sentimientos, entre el dolor y el alivio.
Hoy no fue un día más para ellos, no fue un día más para la sociedad que avanzó un paso en lograr mensajes similares en los tantos casos que conmocionaron en la provincia, y que, pacientemente esperan en la fila.
Antes de la lectura del fallo, el juez Jiménez pidió a la sociedad conciencia a la hora decidir tomar alcohol y manejar y a las autoridades a profundizar los controles.
“Si bien es cierto que somos el último eslabón que tiene la responsabilidad de resolver un hecho consumado, no es menos cierto que a la esposa de la víctima, ni la justicia ni siquiera Dios le va a reparar el daño causado ni va a sanar las heridas. Solamente el tiempo”, dijo.
Probablemente desde hoy la familia sienta que comienzan a sanar las heridas.
Y en el futuro probablemente se tengan que modificar las leyes, o probablemente sólo necesitemos de más jueces que se animen a condenar con el mensaje.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin