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Chaco: ERSA y TCM suspendieron choferes de colectivos y advierten por la continuidad del servicio

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La crisis del transporte urbano en el área metropolitana del Chaco sumó un nuevo capítulo con fuerte impacto social y laboral. Un total de 90 choferes de colectivos urbanos fueron suspendidos por las empresas ERSA y TCM, entre 40 y 50 trabajadores cada una, según confirmó la Unión Tranviarios Automotor (UTA). La medida expone la profundidad del deterioro del sistema, presiona sobre la continuidad del servicio y reaviva el conflicto entre empresas, trabajadores y el Estado provincial, en un contexto de caída de pasajeros y atraso en el reconocimiento de costos.

El escenario se agrava porque, en Corrientes, la empresa ERSA ingresó además en el Procedimiento Preventivo de Crisis, lo que amplía el alcance regional del problema y eleva la incertidumbre sobre el empleo y la prestación del servicio interprovincial.

Empresas en crisis: costos atrasados, menos pasajeros y competencia informal

Desde el sector empresario, la Cámara del Transporte Automotor del Chaco anunció una conferencia de prensa para exponer la “grave y sin precedentes situación” que atraviesa el sistema. Entre los factores centrales, señalaron la falta de reconocimiento de costos desde hace más de un año, una caída sostenida de la cantidad de pasajeros y la ausencia de controles sobre transportes alternativos, que compiten con el servicio regular sin cumplir las mismas exigencias regulatorias.

En términos económicos, el atraso en la actualización de costos afecta directamente la capacidad de las empresas para afrontar salarios, mantenimiento de unidades y operación diaria. La combinación de ingresos reales en descenso y costos crecientes derivó, según el empresariado, en decisiones de emergencia como las suspensiones de personal, que buscan reducir gastos en el corto plazo.

Las empresas, entre ellas ERSA, no informaron hasta el momento si las suspensiones alcanzan también a los conductores que prestan servicios interprovinciales entre Chaco y Corrientes, un dato clave para evaluar el impacto regional de la medida.

Reacción sindical y silencio oficial

Desde la UTA, el sindicato rechazó las suspensiones y advirtió que evalúa medidas ante lo que considera una afectación directa a las fuentes de trabajo. El gremio sostiene que la crisis no puede resolverse trasladando el ajuste a los trabajadores y reclama respuestas institucionales que garanticen tanto la continuidad del servicio como el empleo.

Por su parte, la Subsecretaría de Transporte aún no se pronunció oficialmente sobre la situación. Ese silencio institucional suma incertidumbre en un contexto de alta conflictividad, donde confluyen intereses laborales, empresariales y la necesidad pública de sostener un servicio esencial para miles de usuarios del Gran Resistencia

Escenarios posibles

Las suspensiones de 90 choferes representan una señal de alerta sobre la sostenibilidad del transporte urbano en el Chaco. A corto plazo, el conflicto podría derivar en medidas gremiales, con impacto directo en la frecuencia y regularidad del servicio. A mediano plazo, el sector empresario advirtió que podrían registrarse nuevas consecuencias tanto en la continuidad del sistema como en las fuentes de trabajo, si no se corrigen los desfasajes económicos y regulatorios.

La crisis del transporte urbano vuelve así al centro del debate público, con implicancias económicas, sociales e institucionales que exceden a las empresas involucradas y ponen en juego la capacidad del Estado para ordenar, regular y sostener un servicio clave para la movilidad cotidiana en el área metropolitana del Chaco.

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El Gobierno prorrogó la continuidad de Ferrovías en la Línea Belgrano Norte

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía dispuso extender hasta el 30 de junio de 2027 la continuidad en la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de la Línea Belgrano Norte a cargo de Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación pública vigente, lo que ocurra primero. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 90/2025, firmada el 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y apunta a garantizar la regularidad, continuidad, obligatoriedad e igualdad del servicio en un contexto de transición institucional del sistema ferroviario.

La medida se inscribe en el proceso de reordenamiento ferroviario definido por la Ley 27.132, en un escenario atravesado por la emergencia pública ferroviaria y por la redefinición del esquema concesional de las líneas metropolitanas bajo jurisdicción nacional.


Un contrato histórico, prórrogas sucesivas y un nuevo marco ferroviario

La concesión de la Línea Belgrano Norte fue aprobada originalmente por el Decreto 430/1994, mediante el cual el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos suscribió el contrato con Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria. Posteriormente, el acuerdo fue modificado por el Decreto 1417/1999 y complementado por un acta acuerdo aprobada por el Decreto 167/2001.

El plazo contractual se fijó en 24 años desde la toma de posesión, con posibilidad de prórrogas sucesivas de 10 años. Sin embargo, la sanción de la Ley 26.352 y, posteriormente, de la Ley 27.132, modificó sustancialmente el esquema ferroviario argentino. Esta última declaró de interés público nacional la reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y cargas y estableció principios rectores como la administración estatal de la infraestructura, la participación pública y privada en la operación y la protección de los derechos de los usuarios.

En ese marco, la Resolución 1339/2017 del entonces Ministerio de Transporte rechazó la prórroga contractual solicitada por Ferrovías y dispuso la continuidad transitoria del servicio por 18 meses, conforme lo previsto en el artículo 19 del contrato de concesión. Ese plazo fue extendido en reiteradas oportunidades por las resoluciones 359/2019, 77/2020, 188/2023 y 999/2024 del Ministerio de Economía. La última extensión previa había sido otorgada por 60 días, mediante la Resolución 63/2025 de la Secretaría de Transporte.

Licitación en curso y suspensión de la adecuación contractual

En paralelo, el Estado Nacional avanzó con un proceso de licitación integral. A través del Decreto 423/2019, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la concesión de las líneas General Urquiza y Belgrano Norte, proceso que fue reformulado por el Decreto 170/2023, que migró de un modelo de concesión integral a uno centrado en operación y mantenimiento.

La Resolución 90/2025 detalla que Ferrovías solicitó una prórroga del plazo establecido por la Resolución 999/2024 con el objetivo de concluir y elevar una propuesta de adecuación contractual, en los términos del artículo 3° de la Ley 27.132 y del Decreto 1027/2018, modificado por el Decreto 478/2025, que delega en la Secretaría de Transporte la facultad de revisar los contratos vigentes, incluyendo eventuales extensiones de hasta 10 años.

La empresa presentó formalmente su propuesta el 28 de octubre de 2025, pero tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la Secretaría de Transporte resolvió no avanzar en esta instancia con la adecuación contractual, priorizando la consistencia con el marco normativo vigente y la continuidad de los procesos licitatorios en curso.

Por ese motivo, el Gobierno optó por extender administrativamente la continuidad operativa hasta el 30 de junio de 2027, o hasta la adjudicación de la licitación, lo que ocurra primero.

Impacto institucional y reglas de salida para el concesionario

La resolución establece además que, si la adjudicación del proceso licitatorio se produce antes del vencimiento del plazo, la prestación a cargo de Ferrovías finalizará con la toma de posesión del nuevo concesionario, “sin derecho a reclamo alguno por este concepto”, debiendo la empresa colaborar y facilitar el cambio de operador del servicio. Esta cláusula fija con claridad las condiciones de transición y reduce la incertidumbre jurídica en la etapa final de la concesión.

La medida se dicta en un contexto de emergencia pública ferroviaria, declarada por el DNU 525/2024 y reglamentada por el Decreto 526/2024, que abarca tanto la infraestructura como la operación de los servicios ferroviarios de pasajeros y cargas. No obstante, la resolución aclara que dicha emergencia no altera los efectos de los contratos de concesión vigentes ni subroga las obligaciones y responsabilidades de los operadores privados.

Desde el punto de vista institucional, la decisión refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad delegada para administrar la transición del sistema ferroviario, con intervención de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF).

Continuidad del servicio y definición pendiente

La extensión hasta 2027 garantiza previsibilidad operativa para la Línea Belgrano Norte, uno de los corredores ferroviarios metropolitanos más relevantes, pero también pone de relieve la demora en la definición del esquema concesional definitivo. Mientras se completa el proceso licitatorio iniciado en 2019 y reformulado en 2023, el Estado prioriza asegurar la continuidad del servicio público bajo un régimen transitorio.

La resolución, firmada por el secretario de Transporte, Luis Octavio Pierrini, entra en vigencia a partir de su suscripción y se suma a una serie de decisiones que delinean la hoja de ruta del Gobierno en materia de política ferroviaria y reorganización del transporte público.

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Extienden hasta 2027 la operación de la Línea Urquiza mientras sigue la licitación

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía resolvió extender hasta el 30 de junio de 2027 el plazo de continuidad en la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de la Línea Urquiza a cargo de Metrovías Sociedad Anónima, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación pública vigente, lo que ocurra primero. La decisión fue formalizada mediante la Resolución 91/2025, firmada el 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y busca garantizar la regularidad, continuidad y obligatoriedad del servicio mientras el Estado define el esquema definitivo de concesión.

La medida tiene impacto directo en la gobernanza del sistema ferroviario metropolitano, en un contexto de emergencia pública ferroviaria, procesos licitatorios inconclusos y revisión integral de los contratos heredados bajo el marco normativo de la Ley 27.132.

Un contrato vencido, extensiones sucesivas y un marco legal en revisión

El servicio de la Línea General Urquiza se encuentra concesionado desde 1993, cuando el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos aprobó el contrato con Metrovías S.A. mediante el Decreto 2608/1993, luego modificado por el Decreto 393/1999. El plazo original fue de 24 años, con posibilidad de prórrogas sucesivas de 10 años.

Sin embargo, el proceso de reordenamiento ferroviario iniciado por la Ley 26.352 y profundizado por la Ley 27.132, que declaró de interés público nacional la reactivación ferroviaria, modificó sustancialmente el rol del Estado. Esa normativa estableció la administración estatal de la infraestructura, habilitando la participación pública y privada en la operación, y facultó al Poder Ejecutivo a rescatar, renegociar o reconvertir concesiones.

En ese marco, la Resolución 1325/2017 del entonces Ministerio de Transporte rechazó la solicitud de prórroga contractual de Metrovías y dispuso la continuidad transitoria del servicio por 18 meses, plazo que fue extendido de manera sucesiva por las resoluciones 360/2019, 76/2020, 187/2023 y 1000/2024 del Ministerio de Economía. La última extensión previa había sido por 60 días, mediante la Resolución 62/2025 de la Secretaría de Transporte.

Licitación en curso y decisión de no avanzar aún con la adecuación contractual

En paralelo, el Estado lanzó un proceso licitatorio de mayor alcance. Mediante el Decreto 423/2019 se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de las Líneas Urquiza y Belgrano Norte, proceso que fue reformulado por el Decreto 170/2023, migrando de un modelo de concesión integral a uno centrado en operación y mantenimiento.

La Resolución 91/2025 detalla que Metrovías presentó una propuesta de adecuación contractual el 24 de octubre de 2025, en el marco del artículo 3° de la Ley 27.132 y del Decreto 1027/2018, modificado por el Decreto 478/2025, que delega en la Secretaría de Transporte la facultad de revisar los contratos vigentes, incluso con posibilidad de extensión por hasta 10 años.

No obstante, tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la Secretaría de Transporte resolvió no avanzar en esta instancia con la adecuación contractual, considerando la necesidad de mantener coherencia con el marco normativo vigente y con los procesos licitatorios en curso. Por ello, optó por una extensión administrativa del plazo de operación, como mecanismo transitorio.

El texto de la resolución es explícito: la continuidad se extiende “hasta el 30 de junio de 2027, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación aprobada por decreto 423/2019, con la modificación del decreto 170/2023, lo que ocurra primero”.

Impacto institucional y efectos sobre el sistema ferroviario

La decisión se inscribe en un escenario de emergencia pública ferroviaria, declarada por el DNU 525/2024 y reglamentada por el Decreto 526/2024, que abarca tanto la infraestructura como la operación de los servicios de pasajeros y cargas. La resolución aclara que dicha emergencia no altera los efectos de los contratos vigentes ni subroga las responsabilidades de los concesionarios.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad delegada para administrar la transición del modelo ferroviario, mientras que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF) continúan como organismos clave en el control y la administración de la red.

En términos prácticos, el artículo 2° de la resolución establece que, si la licitación se adjudica antes del 30 de junio de 2027, Metrovías deberá cesar la prestación sin derecho a reclamo alguno, colaborando con el traspaso al nuevo operador. Esto introduce una cláusula de salida clara y reduce la incertidumbre sobre eventuales compensaciones futuras.

Continuidad del servicio y definición pendiente

La extensión hasta 2027 garantiza previsibilidad operativa para la Línea Urquiza, una de las trazas estratégicas del sistema metropolitano, pero también deja en evidencia la dilación en la definición estructural del esquema concesional. Mientras avanza el proceso licitatorio, el Estado opta por un esquema de transición que prioriza la continuidad del servicio público sobre una resolución contractual definitiva.

La resolución, firmada por el secretario de Transporte, Luis Octavio Pierrini, entra en vigencia desde su suscripción y marca un nuevo capítulo en la larga transición del sistema ferroviario argentino hacia el modelo previsto por la Ley 27.132.

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Economía aprobó el Presupuesto 2025 de EANA con superávit y fuerte plan de inversiones

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El Gobierno aprobó el Presupuesto 2025 de EANA ingresos por $202.775 millones y superávit operativo y financiero

El Ministerio de Economía aprobó el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2025 de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad Anónima (EANA SA), mediante la Resolución 2086/2025, firmada por el ministro Luis Andres Caputo y publicada en el Boletín Oficial el 23 de diciembre de 2025. La decisión habilita un esquema económico-financiero que prevé ingresos de operación por $202.775.723.069, gastos por $168.812.139.281 y un resultado operativo positivo de $33.963.583.788, consolidando a la empresa como una de las sociedades estatales con equilibrio económico dentro del sector transporte.

La medida reviste importancia institucional y económica, ya que EANA es la prestadora del servicio público de navegación aérea en todo el territorio nacional y su presupuesto impacta directamente en la seguridad operacional, la eficiencia del tránsito aéreo y la continuidad del sistema aeroportuario argentino, que abarca 54 aeropuertos y una extensa superficie aérea bajo control nacional.

Marco normativo y fundamentos de la decisión

La resolución se dicta en el marco de las facultades conferidas por el artículo 49 de la Ley 24.156, que regula el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, y su Decreto Reglamentario 1344/2007. El expediente EX-2024-110054190-APN-SSGAI#MEC incluyó el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, y la intervención del servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía.

EANA actúa en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y fue constituida originalmente por la Ley 27.161, integrando desde su creación la estructura estratégica de la aviación civil y comercial. En la actualidad, la empresa opera como Sociedad Anónima, conforme a la modificación de su denominación aprobada en asamblea extraordinaria, en línea con el DNU 70 del 20 de diciembre de 2023.

El Plan de Acción aprobado establece como ejes centrales la seguridad operacional, la eficiencia en la gestión del tránsito aéreo, la optimización de recursos y la continuidad operativa, pilares que sustentan la viabilidad económica del presupuesto autorizado.

Números clave: resultado operativo, económico y financiero

Según lo dispuesto en los artículos 2°, 3° y 4° de la resolución, el presupuesto 2025 de EANA presenta un esquema de resultados positivos en todas sus dimensiones. Los ingresos corrientes se estiman en $202.775.723.069, mientras que los gastos corrientes ascienden a $168.812.139.281, lo que arroja un Resultado Económico (Ahorro) de $33.963.583.788.

En materia de capital, se proyectan recursos por $3.083.590.304 y gastos de capital por $36.502.233.645. En combinación con el ahorro económico, el cálculo final establece un Resultado Financiero superavitario de $544.940.447 para el ejercicio 2025.

Este esquema presupuestario se complementa con un plan de inversiones orientado a la modernización del sistema de vigilancia del tránsito aéreo, el rediseño de áreas de maniobra, la actualización de sistemas automatizados de gestión del tránsito aéreo, y el fortalecimiento de los sistemas de gestión de calidad y seguridad operacional, sin contemplar endeudamiento directo durante 2025. Las inversiones previstas se financiarán mediante transferencias de la Administración Pública, con respaldo de financiamiento externo vinculado a un crédito con el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), aplicado al proyecto de modernización del sistema de vigilancia aérea.

Proyección sectorial

La aprobación del presupuesto consolida el rol de EANA como actor clave del sistema aeronáutico nacional, responsable de la gestión de un espacio aéreo de 16,3 millones de kilómetros cuadrados y del soporte a un sistema por el que circulan cerca de 29,3 millones de pasajeros al año. El equilibrio operativo y el superávit financiero previstos refuerzan la capacidad de la empresa para sostener inversiones estratégicas sin recurrir a endeudamiento propio, en un contexto de reordenamiento del sector público empresario.

Desde el punto de vista institucional, la decisión ratifica la prioridad del servicio público de navegación aérea dentro de la política de transporte, con impacto directo sobre aerolíneas, operadores aeroportuarios y usuarios del sistema, y sienta las bases para una gestión orientada a la eficiencia, la seguridad y la previsibilidad presupuestaria durante 2025.

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Clase media: 53% debió usar ahorros o deuda para llegar a fin de mes

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La presión sobre la clase media se profundiza, el 53% tuvo que usar ahorros o endeudarse para llegar a fin de mes

Un informe del Instituto Argentina Grande (IAG) reveló que en el segundo trimestre de 2025 más de la mitad de los hogares de ingresos medios debió recurrir a ahorros, ventas de pertenencias o endeudamiento para cubrir gastos básicos. Según los microdatos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH-INDEC), este segmento social –tradicional motor del consumo interno– enfrenta el mayor deterioro en su capacidad de pago desde que se tiene registro comparable.

La mitad del país adopta estrategias de supervivencia económica: 53% de la clase media y 48% del total de hogares

El análisis del IAG sostiene que el 48% de los hogares argentinos tuvo que desplegar alguna estrategia complementaria para llegar a fin de mes, aunque el impacto es más pronunciado en los deciles de ingresos medios, donde el porcentaje asciende al 53%.

Los datos provienen del segundo trimestre de 2025 y muestran que, por primera vez, los hogares de ingresos medios superan a los sectores bajos en el uso de mecanismos extraordinarios para cubrir necesidades básicas. La dinámica revela un proceso sostenido de erosión del ingreso real y una creciente fragilidad financiera en el núcleo de la estructura social argentina.

Endeudamiento, ahorros y ventas: cómo se ajusta la clase media para sostener el mes

El informe detalla tres estrategias predominantes entre los hogares medios:

Uso de ahorros y venta de bienes

  • 35% de los hogares argentinos utilizó ahorros para alcanzar el fin de mes.
  • Entre los hogares medios, la proporción sube al 40%.
  • 9% de las familias debió vender pertenencias para obtener liquidez inmediata.

Endeudamiento récord

  • 25% de los hogares se endeudó para cubrir gastos básicos.
  • Es la única variable peor que en 2024, considerado el año pico de la serie.
  • La morosidad de los créditos personales alcanzó el 9,1%, el nivel más alto desde que existen registros.

Avance del crédito bancario en los ingresos medios

  • El 18% de los hogares medios tomó deuda con entidades financieras.
  • En contraste, solo el 12% de los hogares de menores ingresos recurrió a crédito bancario.

El informe interpreta este comportamiento como un signo de estrechez: la clase media, con acceso formal al sistema crediticio, utiliza endeudamiento como válvula de supervivencia, incrementando su vulnerabilidad a futuro.

El peso de los servicios públicos explica parte del deterioro: de 4% a 11% del salario mediano

La presión creciente sobre los ingresos medios se vincula directamente con el cambio en los precios relativos asociado a la reducción de subsidios.

Según el informe: en noviembre de 2023, los servicios públicos (agua, gas, electricidad) consumían 4% del salario mediano. En 2025, pasaron a representar 11% del mismo salario.

Este aumento de siete puntos porcentuales altera el presupuesto mensual de los hogares, especialmente en aquellos sin margen de ahorro y con gastos fijos estructurales como alquileres, cuotas escolares o transporte.

Un impacto estructural: riesgo para el consumo, las pymes y la recuperación económica

La pérdida de margen financiero en la clase media tiene efectos directos en:

El consumo interno: Menor capacidad de gasto en bienes no esenciales y servicios recreativos.

La solvencia del sistema financiero: La morosidad creciente presiona la cartera de créditos personales y puede restringir la oferta crediticia.

Las pymes y comercios: La caída del gasto discrecional reduce ventas y limita la recuperación de sectores intensivos en demanda doméstica.

La estabilidad social: El deterioro del “colchón” de ingresos medios es un indicador crítico para los niveles de conflictividad futura y para la sostenibilidad política de reformas en curso.

El informe del IAG pone en evidencia que las medidas de recomposición fiscal y la quita de subsidios están generando un reacomodamiento profundo en los hogares, con particular tensión sobre quienes no acceden a asistencia social pero tampoco poseen ingresos altos para absorber incrementos de tarifas y costos.

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