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El costo de la construcción cerró 2025 con un alza del 22,9% interanual, según el INDEC

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El costo de la construcción en el Gran Buenos Aires registró en diciembre de 2025 un incremento del 1,4% respecto de noviembre y una variación interanual del 22,9%, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El dato confirma la persistencia de presiones inflacionarias en uno de los sectores más sensibles para la inversión, la obra pública y el mercado inmobiliario, con impacto directo sobre los costos de edificación y los precios finales de la vivienda.

La información surge del Índice del Costo de la Construcción (ICC) correspondiente a diciembre de 2025, difundido oficialmente el 19 de enero de 2026, dentro de los informes técnicos del organismo estadístico nacional.

Composición del aumento: materiales, salarios y gastos generales

De acuerdo con el informe, el aumento mensual del 1,4% del nivel general fue consecuencia de alzas en los tres capítulos que integran el indicador: Materiales (+1,6%), Mano de obra (+1,3%) y Gastos generales (+1,3%).

En términos interanuales, la evolución muestra una dispersión significativa entre los componentes: Materiales: +21,3%. Mano de obra: +23,7%. Gastos generales: +25,5%

Este comportamiento revela que los mayores aumentos se concentraron en los costos indirectos y de operación, por encima incluso de los materiales y los salarios directos, lo que introduce un factor adicional de presión estructural sobre los presupuestos de obra.

La incidencia mensual sobre el nivel general fue liderada por Materiales (0,68 puntos porcentuales) y Mano de obra (0,63 p.p.), mientras que Gastos generales aportó 0,14 p.p., según el cuadro de incidencia elaborado por el INDEC.

Factores explicativos: acuerdos salariales y actualizaciones tarifarias

El informe identifica con precisión los factores que explican la dinámica de diciembre. En el capítulo Mano de obra, el INDEC señala que el incremento refleja el acuerdo salarial de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), fechado el 14 de noviembre de 2025 y homologado mediante la Resolución DI-2025-2639-APN-DNRYRT#MCH el 20 de noviembre de 2025, aplicable a las categorías laborales del Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 desde diciembre, junto con una asignación no remunerativa y extraordinaria derivada de dicha resolución.

El mismo documento aclara que el aumento en las categorías laborales también impactó en el capítulo Gastos generales, dado que este incluye el ítem “Sereno”, alcanzado por la normativa salarial.

En cuanto a los Gastos generales, el INDEC detalla que el capítulo incorpora: Los nuevos valores tarifarios aprobados por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para Edenor y Edesur desde el 1° de diciembre, en el marco de las revisiones tarifarias integrales, conforme a las resoluciones ENRE 798/25 y 797/25. Una actualización autorizada por la Resolución RESOL 2025-11-APN-SOP#MEC de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía en los valores de consumo y conexiones de agua y cloaca. Una actualización dispuesta por el ente regulador ENARGAS en los valores de todos los conceptos de conexión de gas.

Este entramado normativo confirma que una parte relevante del aumento del ICC responde a decisiones regulatorias y tarifarias, además de la negociación colectiva salarial, lo que refuerza el carácter institucional del proceso de formación de costos en el sector.

Dinámica sectorial y repercusiones en la actividad

El capítulo Materiales, que representa el 46% de la ponderación total del índice, mostró aumentos destacados en insumos clave. Entre los mayores incrementos mensuales se observaron: Artefactos de iluminación y portero eléctrico: +3,6%. Cemento, cal y yeso: +2,9%. Mesadas de granito: +2,9%. Hierro para la construcción: +2,8%. Piezas de carpintería y cables eléctricos: +2,2%.

En contraste, algunos rubros registraron bajas o subas marginales, como muebles de madera para cocina (-0,7%) o productos de cobre, plomo y estaño (+0,2%), lo que evidencia una dinámica heterogénea dentro del universo de insumos.

Por ítem de obra, los mayores aumentos mensuales se verificaron en Ascensores (+1,9%), Yesería (+1,9%), Pintura (+1,7%), Instalación eléctrica (+1,6%) y Vidrios (+1,6%), mientras que las menores variaciones se dieron en Carpintería metálica y herrería (+0,4%) y Movimiento de tierra (+1,1%).

Desde el punto de vista económico, esta estructura de aumentos impacta directamente en: La viabilidad financiera de proyectos inmobiliarios privados. Los presupuestos de obra pública y su actualización contractual. La dinámica de precios del mercado de vivienda nueva.

Asimismo, la persistencia de aumentos por encima del 20% interanual en todos los capítulos sugiere que el sector continúa operando bajo un esquema de costos elevados, con potencial traslado a precios finales y efectos sobre la accesibilidad habitacional.

Relevancia institucional del ICC y proyección

El INDEC recuerda que el ICC se utiliza como referencia para la actualización de contratos de obra pública en el marco del Decreto 1.295/02, lo que convierte a este indicador en una variable clave para la gestión fiscal, la ejecución presupuestaria y la planificación de infraestructura.

Metodológicamente, el índice mide la variación mensual del costo de la construcción privada de viviendas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los 24 partidos del conurbano bonaerense, excluyendo terreno, derechos de construcción, honorarios profesionales, IVA, gastos financieros y beneficio empresario.

En este marco, el cierre de 2025 con una suba interanual del 22,9% consolida al costo de la construcción como uno de los componentes más persistentes de la inflación sectorial, con implicancias directas sobre inversión, empleo y política habitacional.

Costo Construcción INDEC by CristianMilciades

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Vialidad abre una consulta pública para actualizar las tarifas de peaje en los corredores viales

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La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) dispuso la apertura del Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas para avanzar con la aprobación de un nuevo esquema tarifario en los peajes concesionados a Corredores Viales S.A. La medida, formalizada mediante la Resolución 42/2026, habilita un período de consulta ciudadana de 15 días hábiles administrativos y constituye un paso previo obligatorio antes de la eventual actualización de tarifas, en línea con los criterios constitucionales de razonabilidad, gradualidad y transparencia en servicios públicos esenciales.

La decisión fue adoptada en la Ciudad de Buenos Aires el 13 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial los días 14 y 15 de enero de 2026, bajo el número 1808/26, en el marco del expediente EX-2025-138657392-APN-DNV#MEC.

Consulta ciudadana y actualización tarifaria: el procedimiento que activa Vialidad Nacional

La Resolución RESOL-2026-42-APN-DNV#MEC declara formalmente la apertura del procedimiento previsto en el Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, aprobado por el Artículo 3° del Decreto N.° 1.172/2003, para el Proyecto de Aprobación de los Cuadros Tarifarios aplicables a los Contratos de Concesión de los Corredores Viales Tramos I al X.

El proceso se inicia a partir de una solicitud presentada por Corredores Viales S.A., que requirió la aplicación del apartado 8.2 de la Cláusula Octava de los Contratos de Concesión, junto con el Artículo 49° para los Tramos I a V y el Artículo 50° para los Tramos VI a X de los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales. En ese marco, la concesionaria sometió a consideración un cuadro tarifario para su análisis y eventual aprobación.

La Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado bajo la órbita del Ministerio de Economía conforme al Decreto N.° 644/2024, y bajo el control tutelar de la Secretaría de Obras Públicas según el Decreto N.° 866/2025, elaboró los informes técnicos correspondientes, los cuales fueron remitidos a dicha Secretaría. A partir de ese análisis, se consideró “apropiada la implementación de la tarifa propuesta por la empresa concesionaria”.

Posteriormente, la Gerencia Ejecutiva de Planeamiento y Concesiones confeccionó los nuevos cuadros tarifarios, respetando la escala entre categorías de vehículos prevista en los contratos de concesión vigentes, y promovió la actualización para los Tramos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X.

Fundamentos constitucionales, participación y resguardo de los usuarios

La resolución pone el acento en el Artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza los derechos de los usuarios a la protección de sus intereses económicos, a una información adecuada y veraz, y a condiciones de trato equitativo y digno, así como el deber del Estado de controlar la calidad y eficiencia de los servicios públicos.

En ese sentido, la Subgerencia de Atención al Usuario destacó que la implementación de un procedimiento participativo previo al dictado de actos de alcance general “es altamente beneficiosa”, ya que permite una mayor eficacia administrativa y un mayor grado de acierto en decisiones que impactan directamente sobre los usuarios del sistema vial.

La medida también se apoya en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, citando el fallo CSJN 339:1077, donde el máximo tribunal fijó criterios rectores sobre la razonabilidad de la política tarifaria en servicios públicos esenciales. Según ese precedente, el Estado debe actuar con “especial prudencia y rigor” al fijar tarifas, asegurando certeza, previsibilidad, gradualidad y razonabilidad, y evitando restricciones arbitrarias o desproporcionadas a los derechos de los usuarios.

Bajo ese marco, Vialidad Nacional resolvió aplicar el mecanismo previsto en el Anexo V del Decreto N.° 1.172/03, que regula la participación ciudadana en la elaboración de normas, designando como autoridades responsables del procedimiento a la Gerencia Ejecutiva de Planeamiento y Concesiones y a la Subgerencia de Atención al Usuario.

Plazos, acceso a la información y canales habilitados

A partir del día siguiente a la última publicación en el Boletín Oficial, los interesados cuentan con un plazo de QUINCE (15) días hábiles administrativos para acceder a los proyectos de norma y a los cuadros tarifarios propuestos.

La documentación estará disponible en el sitio web oficial de la Dirección Nacional de Vialidad, dentro de la sección “Espacios Participativos”, y también podrá ser consultada a través del sistema Trámite a Distancia (TAD), seleccionando la opción “Presentación ciudadana ante el poder ejecutivo”, en el marco del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Asimismo, se aprobó el “Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas” (Anexo II – IF-2026-02978183-APN-RRIICP#DNV), conforme a lo dispuesto en el Artículo 15 del Reglamento y el Anexo VI del Decreto N.° 1.172/03. Dicho formulario podrá descargarse, completarse y enviarse en formato PDF a la dirección atencionalusuario@vialidad.gob.ar dentro del plazo establecido.

Las opiniones y propuestas recibidas serán incorporadas en un Registro que funcionará en la Subgerencia de Atención al Usuario, consolidando así el proceso de consulta pública previo a la definición final del nuevo esquema tarifario.

Impacto institucional y proyección del proceso

La apertura de este procedimiento constituye un paso institucional clave en la redefinición de las tarifas de peaje de los corredores viales concesionados, al articular los derechos de los usuarios, las obligaciones contractuales de la concesionaria y las facultades regulatorias del Estado.

El proceso participativo no implica aún la aprobación definitiva de los nuevos valores, pero habilita el marco formal para que la ciudadanía y los actores interesados expresen sus opiniones antes del dictado del acto administrativo final, que quedará en cabeza de la Dirección Nacional de Vialidad, conforme al Artículo 20° del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas.

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El Gobierno unifica los subsidios energéticos y crea el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados desde 2026

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El Poder Ejecutivo Nacional formalizó una reforma estructural del esquema de subsidios a la energía mediante el Decreto 943/2025, publicado en el Boletín Oficial con fecha 2 de enero de 2026, que unifica todos los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y da nacimiento al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La medida elimina la segmentación por niveles de ingresos vigente desde 2022, crea un nuevo registro único de beneficiarios y redefine criterios de inclusión, bloques de consumo subsidiado y bonificaciones aplicables a la electricidad, el gas natural, el gas propano por redes y el gas licuado de petróleo (GLP) en garrafas.

El nuevo esquema marca el cierre definitivo del Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados, iniciado en junio de 2024, y se inscribe en la estrategia fiscal y macroeconómica del Gobierno orientada a la reducción del déficit, la baja de la inflación y la mejora en la eficiencia del gasto público. Según los considerandos del decreto, los subsidios energéticos pasaron de representar 1,42% del PIB en 2023 a 0,60% del PIB en 2025, en el marco de una política explícita de focalización del gasto.

Del esquema segmentado al padrón único: criterios de inclusión y nuevo registro

Uno de los cambios centrales del Decreto 943/2025 es la eliminación del esquema de segmentación en tres niveles de ingresos, establecido originalmente por el Decreto 332/2022. El Gobierno argumenta que ese sistema se mostró “complejo y poco transparente”, dificultando tanto la identificación de los hogares que realmente necesitan asistencia como la comprensión, por parte de los usuarios, de su elegibilidad al subsidio.

En su reemplazo, el decreto crea una única categoría de beneficiarios, integrada por los hogares que soliciten y requieran asistencia económica para acceder al consumo energético indispensable, conforme a criterios objetivos y verificables detallados en el Anexo I. El umbral de ingresos se fija en valores iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar 2, según el INDEC, considerando los ingresos netos del grupo familiar en su conjunto.

La reforma también da origen al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. El ReSEF se construirá sobre la base de datos existente del RASE, por lo que los usuarios ya inscriptos no deberán reinscribirse, aunque podrán actualizar su declaración jurada de ingresos, grupo conviviente y fuentes de suministro energético.

El decreto mantiene el acceso digital al registro y el canal presencial en ANSES, y prevé mecanismos de revisión de categorización a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Asimismo, se establece el cruce sistemático de información con bases de datos del SINTyS y otros organismos, junto con criterios de georreferenciación e indicadores patrimoniales, para reducir errores de inclusión y exclusión.

Bloques de consumo, bonificaciones y gradualidad del nuevo esquema

El régimen SEF redefine los bloques de consumo base subsidiado para la energía eléctrica: 300 kWh mensuales en los meses de mayor demanda (enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre) y 150 kWh en los meses de menor consumo. La Secretaría de Energía queda facultada a establecer consumos diferenciales para provincias más cálidas o zonas con particularidades bioambientales.

Para el gas natural, se mantienen los volúmenes base definidos en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, extendidos ahora también a los usuarios de gas propano indiluido por redes, que hasta el momento no estaban contemplados en el RASE. Los consumos que superen esos bloques no recibirán bonificación.

En materia de descuentos, el Anexo II fija una bonificación general del 50% sobre el consumo base de electricidad durante todo el año. En el caso del gas natural y del gas propano por redes, las bonificaciones se concentran en los meses de mayor consumo estacional. Además, durante 2026 se aplicará una bonificación extraordinaria adicional de hasta el 25%, decreciente a lo largo del año, con el objetivo de garantizar gradualidad y previsibilidad en las facturas.

El decreto establece que, para el gas natural, las bonificaciones se aplicarán exclusivamente sobre el Precio Anual Uniforme (PAU) derivado del Plan Gas.Ar, excluyendo el gas natural licuado (GNL) y nuevos contratos fuera de ese esquema. Con ello, se busca atenuar el doble efecto estacional que combina mayores consumos y precios más altos en invierno.

Decreto 943/2025 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

Unificación normativa, fin de la Tarifa Social y migración del Programa Hogar

La creación del SEF implica una reorganización integral de los regímenes vigentes. El decreto deja sin efecto la Tarifa Social Federal de Gas y dispone la derogación del Decreto 332/2022, que había instaurado la segmentación por niveles de ingresos. También establece la migración, en un plazo máximo de seis meses, de los beneficiarios del Programa Hogar al nuevo régimen de subsidios focalizados para usuarios de garrafas de GLP de 10 kilos, tras lo cual dicho programa será eliminado.

Según el texto oficial, esta unificación busca corregir inequidades horizontales derivadas de la superposición de esquemas como la segmentación, la Tarifa Social y el Régimen de Zona Fría, que generaban tratamientos dispares para hogares con condiciones socioeconómicas similares y confusión en las facturas de los servicios.

anexo 1 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

La Secretaría de Energía fue designada Autoridad de Aplicación, con amplias facultades para ajustar volúmenes subsidiados, bonificaciones, mecanismos de compensación a prestadoras y acuerdos con proveedores, además de dictar normas complementarias. El ENARGAS y el ENRE deberán aplicar los nuevos criterios en cuadros tarifarios y facturación, mientras que se invita a provincias y entes reguladores locales a adherir al esquema para asegurar cobertura nacional.

anexo 2 Subsidios Energéticos by CristianMilciades

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Arranca 2026 con subas de servicios públicos: aumentan electricidad, gas y agua en todo el país

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El inicio de 2026 llegará con nuevos aumentos en las tarifas de luz, gas, agua y cloacas en todo el país, tras una serie de resoluciones oficiales que establecen ajustes de entre 2,5% y 4% promedio para los usuarios residenciales. Las subas, que ya fueron formalizadas en el Boletín Oficial y por los entes reguladores, no incluyen aún la eliminación de subsidios energéticos anunciada por el Gobierno nacional, una decisión que podría llevar los incrementos a porcentajes de dos dígitos, especialmente en el gas natural.

La política tarifaria combina actualizaciones mensuales indexadas por inflación, cambios en la segmentación de usuarios, un nuevo esquema de subsidios focalizados y señales de fondo orientadas a reducir el déficit fiscal, garantizar la sustentabilidad económica de los servicios públicos y avanzar en la reorganización regulatoria y empresarial del sector.

Electricidad y gas: subas moderadas en enero, con riesgo de mayores ajustes

En el caso de la energía eléctrica, el Gobierno confirmó que desde enero regirán nuevos cuadros tarifarios con un aumento promedio del 2,5% en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense, áreas bajo concesión de Edenor y Edesur. En términos precisos, el incremento será del 2,31% para Edenor y del 2,24% para Edesur, según lo establecido en las Resoluciones 841 y 842/2025, publicadas en el Boletín Oficial.

Para el resto del país, la actualización del precio mayorista de la electricidad será del 3,2%, aunque el impacto final en las facturas dependerá de las decisiones que adopten provincias y municipios sobre el componente de distribución.

Las normativas explican que los ajustes surgen de la aplicación mensual de la fórmula prevista en el artículo 17 de la Resolución ENRE 304/2025, cuyo objetivo es garantizar que la remuneración de las distribuidoras conserve su valor real durante el período tarifario de cinco años. Para el cálculo se toman las variaciones del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, que en noviembre fueron del 1,59% y 2,47%, respectivamente. La fórmula pondera un 67% el IPIM y un 33% el IPC, lo que arroja un aumento del 1,88% en el Costo Propio de Distribución (CPD) antes de su traslado completo a las tarifas finales.

En cuanto al gas natural por redes, el incremento anunciado para enero oscila entre 2% y 3%. Sin embargo, el principal foco de atención está puesto en la quita de subsidios, ya que la actualización llevará el precio mayorista del gas a 3,79 dólares por millón de BTU, frente a los 2,95 dólares que paga actualmente Metrogas. De concretarse plenamente este ajuste, algunas regiones y categorías de consumo podrían enfrentar subas superiores al 10%.

Nuevo esquema de subsidios y cambios regulatorios desde 2026

A partir del 2 de enero de 2026, el Gobierno reemplazará el esquema de segmentación tarifaria vigente hasta 2025 por una clasificación de solo dos categorías de usuarios residenciales. Además, los bloques de consumo subsidiado variarán según la estación del año, lo que podría modificar de manera significativa la composición de las facturas y el acceso a los beneficios estatales.

En paralelo, comenzará a implementarse el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que establece un tope de ingresos equivalente a tres canastas básicas totales. Los hogares cuyos ingresos totales superen ese umbral perderán el subsidio, en caso de que aún lo estuvieran recibiendo.

El Ejecutivo ratificó que la actualización tarifaria mensual indexada por inflación se mantendrá al menos hasta abril de 2030, con el argumento de preservar la capacidad de inversión de las empresas y evitar nuevos atrasos tarifarios. En ese marco, se prevé que durante el primer trimestre de 2026 se avance en la fusión de los entes reguladores del gas y la electricidad en un único organismo, con directorio y control parlamentario, para unificar la regulación y la supervisión del sector energético.

Agua y cloacas: AySA tendrá aumentos del 4% mensual hasta abril

El servicio de agua y cloacas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) también registrará subas relevantes. La Resolución 53 del ERAS habilitó a AySA a aplicar aumentos de hasta 4% mensual entre enero y abril de 2026, en reemplazo del ajuste del 1% mensual que rigió durante 2025.

El cambio busca compensar un retraso tarifario acumulado del 21,05%, asociado a incrementos que no se aplicaron el año pasado, lo que derivó en una caída de ingresos estimada en 95.000 millones de pesos para la empresa. Ese desfasaje fue absorbido mediante la postergación de gastos e inversiones, en un contexto donde el Gobierno evalúa la privatización de la compañía.

Con la nueva escala, la factura promedio antes de impuestos se ubicará en 30.489 pesos para el valor zonal “alto”, 27.689 pesos para el “medio” y 22.248 pesos para el “bajo”. De mantenerse el ajuste del 4% mensual durante los primeros cuatro meses del año, el incremento acumulado alcanzará aproximadamente el 17%.

Pese a que se esperaba la realización de una audiencia pública en 2025 para definir un criterio uniforme de actualización tarifaria, el proceso no se concretó, dejando pendiente la discusión sobre el mecanismo definitivo que regirá los futuros aumentos.

Un inicio de año con mayor presión sobre los ingresos familiares

Las subas de luz, gas y agua que entran en vigencia desde enero se suman en un contexto de reordenamiento fiscal y reducción de subsidios, con un impacto directo sobre el presupuesto de los hogares y sobre la estructura de costos de comercios e industrias. Aunque los aumentos iniciales son moderados, el verdadero desafío estará en cómo evolucionen las tarifas una vez que se profundice la quita de subsidios y se consolide el nuevo esquema regulatorio.

El Gobierno sostiene que estas decisiones son necesarias para asegurar la sustentabilidad de los servicios públicos, reducir el déficit y avanzar con la desregulación de los mercados, pero el efecto social y político de los ajustes marcará buena parte de la agenda económica del primer tramo de 2026.

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Marcelo Zbikoski: el transporte público enfrenta el fin del modelo de subsidios y tarifas irreales

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El empresario del transporte Marcelo Zbikoski trazó un diagnóstico crudo sobre el presente y el futuro del transporte público en la Argentina, al advertir que el modelo económico y regulatorio vigente “cambió la música y los pasos de baile” para empresas, usuarios y el propio Estado. En una extensa entrevista en Radio Republica, sostuvo que el país atraviesa el fin de un esquema sostenido por subsidios generalizados y atraso tarifario, con impactos directos en la sustentabilidad del servicio, la calidad de la flota y la viabilidad de las empresas, especialmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Desde su mirada, el escenario actual obliga a revisar costos, decisiones de inversión y expectativas sobre el rol estatal. “El servicio de transporte público es apenas eso: un servicio. A tarifa de transporte público”, afirmó, al tiempo que remarcó que las empresas fueron contratadas para prestar un servicio específico, condicionado por ingresos reales que hoy no alcanzan a cubrir la estructura de costos.

Fin del modelo de subsidios: costos reales, tarifas y un sistema en deterioro

Zbikoski explicó que el sistema de transporte urbano funcionó de manera autosustentable hasta 2002, cuando “se sostenía solo con tarifa como único ingreso”. A partir de ese momento, y durante más de dos décadas, se consolidó un esquema de subsidios crecientes, que primero incentivó inversiones en flota y luego derivó en un proceso de congelamiento y atraso de compensaciones.

“El Estado no compensa, y cuando compensa lo hace con cinco meses de atraso y con una inflación del 211%”, señaló, al describir un proceso que, según su análisis, degradó progresivamente el servicio. Como resultado, se redujeron frecuencias, envejeció el parque automotor y aumentaron los reclamos de los usuarios. En el AMBA, precisó, la antigüedad promedio de la flota ronda los nueve años, con unidades que llegan a los 18 años de uso, una señal clara de descapitalización.

En términos de estructura de costos, detalló que entre el 51% y el 53% del valor del boleto corresponde a salarios, mientras que el combustible representa entre el 19% y el 20%. El resto se distribuye entre impuestos, mantenimiento y amortización. Bajo esas condiciones, estimó que el costo real de transportar a un pasajero debería ubicarse entre $4.000 y $5.000, según el tipo de servicio y la demanda de cada línea.

La conclusión es contundente: “No hay garantía de supervivencia del sistema hacia adelante. La idea del gobierno es que sobreviva el mejor”.

Misiones como excepción y el debate por la equidad del subsidio

En contraste con el AMBA, Zbikoski destacó que Misiones presenta una dinámica diferente. Según explicó, allí existe un esfuerzo compartido entre usuarios, gobierno provincial y municipios para sostener “la mejor calidad de servicio posible dentro del precio más razonable”. Sin embargo, reconoció que el margen es cada vez más estrecho y que ningún esquema puede escapar al impacto del costo del combustible y la presión impositiva.

El empresario cuestionó además el carácter regresivo del subsidio generalizado, al señalar que hoy el sistema subsidia por igual “a quien gana dos o tres millones de pesos y al desocupado”. Recordó que ya en 2012 y 2013 se planteó la idea de subsidios a la demanda a través de la tarjeta SUBE, pero nunca se implementó de manera efectiva. “Hoy sería más fácil que antes”, afirmó, aunque aclaró que todo depende del modelo de servicio público que definan las autoridades.

En ese marco, advirtió que el transporte perdió cerca de un 40% de pasajeros, desplazados hacia alternativas como Uber, Uber Moto y motos particulares, una tendencia que, según subrayó, tiene un fuerte impacto social y sanitario. “La gente que se sube a una moto está poniendo en riesgo su vida”, alertó, al vincular el crecimiento de estas modalidades con el aumento de accidentes y secuelas graves.

Infraestructura pendiente, ferrocarril y reforma laboral

Zbikoski también se refirió a proyectos inconclusos que podrían aliviar la presión sobre el transporte urbano, como el tren Posadas–Garupá. Aseguró que el material rodante está disponible y que las vías y estaciones fueron reparadas en 2020, pero que el servicio nunca se puso en marcha por la falta de una autorización formal de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario, dependiente de la Secretaría de Transporte. “Falta solo un papel”, resumió, y sostuvo que el tren tendría impacto favorable en términos de movilidad y costos, siempre que se defina una tarifa viable.

En cuanto al uso de gas natural en colectivos, recordó que Misiones es la única provincia sin gasoducto, lo que obliga a transportar el combustible desde Córdoba. Señaló que hay cuatro colectivos a gas en etapa de prueba, bajo regulación de ENARGAS y la Secretaría de Energía, aunque el proceso demandará varios meses antes de una eventual expansión.

Finalmente, el empresario abordó el debate sobre la reforma laboral, al plantear que la rigidez actual encarece el servicio. Citó como ejemplo que un conductor que trabaja media hora debe cobrar ocho horas completas, aun cuando la demanda efectiva sea menor. “Tal vez no se necesita ocho horas de trabajo”, sostuvo, y propuso esquemas más flexibles que permitan contratar por horas reales, en blanco y con cobertura plena, reduciendo costos sin precarizar.

Un cambio estructural en marcha

El diagnóstico de Zbikoski se inscribe en un contexto más amplio de redefinición del rol del Estado y del financiamiento de los servicios públicos. Para el empresario, el mundo avanza hacia un modelo en el que “el adulto debe ser tratado como adulto”: quien quiere un mejor servicio, debe pagar por él. En ese escenario, el transporte público enfrenta una encrucijada: redefinir tarifas, subsidios y reglas laborales, o profundizar un deterioro que ya impacta en usuarios, trabajadores y empresas.

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