ARCA cambió de estrategia, no más apelaciones por ganancias a jubilados
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial y dejar de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La decisión se alinea con la doctrina que sostiene la Corte Suprema desde 2019 y busca evitar nuevos costos judiciales para el Estado.
La medida quedó formalizada mediante la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, donde el organismo reconoció la “reiterada jurisprudencia” del máximo tribunal en favor de jubilados y pensionados y ordenó adecuar la actuación de sus representantes legales.¿Qué hará ARCA?
En concreto, ARCA instruyó no presentar recursos extraordinarios ni recursos de queja ante la Corte Suprema en este tipo de expedientes. Además, en los casos ya iniciados, el organismo deberá desistir de las apelaciones pendientes que aún no hayan sido tratadas.
El cambio de postura se apoya en el histórico fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado el 26 de marzo de 2019. Allí, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre jubilaciones.
Jueces de la Corte
En aquella sentencia, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco consideraron que gravar haberes previsionales podía vulnerar el principio de igualdad constitucional cuando se trataba de personas en situación de vulnerabilidad por edad o salud.
La Corte sostuvo entonces que “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad” y ordenó reintegrar las sumas retenidas a una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, cuyos descuentos llegaban al 31,94% de sus ingresos.
La resolución fue firmada el pasado 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, quien además dispuso que, cuando las cámaras federales rechacen de manera sistemática las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias sobre la cuestión de fondo.
En esos casos, ARCA solo continuará litigando aspectos vinculados a honorarios y costas judiciales, para “no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.
De todos modos, la nueva directiva no alcanzará a las causas impulsadas por asociaciones o colegios que carezcan de legitimación activa, ni tampoco a expedientes donde el organismo considere que existen circunstancias particulares capaces de revertir el criterio judicial vigente.
