Industria electrónica: empresas fueguinas deberán adaptar su producción a nuevos requisitos técnicos
Industria electrónica: el Gobierno aprobó un nuevo proceso productivo para televisores y monitores en Tierra del Fuego
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La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía actualizó formalmente el proceso productivo mínimo exigido para la fabricación de televisores y, por primera vez, incorporó también a los monitores dentro del régimen de promoción industrial de Tierra del Fuego. La medida fue oficializada a través de la Resolución 296/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Con esta nueva normativa, se deja sin efecto el procedimiento aprobado en 1989 mediante el Decreto N.º 1009, vigente hasta ahora, e introduce una secuencia de operaciones más exigente y adaptada a los estándares tecnológicos actuales. El nuevo esquema no solo consolida los requisitos de transformación sustancial del producto, sino que también establece criterios de trazabilidad, control de calidad y limitaciones en la importación de partes semielaboradas.
La resolución dispone que todas las empresas que actualmente fabrican televisores bajo el esquema anterior tendrán un plazo de 180 días corridos, a partir de la entrada en vigencia de la norma, para adecuarse al nuevo proceso. Además, deberán tramitar nuevamente el inicio de producción para cada modelo fabricado, incluso si ya cuentan con acreditación de origen vigente.
Requisitos técnicos y restricciones a la importación
Uno de los ejes centrales del nuevo proceso es la exigencia de que los insumos ingresen completamente desarmados bajo la modalidad CKD (“Completely Knocked Down”), con excepciones limitadas a componentes que no puedan desarmarse sin perder funcionalidad. Entre los módulos exentos se encuentran las pantallas con placas controladoras, fuentes externas, placas principales con disipadores y módulos Ambilight, entre otros.
A su vez, se establece un proceso productivo base que incluye etapas como montaje y soldadura de componentes electrónicos, verificación de software, inspecciones de calidad y embalaje final. Todos los ensayos deben dejar registros auditables, conforme a instrucciones técnicas definidas por cada empresa.
Además, se fija un criterio estricto para considerar ciertos accesorios como “originarios” en el marco del Área Aduanera Especial: deben salir del territorio junto con el producto principal, representar menos del 15% del valor FOB, y estar detallados en el embalaje.
Trazabilidad y control sobre el régimen fueguino
El sistema de trazabilidad exigido en la resolución obliga a identificar materias primas, registrar ingresos de insumos, fechas de producción y características de la instalación utilizada, lo que apunta a cerrar grietas que en el pasado permitieron maniobras de ensamblaje mínimo para acceder a beneficios fiscales.
Por otro lado, la resolución delega en la Subsecretaría de Gestión Productiva la facultad de autorizar excepciones en el ingreso de módulos funcionales, previo dictamen técnico y consulta (no vinculante) a la Provincia de Tierra del Fuego, que ya se expresó favorablemente a esta actualización.
La nueva normativa refuerza el control estatal sobre uno de los principales regímenes de promoción industrial del país, en un momento en que el Gobierno Nacional ha manifestado su intención de revisar y racionalizar los beneficios fiscales asociados a Tierra del Fuego.
En este contexto, la inclusión de monitores al proceso aprobado y la actualización del listado de operaciones mínimas podrían tener un impacto relevante en las estrategias productivas y logísticas de las empresas radicadas en la isla, particularmente en cuanto a inversiones en líneas de montaje y adecuación tecnológica.
Con este movimiento, el Ejecutivo busca elevar la vara tecnológica del régimen para justificar su continuidad y mitigar cuestionamientos sobre su efectividad en términos de agregado de valor, empleo e innovación.
