El INCAA exige garantías en dólares y fija nueva fórmula de intereses para premios de concursos
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
El INCAA unifica el criterio de intereses para concursos y exige garantías en dólares por anticipos otorgados
Mediante la Resolución 512/2025, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) oficializó un nuevo régimen para el cálculo de intereses en caso de incumplimientos contractuales por parte de los ganadores de concursos de fomento audiovisual. La norma introduce una tasa objetiva en dólares y la obligación de constituir garantías suficientes al momento de la firma de los contratos. El cambio busca dotar de mayor previsibilidad y transparencia al sistema de apoyo económico estatal al cine.
Unificación de criterios y garantías en dólares: las claves de la Resolución 512/2025
El presidente del INCAA, Carlos Luis Pirovano, firmó el 6 de agosto de 2025 la Resolución 512/2025, publicada al día siguiente en el Boletín Oficial. La medida modifica cláusulas esenciales de las bases y condiciones de nueve concursos y convocatorias activas entre 2024 y 2025, estandarizando el tratamiento contractual frente a eventuales incumplimientos de los beneficiarios.
El cambio más relevante es el nuevo criterio para calcular los intereses por mora: se aplicará la tasa pasiva nominal anual en dólares a 30 días del Banco Nación, más un punto porcentual adicional. Esta tasa se utilizará en caso de que el INCAA deba exigir la devolución de fondos desembolsados por no cumplirse con las obligaciones asumidas en los contratos de fomento.
Además, se establece que los ganadores deberán constituir una garantía en dólares estadounidenses —mediante pagaré o seguro de caución— por el monto correspondiente a la primera cuota del premio, como condición indispensable para avanzar con la firma del contrato.
El INCAA administra un sistema de fomento a la producción audiovisual basado en concursos públicos con premios en dólares estadounidenses, pagaderos en pesos según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día anterior al pago.
Hasta ahora, el tratamiento en casos de incumplimiento no seguía un patrón uniforme. La nueva resolución responde a la necesidad de “unificar y actualizar el criterio de aplicación de intereses”, según argumenta el texto oficial, con el objetivo de evitar discrecionalidades y dotar de mayor seguridad jurídica tanto al Estado como a los beneficiarios.
La norma también se enmarca en el proceso de reorganización administrativa y financiera impulsado por la actual gestión del Instituto, que ya había establecido nuevas reglas en materia de evaluación, pagos y contrataciones en diversas resoluciones dictadas entre 2024 y 2025.
A quiénes afecta la nueva normativa: concursos y convocatorias alcanzadas
La resolución modifica las condiciones contractuales de los siguientes concursos y convocatorias:
- Largometrajes: Ficción y Documental (Res. 626/2024)
- Series Cortas de Ficción (Res. 655/2024)
- Historias Breves 2024 – Blood Window (Res. 702/2024)
- Ópera Prima 2024 (Res. 715/2024)
- Largometrajes de Documental Digital (Res. 44/2024)
- Segundas Películas 2025 (Res. 161/2025)
- 2º Llamado de Largometrajes Documentales 2025 (Res. 178/2025)
- Largometrajes para Grandes Audiencias (Res. 406/2025)
- 3º Llamado de Largometrajes Documentales 2025 (Res. 466/2025)
En todos estos casos, se deberá adecuar el contrato individual de fomento a las nuevas disposiciones: garantía obligatoria en dólares, fórmula unificada de cálculo de intereses y computación desde la fecha exacta del desembolso registrada en los sistemas contables del organismo.
La decisión fue adoptada con intervención técnica de las áreas clave del organismo: Subgerencia de Promoción, Gerencia de Políticas Públicas, Gerencia General y Gerencia de Asuntos Legales. Se ampara en la Ley 17.741 (t.o. 2001), que regula la actividad cinematográfica en la Argentina, y en los decretos 1536/2002 y 202/2024.
En línea con los principios de la administración pública, la resolución menciona expresamente que el nuevo régimen busca ser “objetivo, transparente y acorde al principio de razonabilidad”, asegurando un uso responsable y previsible de los fondos públicos destinados a fomentar el cine nacional.
El endurecimiento de los mecanismos de control contractual podría generar nuevas exigencias financieras para los realizadores audiovisuales, especialmente para aquellos de perfil independiente o emergente, que no siempre cuentan con respaldo suficiente para constituir cauciones o garantías en dólares.
Sin embargo, el nuevo sistema también ofrece claridad de reglas y un marco más estable para los compromisos asumidos, en un contexto macroeconómico donde las variaciones cambiarias y las demoras administrativas generaban incertidumbre sobre los pagos y sus eventuales consecuencias legales.
En el mediano plazo, la estandarización de criterios podría mejorar la eficiencia del INCAA en la recuperación de fondos en casos de incumplimiento, y favorecer una mejor administración del Fondo de Fomento Cinematográfico, reforzando su sustentabilidad.
La resolución se suma a una serie de medidas de ordenamiento implementadas en el INCAA desde 2024, orientadas a consolidar un sistema más profesionalizado y financieramente controlado de apoyo al cine nacional.
Si bien el régimen de premios en dólares pagaderos en pesos genera tensiones con la volatilidad macroeconómica, el criterio de intereses adoptado —basado en la tasa pasiva en dólares más un punto porcentual— busca preservar el equilibrio entre resguardo patrimonial del Estado y razonabilidad para los beneficiarios.
De cara a próximas convocatorias, se prevé que este esquema sea replicado y consolidado como estándar contractual, elevando los requisitos para acceder a los fondos públicos, pero también profesionalizando la relación entre el Estado y los productores culturales.
