A partir de ahora la Cédula Verde, el registro y el seguro se podrán descargar de una app y llevar en el celular
A partir de ahora no será necesario para los conductores de automóviles llevar la documentación en formatos físicos para circular en calles y rutas nacionales y provinciales.
Desde hoy todos los conductores podrán contar con esa documentación digitalizada en el teléfono celular.
Así lo establece la disposición 1/2019 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Esta disposición establece la creación de la “Cédula de Identificación del Automotor Digital” y la “Cédula de Identificación del Motovehículo Digital”, que a todos los efectos tendrán la misma validez legal que sus versiones físicas. También dispone la creación de la “Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir Digital”, que a todos los efectos tendrá la misma validez legal que su versión física.
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https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/211108/20190710
EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL
Y
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONEN
ARTÍCULO 1°.- Creáse la “Cédula de Identificación del Automotor Digital” y la “Cédula de Identificación del Motovehículo Digital”, que a todos los efectos tendrán la misma validez legal que sus versiones físicas.
ARTÍCULO 2°.- Creáse la “Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir Digital”, que a todos los efectos tendrá la misma validez legal que su versión física.
ARTÍCULO 3°.- Los elementos identificatorios creados por los artículos precedentes serán complementarios de sus versiones en formato papel, teniendo validez en sí mismos, y replicarán sus diseños.
ARTÍCULO 4°.- La “Cédula de Identificación del Automotor Digital”, la “Cédula de Identificación del Motovehículo Digital” y la “Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir Digital” se implementarán a través del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” y, como tal, formarán parte integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
ARTÍCULO 5°.- Apruébanse las características y particularidades operativas que como Anexo IF-2019-51737293-APN-DNRNPACP#MJ forma parte de la presente.
ARTÍCULO 6°.- La SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN arbitrará los medios necesarios para la implementación de la “Cédula de Identificación del Automotor Digital”, la “Cédula de Identificación del Motovehículo Digital” y la “Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir Digital” en el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” y definirá su plan de implementación.
ARTÍCULO 7°.- Las previsiones contenidas en la presente entrarán en vigencia a partir del 10° de junio de 2019.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Alejandro Abadie – Carlos Gustavo Walter
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/07/2019 N° 47621/19 v. 10/07/2019