ANSES: quiénes cobran el bono extraordinario previsional de $70.000 en septiembre
El Gobierno otorga un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 en septiembre para jubilados y pensionados
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Una medida de compensación por la pérdida del poder adquisitivo
A través del Decreto 613/2025, publicado este 28 de agosto en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 que se abonará en septiembre. La medida alcanza a jubilados, pensionados, beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y titulares de pensiones no contributivas, y busca compensar el deterioro en los haberes provocado por la anterior fórmula de movilidad establecida en la Ley 27.609.
El beneficio será percibido por más de siete millones de personas, según estimaciones oficiales, y tendrá carácter no remunerativo, inembargable y no computable para otros conceptos. La ANSES será la encargada de instrumentar el pago.
El decreto firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello reconoce que la fórmula de movilidad vigente entre 2021 y mediados de 2024 generó “graves inconvenientes al no resguardar el riesgo inflacionario”, produciendo un rezago entre los aumentos de haberes y la aceleración de los precios.
Ese esquema, regulado por la Ley 27.609, fue reemplazado en julio de 2024 mediante el Decreto 274/24, que dispuso la actualización mensual de los haberes en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. Sin embargo, el Gobierno admite que la transición dejó un daño acumulado en los ingresos de los adultos mayores, en especial los de menores recursos.
Desde enero de 2024, la compensación vino de la mano de bonos previsionales mensuales, que se prolongaron hasta agosto de 2025. El decreto 613/2025 extiende esa política con un nuevo pago extraordinario en septiembre, destinado a evitar que jubilados y pensionados continúen perdiendo poder de compra.
El detalle del beneficio: quiénes lo cobran y en qué condiciones
El artículo 1° del decreto fija el monto máximo del bono en $70.000, con las siguientes condiciones:
- Beneficiarios alcanzados:
- Jubilados y pensionados del régimen general (Ley 24.241).
- Regímenes especiales derogados y cajas provinciales transferidas.
- PUAM (Ley 27.260).
- Pensiones no contributivas por vejez, invalidez y madres de siete hijos o más.
- Pensiones graciables.
- Compatibilidades y límites:
- Quienes perciban un haber igual o menor al mínimo jubilatorio recibirán el bono completo.
- Quienes superen el haber mínimo recibirán un bono proporcional, hasta alcanzar el equivalente a haber mínimo + $70.000.
- En caso de pensiones con varios copartícipes, se considerará un único titular.
- Condiciones de cobro:
- El beneficio solo se liquida si el haber está vigente en septiembre.
- No será alcanzado por descuentos ni embargos.
- No se computará para ningún otro concepto.
El decreto instruye a la Jefatura de Gabinete a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias y faculta a la ANSES a dictar normas aclaratorias y a recuperar eventuales pagos indebidos.
La decisión tiene un alto impacto social y fiscal. En términos económicos, representa un refuerzo de ingresos para jubilados y pensionados de bajos haberes, en un contexto en que la inflación interanual supera el 200% y las jubilaciones mínimas, aun con la indexación por IPC, continúan rezagadas frente a la canasta de consumo de los adultos mayores.
Desde el punto de vista político, el bono busca contener el malestar de un sector vulnerable en medio de la tensión por los ajustes fiscales y el debate parlamentario sobre la sostenibilidad del sistema previsional. Al mismo tiempo, reaviva la discusión sobre el uso de bonos extraordinarios como mecanismo de compensación transitoria, frente a la necesidad de diseñar una regla de movilidad que combine previsibilidad fiscal con protección real del ingreso.
En el plano institucional, la medida ratifica el rol central de la ANSES como brazo ejecutor de la política previsional y de ingresos, en coordinación con la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Capital Humano.
El Gobierno no definió si este bono de septiembre será el último de la serie iniciada en 2024 o si continuará como refuerzo mensual. La clave estará en la dinámica inflacionaria y en la capacidad del Tesoro de sostener un gasto adicional que, según estimaciones privadas, puede superar el 0,2% del PBI mensual.
De lograrse una desaceleración sostenida de la inflación, el Ejecutivo podría avanzar hacia un esquema sin bonos extraordinarios, confiando en la indexación automática por IPC. En cambio, si la inflación persiste en niveles elevados, es probable que el pago de bonos siga siendo la herramienta política y social de contención.
Lo cierto es que el Decreto 613/2025 marca un nuevo capítulo en la política previsional argentina, donde el equilibrio entre sustentabilidad fiscal y protección social continúa siendo el eje de la disputa económica y política.
