ATP: El Gobierno amplia la ayuda estatal a firmas de más de 800 empleados
El Gobierno Nacional amplió hoy el alcance del Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), que contempla ayudas económicas para el pago de los sueldos.
A través de la decisión administrativa 721/2020 el Ejecutivo nacional flexibilizó los requisitos para acceder al plan de asistencia estatal para empresas.
El jefe de gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Producción, Matías Kulfas, adoptaron las recomendaciones que había formulado el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, integrado el ministerio de Desarrollo Productivo, la cartera de Trabajo, la AFIP y Jefatura de Gabinete.
En primer lugar, se incorporaron más actividades ya que hay algunos sectores que, a pesar de lo que se estimaba, están sufriendo fuertes caídas de ventas como el aluminio, moliendas de café, elaboración de cerveza, producción de galletitas y bizcochos y de pastas alimentarias frescas o de quesos, entre otros.
Según el anexo 3 de la disposición también ingresaron, por ejemplo, los servicios de gerenciamiento de empresas e instituciones de salud, servicios de auditoría y medicina legal.
En segundo lugar, se cambió el criterio de facturación permitiendo ingresar a empresas que presentan una variación de hasta el 5% nominal positivo en el período de análisis. Antes solo ingresaban las que tenían variaciones nominales negativas y hasta el 0%.
En tercer lugar, se incluyeron a empresas que se crearon después del 13 de abril de 2019 que antes por requisitos no entraban, ya que tenían que demostrar una caída en la facturación en 2020 contra el período comprendido entre marzo y abril del año pasado.
De acuerdo con los datos del Gobierno, en el Programa ATP se inscribieron 8771 empresas nacidas a partir del 13 de abril de 2019, las cuales emplean a 37.777 personas.
Por último, las empresas de más de 800 trabajadores podrán ser elegibles, siempre y cuando estén dentro de los sectores incluidos en el ATP.
De todos modos, teniendo en cuenta que las probabilidades de supervivencia de estas firmas son más elevadas que en las pymes, deberían cumplir criterios adicionales para ser elegibles: no distribuir las utilidades correspondientes al ejercicio 2020, no recomprar acciones, no adquirir títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior y no acceder a la compra de títulos en pesos para su posterior liquidación de compras en el extranjero.
La asistencia se encuadra en el paquete de medidas adoptadas por el Gobierno nacional para mantener el empleo y las unidades productivas en el contexto de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia, informó el diario La Nación.
La iniciativa contempla la postergación o reducción de hasta el 95 por ciento del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y el pago de un salario complementario para los trabajadores en relación de dependencia.
También prevé créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos y el acceso a una prestación económica para el caso de estar desocupado, explicó Trabajo.
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