EL PAIS

Milei reforma el régimen de personal de la SIDE desde 2027

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El Gobierno de Javier Milei aprobó el nuevo Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), una reforma que apunta a ordenar desde el ingreso y la formación hasta los ascensos, las remuneraciones, el régimen previsional y las sanciones disciplinarias de los agentes. El nuevo esquema comenzará a regir el 1° de enero de 2027 y constituye una pieza central en la reorganización del sistema de inteligencia impulsada por el Poder Ejecutivo.

El decreto 1021/2026, firmado el 15 de septiembre y publicado este miércoles en el Boletín Oficial, reemplaza un marco estatutario que, según los fundamentos oficiales, había sufrido modificaciones sucesivas durante la última década como consecuencia de la creación, transformación e intervención de organismos de inteligencia. La nueva normativa busca establecer un régimen de personal estable que permita construir una carrera profesional y favorecer la incorporación de perfiles especializados. El Estatuto alcanza a todo el personal de la SIDE y a la totalidad de sus órganos.

La apuesta institucional está puesta en transformar al recurso humano en uno de los componentes centrales de la modernización de la inteligencia estatal. El régimen establece como principios de la carrera la idoneidad, igualdad de oportunidades, mérito, transparencia y profesionalización. En particular, dispone que los procedimientos de acceso, evaluación y ascenso deben sustentarse en criterios objetivos y verificables, con trazabilidad de las decisiones.

Uno de los cambios más relevantes está en la construcción de una carrera con etapas y requisitos definidos. El ingreso ordinario tendrá como puerta de entrada una convocatoria anual para el Curso Básico de Ingreso de la Escuela Nacional de Inteligencia, cuya aprobación será condición necesaria para incorporarse a la carrera profesional. Luego existirá una etapa de planta condicional, con un vínculo de hasta un año, antes de una eventual confirmación en la planta permanente. Esa confirmación no será automática y quedará sujeta a las condiciones y políticas de personal vigentes.

El esquema también incorpora una clasificación en tres cuadros profesionales. El cuadro A estará destinado principalmente a perfiles universitarios o superiores, además de determinados integrantes retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad; el cuadro B contempla formación terciaria o intermedia universitaria y determinados perfiles retirados; mientras que el cuadro C requiere educación secundaria completa. Cada cuadro se divide en categorías con remuneraciones básicas y tiempos mínimos de permanencia.

El ascenso deja así de estar planteado exclusivamente como una cuestión de antigüedad. Para avanzar en la carrera será necesario cumplir los tiempos mínimos de permanencia, aprobar la capacitación obligatoria y obtener las calificaciones de desempeño requeridas, además de otros requisitos que pueda establecer la normativa complementaria. La formación también podrá generar puntaje académico para acelerar los tiempos de carrera, aunque el Estatuto aclara que ese mecanismo no genera un ascenso automático ni un derecho adquirido.

La evaluación del personal será anual, como mínimo, y deberá medir de manera sistemática las aptitudes, conocimientos, habilidades y desempeño. El sistema contempla experiencia, formación académica, conducta, capacidad para desarrollar las tareas asignadas, aptitudes comunicacionales y cumplimiento de los deberes establecidos por el Estatuto. La evaluación deberá realizarse antes del proceso anual de ascensos y también tendrá incidencia en el pasaje de la planta condicional a la permanente.

La capacitación adquiere un lugar estratégico dentro del nuevo diseño. La Escuela Nacional de Inteligencia tendrá a su cargo la matriz académica destinada a desarrollar las competencias requeridas por la Secretaría, mientras que la formación podrá articularse con universidades y otras instituciones educativas. Todos los agentes deberán completar una formación común obligatoria, complementada por capacitación específica vinculada con las funciones que desempeñen.

El nuevo régimen también intenta cerrar espacios de incompatibilidad y conflictos de intereses. Los agentes deberán mantener confidencialidad incluso después de abandonar la Secretaría, declarar su situación patrimonial y excusarse cuando exista riesgo de parcialidad o incompatibilidad. Además, se restringe la prestación de servicios para empresas y personas vinculadas con sectores como seguridad, defensa, inteligencia, ciberseguridad, comunicaciones, información comercial, publicidad, periodismo, estudios de mercado o vigilancia.

El Estatuto establece, al mismo tiempo, un régimen de derechos para los agentes, que incluye estabilidad una vez confirmados en planta permanente, retribución conforme a escalas, capacitación, licencias, asistencia social, jubilación, posibilidad de formular reclamos y derecho a rechazar una orden manifiestamente ilegal o violatoria de los derechos humanos. Ese último punto convive con un fuerte deber de obediencia respecto de las órdenes de servicio que reúnan las formalidades correspondientes.

En materia salarial, el nuevo esquema busca vincular remuneración, categoría y responsabilidad, con una estructura de conceptos básicos, bonificaciones, compensaciones, reintegros, asignaciones e indemnizaciones. Los conceptos salariales podrán ser actualizados en función de los incrementos que el Poder Ejecutivo homologue para la Administración Pública Nacional o de aquellos que se determinen específicamente para el personal de la SIDE.

El régimen previsional mantiene una característica diferencial: el personal queda afiliado a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. El Estatuto establece además que el haber jubilatorio ordinario no podrá ser inferior al 82% de los haberes asignados para la categoría respectiva, mientras que las pensiones serán equivalentes al 85% del haber previsional que percibía o le hubiera correspondido al agente fallecido.

También se fortalece el componente disciplinario. Las investigaciones estarán a cargo de la Inspectoría General de Inteligencia y deberán observar principios como tutela administrativa efectiva, proporcionalidad, celeridad, economía procesal y prohibición de doble punición. Las sanciones previstas van desde el apercibimiento y la retención de haberes no reembolsable hasta la suspensión, cesantía y exoneración. Los agentes sometidos a sumario tendrán derecho a ejercer su defensa con asistencia letrada.

La cuestión más sensible será ahora la implementación. El Estatuto no entra plenamente en funcionamiento de manera inmediata: comenzará a regir el 1° de enero de 2027. Antes deberá instrumentarse un régimen de transición para adaptar las situaciones existentes, contemplando la antigüedad, los tiempos de permanencia, los requisitos de ascenso y los trámites de ingreso, confirmación o cambio de cuadro que estén en curso.

La reforma, por lo tanto, no se limita a ordenar un escalafón interno. Construye una arquitectura de recursos humanos para una SIDE que pretende operar con mayores niveles de especialización técnica, capacitación permanente y evaluación sistemática. El desafío institucional será que esos principios —mérito, transparencia, profesionalización y trazabilidad— se traduzcan en procedimientos efectivos y previsibles, especialmente en un organismo cuya actividad, por su propia naturaleza, exige preservar información sensible y al mismo tiempo sostener controles sobre el uso del poder estatal.

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Juicio a Lotocki: peritos explicaron cómo la muerte del paciente “empezó a ocurrir mucho tiempo antes”

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Fiscales.gov – En el marco de la quinta audiencia del debate en el que se juzga al médico Aníbal Lotocki por el homicidio simple —con dolo eventual— de un paciente tras una operación estética realizada en abril de 2021, ocho peritos se presentaron la semana pasada a explicar los detalles de las distintas intervenciones que tuvieron en el caso, que alcanzan desde informes especializados a cuatro juntas médicas realizadas.

En este tramo del debate, se juzga lo sucedido la mañana del 15 de abril, cuando Christian Zárate (50) fue hasta el Centro Médico Conde (CEMECO) ubicado en la calle Colpayo 20 del barrio porteño de Caballito, para una intervención programada, que consistía en la remoción de tejidos en distintas partes del cuerpo, tales como “cuello, hombros, pectorales, brazos, axilas, cara anterior del abdomen, pelvis y región lumbar y sacra”. En concreto, se le realizó una dermolipectomía con la técnica “tulua” y una liposucción.

Tras la intervención (y luego de que Lotocki saliera del quirófano por 40 minutos), Zárate fue llevado a una habitación, donde lo asistió una enfermera que notó algo inusual en su drenaje. Eso fue comunicado a Lotocki, quien dispuso que el paciente volviera a ingresar al quirófano. En la mañana del viernes 16 de abril, tras pasar la noche dolorido y sin poder dormir, el paciente se descompensó y fue intubado, al tiempo que personal de la clínica se comunicó con una empresa de emergencias, desde la que enviaron una ambulancia. Los médicos que arribaron en el vehículo advirtieron la complejidad del cuadro y convocaron a una segunda ambulancia. En ese momento, el paciente sufrió un paro cardíaco y falleció luego de que intentaran reanimarlo.

Los peritos respondieron preguntas de la fiscal María Luz Castany, a cargo de la Fiscalía General N°30 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, y de las defensas de todos los implicados. Además de Lotocki, están en juicio el médico especialista en cirugía plástica Daniel Enrique Zambrano García, el médico anestesiólogo Santiago Luis Olguín y el médico y cirujano plástico Polansky Peláez Hoyos. Todos ellos junto a la contadora y directora del Centro Médico Conde, Andrea Isabel Torelli, están señalados también como responsables del homicidio de Zárate.

Por otra parte, la instrumentadora quirúrgica Florencia Marina Krzeczek está acusada haber ocultado el teléfono de Lotocki para que no lo hallaran los investigadores, lo que se catalogó bajo la calificación de encubrimiento agravado, por ser el hecho precedente un delito especialmente grave.

El miércoles 16 de septiembre declararán cuatro inspectores del Ministerio de Salud de la Nación que intervinieron en la clausura de CEMECO.

Complicaciones, procesos y deterioro

Ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17, la fiscal les preguntó primero si era una señal de alerta que el paciente hubiera drenado alrededor de 400 centímetros cúbicos de sangre durante la hora y media posterior a la primera intervención. Ante ello, respondieron que se debía establecer si esa circunstancia iba acompañada de signos clínicos de descompensación y que incluso correspondería pedir un análisis de laboratorio o una ecografía para determinar el problema. “Lo primero que se hace es inspeccionar a una paciente, fijarse el estado hemodinámico previo a realizar una apertura de la herida”, indicaron.

Luego, una de las médicas mencionó que, ante una dermolipectomía con una liposucción de dos litros y medio de grasa, se suele establecer que el paciente debe quedarse internado por lo menos un día.

En otro momento de la exposición, los peritos explicaron el contexto en el cual se dio la intervención a Zárate. “Para abril de 2021 era conocido que se habían suspendido cirugías programadas por un nuevo brote de COVID y que tanto instituciones públicas como privadas tenían una ocupación de camas al 90%, señalaron.

“Con riesgo de covid y siendo una cirugía mayor, debía tenerse un criterio y prever que este tipo de pacientes podía requerir un nivel de internación mayor”, agregaron. Por otro lado, ante las preguntas de la fiscal sobre los riesgos que conlleva una intervención de este tipo, mencionaron que no estaban detallados en el documento de consentimiento informado.

Tras explicar su intervención en una de las juntas médicas, los peritos marcaron que la muerte de Zárate fue un proceso y no algo que se desencadenó de forma súbita. “Los controles tendrían que haber sido más estrictos”, sostuvieron y agregaron que habitualmente ese tipo de pacientes van a terapia intensiva y que realizar el monitoreo es obligatorio.

“El deterioro se dio con el transcurso del tiempo y no se estuvo a la altura. El óbito empieza mucho antes, en una secuencia de deterioros que no fueron asistidos”, recalcaron e indicaron que los cuidados no fueron los que requería el paciente en esos momentos.

Concretamente, el anestesista Martín Meiriño sostuvo: “esto es una película y se tiene que entender como una película”, a lo que agregó: “el deterioro transcurrió con el transcurso del tiempo y no se estuvo, al menos por las actuaciones que a nosotros nos acercan, a la altura de seguir ese deterioro”.

“Ningún cirujano gratuitamente quiere reoperar a un paciente. Si se lo reopera, es por una causa: la reoperación genera mucho más morbo y mortalidad en un paciente”, puntualizó y consideró que fue en ese punto donde deberían “haber redoblado los esfuerzos de esa película”. Para concluir, indicó que no correspondería “quedarse en si la ambulancia tardó más o menos, porque el final era prominente”.

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Parques Nacionales extiende el plazo para definir los retiros voluntarios

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La Administración de Parques Nacionales extendió hasta el 30 de septiembre el plazo para resolver las solicitudes de adhesión al Sistema de Retiro Voluntario correspondiente al ejercicio 2026, en una decisión vinculada directamente con el reciente recambio de autoridades del organismo. La prórroga fue dispuesta con carácter excepcional y no modifica las condiciones ni los criterios establecidos para quienes se incorporaron al programa.

La Resolución 32/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, amplía el plazo que originalmente vencía a los 30 días corridos desde el cierre del período de adhesión. La decisión se fundamenta en las modificaciones producidas en la integración del Directorio de Parques Nacionales mediante los Decretos 960, 961, 962 y 963, dictados el 8 de septiembre.

El organismo justificó la extensión en la necesidad de garantizar la intervención de las autoridades competentes frente al estado de tramitación de las solicitudes. En otras palabras, el cambio de conducción alteró el contexto administrativo en el que debía completarse la evaluación y resolución de los pedidos de retiro voluntario.

La medida no implica una reapertura del programa ni una modificación de sus requisitos. Parques Nacionales estableció expresamente que la ampliación alcanza exclusivamente al plazo para resolver las solicitudes y que permanecen sin cambios las condiciones, criterios de evaluación y demás disposiciones del Sistema de Retiro Voluntario aprobado en junio.

El procedimiento contempla distintas etapas para analizar los pedidos y asigna al Directorio la responsabilidad de dictar el acto administrativo que determine su aceptación o rechazo. Con la nueva fecha límite, la Administración busca completar ese proceso bajo la actual composición de sus autoridades.

El cambio tiene una lectura relevante sobre la gestión de los recursos humanos del organismo. Los retiros voluntarios forman parte de las herramientas utilizadas para reordenar estructuras estatales y adaptar las dotaciones a las nuevas prioridades administrativas. En el caso de Parques Nacionales, esa reorganización debe convivir con una función específica que requiere presencia territorial y capacidad operativa en áreas protegidas distribuidas en todo el país.

Por eso, el resultado del proceso no dependerá solamente de cuántas solicitudes sean finalmente aceptadas. También será determinante cómo la Administración reorganice las funciones que queden vacantes y preserve las capacidades necesarias para administrar, conservar y controlar los territorios bajo su jurisdicción.

La resolución encomienda a la Dirección General de Recursos Humanos continuar con la tramitación de las actuaciones conforme al procedimiento previsto originalmente. La extensión, por lo tanto, busca ordenar administrativamente una transición de autoridades sin alterar las reglas bajo las cuales los trabajadores presentaron sus solicitudes.

El nuevo plazo vence el 30 de septiembre inclusive. Hasta entonces, la conducción de Parques Nacionales tendrá margen para completar la evaluación de los expedientes y adoptar las decisiones correspondientes, en un proceso que combina el recambio institucional con una revisión de la estructura de personal del organismo.

El desafío de gestión será que la reducción o reconfiguración de la planta no termine afectando las capacidades esenciales de Parques Nacionales. Una política de retiros voluntarios puede contribuir al ordenamiento administrativo, pero su resultado se mide también por la capacidad del Estado de conservar las funciones críticas que justifican la existencia del organismo.

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Tucumán será la Capital simbólica de la Argentina cada 9 de Julio

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La ciudad de San Miguel de Tucumán fue declarada “Capital simbólica de la República Argentina” todos los 9 de julio, a partir de una ley sancionada por el Congreso y promulgada por el Gobierno nacional. La medida establece además que, en adelante, los actos centrales que organice la Nación para conmemorar el aniversario de la Declaración de la Independencia deberán realizarse en la capital tucumana.

La Ley 27.820 fue sancionada por el Congreso el 26 de agosto y promulgada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 1006/2026, firmado el 14 de septiembre por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Diego Santilli. La norma fue publicada este martes en el Boletín Oficial y fija un esquema permanente para la celebración nacional del 9 de Julio.

El concepto de “Capital simbólica” tiene un alcance específico. La ley no modifica la capital oficial de la República Argentina ni altera el régimen institucional del país. Establece, exclusivamente, que San Miguel de Tucumán asumirá esa condición cada 9 de julio y que allí deberán realizarse los actos centrales organizados por el Gobierno nacional para recordar la Declaración de la Independencia.

El cambio tiene, sin embargo, una dimensión política y federal significativa. Tucumán fue el escenario donde el Congreso de las Provincias Unidas declaró la independencia en 1816, por lo que la decisión busca vincular de manera permanente la celebración nacional con el lugar histórico en el que se produjo el hecho fundacional.

La medida también modifica la geografía habitual de las principales ceremonias oficiales. En lugar de concentrar necesariamente la conmemoración en Buenos Aires, la ley establece a Tucumán como sede de los actos centrales del 9 de Julio. De esta manera, una celebración que representa a todo el país tendrá una sede federal definida por ley.

El alcance social de la decisión dependerá, en buena medida, de cómo se transforme esa condición simbólica en una política de federalización efectiva. La presencia anual del Estado nacional en Tucumán puede generar una oportunidad para que la fecha no quede limitada a una ceremonia protocolar y pueda convertirse en una plataforma para visibilizar la historia, la cultura y las capacidades productivas del norte argentino.

Para la provincia, la designación supone además un reconocimiento institucional de su lugar en la construcción de la identidad nacional. La condición se repetirá cada año y no quedará sujeta a una decisión administrativa circunstancial sobre dónde realizar el acto oficial.

La norma es particularmente precisa en ese punto: los actos centrales que organice el Gobierno nacional para conmemorar el aniversario de la Declaración de la Independencia tendrán lugar “en lo sucesivo” en San Miguel de Tucumán. La decisión convierte así al 9 de Julio en una fecha con sede nacional permanente fuera de la Capital Federal.

La promulgación de la Ley 27.820 institucionaliza, de esta manera, una relación que hasta ahora era fundamentalmente histórica y simbólica. Tucumán no pasa a ser la capital del país, pero sí se convierte por ley en el centro de la celebración nacional de la Independencia cada 9 de Julio.

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Pizza y empanadas toman el Obelisco y anticipan una noche de descuentos en todo el país

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APYCE instala su camión cocina de 15 metros de largo frente al Obelisco y convoca a la prensa a cubrir la degustación masiva que abre la 43ª edición de “La Noche de la Pizza y la Empanada®”

La Asociación de Pizzerías y Casas de Empanadas de la República Argentina (APYCE) invita a los medios a cubrir hoy, de 11 a 15 horas, una degustación solidaria sin precedentes frente al Obelisco (Cerrito y Diagonal Norte, Plaza Astor Piazzolla), donde se elaborarán en vivo 5.000 porciones de pizza y empanadas.

La acción es la antesala de la 43ª edición de “La Noche de la Pizza y la Empanada®”, que se celebra en todo el país el día martes 15 de septiembre desde las 19 h, con 50% de descuento en pizzas y 3×2 en empanadas en comercios adheridos de las 24 provincias.

Frente al Obelisco, el público podrá acceder a un bono contribución de $2.000 canjeable por dos porciones de pizza o dos empanadas, hasta agotar stock, cuya recaudación será donada íntegramente a “Exploradores Argentinos Don Bosco – Batallón 44”, de San Justo.

Los comercios adheridos -récord de inscriptos- de todo el país ya pueden visualizarse en el mapa con geolocalización disponible en : https://lanochedelapizzaylaempanada.com.ar

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