EL PAIS

Condenaron a tres años en suspenso al hombre que cazó un yaguareté en Formosa

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La Justicia Federal de Formosa condenó este martes a tres años de prisión en suspenso a Carlos Chagra, el comerciante de 52 años acusado de perseguir y matar un yaguareté en diciembre de 2022 y de exhibir posteriormente el hecho en un video. En un juicio abreviado, el acusado reconoció por primera vez haber cometido la cacería y admitió que la pérdida del ejemplar constituye un daño imposible de reparar económicamente.

La pena fue dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Formosa, a cargo de la jueza Belén López Macé, a partir de un acuerdo entre la Fiscalía, la defensa y las tres querellas que intervinieron en la causa: la Administración de Parques Nacionales, la Fundación Red Yaguareté y la provincia de Formosa. Se trata de la pena máxima prevista por la Ley Nacional N° 22.421 de Conservación de la Fauna para este tipo de delito.

El acuerdo contempla además el pago de $5 millones, aunque todavía resta determinar a qué organismo será destinado ese dinero. Los fundamentos completos de la sentencia y las reglas de conducta que deberá cumplir Chagra se conocerán el próximo 7 de septiembre.

El reconocimiento del acusado representa uno de los puntos centrales del fallo. Hasta la instancia del acuerdo, Chagra había negado ser la persona que aparecía en las imágenes utilizadas como prueba, había sostenido que nunca había matado un animal y aseguraba que el video había sido editado. También había afirmado que no se encontraba en el país al momento de la cacería.

Durante la audiencia, sin embargo, ratificó el acuerdo y reconoció la persecución y muerte del yaguareté. El cambio de posición permitió cerrar un proceso judicial iniciado a partir de un registro audiovisual en el que se describía la persecución del animal durante varias horas.

“Por fin pudimos con los muchachos. Desde las siete de la mañana que lo veníamos persiguiendo. Encontramos la huella. Un macho gigantesco. Arriba de los 150 kilos”, se escuchaba decir a una voz masculina en el video que dio origen a la investigación.

El hecho ocurrió el 19 de diciembre de 2022, en una zona cercana a Clorinda, Formosa, un día después de que la Selección argentina se consagrara campeona del Mundial de Qatar. La muerte de aquel ejemplar tuvo además una dimensión que excede el daño individual: el yaguareté está declarado Monumento Natural Nacional y se encuentra en peligro crítico de extinción en el país.

Para la Administración de Parques Nacionales, el reconocimiento del hecho y la condena constituyen un avance relevante. Natalia Cardozo, coordinadora de Asuntos Penales de la Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo y una de las representantes que participó de la audiencia junto con la abogada Mariel Schneider, destacó la importancia del resultado judicial.

“Es un logro muy importante. También lo es que Chagra haya reconocido el hecho”, señaló Cardozo.

El fallo adquiere una relevancia adicional porque constituye apenas la segunda condena registrada en Argentina por la caza de un yaguareté. El antecedente inmediato se produjo en agosto de 2025, cuando el Juzgado Federal N° 1 de Formosa condenó a cuatro hombres por haber cazado y carneado otro ejemplar en julio de 2024, en cercanías de Ibarreta.

En aquella causa, tres de los acusados recibieron penas de dos años de prisión efectiva bajo modalidad domiciliaria, mientras que el cuarto fue condenado a dos años de prisión en suspenso. Los imputados habían sido identificados poco después del hecho, permanecieron procesados desde el inicio de la investigación y algunos estuvieron prófugos durante parte del proceso.

La baja cantidad de condenas constituye uno de los principales problemas para la protección judicial de una especie cuya población enfrenta una situación crítica. Investigaciones sobre los expedientes vinculados con la caza y el tráfico ilegal de yaguaretés muestran que una parte importante de las causas termina archivada, lo que convierte cada sentencia en un antecedente relevante para la aplicación efectiva de la normativa de conservación.

En ese contexto, el nuevo fallo plantea un efecto que excede la sanción individual. Para Parques Nacionales, una condena penal puede funcionar como señal disuasiva frente a la caza de una especie protegida, especialmente en un escenario donde la persecución ilegal representa una amenaza directa sobre una población reducida.

La sentencia también expone un desafío para la política de conservación: la protección del yaguareté no depende únicamente de declarar a la especie como monumento natural o de establecer prohibiciones legales, sino de lograr que las investigaciones puedan avanzar, reunir pruebas y alcanzar resoluciones judiciales. El valor del fallo reside, en parte, en convertir una norma de protección ambiental en una consecuencia penal concreta.

La definición sobre el destino de los $5 millones y las reglas de conducta que deberá cumplir Chagra quedarán formalmente establecidas cuando se conozcan los fundamentos de la sentencia, el próximo 7 de septiembre. Hasta entonces, el caso deja un segundo antecedente judicial que puede contribuir a fortalecer la respuesta institucional frente a la caza de una de las especies más emblemáticas y amenazadas de la fauna argentina.

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Llega el noveno Congreso Internacional Innova Educa 21: Expansión del Código Humano, Cerebro, Tecnología y Red

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Universidad Siglo 21 presenta la 9.ª edición del Congreso Internacional Innova Educa 21, el principal encuentro de innovación educativa de Argentina y la región.

La novena edición tendrá lugar el próximo 5 de noviembre en Córdoba y reunirá a educadores, empresarios, investigadores y expertos de todo el mundo que aportarán conocimiento, tendencias y nuevas perspectivas sobre los temas centrales que hoy desafían a la educación.

Desde hace casi una década, el Congreso Internacional Innova Educa 21 se consolida como uno de los foros de innovación educativa más relevantes de América Latina y como el espacio que establece la agenda educativa de la región. Con más de 18.000 participantes y 220 disertantes en sus ocho ediciones anteriores, se ha convertido en un ámbito de referencia para el ecosistema educativo, impulsando debates y transformaciones que redefinen cómo se enseña y cómo se aprende.

Expansión del Código Humano es el concepto que guiará esta edición, invitando a comprender cómo potenciar nuestras capacidades para aprender, crear, decidir, colaborar y liderar junto a la inteligencia artificial fortaleciendo aquello que hace única a la inteligencia humana.

En un contexto de creciente integración entre las capacidades humanas y la tecnología, expandir el código humano implica reconocer y fortalecer aquello que distingue a las personas: el propósito, el criterio, la sensibilidad y la capacidad de construir significado. Competencias que hoy adquieren un valor renovado para aprovechar el potencial de la inteligencia artificial y generar transformaciones con impacto. Con este enfoque, el Congreso pondrá especial atención en el cerebro, la tecnología y las redes como perspectivas clave para comprender y liderar la transformación educativa.

“La inteligencia artificial no reemplaza el propósito de la educación; por el contrario, vuelve más relevante que nunca la formación de personas capaces de interpretar la complejidad, tomar decisiones con criterio y liderar transformaciones con impacto”, sostiene María Belén Mendé, vicepresidenta de Fundación Universidad Siglo 21.

Una experiencia diseñada para generar expansión 

Tres dimensiones conforman una agenda dinámica  y guiarán las conversaciones de esta edición, con la participación de destacados expertos como Diego Golombek, quien liderará la perspectiva Cerebro; Dolors Reig, que abordará las tendencias en Tecnología en la era de la inteligencia artificial; y Fernán Quirós, que encabezará el debate sobre liderazgo colaborativo, alianzas estratégicas y construcción de valor desde la perspectiva Red.

A través de conferencias magistrales, más de veinte Talks, Laboratorios de Expansión y espacios de networking de alto nivel, el Congreso Internacional Innova Educa 21 promoverá el intercambio de ideas, la colaboración y la aplicación práctica de nuevos enfoques. Con transmisión simultánea y experiencias presenciales en Buenos Aires, Mendoza y Rosario, convocará a la comunidad educativa de distintos puntos del país y la región en una experiencia compartida.Las inscripciones y más información sobre el 9° Congreso Internacional Innova Educa 21: Expansión del Código Humano: Cerebro – Tecnología – Red están disponibles en 21.edu.ar/eventos/innova-educa.

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Continúa el juicio contra Aníbal Lotocki por la muerte de un paciente y las lesiones gravísimas a cinco mujeres

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El juicio contra el excirujano Aníbal Lotocki, acusado por el supuesto homicidio simple con dolo eventual de Cristian Zárate durante una operación en una clínica del barrio porteño de Caballito, continuará este miércoles en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 17 de la Ciudad de Buenos Aires.

En la última audiencia declararon la viuda del paciente, tres acusados, un amigo de la víctima, la secretaria de Zárate y un efectivo de la Policía de la Ciudad.

Romina Scioli, la mujer de Cristian, lloró en varias oportunidades y consignó que su esposo no consumía drogas ni alcohol, tampoco comía en “exceso” y “no tomaba medicación”, y sostuvo que el damnificado le contó que “se iba a operar una hernia”.

“Lo que hizo el asesino de Lotocki lo podrían haber frenado”, expresó la mujer al apuntar contra el imputado y reclamó una condena ejemplar: “Les pido que hagan algo, que sea esclarecedor, porque este hombre no puede estar en sociedad”.

Además de Lotocki, llegaron a juicio oral la contadora y directora del sanatorio, Andrea Isabel Torelli; el médico especialista en cirugía plástica Daniel Enrique Zambrano García; el médico anestesiólogo Santiago Luis Olguín; el médico y cirujano plástico Polansky Peláez Hoyos y la médica anatomopatóloga Silvia Mabel Fernández.

Por otro lado, se acusa a la instrumentadora quirúrgica Florencia Marina Krzeczek por presuntamente haber ocultado el teléfono de Lotocki para que no lo hallaran los investigadores, lo que se catalogó bajo la calificación de encubrimiento agravado.

Todos los implicados están acusados también por las lesiones gravísimas a cinco pacientes durante diversos procedimientos médicos.

La tercera jornada comenzará a las 10 con la declaración de nuevos testigos.

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Milei reordena la OSFA: jerarquías de secretario y subsecretario para la nueva cúpula

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El Gobierno nacional formalizó la nueva estructura organizativa de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), creada en febrero para reemplazar al esquema anterior, y estableció rangos equivalentes a los de Secretario y Subsecretario para sus principales autoridades. El Decreto 778/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, también creó una Gerencia General con una remuneración equivalente al 90% de la prevista para un subsecretario.

La medida busca dotar a la OSFA de una estructura institucional propia para administrar el sistema de cobertura sanitaria de las Fuerzas Armadas. El decreto aprueba tanto la organización del primer nivel operativo como la del segundo nivel, incorpora los cargos correspondientes al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) y establece que los gastos derivados de la nueva estructura serán afrontados con los créditos presupuestarios asignados a la propia obra social.

El cambio se produce después de que el Decreto 88/2026 creara la OSFA como ente autárquico dentro de la órbita del Ministerio de Defensa. Ahora, el Poder Ejecutivo completa ese proceso mediante la definición de su arquitectura de conducción y de las áreas que deberán sostener el funcionamiento cotidiano de la entidad.

En la parte superior de la estructura, el decreto asigna al presidente de la OSFA rango y jerarquía de Secretario, mientras que los restantes integrantes del Directorio tendrán rango y jerarquía de Subsecretario. A su vez, se incorpora un Gerente General como cargo extraescalafonario, cuya remuneración será equivalente al 90% de la correspondiente a un subsecretario.

La decisión tiene una particular relevancia presupuestaria porque no se limita a definir autoridades: también incorpora los cargos de la OSFA al nomenclador de funciones ejecutivas del SINEP. En otras palabras, la reorganización establece un esquema formal de conducción, niveles operativos y responsabilidades que deberán quedar asociados a la administración de los recursos de la obra social.

El Gobierno fundamentó la medida en la necesidad de garantizar capacidad institucional para que la OSFA pueda cumplir con su objeto y, al mismo tiempo, avanzar bajo parámetros de “desburocratización, eficiencia y eficacia”. El decreto señala además que la propuesta de estructura fue elevada por el propio Directorio de la obra social y que en el proceso intervinieron áreas del Ministerio de Defensa, la Oficina Nacional de Presupuesto y la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.

El punto que adquiere mayor sensibilidad es la relación entre la nueva estructura administrativa y el funcionamiento efectivo de la cobertura sanitaria. La creación de cargos jerárquicos no constituye por sí misma una mejora en las prestaciones: el desafío de la OSFA será traducir esa reorganización institucional en una gestión capaz de garantizar atención, ordenar el vínculo con prestadores y administrar de manera sostenible los recursos destinados a sus afiliados.

En este sentido, el propio decreto establece que el gasto que demande la estructura deberá ser atendido con los créditos presupuestarios de la OSFA. La norma, sin embargo, no detalla en su articulado el costo total de la nueva estructura ni informa una masa salarial consolidada. Por eso, cualquier cálculo sobre cuánto percibirán en pesos las autoridades requiere cruzar el decreto con las escalas salariales vigentes y otra normativa complementaria.

El antecedente inmediato es la transformación del sistema que hasta comienzos de 2026 estaba organizado alrededor del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA). La creación de la OSFA abrió una nueva etapa institucional, pero también dejó planteado un problema central: la reorganización administrativa deberá convivir con las necesidades concretas de los afiliados y con la situación financiera del sistema.

Desde una perspectiva de gestión pública, el decreto fija ahora una hoja de ruta más precisa: una conducción con jerarquías definidas, una Gerencia General con funciones específicas, dos niveles de estructura operativa y cargos incorporados al esquema de funciones ejecutivas. El resultado de esa arquitectura, sin embargo, se medirá menos por el organigrama que por su capacidad para mejorar la atención y hacer más eficiente el uso de los recursos de la obra social.

La cuestión de fondo será, entonces, si la nueva estructura logra resolver los problemas que llevaron al Gobierno a reformular el sistema. La OSFA queda con una organización institucional más definida; el próximo desafío será demostrar que esa mayor capacidad administrativa se traduce en una cobertura sanitaria más previsible y sostenible para sus afiliados.

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La Comisión Federal de Impuestos reformó su procedimiento y excluyó al contribuyente como parte de las actuaciones

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La Comisión Federal de Impuestos (CFI) aprobó una reforma integral de su Ordenanza Procesal que modifica las reglas para la intervención de contribuyentes y asociaciones de contribuyentes en los procedimientos ante el organismo. La nueva normativa fue aprobada por amplia mayoría, entrará en vigencia el 18 de agosto de 2026 y reemplaza íntegramente el régimen procesal que estaba vigente desde el texto ordenado en 2004.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 287/2026, publicada este martes 25 de agosto en el Boletín Oficial de la República Argentina, aunque la propia norma establece que la nueva Ordenanza Procesal comenzó a regir el 18 de agosto. La reforma busca actualizar un esquema que llevaba más de dos décadas de vigencia y adaptar el funcionamiento de la CFI a criterios de informalidad, sencillez, celeridad y eficiencia en los procedimientos contemplados por el artículo 11, incisos d) y e), de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos 23.548.

El punto de mayor impacto institucional fue, sin embargo, la definición sobre el lugar que ocuparán los contribuyentes en estos procedimientos. La Comisión de Reforma de la Ordenanza Procesal había elaborado dos proyectos alternativos que coincidían en prácticamente todo el nuevo régimen, pero diferían en una cuestión central: mantener al contribuyente como parte del procedimiento, como establecía la ordenanza anterior, o reconocerlo únicamente como denunciante.

El Plenario de Representantes terminó inclinándose por esta última alternativa. En la reunión celebrada el 14 de agosto de 2026 participaron 19 jurisdicciones, mientras que seis estuvieron ausentes. La propuesta que excluye al contribuyente de la condición de parte obtuvo 18 votos afirmativos y solamente el voto negativo de la representación de la Nación, que dejó expresamente asentada su posición contraria a esa exclusión.

Así, bajo el nuevo régimen, los contribuyentes y las asociaciones de contribuyentes reconocidas podrán formular denuncias en el marco de las competencias atribuidas a la Comisión Federal de Impuestos, pero ya no revestirán la condición de parte en esas actuaciones. La modificación constituye el principal cambio de criterio respecto de la Ordenanza Procesal anterior y redefine la relación procesal entre quienes denuncian una eventual afectación al régimen de coparticipación y el organismo federal encargado de intervenir en esas controversias.

La reforma no surgió de una decisión aislada. El proceso comenzó en abril de 2025, cuando el Plenario de Representantes dispuso avanzar progresivamente en la revisión de los reglamentos de la Comisión Federal de Impuestos. Posteriormente, en noviembre de 2025 y febrero de 2026, se resolvió constituir un grupo de trabajo específico para revisar la Ordenanza Procesal y elaborar una propuesta integral de actualización.

Ese trabajo derivó en la creación de la Comisión de Reforma de la Ordenanza Procesal, que revisó las disposiciones existentes y elaboró alternativas para adecuar el funcionamiento del organismo. El objetivo declarado fue construir un procedimiento más sencillo, rápido y eficiente para las actuaciones comprendidas en las competencias que la Ley 23.548 asigna a la Comisión Federal de Impuestos.

Desde una perspectiva de funcionamiento institucional, uno de los cambios relevantes es la incorporación de herramientas vinculadas con la digitalización de las actuaciones. La resolución dispone la creación y apertura de un Libro Digital Permanente de Domicilios Electrónicos, destinado a registrar y mantener actualizados los domicilios electrónicos constituidos conforme a las nuevas disposiciones.

La medida apunta a dotar de mayor previsibilidad al sistema de notificaciones y a reducir las fricciones administrativas asociadas a las comunicaciones dentro de los procedimientos. En términos prácticos, la digitalización del domicilio procesal constituye una pieza necesaria para que la nueva Ordenanza Procesal pueda operar bajo parámetros de mayor celeridad y trazabilidad.

La reforma también establece una nueva lógica de procedimiento que, según los fundamentos de la resolución, procura evitar formalidades innecesarias y favorecer mecanismos de actuación más ágiles. El desafío será que esa simplificación no se traduzca en una reducción de las posibilidades de participación efectiva de quienes planteen denuncias ante la Comisión, particularmente después de que el Plenario resolviera retirarles la condición de parte.

La controversia sobre este punto quedó explícitamente registrada en la propia resolución. La representación de la Nación sostuvo que no correspondía excluir al contribuyente de las actuaciones como parte, mientras que las restantes jurisdicciones presentes respaldaron el criterio finalmente aprobado. La diferencia no impidió alcanzar la mayoría necesaria para aprobar la reforma integral.

La nueva Ordenanza Procesal sustituye en su totalidad al texto ordenado mediante la Resolución de Plenario de Representantes 91/2004. De esta manera, la Comisión Federal de Impuestos actualiza el marco procedimental con el que tramitará las cuestiones vinculadas al régimen de coparticipación federal y abre una nueva etapa institucional después de más de veinte años de vigencia de la normativa anterior.

Para los contribuyentes, el cambio más significativo será la transformación de su posición dentro de estos procedimientos: podrán acudir ante la Comisión en calidad de denunciantes, pero no tendrán el carácter de parte. Para el organismo, en tanto, la reforma busca ordenar y agilizar la tramitación mediante reglas actualizadas, procedimientos simplificados y un esquema de notificaciones electrónicas permanente.

El nuevo régimen plantea así una tensión que será relevante seguir en su aplicación concreta: mientras la CFI apuesta a procedimientos más ágiles y digitalizados, la exclusión del contribuyente como parte introduce un cambio sustancial en sus posibilidades de intervención formal dentro de las actuaciones. La forma en que esa nueva arquitectura procesal funcione en casos concretos será uno de los principales indicadores para evaluar si la reforma consigue el equilibrio buscado entre eficiencia administrativa y participación de los actores afectados.

Anexo 1 Resolución 287/2026 by CristianMilciades

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