Entró en vigencia la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas
La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.
La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley 27.605 que establece la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes Fortunas “con carácter de emergencia y por única vez”, a fin de “morigerar los efectos de la pandemia” de coronavirus.
La norma fue sancionada el 4 de diciembre pasado; y su entrada en vigencia se oficializó mediante la publicación del Decreto 1024/2020 en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.
Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior.
También alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, según indica la ley.
En tanto, los que vivan en el exterior, pagarán por la totalidad de sus bienes en la Argentina.
El monto del aporte a ingresar se basará en una escala publicada hoy en el Boletín Oficial donde los porcentajes van del 2 al 3,5 por ciento, según la magnitud de las riquezas declaradas.
Por otra parte, por el total de los bienes situados en el exterior, los contribuyentes pagarán porcentajes que van desde el 3 al 5,25 por ciento, también en base a otra escala.
Por otra parte, la ley prevé el destino de los fondos: un 20% será destinado a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, otro 20% irá como subsidios a pymes, un 20% será destinado al programa Progresar; y un 15% al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).
El 25% restante irá a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación vinculados a la exploración, desarrollo y producción de gas natural.
Esta actividad resulta “de interés público nacional, a través de Integración Energética Argentina S.A., la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A”, detallaron las autoridades.