Gobierno publicó Boletín Oficial y se justificó por la demora

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Con casi un día de retraso, el Boletín Oficial publicó el nuevo esquema del Gabinete. Ya había asombro y hasta enojo por la demora de su publicación e incluso durante casi todo el día el tema fue tendencia en las redes sociales, pero este miércoles, pasadas las 17 horas finalmente salió la publicación. Por supuesto, el Gobierno se justificó por el retraso y le echó la culpa a las reformas en la Ley de Ministerios.
Luego de que el oficialismo estuviera en el ojo del huracán por las demoras de la publicación del Boletín Oficial, pasadas las 17 de este miércoles 05/09, el Gobierno dio a conocer el decreto 801/2018 con los 10 ministerios que decidió el presidente Mauricio Macri.
El Gobierno dio a conocer el decreto Decreto 801/2018, que modifica la Ley de Ministerios, con fecha 05/09/2018. Tras el llamativo retraso, quedó establecido que los Ministerios serán los siguientes:
-Del Interior, Obras Públicas y Vivienda
– De Relaciones Exteriores y Culto
– De Defensa
– De Hacienda
– De Producción y Trabajo
– De Transporte
– De Justicia y Derechos Humanos
– De Seguridad
– De Salud y Desarrollo Social
– De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología”
Se justificó la demora:
El recorte de ministerios dispuesta por el Presidente de la nación alegan que se demoró su publicación del Boletín Oficial que tendría que haber sido publicado a primera hora de este miércoles 05/09, por razones ajenas a su voluntad.
Las demoras se debieron a la reforma de la Ley de Ministerios, dispuesta por Mauricio Macri en el inicio de esta semana. Vale recordar que el Presidente decidió la eliminación de nueve ministerios, entre ellos Salud, Trabajo, Energía y Ciencia y Tecnología, y de esa forma el Gabinete Nacional pasará a estar conformado por la Jefatura de Gabinete y diez carteras.
Según se informó en lunes, los ministerios de Energía, Trabajo, Salud, Agroindustria, Cultura y Ciencia y Tecnología, Turismo y Ambiente y Desarrollo Sustentable se convierten en Secretarías de Estado y las dos últimas dependerán directamente del Presidente de la Nación.
LEY DE MINISTERIOS
Decreto 801/2018
Modificación.
Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-43451499-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, se prevén, entre otros aspectos, los Ministerios que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en esta instancia resulta pertinente efectuar un reordenamie nto estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas en materia de reducción presupuestaria.
Que para ello deviene menester efectuar la fusión de Ministerios a fin de centralizar las actuales competencias en un número menor de Jurisdicciones.
Que la urgencia en la adopción de la presente medida hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo a los artículos 2°, 19 y 20 de la Ley N° 26.122.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1º.- El Jefe de Gabinete de Ministros y DIEZ (10) Ministros Secretarios tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los siguientes:
– Del Interior, Obras Públicas y Vivienda
– De Relaciones Exteriores y Culto
– De Defensa
– De Hacienda
– De Producción y Trabajo
– De Transporte
– De Justicia y Derechos Humanos
– De Seguridad
– De Salud y Desarrollo Social
– De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología”

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