La AFIP ya calculó el retroactivo del 35% a enero que pagarán más de 4 millones de contribuyentes

Más de 4 millones de monotributistas se anoticiaron hoy con que el monto del monotributo aumentó un 35% y que esa suba era retroactiva a enero del 2021, por lo cual, se les generó una deuda a pagar en los próximos días, que la AFIP ya le calculó en su web. Entre y vea

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Más de 4 millones de monotributistas se anoticiaron hoy con que el monto del monotributo aumentó un 35% y que esa suba era retroactiva a enero del 2021, por lo cual, se les generó una deuda a pagar en los próximos días, que la AFIP ya le calculó en su web. Entre y vea

Cientos de miles de contribuyentes se anoticiaron este viernes con que el monto del monotributo aumento un 35% y que esa suba era retroactiva a enero del 2021, por lo cual, se les generó una deuda a pagar en los próximos días.

“Esta es su deuda $…”. Con esta breve frase, la AFIP informa a cada uno de los 4.077.376 monotributistas la suma que deberán pagar con tarjeta de crédito o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP).

El incremento está previsto en la Ley 27.618, Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que fue reglamentada por el organismo el 1 de junio.

En los artículo de la norma, se establece que los valores máximos de cada categoría y los montos a pagar se incrementan un 35,3%, el porcentaje correspondiente a las subas del haber mínimo jubilatorio durante el año pasado. Además, se indica que la actualización se debe realizar desde enero del 2021. Por eso, hoy los monotributistas se encontraron con la deuda en sus cuentas.

Según explicaron desde la AFIP, el organismo “realizó el proceso de categorización de los 4.077.376 monotributistas. El procedimiento realizado a partir de la actualización de los valores ubica a los pequeños contribuyentes en la categoría que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021”.

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La explicación de la entidad fue que “se aplicó la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para los meses enero, febrero, marzo, abril y mayo y asigna una nueva categoría a cada contribuyente”.

Además, indicaron que en la Ley se establece que la AFIP “debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización. Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio”.

Cada contribuyente puede Ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar y consultar la categoría asignada por la AFIP. Todas las personas tienen la posibilidad de solicitar la modificación de la categoría asignada hasta el día 25 de junio, inclusive.

A través de la Resolución General 5003 de la AFIP instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas. Según el documento, desde este martes 1º de junio, los monotributistas pueden ingresar al portal del Monotributo dentro de la página web de la AFIP para conocer las nuevas categorías, luego de la actualización de tabla.

“La nueva ley es una herramienta fundamental para restablecer la equidad y la promoción de un régimen de inclusión tributaria y financiera”, destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, al señalar que “la norma estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios. Se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”.

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“Beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general y también es una ganancia para el Estado ya que dispondrá de mucha más información”, expresó Marcó del Pont.

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