La Agencia Tributaria de Misiones implementa nuevo régimen de percepción para la compraventa de vehículos
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A través de la Resolución General N° 07/25, la Agencia Tributaria de Misiones puso en marcha un nuevo sistema obligatorio de percepción del Impuesto de Sellos en operaciones relacionadas con vehículos automotores, en línea con lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda provincial mediante la Resolución N° 268/25.
La medida alcanza a los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor con jurisdicción en Misiones, así como a escribanos, concesionarios, mandatarios, comerciantes habituales y demás actores del rubro automotor, quienes deberán actuar como Agentes de Percepción del Impuesto de Sellos en operaciones tales como compraventas, transferencias, contratos prendarios, leasing e inscripciones iniciales, entre otras.
El régimen será gestionado íntegramente a través del Sistema Unificado de Administración Tributaria Subnacional (SUATS), una herramienta digital implementada en colaboración con el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS), que permitirá la liquidación, percepción y rendición de los tributos en forma electrónica.
Según la norma firmada por la directora provincial de Rentas, María Marta Gregori, todos los sujetos alcanzados serán inscriptos de oficio como agentes de percepción. La notificación será enviada al domicilio fiscal electrónico y la obligación entrará en vigencia desde el día siguiente a la recepción. La condición de agente se mantendrá hasta el cese de actividades, el cual deberá ser informado a la DGR.
Entre los puntos clave, se establece que:
- La liquidación y percepción del tributo deberá realizarse exclusivamente mediante SUATS, emitiéndose constancias válidas como comprobantes fiscales.
- La presentación de declaraciones juradas será semanal y también se efectuará mediante la plataforma digital.
- El depósito de los importes percibidos se efectuará de forma automática en la cuenta bancaria designada por Rentas.
- La información transmitida tendrá carácter de declaración jurada y deberá coincidir con la documentación respaldatoria.
El incumplimiento de lo dispuesto implicará sanciones conforme lo establecido en el Código Fiscal provincial.
La resolución entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial, y forma parte de una estrategia de modernización y fortalecimiento de la administración tributaria en la provincia, con el objetivo de mejorar la trazabilidad, eficiencia y transparencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
