“La reforma laboral que propone Macri es inconstitucional”

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La reforma laboral que propone el gobierno de Mauricio Macri es inconstitucional, y todos los abogados y jueces del país lo sabemos, pero pocos lo dicen abiertamente. También sabemos que, en vez de frenar una supuesta industria del juicio que en Misiones no existe, estas reformas van en contra de derechos adquiridos de los trabajadores, y por eso van a abarrotar los juzgados con amparos y planteos de inconstitucionalidad. Nadie en su sano juicio dejará pasar el nuevo marco jurídico sabiendo que hay leyes de superior jerarquía que van absolutamente en contra de lo que se plantea.

Desde la década del 40 en adelante, nuestro derecho del trabajo se sostiene con normas imperativas, es decir, de cumplimiento obligatorio; normas que ordenan cuestiones de las cuales no se puede prescindir por más que las partes quieran, y justamente éste es el gran cambio que se avecina, según lo que trascendió.

Estas normas imperativas tampoco salieron de un repollo: se asientan en los principios que consagran estos tratados internacionales en materia laboral y de seguridad social, y que deben ser respetados. ¿Cuáles son estos principios? Los de irrenunciabilidad, justicia social, gratuidad de las actuaciones en beneficio del trabajador, primacía de la realidad, indemnidad, progresividad y, en caso de duda, interpretación a favor del trabajador, o in dubio pro operario.

El principio de progresividad, justamente, indica que, en cuestiones de derecho laboral, siempre hay que tender a ampliar derechos, jamás ir para atrás. Si alguna nueva legislación achica el margen de derechos ya obtenidos, es inconstitucional. Este principio consagra que una vez adquiridos por los trabajadores, los derechos laborales son obligatorios, inderogables e irrenunciables, y todo lo que vaya en contra de estas premisas es nulo.  Estos derechos adquiridos integran el contrato de trabajo individual, y su incumplimiento debe ser resarcido.

La Constitución nacional y las provinciales, los Tratados y Convenios de la OIT, las leyes, Convenios Colectivos de Trabajo, los estatutos profesionales, y demás fuentes normativas respetan este principio. Hasta ahora.

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¿Se animarán nuestros diputados nacionales y senadores a romper todo este equilibrio con la excusa de promover inversiones? Muy atentos tendremos que estar los argentinos en las próximas semanas y meses.

De lo que se conoció y llegaría al Congreso en breve, preocupan varios puntos, pero en particular, un enfoque público impulsado por el gobierno y sostenido por los grandes medios de prensa que ubica al trabajador como enemigo de la empresa y de los dadores de empleo, un “chanta” asociado a los abogados laboralistas que solo busca hacerle juicio al patrón para sacarle más que lo que le pertenece por Ley.

Esta visión del trabajador abre una nueva grieta que tendrá profundas implicancias sociales en nuestro país si se llega a profundizar con el cambio legal propuesto, porque ya no se trata solo de separar a quienes piensan distinto políticamente, sino de discriminar y perjudicar a quienes están en la posición menos ventajosa en una relación de Derecho, que, en este caso, es la relación laboral.

En nuestro país, todo el derecho laboral reconoció y respetó siempre esta disparidad de fuerzas entre el trabajador y el empleador, o entre el capital y el trabajo.

Claro que hay países y hasta continentes enteros que no adhieren a este marco de Derecho  internacional, y por lo cual no se respeta esta disparidad de fuerzas y no se protege al trabajador, dejándolo a merced de la “autonomía de la voluntad” de las partes en un contrato de trabajo. India, el Sur de Asia y África concentran gran parte de los 45 millones de personas esclavizadas o puestas a trabajar forzadamente y sin derechos ni paga mínima adecuada, muchos de ellos incluso niños, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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Las “inversiones” de las multinacionales efectivamente llegan a estos lugares del mundo, claro que sí. Se instalan fábricas de todo tipo para aprovechar el bajo costo laboral. De allí proviene gran parte de la ropa de las grandes marcas, la tecnología que nos comunica, las zapatillas, los jeans, los juguetes. Las inversiones llegan porque las empresas consiguen fabricar el producto a un precio mucho menor que el que tendrían que pagar si esas prendas se hubiesen fabricado en países con legislaciones respetuosas con los Derechos Humanos y protectoras de los derechos laborales y sindicales de los trabajadores. Estas inversiones, sin embargo, no se traducen en mejoras sociales, sino por el contrario: en estos países hay más y más pobres, más y más explotación laboral.

Todos los argentinos, más allá de las simpatías políticas, tenemos que tener bien en claro entonces que excluir de la indemnización el aguinaldo, las compensaciones por gastos, las horas extras y cualquier otro ítem que no sea el salario básico, es ilegal. Que establecer un sistema de seguro de desempleo con aportes del trabajador y la empresa para que los empleadores no paguen indemnizaciones, es ilegal. Obligar al trabajador a aceptar las imposiciones del empleador por encima de lo que establecen las leyes laborales, los convenios colectivos, etc, es ilegal. No respetar la jornada laboral con sus horas, es ilegal. La flexibilización laboral no se traduce en mejores empleos, nunca.

Instalar la idea de que el trabajador es un enemigo del empleador para lograr un sustento social para el abaratamiento de los costos de producción no es ilegal, es indecente. Y ningún legislador, abogado o juez debe tolerarlo.

Se vienen grandes desafíos para los que tenemos bien en claro de qué lado tenemos que estar. 

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