Oficializan creación del Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular

La Resolución 118/2021 que crea el registro, que tendrá a su cargo la inscripción y contralor de las entidades que quieran constituirse, fue publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

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El Gobierno nacional oficializó hoy la creación del Registro de Asociaciones de Trabajadores de la Economía Popular y de Subsistencia Básica, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que permitirá a las personas que se desempeñan en ese ámbito ejercer su representación colectiva.

La Resolución 118/2021 que crea el registro, que tendrá a su cargo la inscripción y contralor de las entidades que quieran constituirse, fue publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La firma de la norma se había realizado esta semana con un acto en el ministerio de Trabajo, encabezada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro Moroni, y el secretario general de la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), Esteban “Gringo” Castro.

“Este es un día histórico, es un día donde logramos dar un paso más en la formalización de los representantes de la economía popular. Sobre todas las cosas, este es un paso más en la formalización de una actividad que está creciendo, y que viene dando respuesta donde el mercado no la ha dado”, indicó el jefe de Gabinete en ese acto.

En los considerandos de la resolución publicada hoy, se señala que “corresponde adoptar medidas específicas, con el fin de garantizar el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida por medios que les aseguren condiciones de existencia digna y a constituir asociaciones que los representen”.

“Las formas que asume la denominada economía popular de subsistencia, no previstas en el concepto de relación de dependencia típica, imponen la necesidad de dar un marco jurídico a nuevos sujetos que actúen como interlocutores que ejerzan su representación colectiva y que permitan canalizar en un ámbito de legalidad, las peticiones y las iniciativas para el desarrollo”, remarca la resolución ministerial.

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La norma establece que las personas que se desempeñan en el ámbito de la economía popular y de subsistencia básica podrán “constituir asociaciones y ejercer los derechos una vez obtenida la pertinente inscripción”.

Asimismo, define que se considera trabajadores de la economía popular y de subsistencia básica a los “sujetos que se desempeñan de manera individual o colectiva, para generar un ingreso personal y familiar”.

Al respecto, enumera que pueden ser “trabajadores autónomos, prestadores de tareas eventuales, ocasionales o changas, vendedores ambulantes, ocupantes de puestos callejeros, personas dedicadas a la recuperación de residuos o a trabajos de cuidado en espacios comunitarios, como jardines, merenderos y comedores, venta en pequeñas ferias, agricultura familiar, venta de artesanías, cuidado de automóviles, lustrado de zapatos, cooperativas de trabajo, y pequeños emprendimientos promovidos por programas sociales”.

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