Por ordenanza, las empresas de servicio en Posadas deberán identificar sus postes

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La iniciativa de la concejal Natalia Giménez fue aprobada en la sesión de hoy del Honorable Concejo Deliberante de Posadas. Establece la obligación, a las empresas públicas y privadas que brindan servicios de provisión de energía eléctrica, internet, telefonía fija o móvil, televisión por cable, u otros, en la ciudad a identificar los postes aéreos o artefactos con alguna marca, logo o señal que sea fácilmente reconocible.

El proyecto de ordenanza de Giménez tuvo su tratamiento y dictamen pisitivo en la Comisión de Obras Públicas, presidida por el concejal Manuel Sánchez. La edil destacó el trabajo realizado en dicha Comisión para mejorar la ordenanza, dónde se convocó a todas las empresas que prestan servicios en la ciudad y al ejecutivo municipal.

“Se trata de una demanda concreta, real y muy frecuente de los vecinos posadeños ya que el estado deteriorado de algunos postes genera mucha preocupación, y la comunicación con las empresas responsables de los postes suele llevar mucho tiempo hasta dar con alguna respuesta o solución”, dijo Giménez. “Particularmente resulta difícil para los vecinos de los barrios de las afueras de la ciudad quienes suelen lidiar más a menudo con este tipo de situaciones”, añadió.

La norma dicta en su artículo 2° que las empresas referidas en el artículo 1° deberán presentar ante la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Posadas (establecida por la ordenanza como autoridad de aplicación) en forma anual, un plano georeferencial digital actualizado que identifique la totalidad de los postes y artefactos de su propiedad, su ubicación y el estado de conservación de los mismos.

Asimismo, según lo establecido en el art. 3°, un mismo poste deberá ser identificado con los logos o señales de todas las empresas que lo utilicen, quienes son solidariamente responsable ante el daño que pudieran causar dicho tipo de soporte.

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“Estamos respondiendo como Concejo Deliberante y representantes de los posadeños a una demanda auténtica de los vecinos”, concluyó.

Se imponen multa de hasta 2800 UF
La autoridad de aplicación además de realizar el revelamiento de postes, podrá recibir las denuncias de los vecinos y de esta forma activar, tras constatar lo denunciado, el procedimiento establecido en art. 4. Esto es intimar individualmente o conjuntamente a las firmas que deberán reparar o reemplazar los postes dentro de 10 días hábiles, ante la existencia y constatación de postes en mal estado y que generen peligro para la integridad física de las personas o bienes.

De no hacerlo en el tiempo previsto, podrán ser multadas a pagar entre 300 y 2800 UF (Unidad Fija), además de la obligación de reparar y reemplazar los postes, según norma la iniciativa en su 5°.

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