Prepagas: la Justicia admitió el pedido del Gobierno y ordenó limitar los aumentos al Índice de Precios al Consumidor
El titular del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº3, Juan Rafael Stinco, admitió el pedido de la Superintendencia de Seguros de Salud y decretó una medida cautelar que le ordena a las empresas de medicina prepaga a retrotaer sus precios a diciembre y efectuar los incrementos con el Indice de Precios al Consumidor que elabora el INDEC. Asimismo, la decisión ordenó que lo pagado en exceso será crédito a favor de los usuarios y las empresas deberán presentar un plan para devolverle ese dinero cobrado demás.
La resolución llegó luego que la jueza Mercedes Maquiera le remitiera el expediente al juez Stinco en su carácter de magistrado a cargo del caso “Wilson”, el primer proceso colectivo referido a la salud y derivado de la previsiones del DNU 70/2023, detalló el sitio Palabras del Derecho.
Mediante la resolución 1/2024, el Gobierno Nacional impulsa la nueva fórmula para la facturación de las empresas de medicina prepaga, tomando como referencia el valor de las facturas emitidas en diciembre de 2023. pic.twitter.com/jjUikp5jmS
— Secretaría de Industria y Comercio (@ComercioArg) May 2, 2024
“La decisión preliminar que aquí se toma es la que mejor se adecúa a los intereses en juego, teniéndose especialmente en cuenta la doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sostiene que, en asuntos en los que está en disputa el derecho constitucional a la preservación de la salud de las personas humanas, atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia que conllevan las pretensiones, para lo cual deben encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con tutela de orden constitucional”, sostuvo el magistrado.
En ese mismo sentido, argumentó: “No puede pasarse por alto que las accionadas son empresas de medicina prepaga y que el Alto Tribunal ha puntualizado que no cabe prescindir de la función social que tienen tales contratos, en virtud de los bienes en juego, como son los relacionados con la salud y la vida de las personas, protegidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales”.