Producción audiovisual: el INCAA modifica el programa de microcréditos para ampliar el acceso
INCAA flexibiliza requisitos y mejora incentivos para el Programa de Microcréditos Audiovisuales
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El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) aprobó cambios clave en el Programa de Microcréditos para la Producción Audiovisual, eliminando la exigencia de contar con el 50% del financiamiento asegurado y sumando beneficios para quienes precancelen la deuda en plazos reducidos. La medida busca dinamizar el acceso al crédito en el sector y adaptarse a las nuevas dinámicas de producción.
El Programa de Microcréditos, regulado originalmente por la Resolución INCAA Nº 545/2024, es uno de los instrumentos centrales de apoyo a la industria audiovisual nacional. Está destinado a productores que requieran financiamiento de pequeña escala para cubrir etapas de producción, posproducción o distribución de obras cinematográficas.
Hasta ahora, los solicitantes debían demostrar la existencia del 50% del financiamiento asegurado, mediante contratos con plataformas, fondos propios en cuentas escrow u otras garantías, un requisito que —según el propio organismo— ya no se ajusta a la realidad del sector.
La Resolución INCAA Nº 516/2025, firmada el 8 de agosto por el presidente del organismo, Carlos Luis Pirovano, elimina esa exigencia y la reemplaza por una declaración jurada del productor sobre el destino de los fondos, que deberán aplicarse exclusivamente a costos admitidos según la Resolución INCAA Nº 184/2025.
Además, se exigirá la presentación de facturas proforma o presupuestos que acrediten los gastos previstos, con el objetivo de reforzar la transparencia y trazabilidad de los fondos públicos.
Procedimiento de solicitud y plazos
El nuevo Anexo IV establece un flujograma que regula cada etapa del trámite:
- Presentación de la solicitud vía INCAA en Línea, adjuntando formulario y documentación.
- Evaluación de admisibilidad y análisis crediticio.
- Aprobación o rechazo mediante disposición firmada conjuntamente por las áreas competentes.
- Firma del contrato de mutuo, presentación de garantías y datos bancarios.
- Desembolso en un solo pago, no antes de 30 días ni después de 240 días de la aprobación.
- Plazo de devolución: 60 meses, con hasta 36 meses de gracia, en ocho cuotas trimestrales iguales y consecutivas.
El reglamento fija un límite de un microcrédito por productor y por proyecto y habilita al INCAA a compensar deudas con otros beneficios que el beneficiario tenga pendientes de cobro.
Incentivos para la precancelación
Uno de los puntos más relevantes de la nueva normativa es la incorporación de bonificaciones sobre la tasa de interés para quienes cancelen anticipadamente:
- 20% de bonificación si la deuda se cancela antes de los 24 meses desde el desembolso.
- 10% de bonificación si se cancela entre los 24 y 36 meses.
En ambos casos, se descontarán también los intereses no devengados.
La resolución deroga disposiciones que habían quedado desactualizadas o superpuestas: INCAA Nº 90/2011, Nº 2203/2011, Nº 1405/2017, Nº 1109/2018 y Nº 916/2023.
El nuevo esquema se apoya en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), el Decreto Nº 202/2024 y las reformas introducidas por el Decreto Nº 984/2024, que prohíbe el pago de anticipos de subsidios.
La flexibilización de requisitos y la introducción de incentivos busca ampliar el acceso al crédito a productores independientes y pymes del sector audiovisual, que muchas veces no cuentan con contratos previos con plataformas o capital inicial suficiente.
El INCAA estima que esta medida podría acelerar la puesta en marcha de proyectos, mejorar la circulación de capital en el sector y fortalecer la producción nacional en un contexto económico desafiante.
La implementación queda sujeta a disponibilidad presupuestaria y las modificaciones rigen desde su publicación en el Boletín Oficial.
