Profesionales misioneros se capacitaron sobre la responsabilidad del Estado según el nuevo Código Cívil

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La actividad organizada por la Fiscalía de Estado de Misiones contó con la disertación del doctor Luis Eduardo Rey Vazquez, ministro del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes. La capacitación se realizó el viernes en el INFOGEP.

El magistrado, especialista en derecho administrativo, disertó sobre el impacto del Nuevo Código Civil y Comercial sobre el Derecho Público; explicando cuales son las fuentes, principio de dignidad humana, derechos de incidencia colectiva, dominio público y privado, plazos de prescripción, contrato de consumo (servicios públicos). Principalmente aquí debe tener especial preeminencia en la responsabilidad del Estado, según la nueva legislación.

También habló sobre la tenencia comunitaria de la tierra de las comunidades indigenas y los cambios que esto ha generado en relación a un derecho que estaba establecido, pero no había legislación regulatoria.

La conferencia está destinada a los agentes de la Fiscalía de Estado, y cuenta con la participación de estudiantes y representantes de instituciones de los Tres Poderes del Estado.

Minutos antes de comenzar su disertación, Rey Vazquez charló con Economis y valoró la posibilidad de compartir con los colegas y estudiantes misioneros. Indicó que su charla se iba a centrar en la responsabilidad del Estado y la propiedad comunitaria de la tierra.

Consideró que el nuevo Código Civil y Comercial regula las relaciones entre personas y el Estado aparece en casos excepcionales.  El Estado es regulado por el derecho administrativo, que debe ser regulado por la Nación o las Provincias, según cual sea la jurisdicción.

Explicó que el Estado debe garantizar instituciones como el Registro de las Personas y la tenencia de la propiedad comunitaria, que viene a ubicarse entre la propiedad privada y la propiedad del dominio público.

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Comentó que la propiedad comunitaria “se ubica entre las categorías conocidas y si bien estaba establecida en la Constitución pero no estaba reglada”. Además debe establecerse que es un pueblo originario.

Consideró que esta medida puede aplicarse a los recursos naturales, porque el articulo 124 de la Constitución Nacional establece que “las provincias tienen el dominio originario de los recursos naturales y este concepto tampoco se asemeja al dominio público o privado. Algo parecido sucede con el dominio de la propiedad de los denominados pueblos originarios”.

Presidieron la presentación la Dir. Ejecutiva del INFOGEP, Prof. Maritza Ramos, la Sra. Senadora Nacional. DRA. Sandra Daniela Giménez, el Dir. Gral. De Sumario, de la Fiscalía de Estado, Dr. Juan Carlos Spachuk. Además acompañaron la ocasión, la Dir. Del Registro de la Propiedad de Inmuebles, Escribana María Laura Rodríguez, la Dir. Gral. Administrativa del INFOGEP y Vicerrectora del IMES, Dra. María Alejandra Fernández, el Dir. Gral. Académico del INFOGEP, Martín González, el Dr. Ricardo Sulzberger, en representación del Contador Gral. De la Provincia, Cr. Ángel Horacio Franco; entre otras autoridades.

 

 

 

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