Río Negro: Pidió para faltar, le respondieron con un emoticón y lo echaron ¿Qué determinó la justicia?
El Superior Tribunal de Justicia rionegrino, consideró la interpretación de un emoticón como ambigua, además de revisar las faltas y sanciones previas del empleado, para definir que era válido su despido.
Un hombre en Río Negro, resultó despedido después de haber faltado al trabajo, con la supuesta aprobación de sus superiores que respondieron un mensaje con el emoticón de un pulgar para arriba (👍). Tras el despido el hombre recurrió a la Justicia rionegrina, la cual determinó que el uso de emoticones en las comunicaciones digitales “es muy limitado o relativo”, y falló a favor de justificar el despido.
Para el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro la utilización de los emojis para afirmar o negar algo debe estar acompañado por otros medios de prueba, que aclaren lo que se quiso expresar. El empleado consideró que sus faltas al trabajo estaban justificadas “porque la empresa respondió con el clásico pulgar hacia arriba de la plataforma de WhatsApp”.
De acuerdo a los antecedentes del caso, el empleado despedido arrastraba 47 sanciones y un número importante de faltas injustificadas. Antes de que se buscara rescindir el vínculo, el trabajador se ausentó por nueve días en el mismo mes. “Luego intentó justificar esas faltas y se comunicó con un teléfono corporativo de la firma, de donde le respondieron con el clásico emoji del pulgar hacia arriba que ofrece la plataforma de mensajería de WhatsApp”, explicaron.
La empresa promovió un proceso de exclusión de tutela sindical para proceder al despido con justa causa. En esa instancia, la Cámara Laboral de Viedma rechazó la demanda y consideró “desmedida la sanción, al entender que se había prestado conformidad a la justificación alegada por el trabajador a través del emoji del pulgar”.
El STJ revisó el caso, donde analizó el alcance de los signos denominados emoticones o emojis. Sin embargo, el máximo tribunal sostuvo que “su interpretación es subjetiva y puede variar según la cultura y, fundamentalmente, depende del contexto en el que se utilice”.
“Por lo tanto, en la medida que su interpretación puede fluctuar según el contexto y la percepción del receptor, estos íconos no constituyen en sí una expresión de manifestación de voluntad con efectos jurídicos vinculantes”, sostiene la sentencia.
En este sentido, se puede entender que en el contexto que se utilizó el pulgar arriba, implicaba una constancia de recepción, de ninguna manera se puso interpretar como una aprobación o conformidad para la falta del empleado.
Un antecedente en Canadá
El Tribunal de King’s Bench, en la provincia de Saskatchewan (Canadá), tuvo lugar a un caso muy similar con respecto a la comunicación mediante un emoticón. En este, un agricultor respondió con el emoji del pulgar hacia arriba a un mensaje en el que se enviaba un contrato de compra de lino. El comprador pensó que este era un mensaje de validación del contrato, pero el agricultor lo negó sosteniendo: “simplemente quería indicar que recibí su mensaje de texto”.
El comprador envió el contrato de dicha compra por mensaje, seguido del texto “confirme el contrato de lino”. Tras ello, el agricultor respondió con el emoji, y no volvió a haber interacción entre ambos. De hecho, no se llegó a entregar el lino acordado.
El agricultor alegó que el comprador no le había enviado los términos y condiciones completos del contrato y, en este sentido, entendió que el contrato completo se le enviaría posteriormente por correo electrónico. Por tanto, envió el emoji con la intención de hacer entender que “había recibido el mensaje” pero niega “que haya aceptado el emoji de pulgar hacia arriba como firma digital del contrato incompleto”.
Sin embargo, el juez canadiense Timothy Keene, se ha saldado a favor del comprador, ya que se ha reconocido el emoji del pulgar como un medio para sellar un contrato, al tratarse de un símbolo que implica aceptación y que se usa comúnmente.
Fuente: Télam