Sobreseyeron a Amado Boudou en la causa por “falsedad ideológica” en la transferencia de un auto

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 sobreseyó hoy al ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, a su ex pareja Agustina Seguín y al gestor Andrés Soto del delito de falsedad ideológica en la transferencia de un auto de su propiedad, al considerar extinguida por prescripción la acción penal. Los jueces además absolvieron a la titular del Registro Automotor Nº2, María Graciela Taboada de Piñero. Los representantes del Ministerio Público Fiscal que intervinieron en el juicio, Stella Maris Scandura y Juan Manuel Gaset, habían solicitado en sus alegatos penas de tres años de prisión -de ejecución en suspenso- para todos los acusados, a excepción de otro gestor, Rodolfo Basimiani, sobre quien se desistió de la acusación.

Durante la mañana, los magistrados Gabriel Eduardo Vega, José Antonio Michilini y Adrián Grünberg dieron la posibilidad a los imputados de decir las últimas palabras antes del veredicto. El único en hacerlo fue Boudou, quien brevemente pidió ser sobreseído y que “quede demostrado que soy inocente”.

Ya en horas de la tarde, los jueces dieron a conocer el veredicto. El fallo fue por mayoría, con la disidencia de Michilini. Los fundamentos serán comunicados el 11 de agosto a las 17.

Al leer la sentencia en los tribunales federales de Comodoro Py, los jueces declararon “extinguida por prescripción la acción penal” contra Boudou “en cuanto al hecho por el cual fuera acusado y, en consecuencia”, decidieron “sobreseerlo en dicho delito”, esto es “falsedad ideológica”.

Los magistrados Gabriel Eduardo Vega, José Antonio Michilini y Adrián Grünberg también sobreseyeron a la expareja del exvice Agustina Seguín por prescripción de la acción penal.

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En tanto, el Tribunal resolvió absolver al gestor Rodolfo Basimiani y a la titular del Registro Automotor 2 de la ciudad de Buenos Aires, María Graciela Taboada de Piñero, mientras que sobreseyó por prescripción al gestor Andrés Alberto Soto.


Las irregularidades enumeradas por la Fiscalía

Scandura y Gaset habían enumerado, durante sus alegatos, las siguientes irregularidades en la inscripción de la coupé Honda Del Sol en el Registro Automotor Nº2 de la Capital Federal, en el año 2003:

del formulario 04 -para el cambio de radicación- firmado por quien sería ministro de Economía y vicepresidente de la Nación. Allí figuraba un domicilio inexistente -en la calle Berón de Astrada- “para elegir el Registro” y se incluyó una copia del DNI, en la que la dirección no se correspondía con el cartular original. Según la Fiscalía “fue certificada la firma, pero no el domicilio”, que estaba en blanco y habría sido completado por el gestor Soto. 

del formulario 08  -para la transferencia de dominio-. La representante del MPF indicó que el documento ni siquiera fue suscripto por Boudou. Al respecto, recordó que la escribana citada en el instrumento dijo que ella no certificó las firmas, en tanto que las pericias caligráficas arrojaron su falsedad. Recordó, por otro lado, que el monto de la supuesta transferencia se había realizado por 4 mil pesos, cuando el auto estaba valuado en realidad en 16 mil. 

del formulario 12 -para la verificación policial-, falso en su integridad y en el que se consignó el número del motor de fábrica, cuando en realidad “había sido sustituido”. Eso “nunca fue comunicado a una autoridad administrativa”, añadió Scandura.

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