Abuso sexual

Capacitarán sobre abuso sexual, violencia familiar y abordaje comunicacional de la problemática

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Nación brindará capacitación sobre abuso sexual, violencia familiar y abordaje de la problemática desde la comunicación

En el marco del convenio firmado oportunamente por el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Germán Garavano, y el titular de la cartera de Gobierno de Misiones, Marcelo Gabriel Pérez, se realizará entre el jueves y el viernes una serie de actividades orientadas a mejorar las formas de proceder y abordar las problemáticas encuadradas dentro del programa Las Victimas contra Las Violencias.

La capacitación estará a cargo de especialistas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Mañana en Jefatura de Policía, de 9 a 12 hs, se realizará la primera jornada y la temática será el abuso sexual. Estará destinada a integrantes de las Líneas 102, 137 y a la ONG Colectivo 108.

Las actividades continuarán a las 14.30 hs, oportunidad en que se llevará a cabo una videoconferencia enmarcada en el Foro de Justicia 2020, que contará con la participación de los destinatarios de la capacitación, autoridades provinciales y la Dra. Eva Giberti. La misma tendrá lugar en el Consejo Federal de Inversiones (CFI), ubicado en calles Junín y Bolívar de Posadas. Para poder participar se deberá ingresar a la siguiente página y seguir las instrucciones de acreditación: https://www.justicia2020.gob.ar/evento/reunion-trabajo- federalizacion-del-programa- victimas-las- violencias/

Por otra parte, el viernes 10 en el Salón Auditórium de la Jefatura de Policía, se llevará a cabo una charla destinada a estudiantes de las carreras de periodismo del Instituto Hernando Arias de Saavedra y de Comunicación Social de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales (UNAM). Este encuentro se desarrollará entre las 9 y las 12 hs.

En tanto que desde las 14.30 hasta las 17 hs, también en la Jefatura de Policía, la capacitación estará dirigida a quienes trabajan en los diferentes medios de comunicación. En ambos casos el tema tratado será “Medios de Comunicación. Cómo informar desde la perspectiva de género”.

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Cambio en el Código Penal: se amplió la figura del abuso sexual

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El Gobierno promulgó la ley 27.352, que define en forma más precisa las acciones que comprende el delito de abuso sexual. Así lo indica el Decreto 340/2017, que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de la vicepresidente Gabriela Michetti, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Justicia y Derechos Humanos Germán Garavano.

La norma que se oficializó hoy es una modificación al artículo 119 del libro segundo, título 3, del Código Penal de la Nación, y fue impulsada para acotar el margen de interpretación que puedan tener los jueces sobre el texto.

“La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral”, indicaba uno de los párrafos antes de la modificación. Ahora el Código Penal precisa que corresponde la misma pena a quien “realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías”. Con esa incorporación, que sancionó el Congreso en abril pasado, los magistrados ya no pueden argumentar que algunas de esas acciones no constituyen abuso sexual.

El artículo 119 también establece que “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Además, indica que “la pena será de cuatro a diez años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”.

Por otra parte, la pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión si: “resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima; el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda; el autor tuviere conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave, y hubiere existido peligro de contagio; el hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas; el hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones; el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

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