Acceso A La Justicia

Poder Judicial de Misiones: gestión, carga de trabajo y transformación institucional marcaron el año

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El Anuario 2024/2025 del Poder Judicial de Misiones ofrece una radiografía integral del funcionamiento del sistema judicial provincial, con datos consolidados sobre gestión, volumen de causas, organización interna y políticas de modernización. El informe permite dimensionar el rol institucional del Poder Judicial en un contexto de alta demanda social, restricciones presupuestarias y creciente exigencia de eficiencia, transparencia y acceso a justicia.

El documento sistematiza información correspondiente al período analizado y constituye una herramienta clave para evaluar el desempeño del servicio de justicia, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, en todas sus instancias y fueros.

Volumen de causas, estructura judicial y respuesta institucional

El Anuario detalla la evolución de la carga judicial, desagregada por fueros, circunscripciones y tipos de procesos, reflejando el nivel de litigiosidad y la presión sostenida sobre los órganos jurisdiccionales. La información expone el flujo de ingresos, resoluciones y stock de expedientes, lo que permite observar la dinámica real del sistema y la capacidad de respuesta frente a la demanda ciudadana.

Asimismo, el informe describe la estructura organizativa del Poder Judicial, incluyendo juzgados, tribunales, fiscalías, defensorías y áreas administrativas, junto con su distribución territorial. Esta arquitectura institucional resulta central para comprender cómo se articula la prestación del servicio de justicia en una provincia con diversidad geográfica y social.

El relevamiento también incorpora datos sobre tiempos de tramitación, modalidades procesales y utilización de herramientas digitales, evidenciando los esfuerzos orientados a mejorar la eficiencia y reducir demoras estructurales.

Modernización, digitalización y gestión judicial

Uno de los ejes centrales del Anuario es la transformación tecnológica y administrativa del Poder Judicial de Misiones. El documento da cuenta del avance de sistemas informáticos, expedientes digitales, notificaciones electrónicas y mecanismos de gestión que apuntan a optimizar recursos y mejorar la trazabilidad de los procesos judiciales.

En este sentido, la información presentada permite analizar el impacto de estas herramientas en la organización interna, en la relación con abogados, auxiliares de la justicia y ciudadanía, y en la capacidad institucional para sostener el funcionamiento del sistema en contextos de alta carga operativa.

El informe también sistematiza acciones vinculadas a capacitación, planificación y control de gestión, lo que refuerza una mirada integral sobre el Poder Judicial no solo como órgano jurisdiccional, sino como institución pública compleja.

Acceso a justicia, transparencia y desafíos pendientes

El Anuario incorpora indicadores vinculados al acceso a justicia, la actuación de defensorías, mecanismos de atención al público y políticas orientadas a garantizar derechos, especialmente en sectores vulnerables. Desde una perspectiva institucional, estos datos permiten evaluar el alcance real del servicio judicial y su capilaridad en el territorio.

Al mismo tiempo, la publicación funciona como una herramienta de transparencia y rendición de cuentas, al poner a disposición información sistematizada sobre el desempeño del Poder Judicial. En clave de análisis, el informe también deja planteados desafíos estructurales vinculados a la sostenibilidad del sistema, la adecuación de recursos y la necesidad de continuar profundizando procesos de modernización.

En conjunto, el Anuario 2024/2025 configura una radiografía precisa del estado del Poder Judicial de Misiones, útil tanto para el análisis institucional como para el debate público sobre el rol de la justicia en la provincia y su articulación con el resto del sistema democrático.

Anuario Poder Judicial Misiones 2024-2025 by CristianMilciades

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El Gobierno reglamenta la mediación prejudicial virtual y avanza hacia un sistema digital integral

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El Poder Ejecutivo Nacional aprobó la modificación del Decreto 1467/2011 para adaptar la mediación prejudicial obligatoria a un formato digital, incorporando notificaciones electrónicas, firmas digitales y audiencias por videoconferencia. La medida, formalizada a través del Decreto 696/2025, busca agilizar los procesos judiciales, reducir costos y garantizar mayor accesibilidad ciudadana.

El decreto publicado el 30 de septiembre en el Boletín Oficial introduce una reforma sustancial al régimen reglamentario de la Ley 26.589, que establece la obligatoriedad de la mediación previa a juicio. A partir de ahora, el procedimiento podrá desarrollarse íntegramente a través de plataformas digitales, manteniendo la validez de las audiencias presenciales, que quedarán sujetas al criterio del mediador y las partes.

Un nuevo marco para la mediación prejudicial

La norma instruye al Ministerio de Justicia a implementar en un plazo de 180 días un Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria, que permitirá:

  • Notificaciones electrónicas a las partes.
  • Generación de actas en formato digital.
  • Firma electrónica de las partes y letrados.
  • Firma digital de los mediadores.
  • Interconexión tecnológica con el Poder Judicial, mediadores y centros de mediación.

Según el artículo 2° del decreto, este sistema reemplazará la reglamentación vigente del Decreto 1467/11, adaptándola a los cambios tecnológicos acumulados en la última década.

La decisión se apoya en la experiencia adquirida durante la pandemia de 2020, cuando, mediante la Resolución 121/20 del entonces Ministerio de Justicia y la Disposición 7/20 de la Subsecretaría de Acceso a la Justicia, se habilitó la mediación virtual como respuesta a las restricciones sanitarias.

Durante más de cinco años de aplicación práctica, las audiencias digitales demostraron eficiencia, reducción de plazos y costos, además de garantizar principios como la confidencialidad y la identificación de las partes.

El Ejecutivo señala que “una interpretación evolutiva” de la Ley 26.589 permite consolidar definitivamente la virtualidad como alternativa válida, en línea con la digitalización progresiva que la Corte Suprema de Justicia de la Nación impulsa desde 2011 a través de múltiples acordadas.

Asimismo, el decreto introduce la notificación electrónica obligatoria, que se realizará en el domicilio fiscal electrónico registrado en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Durante un período de transición de 365 días, coexistirá con las notificaciones físicas.

La reforma representa un paso decisivo hacia la modernización del servicio de justicia, con repercusiones tanto para abogados como para ciudadanos. Se espera una reducción en los tiempos de tramitación, menores costos operativos y un aumento en la accesibilidad, especialmente para quienes residen lejos de los centros urbanos.

El Ministerio de Justicia queda facultado para dictar normas complementarias y celebrar convenios necesarios para la adecuada ejecución del sistema. El decreto, firmado por el presidente Javier Milei junto a Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona, entrará en vigencia el 1° de octubre de 2025.

La implementación definitiva dependerá ahora de la capacidad técnica y administrativa del Estado para poner en marcha el nuevo sistema digital en el plazo previsto, con la posibilidad de una única prórroga de 90 días adicionales.

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El Ministerio de Justicia reglamenta el nuevo régimen de mediación en salud y fija honorarios para mediadores

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El Ministerio de Justicia oficializó la Resolución 1062/2025, que introduce cambios clave en la aplicación del Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA), recientemente creado por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 379/2025. La medida establece el marco operativo, la digitalización de trámites, un nuevo esquema de honorarios para los mediadores especializados y mecanismos de recupero de fondos, en un intento de fortalecer el acceso a la justicia y ordenar los crecientes conflictos vinculados a prestaciones de salud.

La Ley 26.589 regula la mediación prejudicial obligatoria antes de iniciar un juicio. Hasta este año, la materia de salud estaba exceptuada del procedimiento. Sin embargo, el DNU 379/2025 incorporó a las obras sociales, empresas de medicina prepaga y entidades reguladas por las leyes 23.660, 23.661 y 26.682, obligando a que los reclamos contra ellas pasen previamente por la instancia de mediación.

Ese mismo decreto creó el PROMESA, un procedimiento específico para controversias sanitarias que, según el Ministerio de Justicia, “atiende a la naturaleza federal de las prestaciones de salud y a la necesidad de mediadores especializados”. A partir de ahora, toda persona que reclame contra un agente del sistema de salud deberá iniciar primero esta instancia ante un mediador habilitado.

Honorarios, digitalización y recupero de fondos

La Resolución 1062/2025 introduce tres ejes principales:

  1. Registro y digitalización:
    • Se habilita la inscripción de mediadores en materia de salud (REGMESA) a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), eliminando la exigencia de trámites presenciales.
    • Se actualiza el funcionamiento del Registro Nacional de Mediación, que llevará una matrícula diferenciada para estos profesionales.
    • El sistema MEPRE será el único habilitado para generar y gestionar actas de mediación, derogándose los formularios previos.
  2. Honorarios de mediadores:
    • El artículo 8 del DNU 379/2025 establece que el mediador percibirá honorarios equivalentes al ítem I de la escala del Decreto 1467/2011 (“cuestiones sin valor pecuniario”).
    • La nueva resolución multiplica por cinco (5) veces ese valor cuando la mediación concluya con acuerdo, para reconocer la especificidad del trabajo en salud.
    • En caso de mediaciones sin acuerdo, el Fondo de Financiamiento de la Ley 26.589 abonará los honorarios, que luego deberán ser reintegrados si el reclamante no inicia demanda en un plazo de 30 días o si hay condena en costas.
  3. Recupero de fondos:
    • El Anexo II (IF-2025-95560067-APN-UGA#MJ) establece el procedimiento administrativo y judicial para recuperar los honorarios pagados por el Fondo.
    • La Dirección Nacional de Mediación deberá informar semestralmente los casos sin acuerdo y elevarlos a la Subsecretaría de Gestión Administrativa, que instruirá acciones judiciales de cobro contra las partes deudoras.
    • Las sumas recuperadas se depositarán en la cuenta oficial del Fondo, garantizando su sustentabilidad.

Impacto en el sistema de salud y la justicia

La implementación del PROMESA tiene múltiples impactos institucionales y económicos:

  • Para los pacientes y afiliados: se crea una instancia más ágil y obligatoria antes de litigar, que podría facilitar acuerdos rápidos con obras sociales y prepagas, evitando juicios largos y costosos.
  • Para los prestadores de salud: implica una nueva obligación procesal que podría multiplicar los reclamos formales, pero también reducir litigiosidad si se logra una tasa alta de acuerdos en mediación.
  • Para los mediadores: se abre un campo de especialización en conflictos de salud, con un régimen diferenciado de honorarios y exigencias de capacitación.
  • Para el Poder Judicial: se busca descomprimir los tribunales federales, que reciben gran parte de los amparos y demandas por cobertura médica y medicamentos.

El Ministerio de Justicia, a cargo de Patricia Bullrich, remarcó que la entrada en vigencia es inmediata desde la publicación en el Boletín Oficial (2 de septiembre de 2025). Sin embargo, la implementación plena dependerá de:

  • La adaptación tecnológica del sistema TAD y MEPRE en todo el país.
  • La inscripción y formación de mediadores especializados en salud.
  • El financiamiento y recupero efectivo de honorarios para evitar un desfinanciamiento del Fondo de la Ley 26.589.
  • La reacción de las entidades de salud, que podrían cuestionar la carga de nuevas obligaciones procesales y financieras.

En términos políticos, la medida se inscribe en una agenda de modernización del sistema judicial y en la creciente conflictividad en materia de salud, donde los fallos judiciales suelen tener un fuerte impacto presupuestario en obras sociales y prepagas.

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