Comercio exterior: ARCA amplía el uso de declaraciones juradas como garantía y reduce costos financieros para importadores y exportadores
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5864/2026 y modifica el régimen de garantías aduaneras vigente para incorporar más destinaciones suspensivas al esquema habilitado por el Decreto 838/2025. La novedad radica en que determinadas operaciones podrán respaldarse mediante una declaración jurada o documento suscripto por el operador, evitando la necesidad de constituir instrumentos financieros más costosos como seguros de caución, avales bancarios o depósitos en efectivo.
Para las empresas exportadoras e importadoras, especialmente las pymes, el cambio representa una mejora concreta en la administración del capital de trabajo. Las garantías aduaneras suelen inmovilizar recursos financieros o generar costos asociados a entidades bancarias y aseguradoras. La posibilidad de sustituir parte de esos instrumentos por declaraciones juradas reduce barreras operativas y mejora la liquidez disponible para la actividad productiva.
Las garantías constituyen uno de los requisitos habituales en regímenes suspensivos de importación y exportación. Su función es proteger el interés fiscal frente a eventuales incumplimientos de obligaciones aduaneras.
Hasta ahora, muchas operaciones exigían la contratación de pólizas, avales o instrumentos financieros que implicaban gastos adicionales para las empresas. La ampliación dispuesta por ARCA busca ofrecer una alternativa de menor costo administrativo y financiero sin modificar las facultades de fiscalización del organismo.
La resolución actualiza el cuadro de garantías aceptables previsto en la Resolución General 3885, incorporando nuevas operaciones alcanzadas por el mecanismo de declaración jurada sistémica. Entre ellas aparecen distintos regímenes vinculados al tránsito aduanero y otras destinaciones suspensivas contempladas en la normativa vigente.
Una tendencia hacia la simplificación regulatoria
La resolución se inscribe dentro de una estrategia más amplia orientada a reducir costos de cumplimiento sin desmantelar controles.
ARCA destaca que la declaración jurada se incorpora como una alternativa válida, pero mantiene intactas las facultades de control y verificación del organismo. El objetivo es reemplazar exigencias financieras por mecanismos basados en trazabilidad digital y evaluación de riesgo, una tendencia que se observa en varios sistemas aduaneros modernos.
Para los operadores con historial de cumplimiento, la modificación representa una señal de mayor confianza regulatoria. Para la administración aduanera, implica avanzar hacia esquemas de control más focalizados y menos dependientes de requisitos formales que encarecen la actividad económica.
Qué cambia para las empresas
Entre los principales efectos de la medida se destacan menor inmovilización de recursos financieros. Reducción de costos por seguros de caución y avales bancarios. Simplificación de trámites aduaneros. Mayor accesibilidad para pymes exportadoras e importadoras. Agilización de operaciones bajo regímenes suspensivos. Mantenimiento de los controles fiscales y aduaneros.
El beneficio será particularmente visible en operadores que realizan múltiples destinaciones durante el año y que hasta ahora debían constituir garantías recurrentes para sostener su actividad.
La ampliación del uso de declaraciones juradas como garantía constituye un paso adicional en la desburocratización del comercio exterior. El impacto real dependerá del alcance operativo que tenga la implementación y de la cantidad de regímenes que efectivamente adopten este mecanismo. Para el sector productivo, la variable clave será si la reducción de costos administrativos logra traducirse en una mejora tangible de la competitividad exportadora y en una menor necesidad de capital inmovilizado en trámites aduaneros.

