Aduana Argentina

ARCA simplifica los envíos postales: compras de hasta US$3.000 podrán ingresar por un régimen más ágil

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reemplazó el régimen vigente para los envíos postales internacionales y estableció nuevas reglas para las compras realizadas en el exterior destinadas al uso o consumo personal. La Resolución General 5884/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, eleva hasta US$3.000 el valor FOB de los envíos alcanzados por el régimen y busca reducir trámites, costos operativos y tiempos de liberación de mercaderías.

La medida sustituye integralmente la Resolución General 4.447 y adapta el régimen postal a los cambios introducidos por el Decreto 604/2026, que había modificado el procedimiento de importación de envíos personales. El objetivo declarado por ARCA es equiparar las condiciones de las compras que ingresan por el Correo Oficial con las que utilizan el régimen de Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, con una lógica de simplificación que apunta especialmente al usuario final.

El nuevo esquema contempla envíos de mercaderías provenientes del exterior con un valor FOB de hasta US$3.000, siempre que se trate de operaciones destinadas al uso o consumo personal, que no presuman finalidad comercial y que estén conformadas por hasta tres unidades de la misma especie. Dentro de esas condiciones, los envíos podrán utilizar la modalidad puerta a puerta.

El cambio más relevante no está solamente en el nuevo límite económico, sino en la digitalización anticipada del trámite. Para las operaciones de comercio electrónico transfronterizo, el operador postal podrá presentar ante ARCA, antes del arribo del paquete al país, la información correspondiente al envío. El destinatario tendrá la posibilidad de validar esos datos a través de la plataforma de comercio electrónico o, cuando ello no ocurra, dispondrá de 24 horas para revisarlos, rectificarlos y autorizar la presentación en su representación.

El procedimiento incorpora así una lógica de control previo que puede reducir la incertidumbre que históricamente acompaña a las compras internacionales: el usuario podrá conocer con anticipación la información declarada, validar los datos de la mercadería y afrontar los tributos que correspondan antes de que el paquete llegue al país, cuando el sistema disponga de información anticipada.

La norma también prevé que, cuando un envío supere los valores o cupos establecidos para el régimen simplificado, el operador postal deberá declarar la posición arancelaria de la mercadería. En esos casos, la operación quedará sometida al pago de la totalidad de los tributos correspondientes a una importación para consumo bajo el régimen general.

Otro punto central es la automatización de la liquidación tributaria. Los tributos serán determinados mediante una liquidación aduanera y, si el servicio aduanero detecta diferencias respecto del valor declarado, podrá generar una liquidación complementaria antes de liberar la mercadería. Esa diferencia deberá ser comunicada al destinatario para que pueda regularizar el pago.

La simplificación, sin embargo, no elimina los controles. ARCA mantiene la posibilidad de seleccionar envíos para verificación física mediante criterios de selectividad y análisis de riesgo. Incluso, cuando un paquete sea seleccionado, el operador postal podrá representar al destinatario durante la inspección, salvo que este haya manifestado expresamente su voluntad de intervenir personalmente o mediante otro representante.

La nueva regulación también establece una salida para los casos en los que una mercadería no pueda ingresar por este régimen. El destinatario podrá optar por tramitarla mediante el régimen general o solicitar su devolución al país de origen, siempre que esta última alternativa sea posible. Si no manifiesta una opción dentro de los 15 días corridos posteriores a la notificación, el envío deberá ser puesto a disposición para su devolución, cuando las condiciones lo permitan.

Desde una perspectiva de política pública, el cambio busca resolver un problema concreto del comercio electrónico internacional: la tensión entre facilitar el acceso de los consumidores a productos del exterior y preservar la capacidad del Estado para controlar qué ingresa al país. La respuesta adoptada combina declaración anticipada, automatización tributaria, controles selectivos y un régimen simplificado para operaciones que no presentan, en principio, finalidad comercial.

La resolución también contempla un tratamiento específico para libros, impresos y documentos seleccionados por la Aduana. Una vez sometidos al control mediante métodos no intrusivos, podrán ser liberados mediante el servicio puerta a puerta sin necesidad de transmitir la declaración a través del Sistema de Declaración Aduanera.

Para los consumidores, el resultado práctico será un circuito potencialmente más previsible: compra, información anticipada, validación, determinación de tributos, control de riesgo y entrega. Para los operadores postales, en cambio, la mayor participación en la declaración y gestión de los envíos implica nuevas responsabilidades frente a la administración aduanera.

La resolución entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, aunque su implementación se realizará de acuerdo con el cronograma que ARCA publique en el micrositio “Envíos internacionales”. El cambio completa así una secuencia de reformas orientadas a reducir barreras en el comercio exterior minorista y a trasladar parte de la gestión aduanera desde el momento de llegada del paquete hacia una instancia digital previa.

En términos económicos, la apuesta es clara: facilitar las compras internacionales de pequeña escala sin convertir cada operación personal en un trámite aduanero de características comerciales. El desafío será que la simplificación normativa se traduzca efectivamente en menores demoras y costos para los usuarios, sin debilitar los controles sobre las mercaderías que ingresan al país.

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ARCA digitalizó un trámite clave para importaciones del Mercosur

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un nuevo paso en la digitalización de los procedimientos vinculados al comercio exterior al habilitar la utilización del Certificado de Origen Digital (COD) para gestionar la liberación de garantías aduaneras que hasta ahora requerían la presentación de documentación en papel.

La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5880/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y apunta a simplificar uno de los trámites más frecuentes para importadores y despachantes de aduana que operan bajo los acuerdos comerciales del Mercosur.

Hasta la entrada en vigencia de esta resolución, quienes necesitaban levantar una garantía constituida por la falta del Certificado de Origen Mercosur debían presentar obligatoriamente el documento físico, aun cuando el certificado ya existiera en formato digital. Con la nueva normativa, ese requisito queda eliminado y todo el procedimiento podrá realizarse de manera electrónica.

El cambio alcanza específicamente a las garantías identificadas como “Falta de Certificado de Origen Mercosur” (FCEO) y a las multas automáticas asociadas (MUAU), que podrán liberarse mediante el trámite “Presentación Certificado de Origen Digital” disponible en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

Para iniciar el trámite, el importador o el despachante deberá informar el identificador de la destinación aduanera, los ítems correspondientes y el número del Certificado de Origen Digital aplicable. Posteriormente, el servicio aduanero verificará que el certificado cumpla con los requisitos previstos en el régimen de origen del acuerdo comercial correspondiente antes de aprobar o rechazar la solicitud.

El resultado de esa evaluación será comunicado de manera electrónica a través del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA), eliminando instancias presenciales y reduciendo tiempos administrativos.

Menos burocracia para el comercio exterior

La decisión se inscribe en el proceso de modernización que ARCA viene impulsando para digitalizar los procedimientos aduaneros y reducir costos operativos para empresas y operadores logísticos.

El Certificado de Origen Digital ya posee plena validez jurídica en el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), de acuerdo con la Resolución 386 del Comité de Representantes, que equiparó su valor legal al de los certificados emitidos en soporte papel.

Sin embargo, algunos procedimientos administrativos todavía exigían la presentación física del documento para determinadas gestiones posteriores al despacho. Con esta modificación, el organismo elimina una de esas excepciones y permite que la gestión sea completamente electrónica.

Para las empresas que realizan operaciones frecuentes con países del Mercosur, la medida representa una reducción de tiempos administrativos y de costos asociados a la gestión documental.

También disminuye el riesgo de demoras vinculadas al traslado de documentación física y facilita la liberación de garantías que, en muchos casos, permanecían inmovilizadas hasta la presentación formal del certificado en papel.

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Comercio exterior: ARCA amplía el uso de declaraciones juradas como garantía y reduce costos financieros para importadores y exportadores

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La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5864/2026 y modifica el régimen de garantías aduaneras vigente para incorporar más destinaciones suspensivas al esquema habilitado por el Decreto 838/2025. La novedad radica en que determinadas operaciones podrán respaldarse mediante una declaración jurada o documento suscripto por el operador, evitando la necesidad de constituir instrumentos financieros más costosos como seguros de caución, avales bancarios o depósitos en efectivo.

Para las empresas exportadoras e importadoras, especialmente las pymes, el cambio representa una mejora concreta en la administración del capital de trabajo. Las garantías aduaneras suelen inmovilizar recursos financieros o generar costos asociados a entidades bancarias y aseguradoras. La posibilidad de sustituir parte de esos instrumentos por declaraciones juradas reduce barreras operativas y mejora la liquidez disponible para la actividad productiva.

Las garantías constituyen uno de los requisitos habituales en regímenes suspensivos de importación y exportación. Su función es proteger el interés fiscal frente a eventuales incumplimientos de obligaciones aduaneras.

Hasta ahora, muchas operaciones exigían la contratación de pólizas, avales o instrumentos financieros que implicaban gastos adicionales para las empresas. La ampliación dispuesta por ARCA busca ofrecer una alternativa de menor costo administrativo y financiero sin modificar las facultades de fiscalización del organismo.

La resolución actualiza el cuadro de garantías aceptables previsto en la Resolución General 3885, incorporando nuevas operaciones alcanzadas por el mecanismo de declaración jurada sistémica. Entre ellas aparecen distintos regímenes vinculados al tránsito aduanero y otras destinaciones suspensivas contempladas en la normativa vigente.

Una tendencia hacia la simplificación regulatoria

La resolución se inscribe dentro de una estrategia más amplia orientada a reducir costos de cumplimiento sin desmantelar controles.

ARCA destaca que la declaración jurada se incorpora como una alternativa válida, pero mantiene intactas las facultades de control y verificación del organismo. El objetivo es reemplazar exigencias financieras por mecanismos basados en trazabilidad digital y evaluación de riesgo, una tendencia que se observa en varios sistemas aduaneros modernos.

Para los operadores con historial de cumplimiento, la modificación representa una señal de mayor confianza regulatoria. Para la administración aduanera, implica avanzar hacia esquemas de control más focalizados y menos dependientes de requisitos formales que encarecen la actividad económica.

Qué cambia para las empresas

Entre los principales efectos de la medida se destacan menor inmovilización de recursos financieros. Reducción de costos por seguros de caución y avales bancarios. Simplificación de trámites aduaneros. Mayor accesibilidad para pymes exportadoras e importadoras. Agilización de operaciones bajo regímenes suspensivos. Mantenimiento de los controles fiscales y aduaneros.

El beneficio será particularmente visible en operadores que realizan múltiples destinaciones durante el año y que hasta ahora debían constituir garantías recurrentes para sostener su actividad.

La ampliación del uso de declaraciones juradas como garantía constituye un paso adicional en la desburocratización del comercio exterior. El impacto real dependerá del alcance operativo que tenga la implementación y de la cantidad de regímenes que efectivamente adopten este mecanismo. Para el sector productivo, la variable clave será si la reducción de costos administrativos logra traducirse en una mejora tangible de la competitividad exportadora y en una menor necesidad de capital inmovilizado en trámites aduaneros.

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Exportaciones: la Aduana pone en marcha el control remoto de cargas y acelera la salida de mercaderías desde planta

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La nueva reglamentación de ARCA habilita la operatoria práctica de la “Exportación Monitoreada”, un esquema que reemplaza parte de los controles presenciales por supervisión remota. Para empresas exportadoras del interior, la medida apunta a reducir tiempos operativos, costos logísticos y utilización de recursos aduaneros.

La Dirección General de Aduanas reglamentó los aspectos operativos del régimen de “Exportación Monitoreada”, una modalidad que permitirá supervisar en forma remota determinadas cargas de exportación consolidadas en planta industrial o establecimiento exportador. La medida, formalizada mediante la Resolución General 5861/2026, completa la implementación del esquema creado semanas atrás por ARCA y marca un nuevo avance en la digitalización de los procesos de comercio exterior.

La novedad tiene especial relevancia para las economías regionales, donde gran parte de las exportaciones se originan lejos de los grandes centros portuarios. Sectores como la forestoindustria, la producción yerbatera, el té, los alimentos procesados y diversas manufacturas exportables podrán beneficiarse de una operatoria que busca disminuir intervenciones presenciales y agilizar el despacho de mercaderías.

Menos burocracia operativa y más trazabilidad digital

El régimen permite que determinadas exportaciones realizadas bajo el sistema de cargas en planta sean controladas mediante monitoreo remoto por parte del servicio aduanero. El procedimiento contempla la transmisión de imágenes en tiempo real durante la consolidación de la carga y el seguimiento digital de toda la operación.

Para acceder a esta modalidad, los operadores deberán presentar documentación digital a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), identificar previamente la planta donde se realizará la consolidación y poner a disposición de la Aduana registros audiovisuales de la mercadería antes del inicio de la carga. Además, las imágenes deberán conservarse durante un plazo de cinco años.
La Aduana mantendrá facultades de control plenas. Si durante el monitoreo se detectan inconsistencias técnicas o situaciones que comprometan la fiscalización, la operación podrá volver inmediatamente al esquema presencial tradicional.

La reglamentación introduce un modelo más cercano a los estándares de gestión logística utilizados en mercados con alto volumen exportador, donde la fiscalización se apoya cada vez más en herramientas digitales y análisis de riesgo.

Los principales efectos esperados son: Reducción de tiempos de espera asociados a verificaciones físicas presenciales. Mayor previsibilidad logística para coordinar cargas y transporte. Optimización de recursos aduaneros, concentrando controles físicos en operaciones de mayor riesgo. Menores costos indirectos derivados de demoras operativas. Digitalización integral de documentación y seguimiento de cargas.

Para las empresas con operaciones frecuentes, la ganancia no necesariamente proviene de una reducción directa de impuestos o costos aduaneros, sino de la mejora en la eficiencia de la cadena logística y la disminución de tiempos improductivos.

Impacto potencial en Misiones y el NEA

La implementación adquiere una dimensión particular en provincias exportadoras como Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa, donde la distancia respecto de los principales puertos marítimos genera costos logísticos estructuralmente más elevados que en la región central del país.

En el caso misionero, actividades como la exportación de pasta celulósica, madera industrializada, tabaco, té, yerba mate y productos alimenticios suelen requerir procesos de consolidación en origen antes del traslado hacia terminales portuarias o pasos fronterizos.

La posibilidad de completar controles desde las propias plantas industriales puede traducirse en una reducción de tiempos administrativos y una utilización más eficiente de los recursos logísticos disponibles. Para empresas radicadas en el interior profundo, cada jornada ganada en la cadena exportadora impacta sobre costos financieros, programación de embarques y cumplimiento de contratos internacionales.

Un cambio que exige inversión tecnológica

La contracara del nuevo sistema es que los operadores deberán garantizar condiciones técnicas adecuadas para el monitoreo remoto. La normativa responsabiliza expresamente al exportador por la integridad de la carga, la seguridad del contenedor y la disponibilidad de registros audiovisuales que permitan a la Aduana verificar la operación.

Esto implica que las empresas interesadas deberán evaluar inversiones en cámaras, conectividad, almacenamiento digital y protocolos internos de seguridad logística.

Para los exportadores de mayor escala, estos requerimientos aparecen como una barrera relativamente baja frente a los beneficios operativos. Para firmas medianas, el desafío será adaptar infraestructura y procesos para cumplir con los estándares exigidos.

La resolución inaugura una etapa de fiscalización aduanera apoyada en herramientas digitales y monitoreo remoto. El verdadero impacto sobre la competitividad exportadora dependerá de la velocidad con que el sistema pueda escalarse a más operadores y de la capacidad de ARCA para sostener procesos ágiles sin incrementar exigencias administrativas paralelas.

Para las economías regionales del NEA, donde la logística representa uno de los principales factores de costo, cualquier mejora que reduzca tiempos muertos y simplifique operaciones tiene potencial para fortalecer la inserción internacional de la producción local. La clave estará en verificar si la digitalización logra traducirse en una reducción efectiva de costos y no únicamente en un cambio de formato de los controles.

Anexo Resolución General 5861/2026 by CristianMilciades

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Autorizan ampliación del Duty Free Shop de Puerto Iguazú

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El Gobierno avanzó en una decisión con impacto territorial y económico concreto: amplió la superficie habilitada para la Zona Franca Minorista de Puerto Iguazú, mediante la Resolución General 5833/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada el 25 de marzo. La medida redefine los límites operativos de la tienda libre en una de las principales fronteras comerciales del país y abre una nueva etapa en el esquema de ventas a turistas.

El movimiento no es solo técnico. En un contexto donde las economías regionales buscan dinamizar consumo y atraer divisas, la ampliación plantea una pregunta de fondo: ¿es una herramienta de estímulo local o parte de una estrategia más amplia de competencia comercial en zonas de frontera?

Un rediseño con respaldo normativo y lógica expansiva

La decisión se apoya en un entramado normativo que se remonta a la Ley 24.331, que habilita la creación de zonas francas, y en decretos que fueron ampliando el alcance de las ventas minoristas a turistas, tanto extranjeros como nacionales.

Sobre esa base, la resolución actual modifica el esquema vigente desde la Resolución General 1.230, que había habilitado el funcionamiento de la zona franca y su tienda libre en Puerto Iguazú.

El cambio central es concreto y medible: Se autoriza una superficie total de 24.744,60 metros cuadrados para la Zona Franca Minorista. De ese total, 12.500,26 m² corresponden a áreas de venta y servicios (local comercial, oficinas, sanitarios y espacios comunes). Otros 6.654,65 m² quedan destinados a depósitos. Y 5.589,69 m² se asignan a estacionamiento semicubierto.

La ampliación había sido previamente autorizada por el Comité de Vigilancia de la Zona Franca en octubre de 2025, pero requería la habilitación formal de la autoridad aduanera para su implementación efectiva.

El rediseño también incluye la aprobación de un nuevo anexo técnico y la derogación de normas previas que regulaban aspectos del funcionamiento, lo que en la práctica implica unificación y actualización del marco operativo.

Más que metros cuadrados: impacto en comercio y flujo turístico

La ampliación de la tienda libre no ocurre en un vacío. Se inscribe en un esquema que permite ventas minoristas de productos importados sin impuestos, bajo control aduanero, a turistas que ingresan o salen del país.

En ese contexto, el aumento de superficie tiene efectos directos: Mayor capacidad de oferta comercial en un punto de alto tránsito internacional. Posibilidad de incrementar el volumen de ventas a turistas. Mejora logística a partir de la ampliación de depósitos y estacionamiento.

Desde la perspectiva del Gobierno, la medida refuerza una herramienta ya existente para estimular consumo en zonas de frontera, donde la competencia con mercados vecinos suele ser un factor estructural.

También introduce una señal hacia el sector privado: hay margen para expandir operaciones dentro de esquemas regulados, sin modificar el régimen de fondo.

Reconfiguración operativa y control aduanero

El rol de la ARCA en esta resolución no es menor. La habilitación implica validar que la ampliación cumpla con los requisitos técnicos, operativos y de control aduanero, lo que garantiza que el crecimiento del área no desborde el sistema de fiscalización.

Al mismo tiempo, la medida mantiene intacto el principio central del régimen: las operaciones siguen bajo supervisión aduanera estricta, incluso cuando se amplía la escala.

La combinación entre expansión comercial y control estatal define el equilibrio que busca sostener el Gobierno en este tipo de instrumentos.

Un movimiento táctico en una frontera sensible

La ampliación de la Zona Franca Minorista de Puerto Iguazú puede leerse como un ajuste operativo. Pero también como una señal en un territorio donde el comercio, el turismo y la política económica se cruzan de manera permanente.

En las próximas semanas será relevante observar cómo evoluciona la actividad en la tienda libre, si el aumento de superficie se traduce en mayor flujo comercial y qué impacto tiene en la dinámica local.

El Gobierno habilitó más espacio. La pregunta que queda abierta es cómo se ocupará y qué lugar tendrá dentro de una estrategia más amplia para las economías de frontera.

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