Aduanas

Incautan contrabando millonario que partió de Iguazú

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Abren 402 encomiendas con mercadería ilegal valuada en 15 millones de pesos
El cargamento había sido incautado en un operativo efectuado sobre un camión, en infracción a la Ley 22.415 “Código Aduanero”. Había elementos de los rubros tienda, calzado, electrónica, juguetería, bazar, menaje y librería.
Gendarmería Nacional, que depende del Ministerio de Seguridad de la Nación, decomisó mercadería ilegal valuada en 15 millones de  pesos en infracción a la Ley 22.415 “Código Aduanero”. Este hecho tuvo lugar en la provincia de Corrientes.
Por disposición del Juzgado Federal de Paso de los Libres, efectivos del Escuadrón 57 “Santo Tomé”, procedieron a la apertura de 402 encomiendas que habían sido incautadas el 1 de marzo en un procedimiento realizado a la altura del kilómetro 669 de la Ruta Nacional 14, sobre un camión tipo carga que circulaba desde Puerto Iguazú (Misiones) hasta Corrientes capital.
Ante testigos, los gendarmes corroboraron que en el interior de los bultos había mercadería de los rubros tienda, calzado, electrónica, juguetería, bazar, menaje y librería, la cual era de origen y procedencia extranjera sin el aval correspondiente para su legal ingreso al país, en infracción a la Ley N° 22.415 “Código Aduanero”.
El avalúo de lo secuestrado asciende a 15 millones de pesos, representando uno de los procedimientos más grandes del los últimos tiempos por su monto y magnitud.
Los elementos incautados quedan bajo custodia en el depósito AFIP- DGA de la Delegación “Santo Tomé”.

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Rentas aplica otra medida en las rutas con retención de algunos camiones

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La Dirección General de Rentas de la provincia se encuentra aplicando otra medida de control con retención de camiones en las rutas que genera rechazo entre algunos exportadores, despachantes de Aduana y transportistas.

Los afectados dicen que cada vez que cumplen con un nuevo requisito del ente recaudador provincial, aparece algún trámite nuevo de difícil cumplimiento que los expone a multas, demoras y sobrecostos.

Desde el 11 de mayo pasado se dieron varios casos de demoras de cargas de exportación en los puestos de control sobre las rutas nacionales Nº 12 y 14, dicen los despachantes.

A las anteriores exigencias de presentar remito y factura de exportación en las cargas -algo que había generado polémica en su momento y recursos de amparo pidiendo la inconstitucionalidad de la medida-, se sumó ahora la exigencia de presentar despacho de exportación y en algunos casos certificado de origen de la mercadería.

Los despachantes de Aduana se quejan y dicen que estos documentos no se pueden confeccionar en la mayoría de los casos, cuando se trabaja con camiones que no son internacionales. También dicen que el certificado de origen solamente lo piden los brasileños y no se confecciona para un camión que se encuentra en tránsito por Misiones.

“Están pidiendo cualquier cosa, confunden constantemente un tránsito aduanero con las cargas que se documentan en los puertos de Misiones”, dijo un despachante que prefirió no revelar su identidad.

Antecedentes de otras medidas de Rentas

En febrero de 2014 Rentas  de Misiones emitió un comunicado donde informaba que se iban a implementar controles donde verificarían  que las cargas con destino a exportación debían ir acompañadas del documento de transporte, remito o carta de porte y factura de exportación , además la misma debía estar remitida a una persona física o jurídica con domicilio en Misiones .

Los controles se fueron incrementado y Rentas empezó a aplicar multas. “En la medida que comenzaron a cobrar multas se convirtió en una fuente importante en la recaudación del organismo, a tal punto que cualquier error formal, como ser  una letra , numero o dato incorrecto, resultó ser motivo para la aplicación de multas altísimas, del orden del 40% del valor de la mercadería, que a través de un descargo se podía bajar a  valores  de  $30.000 a $15.000”, dijo el despachante de Aduana consultado.

Algunos exportadores optaron por presentarse ante la Justicia y pedir la inconstitucionalidad de la medida, entendiendo que violaba los artículos 9, 10 y 11 de la Constitución Nacional, que garantizan el  libre tránsito entre provincias de la mercadería de exportación.

Sin embargo, el costo de tener la mercadería en depósito, estadía del transporte y gastos en abogados, más los tiempos de la Justicia los terminó convenciendo que lo más económico era pagar la multa y obtener la liberación inmediata del camión.

 

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