AERONAUTICA

Argentina avanza en la alineación de su normativa aeronáutica con estándares internacionales

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Mediante la Resolución N° 651/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial. La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) actualizó las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que ordena el marco para la obtención de licencias y habilitaciones de pilotos de aviones.

Lo hizo mediante la Resolución N° 651/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial y, con esta medida, la Argentina da un paso decisivo en la modernización de su normativa aeronáutica y se alinea con los estándares internacionales establecidos tanto por el Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) de acuerdo al Convenio de Chicago de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

La nueva normativa fomenta la profesionalización de la actividad aérea en lo referido al otorgamiento de certificados de idoneidad aeronáutica, asegurando el cumplimiento de los más altos estándares de seguridad operacional y generando, al mismo tiempo, mayores oportunidades laborales para los titulares de licencias de piloto en el ámbito del transporte aerocomercial.

Asimismo, introduce un esquema que desburocratiza y agiliza procesos administrativos históricos, eliminando licencias que no cuentan con reconocimiento internacional por la OACI y que constituían un obstáculo innecesario y sin fundamento en la seguridad operacional.

“De este modo, se impulsa la transformación hacia una aviación más abierta, eficiente y plenamente alineada con los principios de la seguridad operacional, consolidando un marco regulatorio moderno, claro y adaptado a la evolución tecnológica y operativa del sector”, indicaron desde la Secretaría de Transporte de la Nación.

Entre los principales cambios, se destaca:

● Simplificación de licencias: se deja de emitir la licencia de Piloto Comercial de Primera Clase de Avión, otorgando mayores atribuciones a la licencia de Piloto Comercial y ampliando las oportunidades para el ejercicio profesional de la actividad aeronáutica. A su vez, se elimina la habilitación de Tipo para Helicópteros livianos y las actividades de aeroaplicación y combate contra incendios pasan a estar reguladas en la RAAC 137.

● Instructor de Vuelo: deja de ser una licencia para convertirse en una habilitación, en línea con el ordenamiento internacional.

● Nuevas figuras: se incorpora la figura de Examinador de Vuelo y las licencias de Piloto de Globo Libre, Piloto a Distancia e Instructor RPAS, integrando la normativa específica de sistemas no tripulados, como drones. En este sentido, se reglamenta un nuevo alcance de la autoridad delegada, fomentando la actividad privada fiscalizada y creando nuevos puestos de trabajo. Es el caso de Examinador de vuelo, esto permitirá agilizar el otorgamiento de licencias, brindando a la industria la opción de ser habilitado por un piloto examinador designado -de Centros de Instrucción o Entrenamiento, por ejemplo- o elegir un inspector de la ANAC.

● Claridad en atribuciones y limitaciones: se actualizan y precisan las facultades de cada licencia regulada en esta parte.

● Estandarización internacional: se eliminan habilitaciones que no forman parte del esquema de la OACI (como CAT II/III) y se ajustan criterios de experiencia reciente, competencia lingüística y verificaciones de competencia. Cabe destacar que la incorporación de la figura de Examinador de Vuelo representa un avance fundamental en el desarrollo del sistema de autoridad delegada, al eliminar demoras innecesarias y contribuir a la optimización de los procesos. De este modo, se fortalece la eficiencia en la gestión aeronáutica y se consolida un esquema más ágil y moderno.

“Con estas modificaciones, la ANAC continúa avanzando en el proceso de actualización y armonización regulatoria, garantizando que la normativa argentina acompañe la evolución tecnológica y operativa de la aviación civil, en línea con los estándares internacionales y regionales. La seguridad operacional, principio inalterable de la autoridad aeronáutica, se mantiene como eje central de toda la actualización normativa”, agregaron.

Por su parte, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación Argentina, Federico Sturzenegger, sostuvo que “la Resolución 651/25 con firma de Oscar Villabona, titular de la ANAC argentina, cambia 50 años de regulación aerocomercial, modificando integralmente el régimen de licencias y habilitaciones aeronáuticas para pilotos, escuchando, por primera vez en décadas los reclamos de la aviación general y comercial”.

A través de su cuenta en la red social X, el funcionario señaló que la decisión se tomó “cumpliendo el mandato de la desregulación, pero sin perder de vista la seguridad operacional que requiere la actividad”.

Refirió, además, a “uno de los grandes cambios que va a tener la aviación civil argentina: la implementación de la autoridad delegada. Con la delegación de autoridad a los examinadores de vuelo, se van a terminar las largas listas de espera para poder conseguir un inspector de la ANAC que pueda tomar el examen correspondiente para la obtención de la licencia”.

“Esta disposición es el producto del trabajo de un gran número de profesionales. No solo de Oscar Villabona, que ya mencionamos, sino particularmente de Cristian Cuba, Director Nacional de Seguridad Operacional y su equipo”, puntualizó.

“En @MinDesreg_Ar agradezco a Ariel Pszemiarower que ha acompañado todas nuestras reformas en el mercado aerocomercial. Por su geografía, Argentina necesita expandir tu tráfico aéreo de manera significativa. Estos pasos, en línea con el mandato del presidente @JMilei, nos acercan a vuelo sostenido a ese objetivo”, cerró el ministro.

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El Gobierno flexibiliza los tiempos de vuelo y descanso en la aviación comercial

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El Gobierno flexibiliza los límites de servicio en la aviación comercial y da marcha atrás con el régimen 2021

Con la publicación del Decreto 378/2025, el Poder Ejecutivo aprobó una nueva reglamentación del Título V del Código Aeronáutico, modificando el marco normativo sobre los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones para las tripulaciones de la aviación civil aerocomercial. Esta decisión reemplaza al régimen instaurado en 2021 por el Decreto 877, al que el Gobierno calificó como “resultado de una negociación privada impuesta a todo el sector” y que generaba, según argumenta, asimetrías operativas entre empresas.

La nueva normativa —cuyo texto completo está contenido en el Anexo I del decreto— establece un marco flexible en el cual los operadores de aviación comercial podrán definir sus propios esquemas de servicio y descanso, siempre que no excedan los máximos permitidos y no comprometan la seguridad operacional.

Según lo dispuesto, se instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a adecuar las regulaciones técnicas en línea con los nuevos criterios y conforme a las recomendaciones internacionales contenidas en el Anexo 6 del Convenio de la OACI.

Revisión técnica y alineamiento con estándares internacionales

El Gobierno justificó el cambio en la necesidad de garantizar la seguridad operacional sin interferencias de carácter político o sindical y en dar mayor previsibilidad a las compañías aéreas. “El Estado debe limitarse a garantizar el cumplimiento de acuerdos internacionales, sin injerencia en las condiciones operativas que puedan pactar trabajadores y empresas”, sostiene el decreto firmado por el presidente Javier Milei.

La desregulación se enmarca dentro del proceso de apertura económica que impulsa la administración nacional, en busca de incrementar la competitividad del sector aerocomercial argentino y fomentar la inversión y la entrada de nuevos operadores.

Qué cambia para las tripulaciones y las aerolíneas

  • Se eliminan las limitaciones uniformes obligatorias de tiempos de vuelo y descanso impuestas por decreto, pasando a un modelo de máximos referenciales.
  • Las aerolíneas pueden fijar sus propios criterios de rotación y descanso, siempre que respeten los techos regulatorios definidos por ANAC.
  • Se deroga expresamente el Decreto 877/2021, que había sido resistido por algunas cámaras empresarias del sector.
  • El nuevo marco comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial (es decir, desde el 4 de julio de 2025).

Esta modificación representa un nuevo paso en el camino desregulatorio que el Gobierno nacional promueve en sectores clave. En el caso del transporte aéreo, busca liberar la planificación operativa de las aerolíneas, en un contexto de competencia creciente y reorganización del mercado regional.

La implementación efectiva de este nuevo régimen estará en manos de ANAC, que deberá ajustar sus regulaciones técnicas a la nueva norma. En paralelo, se espera una reacción del sector sindical, que históricamente ha defendido límites estrictos para preservar condiciones laborales y de seguridad.

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EANA digitalizó las comunicaciones aeronáuticas del aeropuerto y del centro de control de Córdoba

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La empresa del Ministerio de Transporte da un paso más en el avance hacia la modernización y digitalización total de sus sistemas de comunicaciones aeronáuticas en todo el país.

La Empresa Argentina de Navegación Aérea, EANA S.E, completó en Córdoba la instalación y puesta en servicio del nuevo Sistema de Conmutación de Voz de la torre de control del Aeropuerto Internacional Ingeniero Aeronáutico Ambrosio Taravella y del Centro de Control de Área Córdoba.

Conocido por su sigla en inglés, VCS, la instalación del nuevo Voice Communications System forma parte del Plan Estratégico de EANA 2020-2024 con el que se avanza en la digitalización plena de los sistemas en todo el país. El VCS es el elemento central de la infraestructura de comunicaciones tanto de la torre de control como del centro de control de área. Los enlaces terrestres de comunicaciones (MPLS) dispondrán ahora de respaldo satelital VSAT, provisto por ARSAT, lográndose así la necesaria redundancia total del sistema.

Asimismo, EANA implementó un sistema de comunicación de respaldo por IP, que brinda al control de tránsito aéreo una alternativa de comunicación ante un eventual inconveniente en la operación del VCS.  El nuevo sistema es de última generación y fue adquirido a la empresa austríaca Frequentis.

Con esta implementación, enmarcada en el Plan de Modernización del Transporte impulsado por el Ministerio de Transporte de la Nación, se logra la redundancia plena que garantiza una mayor disponibilidad del sistema aún ante la salida de servicio de alguno de sus componentes. Debido a la importancia central del VCS en la operación de los servicios de navegación aérea, el reemplazo del sistema antiguo por el nuevo se llevó a cabo sin afectar el normal funcionamiento del control de tránsito aéreo.

A través del nuevo VCS, el personal del control de tránsito aéreo puede acceder y utilizar los equipos de VHF tanto locales como remotos, a la vez que podrá integrar hasta 63 líneas telefónicas, esenciales para la coordinación operativa entre distintas dependencias de la región y el país, tanto en la red de telecomunicaciones aeronáuticas (ATN) como en la red pública (PSTN). 

El nuevo equipamiento cuenta con 42 puestos de operación totalmente equipados de acuerdo a estándares internacionales y gestiona hasta 78 equipos de radio. La capacidad de almacenamiento de registros de audio, provenientes ahora de hasta 236 canales, es de un total de 60 días.

¿Cómo funciona?

Las comunicaciones de voz para el control de tránsito aéreo en ruta se establecen mediante enlaces de VHF-AM. Debido a su alcance limitado, de algunos cientos de km, y con el objetivo de garantizar la cobertura de las comunicaciones en todas las regiones de información de vuelo (FIR) del espacio aéreo argentino, EANA cuenta con la denominada Red de Avanzada de Estaciones de VHF Aeronáuticas (REAVA). Una REAVA consta de estaciones remotas distribuidas dentro del vasto territorio que abarca una FIR, y sus respectivas estaciones principales.

En cada FIR, las estaciones remotas se encuentran interconectadas con la estación principal mediante enlaces terrestres y satelitales. Esto permite establecer comunicaciones entre el personal que opera desde la estación principal de una FIR y las aeronaves ubicadas en las inmediaciones de cualquier estación remota, de forma transparente.

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